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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>486180</id><title>Prisi&#xF3;n para una mujer por estafar al banco suplantando a otra persona</title><content>La sentencia mantiene tambi&#xE9;n la multa de 1.890 euros y el pago de una indemnizaci&#xF3;n de 1.500 euros, m&#xE1;s los intereses correspondientes, a la entidad bancaria afectada.&#xD;
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La mujer acudi&#xF3; a una oficina bancaria en Lugones y, con la intenci&#xF3;n de lucrarse de forma ilegal, se hizo pasar verbalmente por la titular de la cuenta ante uno de los empleados. Tras facilitar datos personales de la v&#xED;ctima -obtenidos de manera desconocida-, logr&#xF3; retirar 1.500 euros. La procesada cuenta con antecedentes penales por delitos de estafa.&#xD;
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Los magistrados desestiman el recurso porque el enga&#xF1;o cometido se considera suficiente conforme al C&#xF3;digo Penal y la doctrina del Tribunal Supremo. La recurrente logr&#xF3; realizar un reintegro de dinero en efectivo en una entidad bancaria tras suplantar la identidad de un tercero, facilitando de forma verbal los datos de su DNI y correo electr&#xF3;nico para lucrarse indebidamente. Para el tribunal, la argumentaci&#xF3;n de la defensa, que atribu&#xED;a la causa de la disposici&#xF3;n patrimonial a una supuesta falta de diligencia o supervisi&#xF3;n del empleado del banco al no exigir la documentaci&#xF3;n f&#xED;sica acreditativa, no exime de responsabilidad penal a quien utiliz&#xF3; dicho enga&#xF1;o para obtener un beneficio econ&#xF3;mico.&#xD;
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La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.&#xE7;&#xD;
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TSJ de Asturias. Sala de lo Civil y Penal. Secci&#xF3;n n&#xBA; 1. Sentencia n&#xBA; 15/2026 de 18 de mayo de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ratificado la condena de tres a&#xF1;os y seis meses de prisi&#xF3;n impuesta a una mujer por estafa mediante suplantaci&#xF3;n de identidad.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2042925449-1-p486180-m1516352-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Prisi&#xF3;n para una mujer por estafar al banco suplantando a otra persona</title><link>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2042925449-1-p486180-m1516352-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</url><link>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</guid><date_added>2026-08-03 14:15:38</date_added><pubDate>2026-08-03 14:15:38</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486179</id><title>Auren refuerza su liderazgo en Espa&#xF1;a con la integraci&#xF3;n de Moore en Madrid y Barcelona</title><content>La integraci&#xF3;n supone la incorporaci&#xF3;n a Auren de un equipo de 140 profesionales y un volumen de negocio de 13 millones de euros, reforzando su presencia en Madrid y Barcelona, dos mercados estrat&#xE9;gicos, y ampliando su especializaci&#xF3;n para ofrecer un asesoramiento cada vez m&#xE1;s completo y multidisciplinar.&#xD;
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Con esta operaci&#xF3;n, Auren alcanzar&#xE1; en Espa&#xF1;a al final de este ejercicio una facturaci&#xF3;n conjunta cercana a los 150 millones de euros, un equipo de m&#xE1;s de 1.550 profesionales y consolida su red de 15 oficinas en Espa&#xF1;a, fortaleciendo su posici&#xF3;n como una de las principales firmas de servicios profesionales del mercado.&#xD;
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Como parte de esta operaci&#xF3;n, Auren incorpora diez nuevos socios que reforzar&#xE1;n sus principales &#xE1;reas de actividad. En la divisi&#xF3;n de Auditor&#xED;a se integran Daniel Gonz&#xE1;lez, Fernando Fern&#xE1;ndez, Francisco Mart&#xED;nez, Isabel Berm&#xFA;dez y Luis Manuel Rodr&#xED;guez; en Legal, Javier Fern&#xE1;ndez, Pablo Fern&#xE1;ndez, Mario Ovejero y Jos&#xE9; Mar&#xED;a Nubiola; y en la divisi&#xF3;n de Consultor&#xED;a, Juan Alvado.&#xD;
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Esta integraci&#xF3;n supone la incorporaci&#xF3;n de una parte muy relevante de la actividad de Moore en Espa&#xF1;a, una firma con una s&#xF3;lida trayectoria y reconocido prestigio en el mercado de los servicios profesionales, reforzando significativamente el posicionamiento de Auren y acelerando la ejecuci&#xF3;n de su plan estrat&#xE9;gico de crecimiento.&#xD;
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Moore Espa&#xF1;a ha desarrollado durante a&#xF1;os una destacada actividad en los &#xE1;mbitos de auditor&#xED;a, asesoramiento legal y consultor&#xED;a, consolidando un modelo basado en la especializaci&#xF3;n, la cercan&#xED;a con el cliente y una marcada vocaci&#xF3;n internacional. La incorporaci&#xF3;n de sus oficinas de Madrid y Barcelona une a dos organizaciones que comparten valores, cultura y una misma forma de entender el asesoramiento profesional. En 2027, la oficina de Moore en Madrid cumplir&#xE1; treinta a&#xF1;os formando parte de la red Moore, una trayectoria que no pod&#xED;a celebrarse de mejor manera que incorpor&#xE1;ndose al proyecto Auren, que permitir&#xE1; potenciarla y abrir una etapa todav&#xED;a m&#xE1;s fruct&#xED;fera.&#xD;
