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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>490076</id><title>Problemas en el tr&#xE1;fico a&#xE9;reo no bastan para denegar una indemnizaci&#xF3;n por retraso de vuelo, seg&#xFA;n el TJUE</title><content>As&#xED;, el Alto Tribunal europeo advierte de que esta situaci&#xF3;n no supone por defecto una "circunstancia extraordinaria" que permita al transportista eludir su obligaci&#xF3;n de compensar al pasajero y anula por ello una sentencia del Tribunal General que, en primera instancia, concluy&#xF3; el pasado enero que ese tipo de casos escapan al control efectivo de la aerol&#xED;nea.&#xD;
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El abogado general de la UE apunt&#xF3; entonces la existencia de un riesgo grave de vulneraci&#xF3;n de la unidad o la coherencia del Derecho de la Uni&#xF3;n por esa primera sentencia, por lo que el TJUE decidi&#xF3; reexaminar el caso sobre el que falla de manera definitiva ahora.&#xD;
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El caso responde al de una pasajera que sufri&#xF3; m&#xE1;s de tres horas de retraso en un vuelo de Esmirna (Turqu&#xED;a) a Varsovia (Polonia), despu&#xE9;s de que la aeronave utilizada llegara con retraso de un vuelo anterior por limitaciones en el espacio a&#xE9;reo entre Hungr&#xED;a y Ruman&#xED;a por mal tiempo que se sum&#xF3; a otro retraso por un fallo t&#xE9;cnico detectado antes de iniciar su ruta.&#xD;
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La pasajera solicit&#xF3; una compensaci&#xF3;n de 400 euros, como establece la legislaci&#xF3;n europea para los retrasos de m&#xE1;s de tres horas, pero el tribunal nacional que debe dirimir el caso pregunta a la Justicia europea si se debe descontar del retraso las restricciones a&#xE9;reas, como circunstancia extraordinaria, lo que dejar&#xED;a el retraso por debajo de las tres horas que obligan a indemnizar.&#xD;
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El Tribunal con sede en Luxemburgo aclara ahora que toda decisi&#xF3;n de gesti&#xF3;n del tr&#xE1;nsito a&#xE9;reo no puede calificarse por s&#xED; sola de "circunstancia extraordinaria", ya que es algo a lo que las aerol&#xED;neas se enfrentan de manera "ordinaria y habitual".&#xD;
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Para determinar la existencia de una circunstancia extraordinaria es preciso, seg&#xFA;n el TJUE, que se examine caso por caso el acontecimiento que llev&#xF3; a la restricci&#xF3;n del espacio a&#xE9;reo y que la aerol&#xED;nea demuestre debidamente que, por su naturaleza u origen, tal circunstancia escapa a su control efectivo.&#xD;
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Con todo, el Tribunal admite que pueden constituir circunstancias extraordinarias cuando sean de tal gravedad que impidan que el vuelo afectado se realice de forma segura y de conformidad con la programaci&#xF3;n inicialmente prevista, porque en tal caso escapan del control efectivo de la aerol&#xED;nea.&#xD;
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En tal caso, si el retraso se debe a la combinaci&#xF3;n de ese acontecimiento con otra circunstancia, como un fallo t&#xE9;cnico, deber&#xE1; descontarse la parte imputable a la circunstancia extraordinaria del tiempo total de retraso para calcular si el pasajero tiene derecho a compensaci&#xF3;n.</content><description>El Tribunal de Justicia de la Uni&#xF3;n Europea ha dictado que una aerol&#xED;nea no puede denegar una indemnizaci&#xF3;n por retraso de un vuelo simplemente evocando problemas en la gesti&#xF3;n del tr&#xE1;fico por restricciones en el espacio a&#xE9;reo, ya que tiene que examinar caso por caso y demostrar que se debi&#xF3; a una circunstancia extraordinaria.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2762901157-1-p490076-m1528539-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Problemas en el tr&#xE1;fico a&#xE9;reo no bastan para denegar una indemnizaci&#xF3;n por retraso de vuelo, seg&#xFA;n el TJUE</title><link>https://elderecho.com/problemas-en-el-trafico-aereo-no-bastan-para-denegar-una-indemnizacion-por-retraso-de-vuelo-segun-el-tjue</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2762901157-1-p490076-m1528539-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/problemas-en-el-trafico-aereo-no-bastan-para-denegar-una-indemnizacion-por-retraso-de-vuelo-segun-el-tjue</url><link>https://elderecho.com/problemas-en-el-trafico-aereo-no-bastan-para-denegar-una-indemnizacion-por-retraso-de-vuelo-segun-el-tjue</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/problemas-en-el-trafico-aereo-no-bastan-para-denegar-una-indemnizacion-por-retraso-de-vuelo-segun-el-tjue</guid><date_added>2026-10-13 07:12:17</date_added><pubDate>2026-10-13 07:12:17</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category></categories><allCategories>Civil</allCategories></item><item><id>490075</id><title>La AN condena a una empresa y su administrador por declarar como gastos de la UE otras partidas ya subvencionadas</title><content>Seg&#xFA;n ha informado la instituci&#xF3;n comunitaria en un comunicado, la Sala de lo Penal conden&#xF3; el pasado 5 de octubre al administrador a 23 d&#xED;as de prisi&#xF3;n, pena sustituida por una multa de 276 euros.&#xD;
