<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>486077</id><title>El derecho a reparar dispositivos ya es de obligado cumplimiento en Espa&#xF1;a</title><content>Concretamente, la ley obliga a los fabricantes a realizar las reparaciones necesarias "en un plazo razonable" y, en caso de que estas no sean de car&#xE1;cter gratuito, tambi&#xE9;n a un "precio razonable", con el objetivo de alentar la opci&#xF3;n de la reparaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
Este derecho a reparar forma parte de la reforma de las normas de protecci&#xF3;n del consumidor de la UE, que entr&#xF3; en vigor el martes 30 de julio de 2024 y que establece el "derecho a reparar" para asegurar que, cuando se aver&#xED;an dispositivos como televisores, lavadoras o tel&#xE9;fonos m&#xF3;viles, el cliente pueda exigir la reparaci&#xF3;n del aparato en lugar de su reemplazo.&#xD;
&#xD;
Ahora, una vez finalizado el plazo para que los Estados miembros incorporasen a su legislaci&#xF3;n la Directiva (UE) 2024/1799, que hace referencia al derecho a reparar, la norma comienzan a aplicarse en Espa&#xF1;a oficialmente, tal y como se indica en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado (BOE).&#xD;
&#xD;
El objetivo es que reparar un dispositivo, por ejemplo un 'smartphone' u ordenador, resulte m&#xE1;s f&#xE1;cil y atractivo que adquirir uno nuevo, en muchos casos, promoviendo que esta opci&#xF3;n sea m&#xE1;s econ&#xF3;mica que sustituirlo.&#xD;
&#xD;
La directiva cubre principalmente los dispositivos para los que la legislaci&#xF3;n europea ya obliga a los fabricantes a disponer de servicios de reparaci&#xF3;n y piezas de recambio, como lavadoras, lavavajillas, frigor&#xED;ficos, aspiradoras, pantallas electr&#xF3;nicas o determinados tel&#xE9;fonos y tabletas, entre otros.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, entre sus novedades, obliga a que los fabricantes ofrezcan la reparaci&#xF3;n de sus productos siempre que sea t&#xE9;cnicamente posible, incluso cuando la garant&#xED;a legal ya haya expirado. Asimismo, deber&#xE1; realizarse en un plazo y a un precio razonables.&#xD;
&#xD;
Igualmente, los fabricantes no podr&#xE1;n impedir la reparaci&#xF3;n mediante cl&#xE1;usulas contractuales, 'software' o 'hardware', salvo cuestiones de seguridad o protecci&#xF3;n de propiedad intelectual. Tambi&#xE9;n deber&#xE1;n facilitar el acceso a piezas de recambio y herramientas cuando as&#xED; lo exija la normativa. Adem&#xE1;s, si se opta por la reparaci&#xF3;n, la garant&#xED;a del producto se deber&#xE1; ampliar por 12 meses sobre el bien reparado.&#xD;
&#xD;
La norma establece, asimismo, que los consumidores que opten por la reparaci&#xF3;n tendr&#xE1;n derecho a recibir un dispositivo de sustituci&#xF3;n prestado mientras se arregla el de su propiedad o a elegir una unidad reacondicionada como alternativa.&#xD;
&#xD;
Con todo, los fabricantes podr&#xE1;n entregar un documento estandarizado con informaci&#xF3;n clara sobre el coste, plazo, condiciones y validad de la oferta de reparaci&#xF3;n, de manera que los usuarios puedan comparar entre presupuestos de distintos servicios de reparaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
En la pr&#xE1;ctica, para los consumidores, esto significa reducir la obsolescencia y los residuos electr&#xF3;nicos, ya que dispondr&#xE1;n de m&#xE1;s opciones para reparar, una mayor transparencia de precios y plazos de reparaci&#xF3;n, mejor acceso a piezas y garant&#xED;as m&#xE1;s favorables.&#xD;
&#xD;
Cabe destacar que la normativa de derecho a reparar es distinta a otra regulaci&#xF3;n europea que entrar&#xE1; en vigor m&#xE1;s adelante en febrero de 2027, como es el Reglamento (UE) 2023/1542 relativo a las pilas y bater&#xED;as y sus residuos.&#xD;
&#xD;
En este caso, comenzar&#xE1;n a aplicarse los requisitos que obligar&#xE1;n a que las bater&#xED;as de muchos dispositivos port&#xE1;tiles, como los tel&#xE9;fonos m&#xF3;viles, sean f&#xE1;cilmente sustituibles por el usuario. Compa&#xF1;&#xED;as como Nintendo ya lo est&#xE1;n poniendo en pr&#xE1;ctica.</content><description>La llamada ley del derecho a reparar de la Uni&#xF3;n Europea empieza a aplicarse desde el pasado viernes 31 de julio de 2026 en Espa&#xF1;a, una vez que expir&#xF3; el plazo para que los Estados miembros incorporaran a su legislaci&#xF3;n la Directiva (UE) 2024/1799.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2739343201-1-p486077-m1515994-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El derecho a reparar dispositivos ya es de obligado cumplimiento en Espa&#xF1;a</title><link>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2739343201-1-p486077-m1515994-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</url><link>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</guid><date_added>2026-08-03 07:40:36</date_added><pubDate>2026-08-03 07:40:36</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486076</id><title>El TS avala que padres de v&#xED;ctimas de asesinato puedan recibir ayuda por la muerte de un familiar aunque no convivieran</title><content>As&#xED; lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia, recogida por Europa Press, en la que el alto tribunal rechaza el recurso de la Abogac&#xED;a del Estado contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que aval&#xF3; que una madre recibiera el subsidio pese a no vivir con la v&#xED;ctima.&#xD;
&#xD;
Seg&#xFA;n el relato de hechos, la v&#xED;ctima fue asesinada en 2017 tras recibir varias cuchilladas, algunas de ellas en el cuello. La Audiencia Provincial de Murcia conden&#xF3; al acusado como autor de un delito de asesinato con alevos&#xED;a.&#xD;
&#xD;