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La operaci&#xF3;n refuerza tambi&#xE9;n la dimensi&#xF3;n internacional de Auren. Moore aporta la experiencia y proyecci&#xF3;n global de una firma integrada en Moore Global, reconocida como la 12&#xAA; mayor red mundial de servicios profesionales, con una facturaci&#xF3;n de 5.330 millones de d&#xF3;lares y presencia en 119 pa&#xED;ses. Esta incorporaci&#xF3;n se suma a la s&#xF3;lida presencia internacional de Auren que opera en m&#xE1;s de 70 pa&#xED;ses a trav&#xE9;s de ANTEA y cuenta con m&#xE1;s de 350 oficinas en todo el mundo. La combinaci&#xF3;n de ambas trayectorias internacionales ampl&#xED;a la capacidad de la firma para acompa&#xF1;ar a empresas con actividad global y responder a proyectos cada vez m&#xE1;s complejos y transfronterizos.&#xD;
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Mario Alonso, presidente de Auren, ha destacado que: "Esta integraci&#xF3;n representa un paso muy importante en nuestra estrategia de crecimiento. Compartimos una misma forma de entender la profesi&#xF3;n, basada en la cercan&#xED;a, la excelencia y el compromiso con nuestros clientes. Esta operaci&#xF3;n nos permite seguir fortaleciendo nuestro proyecto y ampliar nuestras capacidades para responder a los nuevos retos de las empresas&#x201D;.&#xD;
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Por parte de Moore, Isabel Berm&#xFA;dez, socia de Auditor&#xED;a, ha se&#xF1;alado que: &#x201C;El proyecto y los valores de Auren son, en realidad, nuestro proyecto desde hace muchos a&#xF1;os. En 2021 unimos la oficina de Moore Madrid a las &#xE1;reas de Auditor&#xED;a y Legal de Morison, y en 2025 sumamos tambi&#xE9;n la oficina de Moore Barcelona. Cuando empezamos a hablar con Auren sobre esta integraci&#xF3;n, supimos que ten&#xED;amos que unir nuestras fuerzas a este proyecto para seguir mejorando el servicio a nuestros clientes, reteniendo y captando nuevo talento y dando una mejor carrera a aquellos profesionales que comparten nuestros valores de esfuerzo, calidad y trabajo en equipo&#x201D;.&#xD;
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Con esta integraci&#xF3;n, Auren da un nuevo paso en la ejecuci&#xF3;n de su estrategia de crecimiento y consolida su posici&#xF3;n como una de las principales firmas de servicios profesionales en Espa&#xF1;a, reforzando su presencia territorial, sus capacidades t&#xE9;cnicas y su proyecci&#xF3;n internacional.&#xD;
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Esta operaci&#xF3;n se suma a las incorporaciones realizadas en los &#xFA;ltimos meses en oficinas como Alicante, Madrid, Barcelona o Valencia, entre las que destaca la reciente integraci&#xF3;n de la firma valenciana de consultor&#xED;a Ifedes, reflejando el firme compromiso de Auren con un crecimiento sostenido basado en la incorporaci&#xF3;n de talento, especializaci&#xF3;n y capacidades complementarias.</content><description>Auren ha formalizado la integraci&#xF3;n de las oficinas de Moore en Madrid y Barcelona, una operaci&#xF3;n que refuerza significativamente su posicionamiento en el mercado espa&#xF1;ol de los servicios profesionales y acelera la ejecuci&#xF3;n de su plan estrat&#xE9;gico de crecimiento.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/De-izquierda-a-derecha-Daniel-Gonzalez-Pablo-Fernandez-Mario-Alonso-Javier-Fernandez-y-Fernando-Fernandez-p486179-m1516317-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>Auren refuerza su liderazgo en Espa&#xF1;a con la integraci&#xF3;n de Moore en Madrid y Barcelona</title><link>https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/De-izquierda-a-derecha-Daniel-Gonzalez-Pablo-Fernandez-Mario-Alonso-Javier-Fernandez-y-Fernando-Fernandez-p486179-m1516317-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</url><link>https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</guid><date_added>2026-08-03 14:00:29</date_added><pubDate>2026-08-03 14:00:29</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486155</id><title>La UE planea incluir a ChatGPT y Roblox entre las plataformas en l&#xED;nea muy grandes (VLOP) de la DSA</title><content>&#xD;
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La DSA de la Uni&#xF3;n Europea recoge un conjunto de normas de obligado cumplimiento para las grandes empresas que ofrezcan servicios digitales. Con ella se busca garantizar la protecci&#xF3;n de los derechos de los usuarios de los pa&#xED;ses miembros, as&#xED; como favorecer la innovaci&#xF3;n, el crecimiento y la competitividad de estas plataformas en el mercado &#xFA;nico.&#xD;
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En este marco, seg&#xFA;n ha trasladado una fuente cercana a las compa&#xF1;&#xED;as en declaraciones a Bloomberg, tanto ChatGPT de OpenAI como la compa&#xF1;&#xED;a de videojuegos Roblox Corp. entrar&#xE1;n a formar parte de las VLOP en agosto, al igual que sucedi&#xF3; anteriormente con otras plataformas como Google Maps, Facebook, Instagram, Snapchat, TikTok, WhatsApp, X y YouTube, entre otras.&#xD;
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Si bien la DSA exige a todas las redes sociales y motores de b&#xFA;squeda medidas dr&#xE1;sticas contra el contenido ilegal y nocivo en sus plataformas, las denominadas como VLOP deben adem&#xE1;s presentar informes de transparencia, detallar sus planes de mitigaci&#xF3;n de riesgos y pagar una cuota anual a la Comisi&#xF3;n Europea.&#xD;