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Por otro lado, la empresa fue condenada al pago de una multa de 6.500 euros y a la prohibici&#xF3;n de recibir subvenciones durante un per&#xED;odo de nueve meses. Los acusados reconocieron los hechos y restituyeron la totalidad del perjuicio causado, indica.&#xD;
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La Fiscal&#xED;a Europea indica que "la empresa recibi&#xF3; financiaci&#xF3;n de la UE para cubrir los costes de ejecuci&#xF3;n de un proyecto en el marco del programa Horizonte 2020, cuyo objetivo era reparar envases de pl&#xE1;stico reutilizables".&#xD;
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Al mismo tiempo, contin&#xFA;a, la compa&#xF1;&#xED;a recibi&#xF3; ayudas econ&#xF3;micas del Gobierno de Navarra para fomentar el empleo. "Concretamente subvenciones destinadas a la contrataci&#xF3;n de j&#xF3;venes menores de 30 a&#xF1;os, as&#xED; como ayudas para apoyar la internacionalizaci&#xF3;n de las empresas", precisa.&#xD;
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Los acusados imputaron al proyecto financiado por la UE los salarios de empleados que ya estaban cubiertos por las ayudas econ&#xF3;micas concedidas por el Ejecutivo foral, obteniendo as&#xED; un beneficio econ&#xF3;mico indebido, una conducta que ocasion&#xF3; "un perjuicio total de 26.000 euros, de los cuales 10.200 euros correspond&#xED;an a la UE y el resto al Gobierno de Navarra". Los procesados reconocieron los hechos y restituyeron la totalidad del perjuicio causado, a&#xF1;ade.&#xD;
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La Fiscal&#xED;a Europea es la fiscal&#xED;a independiente de la Uni&#xF3;n Europea responsable de investigar, ejercer la acci&#xF3;n penal y llevar a juicio los delitos que atenten contra los intereses financieros de la UE.</content><description>La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a una empresa y a su administrador por haber declarado como gastos de un proyecto financiado por la Uni&#xF3;n Europea (UE) unos costes salariales que ya estaban cubiertos por subvenciones nacionales, tras una acusaci&#xF3;n presentada por la Fiscal&#xED;a Europea (EPPO) en Espa&#xF1;a.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2848349325-1-p490075-m1528519-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La AN condena a una empresa y su administrador por declarar como gastos de la UE otras partidas ya subvencionadas</title><link>https://elderecho.com/la-an-condena-a-una-empresa-y-su-administrador-por-declarar-como-gastos-de-la-ue-otras-partidas-ya-subvencionadas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2848349325-1-p490075-m1528519-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-an-condena-a-una-empresa-y-su-administrador-por-declarar-como-gastos-de-la-ue-otras-partidas-ya-subvencionadas</url><link>https://elderecho.com/la-an-condena-a-una-empresa-y-su-administrador-por-declarar-como-gastos-de-la-ue-otras-partidas-ya-subvencionadas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-an-condena-a-una-empresa-y-su-administrador-por-declarar-como-gastos-de-la-ue-otras-partidas-ya-subvencionadas</guid><date_added>2026-10-13 07:08:39</date_added><pubDate>2026-10-13 07:08:39</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category></categories><allCategories>Penal</allCategories></item><item><id>490023</id><title>Primera sentencia condenatoria en Sevilla por el uso de IA para manipular im&#xE1;genes de varias j&#xF3;venes y simular que estaban desnudas</title><content>El magistrado de la plaza n&#xFA;mero 15 de la Secci&#xF3;n de lo Penal del Tribunal de Instancia de Sevilla ha dictado la primera sentencia condenatoria en Sevilla por el uso de una aplicaci&#xF3;n de inteligencia artificial (IA) para manipular im&#xE1;genes de varias j&#xF3;venes y obtener, de este modo, im&#xE1;genes que simulaban los cuerpos &#xED;ntegramente desnudos de dichas mujeres.&#xD;
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En una sentencia dictada el d&#xED;a 1 de octubre tras el acuerdo de conformidad alcanzado ese mismo d&#xED;a entre la Fiscal&#xED;a de Criminalidad Inform&#xE1;tica de Sevilla, la acusaci&#xF3;n particular y las defensas, el juez condena a tres varones por tres delitos contra la integridad moral con la agravante de g&#xE9;nero, la atenuante cualificada de reparaci&#xF3;n del da&#xF1;o y la atenuante anal&#xF3;gica de confesi&#xF3;n, y les impone a cada uno de ellos un total de nueve meses de c&#xE1;rcel y la prohibici&#xF3;n de acceder a las aplicaciones Telegram, WhatsApp, Instagram y Discord por tiempo total de tres a&#xF1;os y nueve meses.&#xD;
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En este sentido, el magistrado acuerda conceder a los tres encausados el beneficio de la suspensi&#xF3;n del cumplimiento de la pena de prisi&#xF3;n impuesta con la condici&#xF3;n de que no cometan ning&#xFA;n delito en un plazo de dos a&#xF1;os, la prohibici&#xF3;n de acceder a las cuatro aplicaciones mencionadas durante el plazo de suspensi&#xF3;n y la realizaci&#xF3;n de un programa formativo en educaci&#xF3;n sexual.&#xD;
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El juez toma esta decisi&#xF3;n porque los acusados carecen de antecedentes penales, la pena no es superior a dos a&#xF1;os de prisi&#xF3;n y han abonado la responsabilidad civil, condicionando adem&#xE1;s la suspensi&#xF3;n de la pena de c&#xE1;rcel a la prohibici&#xF3;n de acceder a las aplicaciones mencionadas y a la realizaci&#xF3;n de un programa formativo en educaci&#xF3;n sexual &#x201C;dada la naturaleza de los hechos realizados en contra de las que fueran sus compa&#xF1;eras, buscando el anonimato que dan las redes sociales&#x201D;.&#xD;