En 2019, la madre de la v&#xED;ctima solicit&#xF3; la ayuda que pudiera corresponderle como v&#xED;ctima indirecta de un delito violento y doloso con resultado de muerte por el fallecimiento de su hija, una petici&#xF3;n que fue rechazada por los &#xF3;rganos encargados de otorgarla alegando que "no hab&#xED;a acreditado convivencia" con su hija.&#xD;
&#xD;
La madre interpuso un recurso contencioso-administrativo al TSJ de Murcia, que le dio la raz&#xF3;n porque, pese a no convivir con su hija, "ello no significa que no pueda justificar que depend&#xED;a econ&#xF3;micamente de ella", recoge el Supremo de la sentencia.&#xD;
&#xD;
El abogado del Estado ped&#xED;a al Supremo en su recurso de casaci&#xF3;n que confirmase la legalidad de la denegaci&#xF3;n de la ayuda alegando que era necesaria la convivencia para recibir el subsidio.&#xD;
La ayuda puede darse con y sin convivencia&#xD;
El Supremo, no obstante, da la raz&#xF3;n a la mujer y se&#xF1;ala que "la dependencia econ&#xF3;mica puede darse tanto si hay convivencia como si no".&#xD;
&#xD;
"Requerir la convivencia supone a&#xF1;adir un nuevo requisito que no est&#xE1;, ni necesaria ni directamente, relacionado con la situaci&#xF3;n en la que los gastos o las cargas de la persona progenitora se satisfacen en su parte m&#xE1;s sustancial por el hijo o la hija", a&#xF1;ade.&#xD;
&#xD;
A su juicio, la cohabitaci&#xF3;n "puede tener lugar sin que haya dependencia econ&#xF3;mica entre los convivientes y, al contrario, la dependencia econ&#xF3;mica puede darse sin que exista convivencia".&#xD;
&#xD;
La Sala admite que, como sostiene la Abogac&#xED;a del Estado, la Ley de ayudas y asistencia a las v&#xED;ctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual "enuncia los requisitos necesarios para acreditar la dependencia econ&#xF3;mica, no estableciendo una mera presunci&#xF3;n de tal dependencia cuando aquellos requisitos concurran".&#xD;
&#xD;
Sin embargo, el Supremo insiste en que el prop&#xF3;sito de la ley es el de "paliar los efectos que el delito ha producido", reconociendo que, "en el caso de los delitos violentos, las v&#xED;ctimas sufren, adem&#xE1;s, las consecuencias de una alteraci&#xF3;n grave e imprevista de su vida habitual, evaluable en t&#xE9;rminos econ&#xF3;micos". Por ello, aduce, establece "un sistema de ayudas p&#xFA;blicas en beneficio de las v&#xED;ctimas directas e indirectas de los delitos dolosos y violentos".&#xD;
&#xD;
"Este sistema quedar&#xED;a desnaturalizado en lo que respecta a los padres de la persona fallecida si se admitiera que, adem&#xE1;s de la dependencia econ&#xF3;mica exigida legalmente, se requiera la convivencia impuesta reglamentariamente, por m&#xE1;s que dicha convivencia se quiera conectar con aquella dependencia econ&#xF3;mica, que, repetimos, no se infiere de la finalidad ni, mucho menos, de las reglas legales", indica.&#xD;
&#xD;
Por tanto, el tribunal concluye que el requisito de la convivencia de los padres con la v&#xED;ctima directa para acreditar la dependencia econ&#xF3;mica "excede de las disposiciones" de la mencionada ley.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, el Supremo avala la sentencia del TSJ de Murcia, que reconoci&#xF3; el derecho de la mujer a recibir el subsidio, y anula el inciso "vinieran conviviendo con &#xE9;ste" contenido en el apartado 2 del art&#xED;culo 5 del Reglamento de ayudas a las v&#xED;ctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, "debi&#xE9;ndose publicar esta anulaci&#xF3;n en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado".</content><description>El Tribunal Supremo ha avalado que los padres de v&#xED;citmas de asesinatos puedan recibir la ayuda por el fallecimiento de un familiar si depend&#xED;an econ&#xF3;micamente de &#xE9;l, al retirar el precepto que hac&#xED;a obligatoria la convivencia para percibir el subsidio.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20140822_0006_1-p486076-m1515973-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TS avala que padres de v&#xED;ctimas de asesinato puedan recibir ayuda por la muerte de un familiar aunque no convivieran</title><link>https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20140822_0006_1-p486076-m1515973-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</url><link>https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</guid><date_added>2026-08-03 07:37:27</date_added><pubDate>2026-08-03 07:37:27</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Administrativo,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486028</id><title>El Tribunal Supremo limita las &#xAB;devoluciones en caliente&#xBB; en el mar a los cruces que superen elementos de contenci&#xF3;n</title><content>La sentencia del Tribunal Supremo que prohibi&#xF3; el rechazo en frontera para migrantes que llegasen a Ceuta o Melilla a nado se&#xF1;ala que "nada impedir&#xED;a" aplicar las llamadas 'devoluciones en caliente' de establecerse "elementos de contenci&#xF3;n en el mar para proteger la l&#xED;nea fronteriza".&#xD;
&#xD;
Se trata de una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal del pasado 8 de julio, recogida por Europa Press, que dictamin&#xF3; que a estas personas se les debe aplicar el procedimiento de devoluci&#xF3;n ordinario y no el de rechazo en frontera.&#xD;
&#xD;
El presidente de Ceuta, Juan Jes&#xFA;s Vivas, ha insistido en modificar la ley "por todos los medios" pues, a su juicio esta sentencia del Supremo provoca una "laguna" que "hay que remediar", despu&#xE9;s de la entrada de cientos de personas desde Marruecos a trav&#xE9;s de la frontera de la ciudad aut&#xF3;noma, donde tambi&#xE9;n se han registrado cruces a nado y por el espig&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
