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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>483698</id><title>Afianza Legal incorpora Winkels Abogados a su divisi&#xF3;n jur&#xED;dica</title><content>La operaci&#xF3;n refuerza la apuesta de Afianza Legal por &#xE1;reas de alta especializaci&#xF3;n t&#xE9;cnica y sensibilidad humana, y sit&#xFA;a a Winkels al frente de una nueva vertical dedicada a asuntos de familia, sucesiones y procedimientos transfronterizos.&#xD;
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Junto a Isabel Winkels se incorporan ocho profesionales con experiencia en la gesti&#xF3;n de casos que requieren un enfoque t&#xE9;cnico y humano.&#xD;
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Isabel Winkels ha desarrollado una trayectoria especializada en Derecho de Familia y Sucesiones, con especial atenci&#xF3;n a asuntos de alta complejidad, procedimientos internacionales y situaciones que requieren una combinaci&#xF3;n de solvencia t&#xE9;cnica, sensibilidad personal y capacidad negociadora. Su pr&#xE1;ctica se ha centrado en la protecci&#xF3;n de menores, personas vulnerables y patrimonios familiares en contextos nacionales e internacionales.&#xD;
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Winkels Abogados aporta, as&#xED;, su especializaci&#xF3;n en &#xE1;reas como divorcios, separaciones y nulidades matrimoniales, modificaciones de medidas, violencia de g&#xE9;nero, filiaci&#xF3;n y jurisdicci&#xF3;n voluntaria, herencias y sucesiones, guardas y curatelas, capitulaciones matrimoniales y reg&#xED;menes econ&#xF3;micos matrimoniales. En el &#xE1;mbito internacional, el despacho est&#xE1; altamente especializado en &#xE1;reas tan espec&#xED;ficas como procedimientos transfronterizos, sustracciones internacionales, divorcios y sucesiones internacionales, el tratamiento de los distintos reg&#xED;menes econ&#xF3;micos matrimoniales o extranjer&#xED;a.&#xD;
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Isabel Winkels, socia directora de Winkels Abogados, ha destacado que, &#x201C;nuestra integraci&#xF3;n en Afianza nos permite escalar una forma de ejercer el Derecho de Familia basada en el rigor t&#xE9;cnico, la especializaci&#xF3;n y el acompa&#xF1;amiento humano. Supone una oportunidad para seguir desarrollando nuestro trabajo en familia y sucesiones dentro de una estructura con mayor capacidad para ofrecer a nuestros clientes un servicio integral. Mantendremos el modelo que nos caracteriza, centrado en encontrar soluciones que protejan especialmente a los menores y a las personas m&#xE1;s vulnerables, ahora con el respaldo de una organizaci&#xF3;n m&#xE1;s amplia&#x201D;.&#xD;
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Por su parte, V&#xED;ctor Torrico, director general de Afianza ha valorado la operaci&#xF3;n y ha se&#xF1;alado que, &#x201C;incorporar a Winkels Abogados significa sumar un equipo con conocimiento t&#xE9;cnico muy profundo en un &#xE1;rea tan sensible como el Derecho de Familia. Isabel Winkels representa exactamente el tipo de liderazgo jur&#xED;dico que queremos incorporar: especializaci&#xF3;n, criterio t&#xE9;cnico y una forma de acompa&#xF1;ar al cliente especialmente valiosa. El despacho cuenta con una trayectoria consolidada en la resoluci&#xF3;n de casos complejos, tanto nacionales como internacionales, que encajan con nuestro objetivo de ampliar servicios jur&#xED;dicos de alto nivel&#x201D;.&#xD;
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Winkels Abogados formar&#xE1; parte de la divisi&#xF3;n legal de Afianza, que ha alcanzado en 2025 una facturaci&#xF3;n de 21,2 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 73% respecto al a&#xF1;o anterior, con m&#xE1;s de 220 profesionales. Con esta incorporaci&#xF3;n, Afianza Legal abre una nueva vertical dentro del departamento legal, ofreciendo a sus clientes un asesoramiento especializado y humano en una materia tan sensible como es el Derecho de Familia y Sucesiones.</content><description>Afianza Legal, la divisi&#xF3;n jur&#xED;dica de Afianza, ha cerrado la incorporaci&#xF3;n de Winkels Abogados, despacho madrile&#xF1;o especializado en Derecho de Familia y Sucesiones, nacional e internacional, liderado por Isabel Winkels.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Afianza_Winkels-Abogados-3-p483698-m1509022-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Afianza Legal incorpora Winkels Abogados a su divisi&#xF3;n jur&#xED;dica</title><link>https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Afianza_Winkels-Abogados-3-p483698-m1509022-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</url><link>https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</guid><date_added>2026-06-22 09:45:33</date_added><pubDate>2026-06-22 09:45:33</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483697</id><title>Condenada una empresa por vulnerar derechos de una trabajadora y de su beb&#xE9; lactante</title><content>La Sala de lo Social del TSJC en su sede de Las Palmas revoca parcialmente la sentencia de instancia que hab&#xED;a desestimado la demanda de la trabajadora, declara la &#x201C;nulidad radical&#x201D; del acto empresarial, ordena restituir el permiso de la trabajadora y condena a la empresa a abonar 84,12 euros m&#xE1;s 1.500 euros para la madre y 1.500 euros para el beb&#xE9; en concepto de da&#xF1;o moral, al entender que el ni&#xF1;o est&#xE1; legitimado para ser parte en el pleito por aplicaci&#xF3;n al caso de la perspectiva de infancia.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n aborda un conflicto derivado de la negativa de la empresa Aerom&#xE9;dica Canaria a conceder a una trabajadora madre de un beb&#xE9; de 15 meses el permiso retribuido previsto en el art&#xED;culo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia razona que el caso debe analizarse con perspectiva de g&#xE9;nero y de infancia, y considera que la denegaci&#xF3;n empresarial, basada en una lectura estricta del justificante m&#xE9;dico, no fue conforme con la finalidad protectora del permiso.&#xD;