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Es decir, que en los cuatro meses posteriores a su designaci&#xF3;n han de ser parte activa no solo al identificar riesgos en sus servicios relacionados con contenido ilegal, los procesos electorales o la libertad de expresi&#xF3;n, entre otros, sino tambi&#xE9;n al establecer un punto de contacto con autoridades y usuarios, desplegar t&#xE9;rminos y condiciones f&#xE1;ciles de usar y ser transparentes en su publicidad, sistemas de recomendaci&#xF3;n y decisiones de moderaci&#xF3;n de contenido.&#xD;
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Igualmente, han de someterse a auditor&#xED;as anuales para garantizar que han adoptado las medidas recomendadas por los auditores, compartir sus datos con la Comisi&#xF3;n Europea y permitir el acceso a estos a investigadores acreditados.&#xD;
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Asimismo, aquellas que incumplan la DSA se arriesgan a recibir multas de hasta el 6 por ciento de sus ventas globales. De hecho, entre los m&#xE1;s de una docena de casos que se han abierto, el m&#xE1;s destacado de una VLOP sancionada fue el de X (antes Twitter) con una multa que alcanz&#xF3; la cifra de 120 millones de euros y que la Comisi&#xF3;n impuso el 5 de diciembre del a&#xF1;o pasado.&#xD;
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Cabe destacar igualmente que la DSA tiene como uno de sus objetivos principales que las tecnol&#xF3;gicas protejan a los menores en sus plataformas. No obstante, la propia Roblox, que ha sido objeto de cr&#xED;ticas por la falta de controles de seguridad para la protecci&#xF3;n de los ni&#xF1;os, recientemente integr&#xF3; medidas que controlan los espacios donde los usuarios pueden contactar con otros y qu&#xE9; tipos de juegos pueden disfrutar.&#xD;
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Por el momento, ni el portavoz de la Comisi&#xF3;n Europea ni OpenAI o Roblox se han pronunciado al respecto.&#xD;
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</content><description>La Uni&#xF3;n Europea prev&#xE9; clasificar a ChatGPT y Roblox como "Plataformas en l&#xED;nea muy grandes" (VLOP) a partir de agosto, conforme a la ley de Servicios Digitales (DSA), tras superar los 45 millones de usuarios mensuales.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/UE-Tribunal-Europeo-Europea-Europa_EDEIMA20110708_0008_1-p486155-m1516199-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La UE planea incluir a ChatGPT y Roblox entre las plataformas en l&#xED;nea muy grandes (VLOP) de la DSA</title><link>https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/UE-Tribunal-Europeo-Europea-Europa_EDEIMA20110708_0008_1-p486155-m1516199-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</url><link>https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</guid><date_added>2026-08-03 12:59:26</date_added><pubDate>2026-08-03 12:59:26</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC</allCategories></item><item><id>486178</id><title>Kreston Iberaudit crea una nueva &#xE1;rea de Derecho Regulatorio</title><content>Kreston Iberaudit contin&#xFA;a reforzando su pr&#xE1;ctica legal con la creaci&#xF3;n de un &#xE1;rea especializada en Derecho Regulatorio y la integraci&#xF3;n de profesionales con una s&#xF3;lida trayectoria en el &#xE1;mbito regulatorio, una apuesta estrat&#xE9;gica con la que la firma ampl&#xED;a su capacidad de asesoramiento en un entorno marcado por una creciente complejidad normativa y por la transformaci&#xF3;n del sector financiero.&#xD;
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La nueva &#xE1;rea estar&#xE1; dirigida por David Olivares, socio del &#xE1;rea Legal de la oficina de Madrid de Kreston Iberaudit, especializado en derecho mercantil, societario, M A, bancario y regulatorio. Contar&#xE1; adem&#xE1;s con la participaci&#xF3;n de Juan Antonio L&#xF3;pez Rodr&#xED;guez, senior manager con m&#xE1;s de treinta a&#xF1;os de experiencia en regulaci&#xF3;n bancaria y financiera, los cuales aportar&#xE1;n su experiencia en el sector bancario y financiero y conocimiento en el asesoramiento a entidades supervisadas y proyectos sujetos a autorizaci&#xF3;n administrativa.&#xD;
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La creaci&#xF3;n de esta nueva &#xE1;rea se enmarca en la estrategia de fortalecimiento del Global Legal Group (GLG) de Kreston Global, codirigido por Pedro Piz&#xE1; socio del &#xE1;rea Legal de la oficina de Madrid de Kreston Iberaudit, y refuerza la apuesta de la firma por ampliar sus capacidades en &#xE1;reas de alta especializaci&#xF3;n para ofrecer un asesoramiento jur&#xED;dico cada vez m&#xE1;s transversal, integrado e internacional.&#xD;
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La pr&#xE1;ctica nace para dar respuesta al incremento de operaciones y proyectos que requieren un profundo conocimiento del marco regulatorio, especialmente en &#xE1;mbitos como los servicios financieros, las fintech, la inversi&#xF3;n colectiva, los mercados de valores, la financiaci&#xF3;n alternativa o la prevenci&#xF3;n del blanqueo de capitales.&#xD;