El alto tribunal remarc&#xF3; el inter&#xE9;s casacional en "determinar si es aplicable la disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima de la Ley de Extranjer&#xED;a respecto de las personas que son interceptadas en el mar, al pretender entrar a nado en las ciudades de Ceuta y Melilla y por ello es posible aplicarles el procedimiento de rechazo en frontera".&#xD;
&#xD;
Dicha disposici&#xF3;n adicional reza: "Los extranjeros que sean detectados en la l&#xED;nea fronteriza de la demarcaci&#xF3;n territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contenci&#xF3;n fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podr&#xE1;n ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en Espa&#xF1;a".&#xD;
&#xD;
Y es que el Supremo recoge que el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&#xED;a, entendi&#xF3; que quien entra a nado "no supera un elemento de contenci&#xF3;n fronterizo", por lo que no era aplicable la disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima, un criterio compartido por la Sala.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, remarca que el rechazo en frontera dentro de Ceuta y Melilla "no est&#xE1; contemplado con car&#xE1;cter general" en la disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima de la Ley de Extranjer&#xED;a "para todos los extranjeros que intentan cruzar irregularmente la frontera, sea terrestre o mar&#xED;tima, sino solo para aquellos que intentan hacerlo superando los elementos de contenci&#xF3;n fronterizos establecidos, como las vallas".&#xD;
&#xD;
Entonces, el alto tribunal precisa que la ley se refiere a elementos de contenci&#xF3;n fronterizos "y no exclusivamente a los terrestres ni, espec&#xED;ficamente, a las vallas".&#xD;
&#xD;
Por ello, indica que "nada impedir&#xED;a que, de establecerse elementos de contenci&#xF3;n en el mar para proteger la l&#xED;nea fronteriza, pudiera ser de aplicaci&#xF3;n la referida disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima a quienes pretendieran cruzar irregularmente la frontera superando esos elementos de contenci&#xF3;n mar&#xED;timos".&#xD;
&#xD;
Fuentes jur&#xED;dicas consultadas por Europa Press han reconocido la necesidad de adoptar medidas ante estas situaciones de crisis, si bien han se&#xF1;alado que ser&#xED;a un "error" obviar el resto de problemas -sociales, pol&#xED;ticos, humanitarios y econ&#xF3;micos- que envuelven este tipo de crisis y poner el foco en resoluciones judiciales que, precisamente, "sirven para garantizar derechos humanos".</content><description>El alto tribunal establece que las personas que accedan a Ceuta o Melilla a nado deben someterse al procedimiento ordinario de devoluci&#xF3;n, aunque admite que el rechazo en frontera podr&#xED;a aplicarse si existieran elementos de contenci&#xF3;n mar&#xED;timos.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2657931591-scaled-p486028-m1515842-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El Tribunal Supremo limita las &#xAB;devoluciones en caliente&#xBB; en el mar a los cruces que superen elementos de contenci&#xF3;n</title><link>https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2657931591-scaled-p486028-m1515842-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</url><link>https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</guid><date_added>2026-07-31 10:39:52</date_added><pubDate>2026-07-31 10:39:52</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category></categories><allCategories>Administrativo</allCategories></item><item><id>486015</id><title>CEOE eleva al entorno del 2,5 % su previsi&#xF3;n de crecimiento para la econom&#xED;a espa&#xF1;ola en 2026</title><content>La Confederaci&#xF3;n Espa&#xF1;ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha destacado el buen comportamiento de la econom&#xED;a espa&#xF1;ola y estima que podr&#xED;a crecer m&#xE1;s de lo esperado en 2026, hasta el entorno del 2,5%.&#xD;
&#xD;
La patronal ha ensalzado la evoluci&#xF3;n econ&#xF3;mica de Espa&#xF1;a, que mantiene su senda expansiva durante el segundo trimestre del a&#xF1;o pese al retroceso de la de la inversi&#xF3;n en bienes de equipo y la p&#xE9;rdida de fuerza del sector exterior, que impactan negativamente en la competitividad.&#xD;
&#xD;
De acuerdo con el avance de datos publicado este jueves por el Instituto Nacional de Estad&#xED;stica (INE), la actividad econ&#xF3;mica se ha acelerado una d&#xE9;cima por encima con respecto al trimestre anterior (+0,7%), motivada por el mayor dinamismo de la demanda interna (+0,6 puntos).&#xD;
&#xD;
En tasa interanual, el PIB marca una tendencia de estabilidad, con un crecimiento del 2,7% por cuarto trimestre consecutivo. "Esto se debe a que el impacto del conflicto en Ir&#xE1;n no ha sido relevante en el conjunto de la actividad econ&#xF3;mica", ha se&#xF1;alado la organizaci&#xF3;n que dirige Antonio Garamendi.&#xD;
&#xD;