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Seg&#xFA;n los hechos probados, la trabajadora ven&#xED;a prestando servicios para la empresa con antig&#xFC;edad desde septiembre de 2020 y ten&#xED;a a su cargo un hijo de 15 meses. El 7 de febrero de 2025, una facultativa del Servicio Canario de Salud emiti&#xF3; un informe en el que se hac&#xED;a constar: &#x201C;Lactante requiere de cuidado por la madre durante 3 d&#xED;as. A los efectos oportunos&#x201D;. Con esa base, la trabajadora pidi&#xF3; a la empresa la concesi&#xF3;n del permiso retribuido de cinco d&#xED;as por enfermedad grave y necesidad de cuidados del menor.&#xD;
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La empresa respondi&#xF3; que no proced&#xED;a reconocer el permiso del art&#xED;culo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores porque la documentaci&#xF3;n aportada solo justificaba, en su criterio, la ausencia de ese mismo d&#xED;a o, en su caso, una situaci&#xF3;n encuadrable en otros supuestos distintos del permiso reclamado. Despu&#xE9;s, la trabajadora no acudi&#xF3; a su puesto los d&#xED;as 10 y 11 de febrero de 2025, y la empresa descont&#xF3; 84,12 euros de su n&#xF3;mina por absentismo.&#xD;
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El juzgado de instancia desestim&#xF3; la demanda, pero el TSJ revoca ahora esa decisi&#xF3;n en parte.&#xD;
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La Sala sostiene que el permiso de cuidadores, tras la reforma introducida por el Real Decreto-ley 5/2023, debe interpretarse atendiendo a su finalidad de conciliaci&#xF3;n y a la necesidad efectiva de cuidados, no desde una &#xF3;ptica excesivamente formalista. La resoluci&#xF3;n afirma que &#x201C;la trabajadora dispone de un informe o certificaci&#xF3;n p&#xFA;blica, de especialista m&#xE9;dico, que justifica la necesidad de cuidado importante del familiar&#x201D; y que en este caso el documento no fue impugnado por la demandada.&#xD;
Carga probatoria desproporcionada&#xD;
El tribunal da relevancia a la corta edad del menor y razona que, trat&#xE1;ndose de un beb&#xE9; lactante, la exigencia de acreditar la gravedad de su dolencia, argumento de Aerom&#xE9;dica para denegar el permiso, no puede traducirse en una carga probatoria desproporcionada que obligue a revelar datos de salud especialmente sensibles. La sentencia subraya que &#x201C;para un beb&#xE9; puede ser grave, un padecimiento puntual, que ser&#xED;a anodino para una persona adulta&#x201D; y a&#xF1;ade que el concepto de enfermedad grave, en este contexto, &#x201C;debe ser siempre interpretado de forma flexible, nunca restrictiva o excluyente, ni con una perspectiva adultoc&#xE9;ntrica&#x201D;.&#xD;
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La Sala tambi&#xE9;n aprecia un impacto de g&#xE9;nero desproporcionado en el conflicto y considera que la negativa empresarial puede constituir una discriminaci&#xF3;n por raz&#xF3;n de g&#xE9;nero respecto de la madre, adem&#xE1;s de una discriminaci&#xF3;n por asociaci&#xF3;n respecto del menor. Por ello declara la nulidad radical del acto empresarial y fija una indemnizaci&#xF3;n por da&#xF1;o moral, aunque en una cuant&#xED;a inferior a la pedida en la demanda al entender que las vulneraciones se circunscribieron a un per&#xED;odo breve y sin constancia de reiteraci&#xF3;n.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n incluye adem&#xE1;s un voto particular, en el que se sostiene que no concurre el presupuesto habilitante del permiso porque no se acredita accidente o enfermedad graves, hospitalizaci&#xF3;n o intervenci&#xF3;n quir&#xFA;rgica con reposo domiciliario, y que la interpretaci&#xF3;n con perspectiva de g&#xE9;nero no puede crear un r&#xE9;gimen jur&#xED;dico distinto del previsto legalmente.&#xD;
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TSJ de Canarias. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 848/2026 de 11 de junio de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declara vulnerado el derecho fundamental a la no discriminaci&#xF3;n por raz&#xF3;n de g&#xE9;nero de una mujer trabajadora y de su hijo lactante, al entender que la empresa le deneg&#xF3; injustificadamente un permiso de cinco d&#xED;as para atender al menor. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2765059077-1-p483697-m1509004-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Condenada una empresa por vulnerar derechos de una trabajadora y de su beb&#xE9; lactante</title><link>https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2765059077-1-p483697-m1509004-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</url><link>https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</guid><date_added>2026-06-22 09:38:41</date_added><pubDate>2026-06-22 09:38:41</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>483696</id><title>Carlos Berbell y Beatriz Garc&#xED;a reciben los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n 2026 por su labor en defensa de ciudadanos, aut&#xF3;nomos y peque&#xF1;as empresas</title><content>En esta tercera edici&#xF3;n, el Premio Sand&#xED;a ha reca&#xED;do en Carlos Berbell, mientras que el Premio Mel&#xF3;n ha sido otorgado a Beatriz Garc&#xED;a. Asimismo, el jurado ha concedido la Raja de Sand&#xED;a a Javier de Antonio y la Raja de Mel&#xF3;n a Carlos Capa.&#xD;
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Durante el acto de entrega, el presidente del ICOGAM, Fernando Jes&#xFA;s Santiago Ollero, destac&#xF3; la extraordinaria calidad de las candidaturas presentadas este a&#xF1;o y subray&#xF3; que la elecci&#xF3;n de los premiados fue especialmente compleja debido al elevado nivel de los trabajos analizados.&#xD;
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&#x201C;Estos premios no reconocen &#xFA;nicamente un art&#xED;culo concreto. Reconocen una forma de ejercer el periodismo, una sensibilidad especial hacia los problemas reales de ciudadanos, aut&#xF3;nomos, peque&#xF1;os negocios y familias, y una voluntad constante de explicar la realidad con rigor, independencia y valent&#xED;a&#x201D;, se&#xF1;al&#xF3;.&#xD;