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El juez considera probado que los tres condenados, &#x201C;previamente concertados en el com&#xFA;n designio con otra persona menor de edad, decidieron obtener im&#xE1;genes de los perfiles de Instagram&#x201D; de tres j&#xF3;venes que hab&#xED;an sido compa&#xF1;eras de colegio y cuyas publicaciones en la red social estaban configuradas como abiertas y accesibles al p&#xFA;blico en general.&#xD;
&#x201C;Claro prop&#xF3;sito de burla&#x201D;&#xD;
De este modo, y seg&#xFA;n la sentencia, que ya es firme tras el acuerdo entre las partes, los tres acusados procedieron a manipular dichas im&#xE1;genes con una aplicaci&#xF3;n de IA de Telegram &#x201C;para obtener im&#xE1;genes que simulaban, con gran realismo, los cuerpos &#xED;ntegramente desnudos de las tres j&#xF3;venes&#x201D;.&#xD;
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El juez considera probado que tales archivos &#x201C;fueron compartidos entre s&#xED; por los tres acusados y el menor de edad a trav&#xE9;s de la creaci&#xF3;n de un grupo espec&#xED;fico de WhatsApp y de otro de Discord, realizando posteriormente una mayor difusi&#xF3;n, m&#xE1;s all&#xE1; de los citados grupos y desconoci&#xE9;ndose el alcance de las cadenas de reenv&#xED;o&#x201D;, lo que &#x201C;permiti&#xF3; que una persona no identificada&#x201D;, desde un perfil de Instagram, enviara sobre las 00,30 horas del d&#xED;a 10 de septiembre de 2023 al perfil de una de las j&#xF3;venes afectadas las im&#xE1;genes manipuladas de las tres mujeres desnudas.&#xD;
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Seg&#xFA;n recoge la sentencia, los acusados realizaron los actos anteriores &#x201C;con un claro prop&#xF3;sito de burla, siendo conscientes del riesgo que creaban para la dignidad de las j&#xF3;venes y de las altas probabilidades de menoscabarla, lo que les era indiferente, proyectando as&#xED; una pretendida supremac&#xED;a machista que cosifica a las mujeres, manteniendo estereotipos de conducta que relegan a la mujer al papel de mero instrumento de placer mediante la manipulaci&#xF3;n de sus im&#xE1;genes para representarlas como desnudas&#x201D;.&#xD;
Agravante de g&#xE9;nero&#xD;
Todo ello, seg&#xFA;n asevera el magistrado, &#x201C;refleja un desprecio de g&#xE9;nero que va m&#xE1;s all&#xE1; del ataque contra su privacidad y dignidad&#x201D;, todo lo cual le lleva a aplicar la agravante de g&#xE9;nero del art&#xED;culo 22.4 del C&#xF3;digo Penal.&#xD;
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Asimismo, el juez aplica la atenuante cualificada de reparaci&#xF3;n del da&#xF1;o porque los tres acusados, &#x201C;con el prop&#xF3;sito de reparar &#xED;ntegramente los perjuicios causados a las perjudicadas, han procedido a ingresar en la cuenta de dep&#xF3;sitos y consignaciones del &#xF3;rgano judicial la totalidad de las cantidades fijadas en concepto de responsabilidad civil, satisfaciendo de forma completa los importes reclamados en concepto de da&#xF1;o moral&#x201D;.&#xD;
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El magistrado tambi&#xE9;n aplica la atenuante anal&#xF3;gica de confesi&#xF3;n, ya que, &#x201C;desde sus primeras declaraciones en sede policial, los acusados efectuaron un reconocimiento libre, expreso y veraz de los hechos que se les imputaban, manteniendo dicha admisi&#xF3;n durante la tramitaci&#xF3;n del procedimiento y prestando una colaboraci&#xF3;n activa con la Administraci&#xF3;n de Justicia que ha contribuido al esclarecimiento de los hechos, evitando la pr&#xE1;ctica de diligencias innecesarias y favoreciendo una m&#xE1;s &#xE1;gil resoluci&#xF3;n de la causa&#x201D;.</content><description>El juez aplica la agravante de g&#xE9;nero y concluye que, con su actitud, los acusados proyectaron &#x201C;una pretendida supremac&#xED;a machista que cosifica a las mujeres&#x201D;.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2588771137-1-p490023-m1528405-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Primera sentencia condenatoria en Sevilla por el uso de IA para manipular im&#xE1;genes de varias j&#xF3;venes y simular que estaban desnudas</title><link>https://elderecho.com/primera-sentencia-condenatoria-en-sevilla-por-el-uso-de-ia-para-manipular-imagenes-de-varias-jovenes-y-simular-que-estaban-desnudas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2588771137-1-p490023-m1528405-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/primera-sentencia-condenatoria-en-sevilla-por-el-uso-de-ia-para-manipular-imagenes-de-varias-jovenes-y-simular-que-estaban-desnudas</url><link>https://elderecho.com/primera-sentencia-condenatoria-en-sevilla-por-el-uso-de-ia-para-manipular-imagenes-de-varias-jovenes-y-simular-que-estaban-desnudas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/primera-sentencia-condenatoria-en-sevilla-por-el-uso-de-ia-para-manipular-imagenes-de-varias-jovenes-y-simular-que-estaban-desnudas</guid><date_added>2026-10-09 07:21:37</date_added><pubDate>2026-10-09 07:21:37</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>490007</id><title>P&#xE9;rez-Llorca refuerza el &#xE1;rea de Propiedad Intelectual, Industrial y Tecnolog&#xED;a con Joana Mota Agostinho como socia</title><content>P&#xE9;rez-Llorca ha anunciado la incorporaci&#xF3;n de Joana Mota Agostinho como socia en la oficina de Lisboa.&#xD;