Todo ello pese a la desaceleraci&#xF3;n de la inversi&#xF3;n bienes de equipo, que retrocede hasta el 0,1%, tres d&#xE9;cimas menos que el trimestre anterior y siete que con respecto al cuatro trimestre de 2025. La inversi&#xF3;n en vivienda y construcci&#xF3;n tambi&#xE9;n permanece estancada en el 0,1% por segundo trimestre consecutivo. Del lado positivo, destaca el repunte de la inversi&#xF3;n en productos de propiedad intelectual, hasta el 1,7%, ocho d&#xE9;cimas m&#xE1;s que en el primer trimestre.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, la composici&#xF3;n del crecimiento repite el mismo patr&#xF3;n del trimestre anterior, siendo el consumo privado y la Formaci&#xF3;n Bruta de Capital Fijo (FBCF) las variables que m&#xE1;s han aportado al crecimiento, un 0,7% y un 0,4% trimestral. El sector exterior, por su parte, contin&#xFA;a en m&#xED;nimos, con tan solo un 0,1% de avance en el trimestre.</content><description>La patronal destaca la fortaleza de la demanda interna y la aceleraci&#xF3;n del PIB en el segundo trimestre, aunque advierte del debilitamiento de la inversi&#xF3;n en bienes de equipo y de la escasa aportaci&#xF3;n del sector exterior.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/foto-ceoe-p486015-m1515808-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>CEOE eleva al entorno del 2,5 % su previsi&#xF3;n de crecimiento para la econom&#xED;a espa&#xF1;ola en 2026</title><link>https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/foto-ceoe-p486015-m1515808-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</url><link>https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</guid><date_added>2026-07-31 10:23:55</date_added><pubDate>2026-07-31 10:23:55</pubDate><categories><category><id>fiscal</id><name>Fiscal</name><idPro>6</idPro></category></categories><allCategories>Fiscal</allCategories></item><item><id>486001</id><title>Entra en vigor la ampliaci&#xF3;n de la jubilaci&#xF3;n anticipada por discapacidad a once nuevas patolog&#xED;as</title><content>El decreto que ampl&#xED;a la jubilaci&#xF3;n anticipada por discapacidad a 11 nuevas patolog&#xED;as entra en vigor este viernes, 31 de julio, tras su publicaci&#xF3;n en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado (BOE). La medida permitir&#xE1; que en torno a 50.000 trabajadores con una discapacidad reconocida igual o superior al 45% puedan anticipar su edad de jubilaci&#xF3;n hasta los 56 a&#xF1;os.&#xD;
&#xD;
Las nuevas discapacidades o patolog&#xED;as incluidas son: Espina b&#xED;fida, Amiloidosis por transtiretina variante, Enfermedad de P&#xE1;rkinson, Distrofia miot&#xF3;nica tipo 1 (Steinert), Enfermedad de Huntington, Esclerosis sist&#xE9;mica, Lesi&#xF3;n medular, Degeneraci&#xF3;n corticobasal, Atrofia multisist&#xE9;mica y Par&#xE1;lisis supranuclear progresiva y Enfermedad Renal Cr&#xF3;nica estadio G5.&#xD;
&#xD;
Para beneficiarse de esta medida sin que esto suponga una reducci&#xF3;n de la cuant&#xED;a de su pensi&#xF3;n, las personas trabajadoras deben cumplir algunos requisitos como "estar en alta o en situaci&#xF3;n asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante y acreditar 15 a&#xF1;os de cotizaci&#xF3;n a lo largo de su vida laboral y, dentro de ese periodo, que al menos durante 5 a&#xF1;os se hayan visto afectados por alguna de estas patolog&#xED;as con discapacidad igual o superior al 45 por ciento".&#xD;
&#xD;
En estos casos, el per&#xED;odo de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilaci&#xF3;n del trabajador se computar&#xE1; como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que sirve para el c&#xE1;lculo del importe de la pensi&#xF3;n de jubilaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
Para el CERMI la entrada en vigor de esta ampliaci&#xF3;n constituye un avance "relevante en la protecci&#xF3;n social de las personas trabajadoras con discapacidad, al reconocer situaciones que hasta ahora no estaban consideradas pese a su severidad y a su incidencia sobre la esperanza de vida".&#xD;
&#xD;
El CERMI recuerda que esta reforma responde a una demanda sostenida del movimiento organizado de la discapacidad y ha valorado especialmente que el procedimiento creado en 2025 permita mantener abierto el cat&#xE1;logo de patolog&#xED;as, de modo que puedan seguir incorpor&#xE1;ndose nuevas discapacidades cuando exista evidencia cient&#xED;fica suficiente que lo justifique.&#xD;
&#xD;
Por su parte, COCEMFE ha celebrado esta aprobaci&#xF3;n ya que se trata de "un avance hist&#xF3;rico en la protecci&#xF3;n de derechos que permitir&#xE1; que miles de personas puedan anticipar su jubilaci&#xF3;n en condiciones m&#xE1;s justas y adaptadas a la realidad que supone convivir con enfermedades que reducen la esperanza de vida".&#xD;
&#xD;
No obstante, COCEMFE ha subrayado que "este proceso no concluye con la aprobaci&#xF3;n de este Real Decreto", puesto que la entidad ya ha presentado nuevos informes correspondientes a otras seis patolog&#xED;as --artritis reumatoide, ataxia de Friedrich, lupus eritematoso sist&#xE9;mico, paraparesia esp&#xE1;stica familiar, encefalomielitis mi&#xE1;lgica y ataxia SCA3-- para continuar ampliando el listado.</content><description>La reforma permitir&#xE1; anticipar hasta los 56 a&#xF1;os la edad de jubilaci&#xF3;n de alrededor de 50.000 trabajadores con una discapacidad reconocida igual o superior al 45 %, siempre que cumplan los periodos de cotizaci&#xF3;n y afectaci&#xF3;n exigidos.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2771701003-scaled-p486001-m1515774-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Entra en vigor la ampliaci&#xF3;n de la jubilaci&#xF3;n anticipada por discapacidad a once nuevas patolog&#xED;as</title><link>https://elderecho.com/entra-en-vigor-la-ampliacion-de-la-jubilacion-anticipada-por-discapacidad-a-once-patologias-mas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2771701003-scaled-p486001-m1515774-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/entra-en-vigor-la-ampliacion-de-la-jubilacion-anticipada-por-discapacidad-a-once-patologias-mas</url><link>https://elderecho.com/entra-en-vigor-la-ampliacion-de-la-jubilacion-anticipada-por-discapacidad-a-once-patologias-mas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/entra-en-vigor-la-ampliacion-de-la-jubilacion-anticipada-por-discapacidad-a-once-patologias-mas</guid><date_added>2026-07-31 10:01:39</date_added><pubDate>2026-07-31 10:01:39</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>485988</id><title>La tasa de paro de la eurozona se mantuvo estable en el 6,3% en junio</title><content>La tasa de paro de la eurozona se mantuvo estable el pasado mes de junio en el 6,3%, donde se mantiene anclada desde marzo de 2026, mientras que en el conjunto de la Uni&#xF3;n Europea repiti&#xF3; en el 6%, seg&#xFA;n los datos publicados por Eurostat.&#xD;