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Entre otros &#xE1;mbitos, el equipo asesorar&#xE1; a entidades supervisadas por la CNMV y el Banco de Espa&#xF1;a, gestoras y veh&#xED;culos de inversi&#xF3;n, entidades de capital riesgo, ERIR, proveedores de servicios de financiaci&#xF3;n participativa, entidades de pago y dinero electr&#xF3;nico, as&#xED; como a compa&#xF1;&#xED;as inmersas en operaciones corporativas o procesos de autorizaci&#xF3;n y supervisi&#xF3;n regulatoria.&#xD;
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La creaci&#xF3;n de esta pr&#xE1;ctica responde a la evoluci&#xF3;n que est&#xE1; experimentando el mercado financiero, impulsada por la digitalizaci&#xF3;n, la aparici&#xF3;n de nuevos modelos de negocio y un marco regulatorio cada vez m&#xE1;s exigente, con normativas como MiFID II o DORA, que obligan a las organizaciones a integrar la regulaci&#xF3;n como un elemento estrat&#xE9;gico de su actividad.&#xD;
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Para David Olivares, socio del &#xE1;rea legal de la oficina de Madrid de Kreston Iberaudit "la regulaci&#xF3;n ha dejado de ser un requisito de cumplimiento para convertirse en un factor estrat&#xE9;gico que condiciona el crecimiento, la innovaci&#xF3;n y la confianza del mercado. Nuestro objetivo es ayudar a las empresas a integrar ese marco regulatorio en sus decisiones de negocio, anticipando riesgos y generando seguridad en operaciones cada vez m&#xE1;s complejas.&#xD;
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Por su parte, Juan Antonio L&#xF3;pez, senior manager responsable de la nueva &#xE1;rea explica "cada vez m&#xE1;s proyectos empresariales incorporan un importante componente regulatorio. Nuestro objetivo es acompa&#xF1;ar a los clientes desde una perspectiva muy pr&#xF3;xima al negocio, ayud&#xE1;ndoles a anticipar riesgos, cumplir con las exigencias supervisoras y estructurar sus proyectos de forma s&#xF3;lida y eficiente".&#xD;
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La firma identifica adem&#xE1;s una creciente demanda de asesoramiento especializado por parte de grupos internacionales que quieren operar en Espa&#xF1;a, inversores interesados en adquirir, crear o desarrollar entidades o actividades reguladas, gestores de veh&#xED;culos de inversi&#xF3;n, empresas fintech y organizaciones que necesitan adaptar sus modelos de gobierno y cumplimiento normativo a un entorno regulatorio en constante evoluci&#xF3;n.&#xD;
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Con esta nueva pr&#xE1;ctica, Kreston refuerza su posicionamiento como asesor multidisciplinar para compa&#xF1;&#xED;as, inversores y entidades reguladas, integrando el conocimiento jur&#xED;dico con las capacidades de la firma en materia fiscal, auditor&#xED;a, consultor&#xED;a y corporate, para ofrecer un asesoramiento coordinado en operaciones de elevada complejidad.</content><description>La nueva pr&#xE1;ctica, dirigida por David Olivares, asesorar&#xE1; a entidades reguladas, fintech, veh&#xED;culos de inversi&#xF3;n y compa&#xF1;&#xED;as que operan en sectores sujetos a supervisi&#xF3;n de la CNMV y el Banco de Espa&#xF1;a.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/David-Olivares_socio-Kreston-Iberaudit_horizontal2-p486178-m1516278-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Kreston Iberaudit crea una nueva &#xE1;rea de Derecho Regulatorio</title><link>https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/David-Olivares_socio-Kreston-Iberaudit_horizontal2-p486178-m1516278-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</url><link>https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</guid><date_added>2026-08-03 12:05:28</date_added><pubDate>2026-08-03 12:05:28</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486078</id><title>Primeras obligaciones de transparencia de la Ley de IA</title><content>Seg&#xFA;n el calendario publicado por la Comisi&#xF3;n Europea, en esta fase se activan espec&#xED;ficamente las normas de transparencia del art&#xED;culo 50 y las medidas de apoyo a la innovaci&#xF3;n, que refuerzan el sistema de supervisi&#xF3;n y cumplimiento en todos los Estados miembros, as&#xED; como la aplicaci&#xF3;n de la Ley de IA en &#xE1;mbitos como los modelos de prop&#xF3;sito general, las prohibiciones y los requisitos de alfabetizaci&#xF3;n en inteligencia artificial (IA).&#xD;
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La Comisi&#xF3;n Europea comenzar&#xE1; a aplicar las obligaciones que exigir&#xE1;n identificar los contenidos generados o manipulados mediante esta tecnolog&#xED;a, incluidos los conocidos como 'deepfakes', y obligar&#xE1;n a los 'chatbots' y otros sistemas a advertir a los usuarios de que est&#xE1;n interactuando con una IA, al tiempo que Bruselas asumir&#xE1; por primera vez las competencias para velar por el cumplimiento de la norma.&#xD;
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En la pr&#xE1;ctica, las herramientas capaces de crear im&#xE1;genes, v&#xED;deos, audios o textos deber&#xE1;n incorporar marcas que permitan reconocer esas producciones, mientras que su uso con fines profesionales exigir&#xE1; indicar de forma clara que han sido alteradas mediante inteligencia artificial y los asistentes conversacionales informar de que el usuario est&#xE1; hablando con una m&#xE1;quina y no con una persona.&#xD;
Primeras obligaciones de transparencia&#xD;
La entrada en vigor de estas medidas permitir&#xE1; adem&#xE1;s a Bruselas empezar a supervisar los denominados modelos de IA de prop&#xF3;sito general, es decir, aquellos capaces de realizar m&#xFA;ltiples tareas y que sirven de base para una amplia gama de herramientas y servicios.&#xD;