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La nueva socia asume la direcci&#xF3;n de la pr&#xE1;ctica de Propiedad Intelectual, Industrial y Tecnolog&#xED;a en Lisboa, una nueva &#xE1;rea de esta oficina dedicada al asesoramiento jur&#xED;dico a clientes nacionales e internacionales en procesos de transformaci&#xF3;n tecnol&#xF3;gica y digital. Su experiencia abarca materias de propiedad intelectual e industrial, protecci&#xF3;n de datos y privacidad, derecho digital, publicidad y consumo, as&#xED; como cuestiones regulatorias relacionadas con las comunicaciones electr&#xF3;nicas, los medios de comunicaci&#xF3;n y la ciberseguridad.&#xD;
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A lo largo de su trayectoria ha asesorado proyectos de transformaci&#xF3;n digital en sectores como tecnolog&#xED;a, banca, seguros, energ&#xED;a, salud e industria farmac&#xE9;utica. Su incorporaci&#xF3;n se inscribe en la estrategia de crecimiento de P&#xE9;rez-Llorca en Portugal y responde al incremento de los retos normativos asociados a la innovaci&#xF3;n, los datos y la digitalizaci&#xF3;n de los negocios.&#xD;
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Licenciada en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Lisboa, complet&#xF3; un m&#xE1;ster (LL.M.) en Derecho de las Comunicaciones y la Inform&#xE1;tica en la Queen Mary University of London. Su experiencia ha sido reconocida por directorios internacionales como Chambers and Partners o Legal 500 en las pr&#xE1;cticas de TMT y Data Privacy and Data Protection, respectivamente. Antes de incorporarse a P&#xE9;rez-Llorca, era socia de un bufete de abogados de referencia.&#xD;
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Para Carlos Vaz de Almeida, Managing Partner de P&#xE9;rez-Llorca en Portugal: &#xAB;Joana nos aporta unos conocimientos altamente especializados y es una profesional de referencia en su &#xE1;mbito. Su incorporaci&#xF3;n nos permite desarrollar en Portugal una pr&#xE1;ctica de Propiedad Intelectual, Industrial y Tecnolog&#xED;a con identidad propia y, al mismo tiempo, reforzar nuestros equipos transaccionales en las operaciones m&#xE1;s complejas y de mayor valor a&#xF1;adido&#xBB;.</content><description>El nombramiento refuerza la plataforma ib&#xE9;rica e iberoamericana en una pr&#xE1;ctica orientada a los retos normativos de la tecnolog&#xED;a y la digitalizaci&#xF3;n de los negocios.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Joana-Mota-Agostinho_Perez-Llorca-p490007-m1528319-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>P&#xE9;rez-Llorca refuerza el &#xE1;rea de Propiedad Intelectual, Industrial y Tecnolog&#xED;a con Joana Mota Agostinho como socia</title><link>https://elderecho.com/perez-llorca-refuerza-el-area-de-propiedad-intelectual-industrial-y-tecnologia-con-joana-mota-agostinho-como-socia</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Joana-Mota-Agostinho_Perez-Llorca-p490007-m1528319-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/perez-llorca-refuerza-el-area-de-propiedad-intelectual-industrial-y-tecnologia-con-joana-mota-agostinho-como-socia</url><link>https://elderecho.com/perez-llorca-refuerza-el-area-de-propiedad-intelectual-industrial-y-tecnologia-con-joana-mota-agostinho-como-socia</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/perez-llorca-refuerza-el-area-de-propiedad-intelectual-industrial-y-tecnologia-con-joana-mota-agostinho-como-socia</guid><date_added>2026-10-08 13:05:32</date_added><pubDate>2026-10-08 13:05:32</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>490008</id><title>MAIO Legal refuerza su &#xE1;rea laboral en Vigo con la incorporaci&#xF3;n de Mari&#xF1;a V&#xE1;zquez</title><content>MAIO Legal ha incorporado a Mari&#xF1;a V&#xE1;zquez Rodr&#xED;guez como responsable del &#xE1;rea Laboral de su oficina de Vigo. Llega desde Estudio Legal Novecento, despacho vigu&#xE9;s especializado en Derecho Laboral y de la Seguridad Social.&#xD;
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V&#xE1;zquez cuenta con una trayectoria de m&#xE1;s de 25 a&#xF1;os en este &#xE1;mbito. Abogada en ejercicio desde 1998, ha colaborado con empresas de diversos sectores en la elaboraci&#xF3;n y seguimiento de su pol&#xED;tica de relaciones laborales, y tiene amplia experiencia en procesos judiciales, asesor&#xED;a jur&#xED;dica sindical, arbitrajes, mediaciones y actuaciones ante distintas administraciones, especialmente en procesos de negociaci&#xF3;n colectiva y expedientes de regulaci&#xF3;n de empleo.&#xD;
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Es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y m&#xE1;ster en Derecho Judicial por la Universidad de Santiago de Compostela. Habla gallego, ingl&#xE9;s y portugu&#xE9;s.&#xD;