&#xD;
La oficina estad&#xED;stica europea calcula que en el sexto mes de 2026 un total de 13,31 millones de personas carec&#xED;an de empleo en la UE, de los que 11,13 millones se encontraban en la zona euro.&#xD;
&#xD;
Esto supone un aumento mensual de 79.000 desempleados en la UE y de 71.000 en la zona euro, al tiempo que, en comparaci&#xF3;n con junio del a&#xF1;o anterior, el desempleo subi&#xF3; en 112.000 personas en los Veintisiete y en 43.000 en la zona euro.&#xD;
&#xD;
Las mayores tasas de paro en la UE correspondieron a Finlandia, con un 10,5%; Espa&#xF1;a, con un 10,3%; por delante de Suecia, con un 8,7%. Por el contrario, las menores cifras se observaron en Bulgaria y Chequia, con un 3% cada uno, mientras que Polonia registr&#xF3; un 3,1%.&#xD;
&#xD;
En cuanto a los menores de 25 a&#xF1;os, la tasa de paro de la UE repunt&#xF3; al 15,5% desde el 15,4%, mientras que en la zona euro baj&#xF3; una d&#xE9;cima, al 14,8%.&#xD;
&#xD;
En t&#xE9;rminos absolutos, el n&#xFA;mero de j&#xF3;venes desempleados en la UE alcanz&#xF3; los 2,98 millones de personas, de los que 2,35 millones resid&#xED;an en la eurozona.&#xD;
&#xD;
En el caso de Espa&#xF1;a, en junio de 2026 se contabilizaron 2,55 millones de personas sin empleo, de las cuales 456.000 eran menores de 25 a&#xF1;os. As&#xED;, el paro juvenil en el pa&#xED;s fue del 23,4%, el segundo m&#xE1;s elevado del bloque comunitario por detr&#xE1;s de Suecia (24,9%) y por delante de Finlandia (23,2%).</content><description>El desempleo se mantuvo en junio en el 6,3 % en la eurozona y en el 6 % en el conjunto de la Uni&#xF3;n Europea, seg&#xFA;n Eurostat. Espa&#xF1;a registr&#xF3; la segunda tasa de paro m&#xE1;s elevada de los Veintisiete, con un 10,3 %, y un desempleo juvenil del 23,4 %.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2726386803-scaled-p485988-m1515740-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La tasa de paro de la eurozona se mantuvo estable en el 6,3% en junio</title><link>https://elderecho.com/la-tasa-de-paro-de-la-eurozona-se-mantuvo-estable-en-el-63-en-junio</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2726386803-scaled-p485988-m1515740-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-tasa-de-paro-de-la-eurozona-se-mantuvo-estable-en-el-63-en-junio</url><link>https://elderecho.com/la-tasa-de-paro-de-la-eurozona-se-mantuvo-estable-en-el-63-en-junio</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-tasa-de-paro-de-la-eurozona-se-mantuvo-estable-en-el-63-en-junio</guid><date_added>2026-07-31 09:50:50</date_added><pubDate>2026-07-31 09:50:50</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>485915</id><title>El TSJCV prorroga el acuerdo que exime de ir a sedes judiciales a afectados por el incendio</title><content>&#xD;
&#xD;
&#xD;
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), reunida el mi&#xE9;rcoles, 29 de julio, ha acordado mantener para los d&#xED;as 30 y 31 las medidas organizativas y de protecci&#xF3;n adoptadas el pasado domingo ante el incendio que afecta a varios municipios de la provincia de Castell&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
La Sala acuerda esta nueva pr&#xF3;rroga tras la informaci&#xF3;n facilitada por las autoridades de emergencias por la que resulta "procedente mantener las medidas acordadas el domingo con el objetivo de priorizar la seguridad de las personas".&#xD;
&#xD;
En el acuerdo del domingo, la Sala recordaba que no existe obligaci&#xF3;n alguna de acudir a una sede judicial por una actuaci&#xF3;n jurisdiccional programada si existe cualquier dificultad. Bastar&#xE1; en estos casos una comunicaci&#xF3;n al &#xF3;rgano judicial para trasladar la imposibilidad de asistir. Esto incluso, cuando eso no sea posible, se entender&#xE1; que la incomparecencia est&#xE1; justificada.&#xD;
&#xD;
&#xD;
&#xD;
&#xD;
Por otra parte, la Secci&#xF3;n Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado la solicitud de medidas 'cautelar&#xED;simas' planteada por el Colegio de la Abogac&#xED;a de Madrid (ICAM) sobre el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que rechaz&#xF3; este lunes la suspensi&#xF3;n de los se&#xF1;alamientos y plazos procesales, as&#xED; como la adopci&#xF3;n de medidas extraordinarias en los partidos judiciales afectados por los incendios: Madrid, Toledo, &#xC1;vila y Castell&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
En el auto, recogido por Europa Press, el Supremo se&#xF1;ala que la Sala "no es en absoluto insensible a la tragedia" que suponen los incendios "ni a las enormes dificultades que por causa de ella deben afrontar muchos abogados y otros profesionales y usuarios de la Justicia", por este motivo, aseguran que si fuera necesario adoptar&#xED;an en un futuro la deccisi&#xF3;n con eficacia retroactiva.&#xD;
&#xD;
"Por ello, creemos que es importante se&#xF1;alar algo: si el CGPJ considerase que, en alg&#xFA;n momento y lugar, las consecuencias de los grav&#xED;simos incendios necesitan ser combatidas mediante la suspensi&#xF3;n generalizada de se&#xF1;alamientos y plazos judiciales, nada le impedir&#xED;a dotar a su decisi&#xF3;n de eficacia retroactiva", explican en el auto.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, el tribunal recuerda que los actos administrativos pueden tener eficacia retroactiva "cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses leg&#xED;timos de otras personas".&#xD;
&#xD;