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Fernando Santiago record&#xF3; que durante las deliberaciones aparecieron numerosos trabajos de gran calidad firmados por profesionales de referencia del periodismo econ&#xF3;mico, jur&#xED;dico y social, destacando que &#x201C;los premiados de este a&#xF1;o son los que son porque hab&#xED;a que tomar una decisi&#xF3;n, pero perfectamente podr&#xED;an haber sido otros compa&#xF1;eros cuyos trabajos tambi&#xE9;n han contribuido a explicar reformas complejas, denunciar problemas, visibilizar injusticias o dar voz a quienes muchas veces no la tienen&#x201D;.&#xD;
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El presidente de los gestores administrativos quiso insistir en que estos galardones no pretenden reconocer ideolog&#xED;as ni posiciones pol&#xED;ticas, sino el ejercicio de un periodismo independiente y comprometido con la sociedad.&#xD;
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&#x201C;Premiamos el trabajo bien hecho. Premiamos la independencia. Premiamos la capacidad de formular preguntas inc&#xF3;modas y de ayudar a los ciudadanos a comprender mejor c&#xF3;mo les afectan las decisiones econ&#xF3;micas, jur&#xED;dicas y administrativas&#x201D;, afirm&#xF3;.&#xD;
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Los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n nacieron con el objetivo de reconocer la labor de los profesionales de la informaci&#xF3;n que contribuyen a acercar a la ciudadan&#xED;a asuntos complejos relacionados con la econom&#xED;a, la fiscalidad, la actividad empresarial, la justicia, la administraci&#xF3;n p&#xFA;blica o los derechos de los ciudadanos.&#xD;
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Desde su creaci&#xF3;n, estos galardones se han consolidado como un espacio de encuentro entre periodistas y profesionales, con el prop&#xF3;sito de poner en valor la importancia de una informaci&#xF3;n rigurosa, independiente y &#xFA;til para la sociedad.&#xD;
Galardonados 2026&#xD;
Premio Sand&#xED;a 2026&#xD;
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 	Carlos Berbell (Confilegal), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 2.000 euros.&#xD;
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Premio Mel&#xF3;n 2026&#xD;
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 	Beatriz Garc&#xED;a (LibertadDigital), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 2.000 euros.&#xD;
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Raja de Sand&#xED;a 2026&#xD;
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 	Javier de Antonio (La Raz&#xF3;n), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 500 euros.&#xD;
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Raja de Mel&#xF3;n 2026&#xD;
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 	Carlos Capa (CincoD&#xED;as), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 500 euros.&#xD;
</content><description>El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM) ha hecho entrega de los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n 2026, unos galardones que reconocen el trabajo de periodistas que, desde distintos medios de comunicaci&#xF3;n, contribuyen a acercar a los ciudadanos cuestiones econ&#xF3;micas, jur&#xED;dicas y administrativas de especial relevancia social.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/III-Premio-Sandia-y-Melon-ICOGAM-p483696-m1508973-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</url><title>Carlos Berbell y Beatriz Garc&#xED;a reciben los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n 2026 por su labor en defensa de ciudadanos, aut&#xF3;nomos y peque&#xF1;as empresas</title><link>https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/III-Premio-Sandia-y-Melon-ICOGAM-p483696-m1508973-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</url><link>https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</guid><date_added>2026-06-22 09:20:51</date_added><pubDate>2026-06-22 09:20:51</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483538</id><title>La AP de Murcia avala que una propietaria recupere su vivienda de renta antigua para independizarse</title><content>La Secci&#xF3;n Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, ha confirmado la sentencia que declar&#xF3; resuelto un contrato de arrendamiento de vivienda sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1964 y orden&#xF3; al inquilino entregar la posesi&#xF3;n del inmueble a su propietaria. La resoluci&#xF3;n desestima &#xED;ntegramente el recurso de apelaci&#xF3;n interpuesto por el arrendatario.&#xD;
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La controversia se centraba en determinar si concurr&#xED;a la causa legal que permite al arrendador denegar la pr&#xF3;rroga forzosa de un contrato de renta antigua cuando necesita la vivienda para s&#xED;. El inquilino sosten&#xED;a que, al tratarse de un arrendamiento vitalicio, la recuperaci&#xF3;n del inmueble no pod&#xED;a producirse mientras siguiera vivo, adem&#xE1;s de cuestionar la existencia de una necesidad real y la validez del requerimiento previo.&#xD;
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La Sala rechaza estos argumentos y recuerda que la LAU de 1964 contempla expresamente la resoluci&#xF3;n del contrato cuando concurra alguna de las causas de denegaci&#xF3;n de la pr&#xF3;rroga forzosa, entre ellas la necesidad del propietario de ocupar la vivienda para s&#xED;. La sentencia destaca que, aunque estas causas deben interpretarse de forma restrictiva, en el presente supuesto han quedado acreditados todos los requisitos exigidos legalmente.&#xD;
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En relaci&#xF3;n con la necesidad alegada, el Tribunal considera acreditado que la propietaria carece de otra vivienda en propiedad y desea ocupar el inmueble para desarrollar una vida independiente. La resoluci&#xF3;n recoge doctrina jurisprudencial seg&#xFA;n la cual la necesidad no debe entenderse &#xFA;nicamente como una situaci&#xF3;n forzosa o ineludible, sino tambi&#xE9;n como una situaci&#xF3;n que supera la mera conveniencia y constituye un medio adecuado para satisfacer un fin leg&#xED;timo. En este sentido, cita resoluciones del Tribunal Supremo que admiten que la voluntad de llevar una vida independiente puede integrar el concepto legal de necesidad.&#xD;