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La incorporaci&#xF3;n de V&#xE1;zquez se alinea con la estrategia de MAIO Legal de atraer talento de primer nivel para fortalecer su oferta de servicios y proporcionar soluciones jur&#xED;dicas especializadas. El despacho refuerza su apuesta por la alta especializaci&#xF3;n, tanto por &#xE1;reas como por sectores y la cercan&#xED;a, agilidad y el seniority de sus socios.</content><description>Cuenta con amplia experiencia en procesos de negociaci&#xF3;n colectiva y expedientes de regulaci&#xF3;n de empleo.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_1810178101-1-p490008-m1528348-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>MAIO Legal refuerza su &#xE1;rea laboral en Vigo con la incorporaci&#xF3;n de Mari&#xF1;a V&#xE1;zquez</title><link>https://elderecho.com/maio-legal-refuerza-su-area-laboral-en-vigo-con-la-incorporacion-de-marina-vazquez</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_1810178101-1-p490008-m1528348-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/maio-legal-refuerza-su-area-laboral-en-vigo-con-la-incorporacion-de-marina-vazquez</url><link>https://elderecho.com/maio-legal-refuerza-su-area-laboral-en-vigo-con-la-incorporacion-de-marina-vazquez</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/maio-legal-refuerza-su-area-laboral-en-vigo-con-la-incorporacion-de-marina-vazquez</guid><date_added>2026-10-08 12:30:25</date_added><pubDate>2026-10-08 12:30:25</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>490010</id><title>El CGPJ designa a los vocales judiciales que integrar&#xE1;n las Juntas Electorales Provinciales para las elecciones generales del 29N</title><content>La Ley Org&#xE1;nica del R&#xE9;gimen Electoral General (LOREG) dispone en su art&#xED;culo 14 que las Juntas Electorales Provinciales se constituir&#xE1;n inicialmente con los/as vocales judiciales en el tercer d&#xED;a siguiente a la convocatoria de elecciones. La disoluci&#xF3;n del Congreso de los Diputados y del Senado y la convocatoria de elecciones se ha dispuesto mediante Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, y ha entrado en vigor el d&#xED;a 6, d&#xED;a de su publicaci&#xF3;n en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado.&#xD;
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La designaci&#xF3;n de los vocales judiciales de las Juntas Electorales Provinciales corresponde a la Comisi&#xF3;n Permanente del CGPJ, que se ha reunido hoy a tal fin con car&#xE1;cter extraordinario. Dicha designaci&#xF3;n se ha realizado entre los magistrados y magistradas que componen las Audiencias Provinciales y, en su defecto, entre los/as titulares de los &#xF3;rganos jurisdiccionales unipersonales de la capital de la provincia.&#xD;
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Seg&#xFA;n la LOREG, las Juntas Electorales Provinciales estar&#xE1;n formadas por tres vocales judiciales y presididas por uno de ellos; y por dos vocales nombrados por la Junta Electoral Central, una vez proclamadas las candidaturas, entre catedr&#xE1;ticos y profesores titulares de Derecho o de Ciencias Pol&#xED;ticas y de Sociolog&#xED;a o juristas de reconocido prestigio residentes en la provincia.</content><description>La Comisi&#xF3;n Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha procedido a la designaci&#xF3;n de los vocales de procedencia judicial -tres titulares y tres suplentes- que integrar&#xE1;n las Juntas Electorales Provinciales, constituidas como consecuencia de la convocatoria de elecciones generales para el pr&#xF3;ximo 29 de noviembre. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Consejo-General-Poder-Judicial_EDEIMA20150109_0012_1-p490010-m1528384-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El CGPJ designa a los vocales judiciales que integrar&#xE1;n las Juntas Electorales Provinciales para las elecciones generales del 29N</title><link>https://elderecho.com/el-cgpj-designa-a-los-vocales-judiciales-que-integraran-las-juntas-electorales-provinciales-para-las-elecciones-generales-del-29n</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Consejo-General-Poder-Judicial_EDEIMA20150109_0012_1-p490010-m1528384-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-cgpj-designa-a-los-vocales-judiciales-que-integraran-las-juntas-electorales-provinciales-para-las-elecciones-generales-del-29n</url><link>https://elderecho.com/el-cgpj-designa-a-los-vocales-judiciales-que-integraran-las-juntas-electorales-provinciales-para-las-elecciones-generales-del-29n</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-cgpj-designa-a-los-vocales-judiciales-que-integraran-las-juntas-electorales-provinciales-para-las-elecciones-generales-del-29n</guid><date_added>2026-10-08 12:15:28</date_added><pubDate>2026-10-08 12:15:28</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>490009</id><title>ELZABURU culmina la evoluci&#xF3;n de su identidad corporativa con una nueva web centrada en el cliente</title><content>ELZABURU estrena nueva p&#xE1;gina web, culminando as&#xED; la evoluci&#xF3;n de su identidad corporativa que se inici&#xF3; en 2025, coincidiendo con la celebraci&#xF3;n de su 160 aniversario.&#xD;
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El nuevo proyecto web nace con el objetivo de reforzar el posicionamiento digital de la firma y trasladar al entorno digital una nueva forma de presentar su experiencia, su propuesta de valor y la hiperespecializaci&#xF3;n de sus profesionales.&#xD;
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La nueva identidad responde a la imagen actual de ELZABURU sin renunciar a aquello que ha definido a la firma durante generaciones: la excelencia, la hiperespecializaci&#xF3;n y una trayectoria estrechamente vinculada a la innovaci&#xF3;n.&#xD;
M&#xE1;s all&#xE1; de una nueva imagen&#xD;
El nuevo lenguaje visual conecta legado y futuro, combinando referencias a invenciones, patentes y dise&#xF1;os hist&#xF3;ricos con im&#xE1;genes de las tecnolog&#xED;as y avances que est&#xE1;n transformando la industria y la sociedad.&#xD;