El TS reconoce en el escrito desestimatorio que aunque "ahora no se suspendan con alcance general todos los se&#xF1;alamientos y plazos procesales no comporta que los da&#xF1;os que pudieran producirse fuesen irremediables, pues siempre quedar&#xED;a abierta la v&#xED;a que se acaba de indicar".&#xD;
&#xD;
Este tribunal concreta que "quedan pocos d&#xED;as para el inicio del mes de agosto" que "no es h&#xE1;bil para la mayor&#xED;a de las actuaciones procesales ni para el c&#xF3;mputo de los plazos".&#xD;
&#xD;
&#xD;
&#xD;
</content><description>La presidenta de la Audiencia Provincial y de los diferentes Tribunales de Instancia trasladar&#xE1;n a la Sala de Gobierno, en caso de que lo consideren oportuno, la necesidad de suspender la actividad judicial ordinaria, las vistas y/o los plazos procesales.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/tribunal-justicia_castellon-p485915-m1515531-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TSJCV prorroga el acuerdo que exime de ir a sedes judiciales a afectados por el incendio</title><link>https://elderecho.com/el-tsjcv-prorroga-el-acuerdo-que-exime-de-ir-a-sedes-judiciales-a-afectados-por-el-incendio</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/tribunal-justicia_castellon-p485915-m1515531-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tsjcv-prorroga-el-acuerdo-que-exime-de-ir-a-sedes-judiciales-a-afectados-por-el-incendio</url><link>https://elderecho.com/el-tsjcv-prorroga-el-acuerdo-que-exime-de-ir-a-sedes-judiciales-a-afectados-por-el-incendio</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tsjcv-prorroga-el-acuerdo-que-exime-de-ir-a-sedes-judiciales-a-afectados-por-el-incendio</guid><date_added>2026-07-30 10:00:57</date_added><pubDate>2026-07-30 10:00:57</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>485953</id><title>El Gobierno adopta medidas extraordinarias en materia de Seguridad Social para trabajadores y empresas afectadas por los incendios</title><content>El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que contempla un conjunto de medidas extraordinarias en materia de Seguridad Social para atender las necesidades de trabajadores y empresas v&#xED;ctimas de graves incendios, como los que en las &#xFA;ltimas semanas han afectado a varias comunidades aut&#xF3;nomas. En concreto, la nueva disposici&#xF3;n facilita el tr&#xE1;mite para el reconocimiento de la prestaci&#xF3;n por cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia y establece exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para las empresas.&#xD;
&#xD;
Para la ministra Elma Saiz: &#x201C;Estas medidas tienen como objetivo dar una respuesta extraordinaria y urgente a trabajadores y empresas de los municipios afectados por esta cat&#xE1;strofe, para que puedan hacer frente las consecuencias inmediata derivadas de la emergencia despu&#xE9;s de que hayan visto enormemente alteradas sus vidas&#x201D;.&#xD;
&#xD;
Las medidas de este Real Decreto-ley se dirigen a las personas trabajadoras y a las empresas para las que presten sus servicios, cuando se encuentren afectadas por incendios forestales que den lugar a la adopci&#xF3;n de medidas de protecci&#xF3;n civil que afecten a la poblaci&#xF3;n, tales como evacuaciones, restricciones de acceso, confinamientos u otras de naturaleza an&#xE1;loga y hasta que concluya la campa&#xF1;a anual de peligro alto de incendios forestales del a&#xF1;o 2026.&#xD;
Medidas para los trabajadores por cuenta propia&#xD;
El Real Decreto-ley contempla que los trabajadores aut&#xF3;nomos que cesen total o parcialmente en su actividad, de forma definitiva o temporal, en los municipios afectados podr&#xE1;n solicitar la prestaci&#xF3;n de cese de actividad sin que sea necesaria la aportaci&#xF3;n de documentos que acrediten la existencia de fuerza mayor.&#xD;
&#xD;
En concreto, se benefician de estas medidas los trabajadores incluidos en el R&#xE9;gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Aut&#xF3;nomos, en el R&#xE9;gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios que cuenten con la cobertura de la contingencia de cese de actividad o, estando acogidos a la reducci&#xF3;n de cotizaci&#xF3;n prevista en el Estatuto del Trabajo Aut&#xF3;nomo para el inicio de actividad por cuenta propia, cesen de forma definitiva o temporal en ella.&#xD;
&#xD;
Entre las particularidades extraordinarias establecidas en este Real Decreto-ley para esta prestaci&#xF3;n se encuentran:&#xD;
&#xD;
 	El reconocimiento se llevar&#xE1; a cabo por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social o por el Instituto Social de la Marina con car&#xE1;cter provisional con efectos econ&#xF3;micos de 22 de julio de 2026, o desde la fecha en que efectivamente se produjo el cese de actividad, y no se exigir&#xE1; la acreditaci&#xF3;n de la imposibilidad para desarrollarla, sin perjuicio de que el &#xF3;rgano gestor la requiera con posterioridad al beneficiario.&#xD;
 	El tiempo en que se perciban prestaciones por cese de actividad no se computar&#xE1; a los efectos de consumir los per&#xED;odos m&#xE1;ximos de percepci&#xF3;n establecidos en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.&#xD;
 	Se considerar&#xE1; como cumplido el requisito de periodo m&#xED;nimo de cotizaci&#xF3;n de doce meses comprendidos en los veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la situaci&#xF3;n de cese de actividad, previsto en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.&#xD;
 	Esta prestaci&#xF3;n por cese de actividad, en cualquiera de sus modalidades, podr&#xE1; extenderse durante un periodo de hasta cuatro meses. En el supuesto de cese total definitivo, agotada la duraci&#xF3;n m&#xE1;xima establecida, se podr&#xE1; percibir, si se reunieran los requisitos exigidos, la prevista con car&#xE1;cter ordinario en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.&#xD;