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La Audiencia tambi&#xE9;n avala la validez del requerimiento efectuado al arrendatario. Seg&#xFA;n expone, la comunicaci&#xF3;n remitida por la propietaria identificaba claramente a la persona que necesitaba la vivienda, explicaba la causa de la necesidad y se realiz&#xF3; con m&#xE1;s de un a&#xF1;o de antelaci&#xF3;n, cumpliendo as&#xED; las exigencias previstas en la legislaci&#xF3;n arrendaticia de 1964. La Sala a&#xF1;ade que el hecho de que la propietaria hubiera obtenido una plaza profesional en otra localidad no elimina su derecho a recuperar la vivienda para utilizarla conforme a sus necesidades personales y laborales.&#xD;
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La sentencia subraya adem&#xE1;s que el conflicto entre el inter&#xE9;s del propietario y el del inquilino debe resolverse, en este caso, en favor del titular del dominio, como manifestaci&#xF3;n del derecho de propiedad reconocido en el art&#xED;culo 348 del C&#xF3;digo Civil, que faculta a su titular para gozar y disponer de sus bienes dentro de los l&#xED;mites establecidos por la ley.&#xD;
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Por &#xFA;ltimo, la Audiencia rechaza la pretensi&#xF3;n indemnizatoria formulada por el arrendatario. Razona que la LAU de 1964 reconoce determinados derechos econ&#xF3;micos al inquilino que abandona la vivienda tras el requerimiento, pero tambi&#xE9;n establece que perder&#xE1; toda indemnizaci&#xF3;n si deja transcurrir un a&#xF1;o sin desalojarla y sin causa justificada. Al no haber abandonado el inmueble dentro de ese plazo, la Sala concluye que el arrendatario perdi&#xF3; cualquier derecho indemnizatorio derivado de la recuperaci&#xF3;n de la vivienda por necesidad de la propietaria.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n confirma &#xED;ntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n&#xFA;mero 3 de Cartagena.&#xD;
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AP de Murcia. Secci&#xF3;n 5&#xAA;. Sentencia n&#xBA; 75/2026 de 3 de marzo de 2026.</content><description>La sentencia recuerda que la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 permite denegar la pr&#xF3;rroga forzosa cuando concurre una causa legal.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2599709733-1-p483538-m1508442-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La AP de Murcia avala que una propietaria recupere su vivienda de renta antigua para independizarse</title><link>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2599709733-1-p483538-m1508442-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</url><link>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</guid><date_added>2026-06-19 14:28:56</date_added><pubDate>2026-06-19 14:28:56</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category><category><id>inmobiliario</id><name>Inmobiliario</name><idPro/></category></categories><allCategories>Civil,Inmobiliario</allCategories></item><item><id>483614</id><title>AECEM, reconocida como Embajadora de la Casilla Empresa Solidaria</title><content>La&#xA0;Asociaci&#xF3;n Espa&#xF1;ola de Consultores de Empresa (AECEM)&#xA0;ha sido reconocida por la&#xA0;Plataforma del Tercer Sector&#xA0;como nueva&#xA0;Embajadora de la Casilla Empresa Solidaria, una iniciativa que permite a las empresas destinar el 0,7% de la cuota &#xED;ntegra de su Impuesto de Sociedades a proyectos de inter&#xE9;s social sin asumir ning&#xFA;n coste adicional.&#xD;
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Asesor&#xED;as y despachos profesionales&#xD;
La Plataforma del Tercer Sector representa a cerca de 28.000 entidades sociales. La entidad ha destacado la capacidad de AECEM para&#xA0;acercar esta iniciativa a miles de empresas&#xA0;a trav&#xE9;s de sus asociados.&#xD;
Con este nombramiento, AECEM pasa a formar parte de la red de entidades embajadoras. Su encargo es&#xA0;promover la Casilla Empresa Solidaria.&#xA0;Tambi&#xE9;n&#xA0;sensibilizar a las empresas sobre la importancia de incorporar la sostenibilidad&#xA0;y el compromiso social en su gesti&#xF3;n diaria.&#xD;
Seg&#xFA;n destac&#xF3; Luciano Poyato, presidente de la Plataforma del Tercer Sector, la incorporaci&#xF3;n de AECEM supone un avance significativo. Reconoci&#xF3; que los asesores de empresas son aliados estrat&#xE9;gicos para trasladar esta iniciativa al conjunto del tejido empresarial, especialmente a las pymes.&#xD;
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Cultura empresarial comprometida&#xD;
Durante el acto de reconocimiento, Ana Mato, presidenta de AECEM puso en valor el papel que desempe&#xF1;an los asesores en la evoluci&#xF3;n de las empresas hacia modelos m&#xE1;s responsables. En este sentido, se&#xF1;al&#xF3; que los profesionales del asesoramiento no solo acompa&#xF1;an a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones legales y fiscales. &#xAB;Los asesores tambi&#xE9;n contribuyen a transmitir valores y cultura empresarial&#xBB;, asegur&#xF3;.&#xD;
Una visi&#xF3;n que encaja plenamente con la misi&#xF3;n de AECEM de impulsar un asesoramiento profesional que genere valor para las empresas y para la sociedad.&#xD;
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Casilla Empresa Solidaria&#xD;
La Casilla Empresa Solidaria ofrece a todas las empresas que presentan el Impuesto de Sociedades la posibilidad de destinar el&#xA0;0,7% de su tributaci&#xF3;n a financiar proyectos sociales desarrollados por entidades del Tercer Sector.&#xA0;Se trata de una decisi&#xF3;n&#xA0;voluntaria&#xA0;que no supone&#xA0;ning&#xFA;n coste adicional para la empresa&#xA0;ni incrementa la cantidad a pagar en el impuesto.&#xD;
Para marcarla, basta con seleccionar la opci&#xF3;n &#xAB;Otros caracteres &#x2013; Fines sociales&#xBB; en la:&#xD;
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 	Casilla 00073 del modelo 200.&#xD;
 	Casilla 069 del modelo 220.&#xD;
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Los fondos obtenidos se destinan a iniciativas que trabajan por la inclusi&#xF3;n social, la lucha contra la pobreza, la igualdad de oportunidades y la protecci&#xF3;n de los derechos de las personas m&#xE1;s vulnerables.&#xD;