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La Oficina Europea de IA podr&#xE1; requerir informaci&#xF3;n a las empresas responsables de estos sistemas, acceder a ellos para evaluarlos, ordenar medidas correctoras e incluso restringir su disponibilidad cuando detecte incumplimientos.&#xD;
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Ese control se ejercer&#xE1; de forma compartida con las autoridades nacionales, de modo que este organismo se encargar&#xE1; de sus proveedores y de los sistemas cuya competencia corresponde a la Comisi&#xF3;n, mientras que los Estados miembros vigilar&#xE1;n el resto de herramientas desplegadas en su territorio y el Supervisor Europeo de Protecci&#xF3;n de Datos har&#xE1; lo propio con las utilizadas por las instituciones, organismos y agencias de la UE.&#xD;
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Como apoyo a ese sistema, Bruselas ha constituido un panel cient&#xED;fico integrado por 60 expertos independientes, ha designado un asesor cient&#xED;fico jefe y ha puesto en marcha distintos canales para comunicar posibles incumplimientos, entre ellos un mecanismo de denuncias abierto a ciudadanos y empresas y otro dirigido a quienes desarrollan aplicaciones a partir de modelos de terceros.&#xD;
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La aplicaci&#xF3;n de la ley continuar&#xE1; de forma escalonada. El siguiente cambio llegar&#xE1; el 2 de diciembre de este a&#xF1;o, cuando entren en vigor las nuevas prohibiciones incorporadas por el paquete 'AI Omnibus' para impedir el uso de sistemas capaces de generar contenido sexual expl&#xED;cito sin consentimiento o material de abuso sexual infantil, y finalizar&#xE1; el periodo transitorio concedido a determinados modelos de IA ya comercializados para adaptarse a la obligaci&#xF3;n de incorporar mecanismos que permitan identificar los contenidos generados mediante esta tecnolog&#xED;a.&#xD;
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El calendario seguir&#xE1; el 2 de diciembre de 2027, con la entrada en vigor de las normas aplicables a la IA considerada de alto riesgo, como la utilizada en &#xE1;mbitos como la sanidad, la educaci&#xF3;n o el empleo, y concluir&#xE1; el 2 de agosto de 2028, cuando empezar&#xE1;n a aplicarse las disposiciones para los sistemas de inteligencia artificial integrados en productos sujetos a otra legislaci&#xF3;n europea, como determinados dispositivos m&#xE9;dicos o veh&#xED;culos.&#xD;
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En relaci&#xF3;n con los sistemas de alto riesgo, el Reglamento establece que "los sistemas de IA que sean componentes de seguridad de productos, o productos en s&#xED; mismos, incluidos en determinadas leyes de armonizaci&#xF3;n de la Uni&#xF3;n" se clasificar&#xE1;n como "de alto riesgo" cuando el producto deba someterse a un procedimiento de evaluaci&#xF3;n de conformidad por un organismo tercero conforme a la legislaci&#xF3;n de armonizaci&#xF3;n pertinente.&#xD;
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En particular, esta categor&#xED;a comprende maquinaria, juguetes, ascensores, equipos y sistemas de protecci&#xF3;n destinados a ser utilizados en atm&#xF3;sferas potencialmente explosivas, equipos de radio, equipos a presi&#xF3;n, equipos para embarcaciones de recreo, instalaciones de telef&#xE9;ricos, aparatos que queman combustibles gaseosos, dispositivos m&#xE9;dicos, dispositivos m&#xE9;dicos de diagn&#xF3;stico in vitro y productos de automoci&#xF3;n y aviaci&#xF3;n, que quedan sujetos a requisitos reforzados de evaluaci&#xF3;n de conformidad y control en el marco de la Ley de IA.&#xD;
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La AI Act de la UE es la primera norma integral sobre esta tecnolog&#xED;a a nivel mundial y tiene por objeto promover la innovaci&#xF3;n y la adopci&#xF3;n de la IA, garantizando al mismo tiempo un alto nivel de protecci&#xF3;n de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales, incluida la democracia y el Estado de derecho.&#xD;
&#xBF;Qu&#xE9; cambia para las empresas con el art&#xED;culo 50?&#xD;
Los proveedores de sistemas de IA -incluidos los de prop&#xF3;sito general capaces de generar o manipular texto, im&#xE1;genes, audio o v&#xED;deo- deber&#xE1;n garantizar que esos contenidos incorporen un marcado en formato legible por m&#xE1;quina que permita detectar que han sido generados o manipulados mediante IA.&#xD;
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Asimismo, quienes desplieguen sistemas de IA que generen o manipulen texto destinado a informar al p&#xFA;blico sobre asuntos de inter&#xE9;s p&#xFA;blico deber&#xE1;n revelar que dicho contenido ha sido generado o manipulado por IA.&#xD;
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El Reglamento exime de esta obligaci&#xF3;n cuando exista un proceso de revisi&#xF3;n humana o control editorial y una persona f&#xED;sica o jur&#xED;dica asuma la responsabilidad editorial de la publicaci&#xF3;n. No obstante, la Comisi&#xF3;n Europea aclara que las revisiones meramente formales -como la correcci&#xF3;n ortogr&#xE1;fica o gramatical- no se consideran revisi&#xF3;n humana ni control editorial a estos efectos.&#xD;