 	Esta prestaci&#xF3;n ser&#xE1; inembargable, y tampoco podr&#xE1; ser objeto de compensaci&#xF3;n con otras prestaciones de Seguridad Social indebidamente percibidas.&#xD;
 	Aquellos trabajadores por cuenta propia que se encontraran disfrutando de alguna bonificaci&#xF3;n o reducci&#xF3;n en las cuotas a la Seguridad Social previstas en el Estatuto del trabajo aut&#xF3;nomo, y que est&#xE9;n percibiendo la prestaci&#xF3;n de cese de actividad con baja en el r&#xE9;gimen correspondiente, no perder&#xE1;n el derecho al acceso a las bonificaciones o reducciones en la cuota por el tiempo que hubiese quedado pendiente de disfrute, siempre y cuando soliciten el alta inmediatamente tras la finalizaci&#xF3;n de la prestaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
Exenciones en la Cotizaci&#xF3;n a la Seguridad Social&#xD;
Las empresas con domicilio de actividad en los municipios afectados, a las que se les autorice un expediente de regulaci&#xF3;n temporal de empleo (ERTE) por haber visto impedido o limitado el desarrollo de su actividad normalizada,&#xA0; podr&#xE1;n beneficiarse de una exenci&#xF3;n del 100 por ciento de la aportaci&#xF3;n empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, profesionales y conceptos de recaudaci&#xF3;n conjunta, con respecto a las cuotas devengadas en los meses de agosto a noviembre de 2026 por trabajadores que tengan sus actividades suspendidas o reducidas y por los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensi&#xF3;n o reducci&#xF3;n.</content><description>Los aut&#xF3;nomos, que hayan cesado total o parcialmente su trabajo en municipios afectados y cuenten con la cobertura por cese de actividad, podr&#xE1;n solicitar esta prestaci&#xF3;n extraordinaria sin necesidad de acreditar fuerza mayor.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2019/03/Seguridad-Social-p485953-m1515630-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El Gobierno adopta medidas extraordinarias en materia de Seguridad Social para trabajadores y empresas afectadas por los incendios</title><link>https://elderecho.com/el-gobierno-adopta-medidas-extraordinarias-en-materia-de-seguridad-social-para-trabajadores-y-empresas-afectadas-por-los-incendios</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2019/03/Seguridad-Social-p485953-m1515630-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-gobierno-adopta-medidas-extraordinarias-en-materia-de-seguridad-social-para-trabajadores-y-empresas-afectadas-por-los-incendios</url><link>https://elderecho.com/el-gobierno-adopta-medidas-extraordinarias-en-materia-de-seguridad-social-para-trabajadores-y-empresas-afectadas-por-los-incendios</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-gobierno-adopta-medidas-extraordinarias-en-materia-de-seguridad-social-para-trabajadores-y-empresas-afectadas-por-los-incendios</guid><date_added>2026-07-30 10:00:38</date_added><pubDate>2026-07-30 10:00:38</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>485927</id><title>Ricardo Bodas, presidente de la comisi&#xF3;n de salud del CGPJ, dimite  por discrepancias en los par&#xE1;metros aprobados de carga saludable</title><content>El vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Ricardo Bodas ha dimitido de la presidencia de las comisiones de Carrera y de Salud Judicial por discrepancias con el acuerdo sobre los par&#xE1;metros de cargas de trabajo a efectos de salud judicial.&#xD;
&#xD;
Bodas ha remitido a la presidenta del CGPJ y del Tribunal Supremo, Isabel Perell&#xF3;, una carta en la que le comunica que tiene "la obligaci&#xF3;n de dimitir irrevocablemente de los cargos mencionados", en tanto que "no ser&#xED;a razonable" que dirigiera esas &#xE1;reas cuando discrepa "radicalmente de las pol&#xED;ticas que se impulsar&#xE1;n desde estas".&#xD;
&#xD;
El vocal critica que el acuerdo es "un acto de representaci&#xF3;n del colectivo judicial, que se aparta de los acuerdos previos del Pleno --del CGPJ-- en materia de salud judicial", en tanto que les atribuye "un deber de seguridad para con los jueces y magistrados, que solo ser&#xED;a asumible" si el &#xF3;rgano de gobierno de los jueces mantuviera con ellos "una relaci&#xF3;n laboral o funcionarial, lo que no sucede en absoluto".&#xD;
&#xD;
Bodas considera que el acuerdo "desautoriza injustificadamente el trabajo efectuado por los servicios t&#xE9;cnicos, quienes han ejecutado ejemplar y objetivamente el mandato encomendado por el propio Pleno y lo sustituye por propuestas voluntaristas y m&#xE1;ximas de experiencia, que carecen de cualquier valor cient&#xED;fico".&#xD;
&#xD;
"Finalmente, se ha dado traslado del acuerdo al conjunto del colectivo judicial, lo cual comporta que todos sus componentes podr&#xE1;n efectuar las alegaciones, que consideren oportunas, en una especie de refer&#xE9;ndum cuyas conclusiones se impondr&#xE1;n inevitablemente y provocar&#xE1;n con toda seguridad una reducci&#xF3;n generalizada de nuestra capacidad de respuesta a la demanda de justicia, que ya se encuentra en una situaci&#xF3;n lamentable", denuncia.&#xD;
Cargas de trabajo&#xD;
A su juicio, adem&#xE1;s, este proceder tampoco permitir&#xE1; cumplir adecuadamente la sentencia del Tribunal Supremo de 22 de septiembre de 2023, que conden&#xF3; al &#xF3;rgano de gobierno de los jueces a regular las cargas de trabajo.&#xD;
&#xD;
En cualquier caso, Bodas remarca que "el CGPJ ha desplazado unilateralmente su responsabilidad a la opini&#xF3;n mayoritaria del colectivo judicial", lo que, en su opini&#xF3;n, demuestra que "no es el empleador de los titulares del poder judicial".&#xD;