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Compromiso con la responsabilidad empresarial&#xD;
Como entidad de referencia del sector del asesoramiento empresarial, AECEM considera que las asesor&#xED;as desempe&#xF1;an un papel fundamental a la hora de informar y acompa&#xF1;ar a las empresas en la toma de&#xA0;decisiones que generan impacto positivo.&#xD;
La&#xA0;incorporaci&#xF3;n a la red de Embajadores de la Casilla Empresa Solidaria supone un paso m&#xE1;s en el compromiso de la asociaci&#xF3;n con una empresa m&#xE1;s responsable, sostenible y comprometida con la sociedad.&#xD;
Desde AECEM, un a&#xF1;o m&#xE1;s se seguir&#xE1; trabajando para que asesor&#xED;as y empresas conozcan la Casilla Empresa Solidaria. Igualmente, se impulsar&#xE1;n acciones para su difusi&#xF3;n. Si quieres m&#xE1;s informaci&#xF3;n visita la web:&#xA0;Casilla Empresa Solidaria</content><description>Un a&#xF1;o m&#xE1;s se pone en valor la implicaci&#xF3;n de AECEM en la difusi&#xF3;n de una herramienta que contribuye a fortalecer el compromiso social del tejido empresarial espa&#xF1;ol. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/AECEM-Embajadora-de-la-Casilla-Empresa-Solidaria-p483614-m1508670-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>AECEM, reconocida como Embajadora de la Casilla Empresa Solidaria</title><link>https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/AECEM-Embajadora-de-la-Casilla-Empresa-Solidaria-p483614-m1508670-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</url><link>https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</guid><date_added>2026-06-19 14:00:31</date_added><pubDate>2026-06-19 14:00:31</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483627</id><title>Relaci&#xF3;n de nombramientos en &#xE1;reas TIC y de Innovaci&#xF3;n de la Administraci&#xF3;n. Semana del 15 de junio de 2026</title><content>Recordemos que el nombramiento, jur&#xED;dicamente hablando, se corresponde con un acto unilateral de la Administraci&#xF3;n dotado de fuerza vinculante que produce la investidura del sujeto nombrado, esto es, sobre el que recae el nombramiento, desde el instante mismo de su publicaci&#xF3;n o notificaci&#xF3;n oficial.&#xD;
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Los nombramientos de los que nos hacemos eco hoy han sido:&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 8 de junio de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Cient&#xED;ficas, por la que se nombra Gerente del Instituto de Microelectr&#xF3;nica de Sevilla. (B.O.E. n&#xFA;m. 145 de 15 de junio de 2026).&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 5 de junio de 2026, de la Subsecretar&#xED;a del Ministerio de Ciencia, Innovaci&#xF3;n y Universidades, por la que se nombran Director y Subdirectora Adjunta de la Divisi&#xF3;n de Tecnolog&#xED;as de la Informaci&#xF3;n. (B.O.E. n&#xFA;m. 145 de 15 de junio de 2026).&#xD;
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- Acuerdo 10/2026, de 13 de junio del Presidente de la Junta de Castilla y Le&#xF3;n, por el que se nombra Consejera de Movilidad, Transformaci&#xF3;n Digital e Inteligencia Artificial. (B.O.C.Y.L. n&#xFA;m. 113 de 15 de junio de 2026).&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 10 de junio de 2026, de la Subsecretar&#xED;a del Ministerio de Defensa, por la que se nombra Consejero T&#xE9;cnico de Transformaci&#xF3;n Digital en el Centro de Sistemas y Tecnolog&#xED;as de la Informaci&#xF3;n y las Comunicaciones. (B.O.E. n&#xFA;m. 148 de 18 de junio de 2026).&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 15 de junio de 2026, de la Subsecretar&#xED;a del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci&#xF3;n, por la que se nombran 3 Jefas de Servicio de Sistemas Inform&#xE1;ticos y 1 Jefa de Proyectos Inform&#xE1;ticos en el Fondo Espa&#xF1;ol de Garant&#xED;a Agraria. (B.O.E. n&#xFA;m. 149 de 19 de junio de 2026).&#xD;
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La informaci&#xF3;n ha sido facilitada por Ficheros de Cargos Estirado, S.A. - FICESA (www.fac-ficesa.com).&#xD;
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&#xA0;</content><description>Destacamos las principales incorporaciones en puestos de la Administraci&#xF3;n General del Estado y de las administraciones auton&#xF3;mica, local y europea que se han realizado y comunicado a trav&#xE9;s de los boletines oficiales durante estos &#xFA;ltimos d&#xED;as.&#xD;
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</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2024/11/nombramiento-entrada-en-la-administracion-p483627-m1508701-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Relaci&#xF3;n de nombramientos en &#xE1;reas TIC y de Innovaci&#xF3;n de la Administraci&#xF3;n. Semana del 15 de junio de 2026</title><link>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2024/11/nombramiento-entrada-en-la-administracion-p483627-m1508701-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</url><link>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</guid><date_added>2026-06-19 13:17:34</date_added><pubDate>2026-06-19 13:17:34</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC</allCategories></item><item><id>483539</id><title>Denegada la incapacidad permanente a una administrativa con un 48% de discapacidad</title><content>El INSS deneg&#xF3; la incapacidad permanente a una trabajadora con un 48% de discapacidad tras agotar los 545 d&#xED;as de baja por incapacidad temporal. El dictamen m&#xE9;dico ratific&#xF3; que presenta un cuadro cr&#xF3;nico de s&#xED;ndrome de espalda fallida, limitaciones lumbares y motoras severas, adem&#xE1;s de depresi&#xF3;n mayor recurrente. Tras desestimarse su reclamaci&#xF3;n en v&#xED;a administrativa y confirmarse la cuant&#xED;a de una posible prestaci&#xF3;n con una base reguladora de 924,76 euros mensuales, la representaci&#xF3;n de la empleada formaliz&#xF3; un recurso de suplicaci&#xF3;n contra dicha sentencia.&#xD;
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El tribunal ha confirmado la denegaci&#xF3;n de la incapacidad solicitada por la demandante al considerar que sus dolencias no le impiden realizar su trabajo habitual de administrativa.&#xD;