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La Comisi&#xF3;n concreta que la obligaci&#xF3;n afecta a contenidos sobre pol&#xED;tica, procesos democr&#xE1;ticos, administraci&#xF3;n y servicios p&#xFA;blicos, justicia, derechos fundamentales, seguridad p&#xFA;blica, salud p&#xFA;blica, protecci&#xF3;n ambiental, seguridad del consumidor y cualquier materia econ&#xF3;mica, financiera, cient&#xED;fica o cultural susceptible de debate p&#xFA;blico.&#xD;
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El cumplimiento de estas obligaciones ser&#xE1; supervisado por las autoridades nacionales de vigilancia del mercado. Su incumplimiento podr&#xE1; dar lugar a las sanciones previstas en el reglamento, que para determinadas infracciones pueden alcanzar hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturaci&#xF3;n anual total del ejercicio anterior, aplic&#xE1;ndose la cifra que sea m&#xE1;s elevada.&#xD;
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Al imponer las sanciones, las autoridades podr&#xE1;n tener en cuenta el principio de proporcionalidad en el caso de pymes y peque&#xF1;as empresas de mediana capitalizaci&#xF3;n.</content><description>La Uni&#xF3;n Europea (UE) afronta desde ayer, 2 de agosto, un nuevo hito en la implementaci&#xF3;n del Reglamento europeo de inteligencia artificial (AI Act), con la entrada en vigor de las primeras obligaciones de transparencia y el inicio de la aplicaci&#xF3;n de las disposiciones aplicables a nivel nacional y comunitario.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2741501025-1-p486078-m1516012-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Primeras obligaciones de transparencia de la Ley de IA</title><link>https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2741501025-1-p486078-m1516012-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</url><link>https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</guid><date_added>2026-08-03 07:46:27</date_added><pubDate>2026-08-03 07:46:27</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486077</id><title>El derecho a reparar dispositivos ya es de obligado cumplimiento en Espa&#xF1;a</title><content>Concretamente, la ley obliga a los fabricantes a realizar las reparaciones necesarias "en un plazo razonable" y, en caso de que estas no sean de car&#xE1;cter gratuito, tambi&#xE9;n a un "precio razonable", con el objetivo de alentar la opci&#xF3;n de la reparaci&#xF3;n.&#xD;
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Este derecho a reparar forma parte de la reforma de las normas de protecci&#xF3;n del consumidor de la UE, que entr&#xF3; en vigor el martes 30 de julio de 2024 y que establece el "derecho a reparar" para asegurar que, cuando se aver&#xED;an dispositivos como televisores, lavadoras o tel&#xE9;fonos m&#xF3;viles, el cliente pueda exigir la reparaci&#xF3;n del aparato en lugar de su reemplazo.&#xD;
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Ahora, una vez finalizado el plazo para que los Estados miembros incorporasen a su legislaci&#xF3;n la Directiva (UE) 2024/1799, que hace referencia al derecho a reparar, la norma comienzan a aplicarse en Espa&#xF1;a oficialmente, tal y como se indica en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado (BOE).&#xD;
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El objetivo es que reparar un dispositivo, por ejemplo un 'smartphone' u ordenador, resulte m&#xE1;s f&#xE1;cil y atractivo que adquirir uno nuevo, en muchos casos, promoviendo que esta opci&#xF3;n sea m&#xE1;s econ&#xF3;mica que sustituirlo.&#xD;
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La directiva cubre principalmente los dispositivos para los que la legislaci&#xF3;n europea ya obliga a los fabricantes a disponer de servicios de reparaci&#xF3;n y piezas de recambio, como lavadoras, lavavajillas, frigor&#xED;ficos, aspiradoras, pantallas electr&#xF3;nicas o determinados tel&#xE9;fonos y tabletas, entre otros.&#xD;
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As&#xED;, entre sus novedades, obliga a que los fabricantes ofrezcan la reparaci&#xF3;n de sus productos siempre que sea t&#xE9;cnicamente posible, incluso cuando la garant&#xED;a legal ya haya expirado. Asimismo, deber&#xE1; realizarse en un plazo y a un precio razonables.&#xD;
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Igualmente, los fabricantes no podr&#xE1;n impedir la reparaci&#xF3;n mediante cl&#xE1;usulas contractuales, 'software' o 'hardware', salvo cuestiones de seguridad o protecci&#xF3;n de propiedad intelectual. Tambi&#xE9;n deber&#xE1;n facilitar el acceso a piezas de recambio y herramientas cuando as&#xED; lo exija la normativa. Adem&#xE1;s, si se opta por la reparaci&#xF3;n, la garant&#xED;a del producto se deber&#xE1; ampliar por 12 meses sobre el bien reparado.&#xD;
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La norma establece, asimismo, que los consumidores que opten por la reparaci&#xF3;n tendr&#xE1;n derecho a recibir un dispositivo de sustituci&#xF3;n prestado mientras se arregla el de su propiedad o a elegir una unidad reacondicionada como alternativa.&#xD;
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Con todo, los fabricantes podr&#xE1;n entregar un documento estandarizado con informaci&#xF3;n clara sobre el coste, plazo, condiciones y validad de la oferta de reparaci&#xF3;n, de manera que los usuarios puedan comparar entre presupuestos de distintos servicios de reparaci&#xF3;n.&#xD;