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Esta nueva imagen que ELZABURU hab&#xED;a ido incorporando progresivamente en sus soportes y comunicaciones se traslada ahora de forma integral a su principal canal digital.&#xD;
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Pero el proyecto va m&#xE1;s all&#xE1; de una renovaci&#xF3;n visual. Para facilitar su uso a los clientes y nuevos visitantes la nueva web cambia tambi&#xE9;n la forma de ordenar y presentar la actividad de ELZABURU, atendiendo no solo a las disciplinas jur&#xED;dicas, sino tambi&#xE9;n a las necesidades de empresas y organizaciones en las distintas etapas de sus activos intangibles.&#xD;
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Su arquitectura refleja as&#xED; con mayor claridad la propuesta de valor de la firma: una visi&#xF3;n que va m&#xE1;s all&#xE1; de la protecci&#xF3;n y comprende tambi&#xE9;n la explotaci&#xF3;n, la defensa y negociaci&#xF3;n, as&#xED; como la financiaci&#xF3;n y monetizaci&#xF3;n de los intangibles a lo largo de todo su ciclo de vida.&#xD;
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Otro de los ejes del proyecto es situar el conocimiento y a los profesionales en el centro de la experiencia digital.&#xD;
Contenido especializado&#xD;
La nueva web busca hacer visible la hiperespecializaci&#xF3;n de ELZABURU a trav&#xE9;s de sus capacidades y, sobre todo, del conocimiento generado por quienes trabajan diariamente en cada materia.&#xD;
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P&#xED;ldoras audiovisuales, art&#xED;culos, an&#xE1;lisis de actualidad y comentarios sobre resoluciones y novedades jur&#xED;dicas acercan la experiencia de sus profesionales a clientes y otros p&#xFA;blicos del sector jur&#xED;dico y empresarial.&#xD;
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La web se convierte as&#xED; no solo en un espacio para conocer la firma y sus capacidades, sino tambi&#xE9;n en una puerta de acceso al conocimiento que ELZABURU genera en torno a la propiedad industrial e intelectual, la innovaci&#xF3;n, el derecho digital y la gesti&#xF3;n de los activos intangibles.&#xD;
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Con el lanzamiento de su nueva web, ELZABURU culmina una evoluci&#xF3;n de marca que conecta su legado con su visi&#xF3;n de futuro, manteniendo la esencia que ha definido a la firma desde 1865.</content><description>La nueva web reorganiza la propuesta de valor en torno a las necesidades del cliente y sit&#xFA;a el conocimiento y la hiperespecializaci&#xF3;n de sus profesionales en primer plano.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Elzaburu-nueva-web_img-p490009-m1528366-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>ELZABURU culmina la evoluci&#xF3;n de su identidad corporativa con una nueva web centrada en el cliente</title><link>https://elderecho.com/elzaburu-culmina-la-evolucion-de-su-identidad-corporativa-con-una-nueva-web-centrada-en-el-cliente</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Elzaburu-nueva-web_img-p490009-m1528366-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/elzaburu-culmina-la-evolucion-de-su-identidad-corporativa-con-una-nueva-web-centrada-en-el-cliente</url><link>https://elderecho.com/elzaburu-culmina-la-evolucion-de-su-identidad-corporativa-con-una-nueva-web-centrada-en-el-cliente</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/elzaburu-culmina-la-evolucion-de-su-identidad-corporativa-con-una-nueva-web-centrada-en-el-cliente</guid><date_added>2026-10-08 11:57:12</date_added><pubDate>2026-10-08 11:57:12</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489962</id><title>Incapacidad permanente absoluta de un operario de f&#xE1;brica con graves problemas de movilidad</title><content>El interesado, nacido en 1961, presenta un extenso historial m&#xE9;dico -que incluye patolog&#xED;as hep&#xE1;ticas cr&#xF3;nicas, afecciones digestivas, neurol&#xF3;gicas y dermatol&#xF3;gicas, as&#xED; como secuelas quir&#xFA;rgicas en las rodillas- que le incapacita desde septiembre de 2011 para desempe&#xF1;ar las labores propias de la construcci&#xF3;n, limitando su capacidad para la carga, los esfuerzos f&#xED;sicos y el uso de los hombros.&#xD;
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Tras iniciar el procedimiento correspondiente para elevar el grado de incapacidad, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declar&#xF3; al demandante, el 2 de febrero de 2023, en situaci&#xF3;n de incapacidad permanente total para su profesi&#xF3;n habitual de pe&#xF3;n de industria manufacturera, valorando un cuadro cl&#xED;nico de coxartrosis bilateral moderada-grave pendiente de intervenci&#xF3;n quir&#xFA;rgica para la colocaci&#xF3;n de pr&#xF3;tesis, patolog&#xED;a que restringe de manera acusada la deambulaci&#xF3;n, la bipedestaci&#xF3;n y la sedestaci&#xF3;n. Dicho grado de incapacidad fue ratificado por el INSS el 28 de septiembre y, posteriormente, confirmado el 30 de diciembre de 2024 por un Juzgado de lo Social de Guadalajara.&#xD;