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A nivel f&#xED;sico, la sentencia reconoce que la trabajadora padece dolor cr&#xF3;nico lumbar tras una cirug&#xED;a (posible s&#xED;ndrome de espalda fallida), pero destaca que mantiene una vida normalizada, puede caminar y permanecer de pie, y que sus dolencias no son altamente invalidantes, ya que no ha requerido bloqueos ni neuroestimuladores. Las limitaciones que presenta solo le impiden realizar tareas con sobrecarga lumbar o deambulaci&#xF3;n prolongada, algo que no le exige su puesto actual, el cual permite adem&#xE1;s la alternancia de posturas.&#xD;
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Por otra parte, respecto a la patolog&#xED;a ps&#xED;quica (un cuadro depresivo cronificado derivado de su situaci&#xF3;n m&#xE9;dica), el tribunal determina que los informes m&#xE9;dicos no demuestran una limitaci&#xF3;n funcional que le impida ejercer su profesi&#xF3;n u otras tareas con menor carga mental o responsabilidad.&#xD;
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En consecuencia, la Sala ratifica la valoraci&#xF3;n del juzgado de instancia y del m&#xE9;dico del INSS, descartando el criterio del perito de la demandante.&#xD;
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La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.&#xD;
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Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 553/2026 de 23 de marzo de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la decisi&#xF3;n de un juzgado de Cuenca al denegar el recurso de una administrativa de 42 a&#xF1;os que reclamaba la incapacidad permanente por su grado de discapacidad.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2554360651-1-p483539-m1508488-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Denegada la incapacidad permanente a una administrativa con un 48% de discapacidad</title><link>https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2554360651-1-p483539-m1508488-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</url><link>https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</guid><date_added>2026-06-19 12:25:27</date_added><pubDate>2026-06-19 12:25:27</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>483540</id><title>Una alumna de la Universidad de C&#xF3;rdoba gana el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2026</title><content>El evento ha contado con la presencia de N&#xFA;ria Montserrat, consellera de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya, Emilio Cuatrecasas, presidente de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas, y Jorge Casti&#xF1;eira, decano de Esade Law School.&#xD;
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Dotado con 50.000 euros brutos e integrado en las Becas Manuel Olivencia, el premio se dirige a estudiantes del &#xFA;ltimo curso de grado o doble grado en Derecho, as&#xED; como a estudiantes de m&#xE1;ster en esta disciplina en universidades espa&#xF1;olas. Reconoce trayectorias acad&#xE9;micas sobresalientes y apoya la continuidad formativa mediante estudios de posgrado o proyectos de investigaci&#xF3;n en Derecho de los negocios.&#xD;
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Despu&#xE9;s de evaluar 52 candidaturas, el jurado ha otorgado el premio a Estrella Mar&#xED;a Montes Mu&#xF1;oz, graduada en Derecho por la Universidad de C&#xF3;rdoba, quien ha compatibilizado su formaci&#xF3;n jur&#xED;dica con el grado en Geograf&#xED;a e Historia y un m&#xE1;ster en Traducci&#xF3;n Especializada. El jurado ha valorado su excelente expediente, su vocaci&#xF3;n investigadora, la solidez de su proyecto doctoral y su perfil internacional y multidisciplinar, con alta proyecci&#xF3;n acad&#xE9;mica y profesional.&#xD;
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En su intervenci&#xF3;n, la galardonada ha se&#xF1;alado: &#xAB;Acepto este premio con sincera gratitud y con plena consciencia de la responsabilidad que entra&#xF1;a llevar asociado el nombre del profesor Manuel Olivencia. Su legado encarna los m&#xE1;s altos valores de la universidad y de la ciencia jur&#xED;dica: rigor intelectual, vocaci&#xF3;n de servicio y la apertura al mundo. Conf&#xED;o en que mi proyecto doctoral y mi formaci&#xF3;n internacional contribuyan, modestamente, a honrar esa herencia&#xBB;.&#xD;
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Dado el alto nivel de las candidaturas, el jurado ha concedido un acc&#xE9;sit a David Rodr&#xED;guez Alcaraz, graduado en el doble grado en Direcci&#xF3;n de Empresas y Derecho por Esade, que ha compaginado sus estudios con el grado en Filosof&#xED;a, y actualmente est&#xE1; cursando el M&#xE1;ster Universitario en Abogac&#xED;a y Procura en Esade Law School. De su perfil destaca su excelente expediente, su proyecci&#xF3;n internacional y su capacidad anal&#xED;tica, as&#xED; como su vocaci&#xF3;n por integrar la pr&#xE1;ctica jur&#xED;dica con la investigaci&#xF3;n acad&#xE9;mica.&#xD;
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Sobre este reconocimiento, ha afirmado: &#xAB;Ser becario Manuel Olivencia constituye un honor y, al mismo tiempo, un compromiso con la mejora del mundo a trav&#xE9;s del Derecho. Trabajar&#xE9; por seguir el ejemplo de excelencia que representa su legado&#xBB;.&#xD;
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Con este premio, la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas reafirma su compromiso con el impulso del talento joven, la excelencia acad&#xE9;mica y la igualdad de oportunidades, al tiempo que rinde homenaje a la figura de Manuel Olivencia, referente del Derecho y de la vida acad&#xE9;mica y empresarial en Espa&#xF1;a.&#xD;
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&#xAB;Estos reconocimientos trascienden el &#xE1;mbito acad&#xE9;mico, son una celebraci&#xF3;n de los valores que hacen evolucionar a instituciones y organizaciones. Y los premiados son una promesa de contribuci&#xF3;n al futuro, tributo a Manuel Olivencia, ejemplo de servicio p&#xFA;blico, del conocimiento a disposici&#xF3;n de los dem&#xE1;s, del ejercicio del liderazgo desde el rigor intelectual y de la generosidad y voluntad de contribuir al bien com&#xFA;n&#xBB;, ha declarado N&#xFA;ria Montserrat, consellera de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya.&#xD;