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En la pr&#xE1;ctica, para los consumidores, esto significa reducir la obsolescencia y los residuos electr&#xF3;nicos, ya que dispondr&#xE1;n de m&#xE1;s opciones para reparar, una mayor transparencia de precios y plazos de reparaci&#xF3;n, mejor acceso a piezas y garant&#xED;as m&#xE1;s favorables.&#xD;
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Cabe destacar que la normativa de derecho a reparar es distinta a otra regulaci&#xF3;n europea que entrar&#xE1; en vigor m&#xE1;s adelante en febrero de 2027, como es el Reglamento (UE) 2023/1542 relativo a las pilas y bater&#xED;as y sus residuos.&#xD;
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En este caso, comenzar&#xE1;n a aplicarse los requisitos que obligar&#xE1;n a que las bater&#xED;as de muchos dispositivos port&#xE1;tiles, como los tel&#xE9;fonos m&#xF3;viles, sean f&#xE1;cilmente sustituibles por el usuario. Compa&#xF1;&#xED;as como Nintendo ya lo est&#xE1;n poniendo en pr&#xE1;ctica.</content><description>La llamada ley del derecho a reparar de la Uni&#xF3;n Europea empieza a aplicarse desde el pasado viernes 31 de julio de 2026 en Espa&#xF1;a, una vez que expir&#xF3; el plazo para que los Estados miembros incorporaran a su legislaci&#xF3;n la Directiva (UE) 2024/1799.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2739343201-1-p486077-m1515994-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El derecho a reparar dispositivos ya es de obligado cumplimiento en Espa&#xF1;a</title><link>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2739343201-1-p486077-m1515994-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</url><link>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</guid><date_added>2026-08-03 07:40:36</date_added><pubDate>2026-08-03 07:40:36</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486076</id><title>El TS avala que padres de v&#xED;ctimas de asesinato puedan recibir ayuda por la muerte de un familiar aunque no convivieran</title><content>As&#xED; lo ha acordado la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia, recogida por Europa Press, en la que el alto tribunal rechaza el recurso de la Abogac&#xED;a del Estado contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que aval&#xF3; que una madre recibiera el subsidio pese a no vivir con la v&#xED;ctima.&#xD;
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Seg&#xFA;n el relato de hechos, la v&#xED;ctima fue asesinada en 2017 tras recibir varias cuchilladas, algunas de ellas en el cuello. La Audiencia Provincial de Murcia conden&#xF3; al acusado como autor de un delito de asesinato con alevos&#xED;a.&#xD;
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En 2019, la madre de la v&#xED;ctima solicit&#xF3; la ayuda que pudiera corresponderle como v&#xED;ctima indirecta de un delito violento y doloso con resultado de muerte por el fallecimiento de su hija, una petici&#xF3;n que fue rechazada por los &#xF3;rganos encargados de otorgarla alegando que "no hab&#xED;a acreditado convivencia" con su hija.&#xD;
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La madre interpuso un recurso contencioso-administrativo al TSJ de Murcia, que le dio la raz&#xF3;n porque, pese a no convivir con su hija, "ello no significa que no pueda justificar que depend&#xED;a econ&#xF3;micamente de ella", recoge el Supremo de la sentencia.&#xD;
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El abogado del Estado ped&#xED;a al Supremo en su recurso de casaci&#xF3;n que confirmase la legalidad de la denegaci&#xF3;n de la ayuda alegando que era necesaria la convivencia para recibir el subsidio.&#xD;
La ayuda puede darse con y sin convivencia&#xD;
El Supremo, no obstante, da la raz&#xF3;n a la mujer y se&#xF1;ala que "la dependencia econ&#xF3;mica puede darse tanto si hay convivencia como si no".&#xD;
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"Requerir la convivencia supone a&#xF1;adir un nuevo requisito que no est&#xE1;, ni necesaria ni directamente, relacionado con la situaci&#xF3;n en la que los gastos o las cargas de la persona progenitora se satisfacen en su parte m&#xE1;s sustancial por el hijo o la hija", a&#xF1;ade.&#xD;
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A su juicio, la cohabitaci&#xF3;n "puede tener lugar sin que haya dependencia econ&#xF3;mica entre los convivientes y, al contrario, la dependencia econ&#xF3;mica puede darse sin que exista convivencia".&#xD;
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La Sala admite que, como sostiene la Abogac&#xED;a del Estado, la Ley de ayudas y asistencia a las v&#xED;ctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual "enuncia los requisitos necesarios para acreditar la dependencia econ&#xF3;mica, no estableciendo una mera presunci&#xF3;n de tal dependencia cuando aquellos requisitos concurran".&#xD;
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Sin embargo, el Supremo insiste en que el prop&#xF3;sito de la ley es el de "paliar los efectos que el delito ha producido", reconociendo que, "en el caso de los delitos violentos, las v&#xED;ctimas sufren, adem&#xE1;s, las consecuencias de una alteraci&#xF3;n grave e imprevista de su vida habitual, evaluable en t&#xE9;rminos econ&#xF3;micos". Por ello, aduce, establece "un sistema de ayudas p&#xFA;blicas en beneficio de las v&#xED;ctimas directas e indirectas de los delitos dolosos y violentos".&#xD;