&#xD;
"Ser&#xE1;n los jueces y magistrados quienes decidir&#xE1;n a la postre cu&#xE1;les son las cargas de trabajo que est&#xE1;n dispuestos a asumir, lo que no sucede en ninguna actividad p&#xFA;blica o privada en el mundo. Nadie convoca un refer&#xE9;ndum para hacer caso omiso de sus resultados", critica.&#xD;
&#xD;
Y concluye: "Consiguientemente, me veo en la obligaci&#xF3;n de dimitir irrevocablemente de los cargos mencionados, puesto que no ser&#xED;a razonable que yo dirigiera esas &#xE1;reas cuando discrepo radicalmente de las pol&#xED;ticas que se impulsar&#xE1;n desde estas".&#xD;
&#xD;
El vocal culmina su misiva agradeciendo al Pleno del CGPJ por la confianza, as&#xED; como a sus compa&#xF1;eros, que le "han acompa&#xF1;ado en esa andadura en los &#xFA;ltimos dos a&#xF1;os".</content><description>Bodas se&#xF1;ala que "son los propios jueces y magistrados, quienes dirigen e inspeccionan todos sus asuntos y deciden el n&#xFA;mero y calidad de los se&#xF1;alamientos que est&#xE1;n dispuestos a acometer".</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/ricardo-bodas-p485927-m1515564-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Ricardo Bodas, presidente de la comisi&#xF3;n de salud del CGPJ, dimite  por discrepancias en los par&#xE1;metros aprobados de carga saludable</title><link>https://elderecho.com/ricardo-bodas-presidente-de-la-comision-de-salud-del-cgpj-dimite-por-discrepancias-en-los-parametros-aprobados-de-carga-saludable</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/ricardo-bodas-p485927-m1515564-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/ricardo-bodas-presidente-de-la-comision-de-salud-del-cgpj-dimite-por-discrepancias-en-los-parametros-aprobados-de-carga-saludable</url><link>https://elderecho.com/ricardo-bodas-presidente-de-la-comision-de-salud-del-cgpj-dimite-por-discrepancias-en-los-parametros-aprobados-de-carga-saludable</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/ricardo-bodas-presidente-de-la-comision-de-salud-del-cgpj-dimite-por-discrepancias-en-los-parametros-aprobados-de-carga-saludable</guid><date_added>2026-07-30 10:00:32</date_added><pubDate>2026-07-30 10:00:32</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>485965</id><title>ANDEMA y el CGPJ renuevan su convenio de colaboraci&#xF3;n en materia de propiedad industrial</title><content>Con esta firma, ambas instituciones dan continuidad al convenio firmado en 2022 &#x2014;que a su vez actualizaba el suscrito por primera vez en 1997&#x2014; y prorrogan su compromiso de mantener formados e informados a jueces y magistrados en materia de propiedad industrial, y de resolver las cuestiones y dudas que puedan surgirles en el desarrollo de su actividad diaria en lo relativo a esta materia.&#xD;
&#xD;
En este sentido, ANDEMA continuar&#xE1; impulsando la realizaci&#xF3;n de jornadas de formaci&#xF3;n dirigidas a los jueces y magistrados integrantes del Poder Judicial relacionadas con la lucha contra los delitos de propiedad industrial, as&#xED; como a la organizaci&#xF3;n de encuentros y jornadas en beneficio de ambas partes.&#xD;
Funci&#xF3;n jurisdiccional&#xD;
Asimismo, se reafirma la puesta a disposici&#xF3;n del Consejo General del Poder Judicial de la base de datos de la asociaci&#xF3;n de los representantes legales de cientos de marcas, para facilitar el contacto entre los agentes y las marcas en operaciones en las que se intervengan productos presuntamente falsificados, y a la que los jueces y magistrados podr&#xE1;n seguir teniendo acceso en el ejercicio de la funci&#xF3;n jurisdiccional.&#xD;
&#xD;
Seg&#xFA;n destaca Gerard Guiu, director general de ANDEMA "este convenio con el CGPJ es una pieza clave en la lucha contra las falsificaciones. La formaci&#xF3;n continua de jueces y magistrados en materia de propiedad industrial, junto con el acceso a nuestra base de datos de marcas, permite dar una respuesta m&#xE1;s &#xE1;gil y especializada frente a un fen&#xF3;meno que no deja de crecer y que perjudica tanto a las empresas como a la seguridad de los consumidores."</content><description>La Asociaci&#xF3;n para la Defensa de la Marca y el Consejo General del Poder Judicial renuevan el convenio suscrito en 2022 con el objetivo de mantener el marco de colaboraci&#xF3;n entre ambas instituciones para desarrollar acciones conjuntas en materia de propiedad industrial. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/Renovacion-de-Convenio-ANDEMA-CGPJ-p485965-m1515663-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>ANDEMA y el CGPJ renuevan su convenio de colaboraci&#xF3;n en materia de propiedad industrial</title><link>https://elderecho.com/andema-y-el-cgpj-renuevan-su-convenio-de-colaboracion-en-materia-de-propiedad-industrial</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/Renovacion-de-Convenio-ANDEMA-CGPJ-p485965-m1515663-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/andema-y-el-cgpj-renuevan-su-convenio-de-colaboracion-en-materia-de-propiedad-industrial</url><link>https://elderecho.com/andema-y-el-cgpj-renuevan-su-convenio-de-colaboracion-en-materia-de-propiedad-industrial</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/andema-y-el-cgpj-renuevan-su-convenio-de-colaboracion-en-materia-de-propiedad-industrial</guid><date_added>2026-07-30 10:00:31</date_added><pubDate>2026-07-30 10:00:31</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item></channel></rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/?utm_source=w3tc&utm_medium=footer_comment&utm_campaign=free_plugin

Caché de objetos 84/88 objetos usando Redis
Almacenamiento en caché de páginas con Redis (Page is feed) 

Served from: elderecho.com @ 2026-08-03 07:44:33 by W3 Total Cache
-->