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Por su parte, Emilio Cuatrecasas, presidente de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas, ha se&#xF1;alado: &#xAB;Es meritorio destacar la calidad de los expedientes recibidos, el gran volumen de candidaturas y los siete finalistas que se lo han puesto muy dif&#xED;cil al jurado. Tener a Manuel Olivencia como buque insignia nos impulsa a continuar con el proyecto, al tiempo que nos recuerda que el derecho es la arquitectura de la convivencia&#xBB;.&#xD;
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Durante el acto tambi&#xE9;n se han entregado los diplomas correspondientes a las Becas Manuel Olivencia 2026, destinadas a estudiantes de grado en Derecho en universidades p&#xFA;blicas espa&#xF1;olas con excelente rendimiento acad&#xE9;mico. Las ayudas, de 4.000 euros cada una, han sido concedidas a N&#xFA;ria Fern&#xE1;ndez Pi&#xF1;eiro (Universidade da Coru&#xF1;a), Laura Pais Fern&#xE1;ndez (Universidad de Salamanca), &#xD3;scar Servia Hermo (Universidade de Vigo) y Mar&#xED;a del Pilar Pag&#xE1;n Garc&#xED;a (Universidad Carlos III de Madrid).&#xD;
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En el acto, Jorge Casti&#xF1;eira, decano de Esade Law School, ha subrayado: &#xAB;La excelencia jur&#xED;dica empieza por el talento de los estudiantes. La responsabilidad de las Facultades de Derecho, en colaboraci&#xF3;n con la profesi&#xF3;n jur&#xED;dica, es identificarlo, desarrollarlo y premiarlo a trav&#xE9;s de una formaci&#xF3;n exigente, oportunidades internacionales e iniciativas de reconocimiento de la excelencia como el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas&#xBB;.&#xD;
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Ante la buena acogida de esta edici&#xF3;n, la Fundaci&#xF3;n trabaja ya en la convocatoria de 2027, cuyo lanzamiento est&#xE1; previsto para el 5 de octubre de 2026.</content><description>La Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas ha entregado el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2026 en un acto celebrado en Esade Forum (Barcelona), que ha reunido a destacadas personalidades del &#xE1;mbito acad&#xE9;mico, institucional y empresarial. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Medios_Jorge-Castineira-David-Rodriguez-Alcaraz-Nuria-Montserrat-Estrella-Maria-Montes-Munoz-y-Emilio-Cuatrecasas-p483540-m1508506-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Una alumna de la Universidad de C&#xF3;rdoba gana el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2026</title><link>https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Medios_Jorge-Castineira-David-Rodriguez-Alcaraz-Nuria-Montserrat-Estrella-Maria-Montes-Munoz-y-Emilio-Cuatrecasas-p483540-m1508506-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</url><link>https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</guid><date_added>2026-06-19 11:45:34</date_added><pubDate>2026-06-19 11:45:34</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483541</id><title>Condenado el Ayuntamiento de Alicante a pagar 8.500 euros a CCOO por vulnerar su derecho a la libertad sindical</title><content>Esa prohibici&#xF3;n fue acordada en diciembre de 2024 por el Comit&#xE9; de Seguridad de la Informaci&#xF3;n del Consistorio alicantino, despu&#xE9;s de que la secci&#xF3;n sindical de CCOO en la corporaci&#xF3;n remitiera, el 7 de noviembre anterior, un correo electr&#xF3;nico a la lista de distribuci&#xF3;n municipal con la convocatoria para el d&#xED;a siguiente de una concentraci&#xF3;n solidaria con las v&#xED;ctimas de la Dana de Valencia.&#xD;
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La Sala de lo Social del TSJCV ha desestimado el recurso de suplicaci&#xF3;n presentado por el Ayuntamiento contra la sentencia dictada el 30 de junio de 2025 por el Juzgado de lo Social n&#xFA;mero 1 de Alicante.&#xD;
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Los magistrados se&#xF1;alan en su resoluci&#xF3;n que, a pesar de que exist&#xED;an unas normas generales sobre el uso del correo corporativo o interno del consistorio que datan de 2014 (...), "se hab&#xED;a venido haciendo uso del correo electr&#xF3;nico por los sindicatos para felicitaciones de Navidad, remisi&#xF3;n de revistas sobre consumo en Navidad, informaci&#xF3;n a los trabajadores, ofertas de ocio, comunicaci&#xF3;n sobre jubilaciones y comidas de despedida, sin que se hubiese sancionado ni hubiese sido objeto de limitaci&#xF3;n".&#xD;
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"Esto es, que el correo electr&#xF3;nico no se hab&#xED;a limitado a informaci&#xF3;n sindical, sino que se hab&#xED;a usado tambi&#xE9;n para otros usos generales, adjuntando en algunos casos archivos", precisan a continuaci&#xF3;n.&#xD;
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La Sala coincide con la jueza que dict&#xF3; la sentencia en primera instancia en que el correo remitido por CCOO el 7 de noviembre de 2024 "no era ofensivo, ni iba a perjudicar a ninguna fuerza pol&#xED;tica ni organizaci&#xF3;n, ni se ha acreditado, ni siquiera alegado, por el Ayuntamiento que perturbara el normal funcionamiento de la actividad ni implicara carga, gravamen o incremento de costes o bloqueara la intranet".&#xD;
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En esas circunstancias, el TSJCV concluye que la limitaci&#xF3;n del uso del correo al sindicato por un mes "es desproporcionado y no encuentra justificaci&#xF3;n" en el art&#xED;culo 25 de la normativa interna aprobada por el Ayuntamiento en 2014.&#xD;