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El tribunal revoca la sentencia de instancia y estima el recurso del actor. Los magistrados entienden que, a diferencia de 2011, cuando sus dolencias solo afectaban a la carga de peso y ciertos esfuerzos, las limitaciones actuales son mucho m&#xE1;s graves e impiden incluso la sedestaci&#xF3;n. Asimismo, el hecho de estar pendiente de una pr&#xF3;tesis no cambia esta conclusi&#xF3;n, ya que, conforme al art&#xED;culo 193.1 de la LGSS, una posible recuperaci&#xF3;n incierta o a largo plazo no frena el reconocimiento de la incapacidad. Por tanto, se le otorga el grado de absoluta, sin perjuicio de una futura revisi&#xF3;n si llega a mejorar.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado las pretensiones de un pe&#xF3;n industrial, reconociendo su paso a una situaci&#xF3;n de incapacidad permanente absoluta por enfermedad com&#xFA;n. En consecuencia, percibir&#xE1; una prestaci&#xF3;n del 100% sobre una base reguladora de 719,76 euros.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2664524485-1-p489962-m1528175-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Incapacidad permanente absoluta de un operario de f&#xE1;brica con graves problemas de movilidad</title><link>https://elderecho.com/incapacidad-permanente-absoluta-de-un-operario-de-fabrica-con-graves-problemas-de-movilidad</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2664524485-1-p489962-m1528175-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/incapacidad-permanente-absoluta-de-un-operario-de-fabrica-con-graves-problemas-de-movilidad</url><link>https://elderecho.com/incapacidad-permanente-absoluta-de-un-operario-de-fabrica-con-graves-problemas-de-movilidad</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/incapacidad-permanente-absoluta-de-un-operario-de-fabrica-con-graves-problemas-de-movilidad</guid><date_added>2026-10-07 13:00:04</date_added><pubDate>2026-10-07 13:00:04</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>489961</id><title>Sindicatos convocan una huelga general por la vivienda el 11 de noviembre</title><content>La convocatoria se enmarca en un momento en el que el presidente del Gobierno, Pedro S&#xE1;nchez, ha convocado elecciones generales anticipadas para el 29 de noviembre despu&#xE9;s de queel Pleno del Congreso rechazara, el pasado viernes, los dos Reales Decretos-Ley que el Ejecutivo hab&#xED;a presentado en materia de vivienda. No obstante, el Ejecutivo ha vuelto a aprobarlos esta semana con la previsi&#xF3;n de que la Diputaci&#xF3;n Permanente apruebe el primero de ellos.&#xD;
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"La huelga general del 11N es la respuesta a la insaciable avaricia inmobiliaria que especula con uno de los principales derechos de ciudadan&#xED;a, haciendo pr&#xE1;cticamente imposible el acceso a la mayor&#xED;a a una vivienda digna", reza un comunicado conjunto emitido por CCOO y UGT.&#xD;
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Entre las principales reivindicaciones de la convocatoria, la portavoz del Sindicato de Inquilinas de Madrid y de la Confederaci&#xF3;n de Sindicatos de Inquilinas, Alicia del R&#xED;o, ha situado los contratos de alquiler indefinidos, bajadas "dr&#xE1;sticas" del precio del alquiler y de la vivienda, el fin de los desahucios, un impuesto a la riqueza para financiar un parque p&#xFA;blico de vivienda y el fin de la compra especulativa.&#xD;
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Por su parte, CCOO y UGT han ampliado el alcance de la movilizaci&#xF3;n a las reivindicaciones laborales y econ&#xF3;micas, con demandas de subidas salariales, reducci&#xF3;n de jornada, mejora de la salud de las personas trabajadoras y erradicaci&#xF3;n de la precariedad. Tambi&#xE9;n reclaman controlar los precios, desbloquear la negociaci&#xF3;n colectiva y que las administraciones impulsen pol&#xED;ticas para acabar con la especulaci&#xF3;n de la vivienda.&#xD;
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El secretario de Acci&#xF3;n Social de Solidaridad Obrera, &#xC1;lvaro Ferreira, ha defendido vincular la lucha por la vivienda con la mejora de las condiciones de la clase trabajadora y ha reclamado rebajas de los alquileres, la creaci&#xF3;n de un parque p&#xFA;blico de vivienda mediante la expropiaci&#xF3;n a grandes tenedores y fondos de inversi&#xF3;n, as&#xED; como que los salarios suban al menos al ritmo del IPC.&#xD;
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A su vez, el secretario general de CGT, Miguel Fadrique, ha subrayado que la convocatoria est&#xE1; directamente vinculada con el mundo laboral y ha se&#xF1;alado que la huelga del 11 de noviembre incluir&#xE1; tambi&#xE9;n reivindicaciones sobre salarios y pensiones. Asimismo, ha asegurado que los trabajadores contar&#xE1;n con "todas las garant&#xED;as jur&#xED;dicas" para secundarla.&#xD;
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Finalmente, la representante de Co.Bas Andrea Zayas ha defendido que vivienda y salarios son "inseparables" y ha llamado a construir la huelga desde los centros de trabajo mediante pronunciamientos, comit&#xE9;s de empresa, secciones sindicales y asambleas de trabajadores. Tambi&#xE9;n ha apostado por crear comit&#xE9;s en barrios y centros de estudio para dar continuidad a la movilizaci&#xF3;n despu&#xE9;s del 11 de noviembre.</content><description>La Confederaci&#xF3;n de Sindicatos de Inquilinas (CSI), UGT, CCOO, CGT, CNT, Acci&#xF3;n Social de Solidaridad Obrera y Co.Bas han acordado este mi&#xE9;rcoles convocar una huelga general de 24 horas para el mi&#xE9;rcoles 11 de noviembre en protesta por la situaci&#xF3;n de la vivienda en Espa&#xF1;a.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2847211713-1-p489961-m1528158-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Sindicatos convocan una huelga general por la vivienda el 11 de noviembre</title><link>https://elderecho.com/sindicatos-convocan-una-huelga-general-por-la-vivienda-el-11-de-noviembre</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2847211713-1-p489961-m1528158-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/sindicatos-convocan-una-huelga-general-por-la-vivienda-el-11-de-noviembre</url><link>https://elderecho.com/sindicatos-convocan-una-huelga-general-por-la-vivienda-el-11-de-noviembre</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/sindicatos-convocan-una-huelga-general-por-la-vivienda-el-11-de-noviembre</guid><date_added>2026-10-07 12:45:00</date_added><pubDate>2026-10-07 12:45:00</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489935</id><title>La Intercolegial crea la Comisi&#xF3;n para la Salud Emocional de las Profesiones</title><content>La Asociaci&#xF3;n Intercolegial, entidad que representa a m&#xE1;s de 100 corporaciones profesionales de todos los &#xE1;mbitos de actividad y a m&#xE1;s de 350.000 colegiados y colegiadas en Catalunya, ha acordado crear la Comisi&#xF3;n Intercolegial para la Salud Emocional de las Profesiones, con el objetivo de concienciar y ofrecer herramientas sobre salud mental y bienestar emocional a los y las profesionales, que les ayuden a afrontar el actual contexto social y laboral, caracterizado por cambios constantes, una fuerte carga de trabajo, presi&#xF3;n y una mayor responsabilidad.&#xD;
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La presidenta de la Intercolegial y decana del Ilustre Colegio de la Abogac&#xED;a de Barcelona (ICAB), Cristina Vallejo, ha afirmado que &#x201C;el ejercicio de las profesiones ha experimentado importantes transformaciones durante la &#xFA;ltima d&#xE9;cada, fruto de los cambios sociales, econ&#xF3;micos y tecnol&#xF3;gicos, y esto ha comportado un cambio en el ritmo de trabajo, con m&#xE1;s carga y una exposici&#xF3;n directa e intensa a las problem&#xE1;ticas de las personas destinatarias de los servicios profesionales&#x201D;. Y ha a&#xF1;adido: &#x201C;Cuidar el bienestar emocional es actualmente imprescindible, ya que todos los profesionales estamos expuestos a unas fuertes exigencias laborales en nuestro d&#xED;a a d&#xED;a. Cuidarse no es un signo de debilidad, sino que es esencial para prevenir un posible desgaste derivado del ejercicio profesional. Por eso, en el ICAB contamos con una Comisi&#xF3;n para la Salud Emocional de la Abogac&#xED;a y hemos impulsado acciones espec&#xED;ficas para la abogac&#xED;a, como un servicio de asistencia psicol&#xF3;gica por tel&#xE9;fono, disponible las 24 horas, gratuito y totalmente an&#xF3;nimo, dirigido a los colegiados y colegiadas del ICAB&#x201D;.&#xD;
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El Colegio Oficial de Psicolog&#xED;a de Catalunya (COPC), representado por su decana, Dolors Liria, asumir&#xE1; la presidencia de la nueva Comisi&#xF3;n Intercolegial para la Salud Emocional de las Profesiones. Liria ha celebrado la puesta en marcha de este nuevo proyecto: &#x201C;Estamos muy contentos de contribuir a impulsar y liderar este espacio de reflexi&#xF3;n y acci&#xF3;n para promover la salud mental y el bienestar emocional en el conjunto de las profesiones, en el marco de nuestro compromiso con la ciudadan&#xED;a. Cabe destacar que la iniciativa va m&#xE1;s all&#xE1; del autocuidado o del cuidado individual de cada profesional, ya que tambi&#xE9;n pone el foco en la responsabilidad de las organizaciones respecto a la salud mental de las personas que trabajan en ellas. Cuidar de los y las profesionales es cuidar de la sociedad&#x201D;.&#xD;
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La Comisi&#xF3;n est&#xE1; abierta a la participaci&#xF3;n de miembros de todas las corporaciones profesionales asociadas y tiene como objetivo organizar actividades divulgativas (conferencias, coloquios, seminarios, cursos, jornadas, congresos, talleres pr&#xE1;cticos) para fomentar el debate y el intercambio de experiencias en el &#xE1;mbito de la salud emocional, e impulsar la realizaci&#xF3;n de estudios en colaboraci&#xF3;n con universidades, entidades acad&#xE9;micas y asociaciones y fundaciones especializadas.</content><description>La Comisi&#xF3;n nace en la semana del D&#xED;a Mundial de la Salud Mental, que se celebra cada 10 de octubre como jornada internacional de concienciaci&#xF3;n.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/ReunioComissioIntercolegialBenestarEmocional-p489935-m1528117-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</url><title>La Intercolegial crea la Comisi&#xF3;n para la Salud Emocional de las Profesiones</title><link>https://elderecho.com/la-intercolegial-crea-la-comision-para-la-salud-emocional-de-las-profesiones</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/ReunioComissioIntercolegialBenestarEmocional-p489935-m1528117-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-intercolegial-crea-la-comision-para-la-salud-emocional-de-las-profesiones</url><link>https://elderecho.com/la-intercolegial-crea-la-comision-para-la-salud-emocional-de-las-profesiones</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-intercolegial-crea-la-comision-para-la-salud-emocional-de-las-profesiones</guid><date_added>2026-10-07 12:15:08</date_added><pubDate>2026-10-07 12:15:08</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item></channel></rss>

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