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TSJ de la Comunidad Valenciana. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 1354/2026 de 6 de mayo de 2026.</content><description>La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha ratificado una sentencia previa del Juzgado de lo Social 1 de Alicante que condena al Ayuntamiento de Alicante a abonar a Comisiones Obreras 8.500 euros por vulnerar su derecho a la libertad sindical, por prohibirle el uso del correo electr&#xF3;nico corporativo durante un mes. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2480172077-1-p483541-m1508463-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Condenado el Ayuntamiento de Alicante a pagar 8.500 euros a CCOO por vulnerar su derecho a la libertad sindical</title><link>https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2480172077-1-p483541-m1508463-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</url><link>https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</guid><date_added>2026-06-19 11:16:18</date_added><pubDate>2026-06-19 11:16:18</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>483639</id><title>Adigital entrega sus premios 2026 a: Power To Code, Monei, Prodigioso Volc&#xE1;n y Quilimanjaro</title><content>Tras la deliberaci&#xF3;n del jurado, compuesto por Ofelia Tejerina, presidente de la Asociaci&#xF3;n de Internautas, Teresa Rodr&#xED;guez de las Heras, miembro del Grupo de Expertos de la Comisi&#xF3;n Europea sobre Responsabilidad y Nuevas Tecnolog&#xED;as y catedr&#xE1;tica de Derecho Mercantil de la Universidad Carlos III, Susana Sol&#xED;s, eurodiputada, Laura Cuesta, miembro del Grupo de Expertos para la Protecci&#xF3;n de los Menores en Internet y profesora Adjunta en la Universidad Camilo Jos&#xE9; Cela, Ni&#xE9;ves &#xC1;balos, cofundadora de Monoceros Labs y Women in Voice y Tiziana Tallaro, directora general de Confianza Online, los proyectos galardonados han sido:&#xD;
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 	Ciudadan&#xED;a&#x2014; Technovation Girls (Power to Code).&#xA0;Programa de formaci&#xF3;n tecnol&#xF3;gica y emprendimiento dirigido a ni&#xF1;as y adolescentes. Promueve el desarrollo de soluciones digitales a problemas reales del entorno y fomenta vocaciones STEM desde edades tempranas. En Espa&#xF1;a ha contado con m&#xE1;s de 7.000 participantes desde su puesta en marcha en 2016.&#xD;
 	Escalabilidad &#x2014; Monei.&#xA0;Scaleup fintech&#xA0;fundada en 2015, que ofrece soluciones de pagos digitales para empresas. Ha desarrollado un modelo de crecimiento rentable y sostenible, sin financiaci&#xF3;n externa. Seleccionada por el BCE como una de las compa&#xF1;ias para formar parte del programa de pruebas del euro digital.&#xD;
 	Tecnolog&#xED;as responsables &#x2014; Clara 2.0 (Prodigioso Volc&#xE1;n). Soluci&#xF3;n de inteligencia artificial orientada a mejorar la claridad de textos y la comprensi&#xF3;n de la informaci&#xF3;n. Incorpora mecanismos de explicabilidad que permiten entender el funcionamiento del sistema y su aplicaci&#xF3;n en entornos profesionales.&#xD;
 	Innovaci&#xF3;n &#x2014; Qilimanjaro Quantum Tech. Empresa deep tech especializada en computaci&#xF3;n cu&#xE1;ntica. Desarrolla hardware y software propio con el objetivo de trasladar esta tecnolog&#xED;a desde el &#xE1;mbito experimental hacia aplicaciones en entornos cient&#xED;ficos e industriales.&#xD;
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Durante la ceremonia, celebrada en la Fundaci&#xF3;n Giner de los R&#xED;os, la&#xA0;presidenta de Adigital, Susana Voces, destac&#xF3; el valor transformador de los proyectos premiados:&#xA0;&#x201C;Startups que crecen con financiaci&#xF3;n propia , ni&#xF1;as que descubren en la programaci&#xF3;n una herramienta para construir su futuro, textos que se entienden a la primera y ordenadores que desaf&#xED;an las leyes de la f&#xED;sica. Cuatro proyectos y cuatro formas distintas de transformar Espa&#xF1;a desde la tecnolog&#xED;a. Eso es lo que hemos reconocido hoy en la V edici&#xF3;n de nuestros premios: iniciativas que impulsan el ecosistema digital espa&#xF1;ol y contribuyen a situar a Espa&#xF1;a a la vanguardia de la innovaci&#xF3;n y la tecnolog&#xED;a en Europa.&#x201D;&#xD;
Talento que transforma&#xD;
Tras cinco ediciones, los Premios Adigital se han posicionado como un referente de la econom&#xED;a digital en Espa&#xF1;a, destacando cada a&#xF1;o a los proyectos que impulsan la innovaci&#xF3;n y la competitividad del pa&#xED;s. Iniciativas reconocidas en ediciones anteriores como la herramienta de Inteligencia Artificial de&#xA0;Amazon Web Services y Real Academia Espa&#xF1;ola,&#xA0;el programa de protecci&#xF3;n y empoderamiento de los derechos digitales de los menores de&#xA0;UNICEF, empresas como&#xA0;Civitatis,&#xA0;Multiverse Computing&#xA0;o el impulso de la IA responsable que realizan desde&#xA0;Infojobs&#xA0;forman parte del n&#xFA;cleo innovador del ecosistema digital espa&#xF1;ol, contribuyendo a su crecimiento y proyecci&#xF3;n internacional.&#xD;
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[ledShortcodes shortcodeId="442941" label="Memento Social 2025 - 442941"]</content><description>La Asociaci&#xF3;n Espa&#xF1;ola de la Econom&#xED;a Digital, Adigital, ha celebrado la V edici&#xF3;n de los Premios Adigital, unos galardones que tienen por objetivo destacar, en cuatro categor&#xED;as, a empresas, organizaciones y proyectos que utilizan la tecnolog&#xED;a para innovar, crecer y generar impacto positivo en la econom&#xED;a y en la sociedad.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Premios-Adigital-p483639-m1508736-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>Adigital entrega sus premios 2026 a: Power To Code, Monei, Prodigioso Volc&#xE1;n y Quilimanjaro</title><link>https://elderecho.com/adigital-entrega-sus-premios-2026-a-power-to-code-monei-prodigioso-volcan-y-quilimanjaro</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Premios-Adigital-p483639-m1508736-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/adigital-entrega-sus-premios-2026-a-power-to-code-monei-prodigioso-volcan-y-quilimanjaro</url><link>https://elderecho.com/adigital-entrega-sus-premios-2026-a-power-to-code-monei-prodigioso-volcan-y-quilimanjaro</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/adigital-entrega-sus-premios-2026-a-power-to-code-monei-prodigioso-volcan-y-quilimanjaro</guid><date_added>2026-06-19 10:25:33</date_added><pubDate>2026-06-19 10:25:33</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC</allCategories></item></channel></rss>

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