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"Este sistema quedar&#xED;a desnaturalizado en lo que respecta a los padres de la persona fallecida si se admitiera que, adem&#xE1;s de la dependencia econ&#xF3;mica exigida legalmente, se requiera la convivencia impuesta reglamentariamente, por m&#xE1;s que dicha convivencia se quiera conectar con aquella dependencia econ&#xF3;mica, que, repetimos, no se infiere de la finalidad ni, mucho menos, de las reglas legales", indica.&#xD;
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Por tanto, el tribunal concluye que el requisito de la convivencia de los padres con la v&#xED;ctima directa para acreditar la dependencia econ&#xF3;mica "excede de las disposiciones" de la mencionada ley.&#xD;
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As&#xED;, el Supremo avala la sentencia del TSJ de Murcia, que reconoci&#xF3; el derecho de la mujer a recibir el subsidio, y anula el inciso "vinieran conviviendo con &#xE9;ste" contenido en el apartado 2 del art&#xED;culo 5 del Reglamento de ayudas a las v&#xED;ctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, "debi&#xE9;ndose publicar esta anulaci&#xF3;n en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado".</content><description>El Tribunal Supremo ha avalado que los padres de v&#xED;citmas de asesinatos puedan recibir la ayuda por el fallecimiento de un familiar si depend&#xED;an econ&#xF3;micamente de &#xE9;l, al retirar el precepto que hac&#xED;a obligatoria la convivencia para percibir el subsidio.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20140822_0006_1-p486076-m1515973-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TS avala que padres de v&#xED;ctimas de asesinato puedan recibir ayuda por la muerte de un familiar aunque no convivieran</title><link>https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20140822_0006_1-p486076-m1515973-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</url><link>https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-ts-avala-que-padres-de-victimas-de-asesinato-puedan-recibir-ayuda-por-la-muerte-de-un-familiar-aunque-no-convivieran</guid><date_added>2026-08-03 07:37:27</date_added><pubDate>2026-08-03 07:37:27</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Administrativo,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486079</id><title>&#xC1;lvaro de Luis Andr&#xE9;s nuevo mediador comercial del panel de mediadores de China</title><content>El nombramiento refuerza la presencia de profesionales espa&#xF1;oles en los mecanismos institucionales de resoluci&#xF3;n de conflictos comerciales internacionales en un momento de creciente actividad econ&#xF3;mica entre Espa&#xF1;a, Latinoam&#xE9;rica y China, donde cada vez m&#xE1;s empresas mantienen relaciones comerciales, proyectos de inversi&#xF3;n o alianzas estrat&#xE9;gicas con compa&#xF1;&#xED;as del mercado asi&#xE1;tico.&#xD;
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Con sede en Shenzhen, uno de los principales centros financieros, tecnol&#xF3;gicos y log&#xED;sticos de China, el SQICMC es una instituci&#xF3;n oficial de mediaci&#xF3;n comercial vinculada a la Zona de Cooperaci&#xF3;n Shenzhen-Hong Kong. Registrada ante la Oficina de Asuntos Civiles de Shenzhen y supervisada por diferentes organismos p&#xFA;blicos de la ciudad, la entidad promueve la resoluci&#xF3;n extrajudicial de controversias comerciales nacionales e internacionales en &#xE1;mbitos como comercio exterior, inversi&#xF3;n, financiaci&#xF3;n, propiedad intelectual, construcci&#xF3;n, inmobiliario o asuntos mar&#xED;timos.&#xD;
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Su modelo re&#xFA;ne a profesionales de diferentes jurisdicciones para facilitar la resoluci&#xF3;n de conflictos entre empresas que operan en distintos mercados, consolid&#xE1;ndose como uno de los principales mecanismos de mediaci&#xF3;n comercial impulsados por China para reforzar la seguridad jur&#xED;dica en las relaciones comerciales internacionales.&#xD;
Una v&#xED;a cada vez m&#xE1;s relevante para las empresas internacionales&#xD;
La mediaci&#xF3;n comercial internacional se ha consolidado como una alternativa cada vez m&#xE1;s utilizada para resolver controversias derivadas de operaciones transfronterizas, al ofrecer procedimientos m&#xE1;s &#xE1;giles, confidenciales y eficientes que el litigio judicial o, en determinados supuestos, el arbitraje.&#xD;
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Para las empresas espa&#xF1;olas y latinoamericanas con intereses en Asia, contar con profesionales conocedores tanto del entorno jur&#xED;dico europeo como del ecosistema institucional chino puede facilitar la gesti&#xF3;n de conflictos comerciales y contribuir a preservar las relaciones empresariales.&#xD;
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"Las relaciones econ&#xF3;micas entre Espa&#xF1;a, Latinoam&#xE9;rica y China son hoy mucho m&#xE1;s intensas y complejas que hace apenas unos a&#xF1;os. En ese contexto, disponer de mecanismos eficaces para resolver disputas comerciales resulta esencial para generar confianza y ofrecer seguridad jur&#xED;dica a las empresas que operan internacionalmente. Formar parte del panel internacional de mediadores del SQICMC supone una oportunidad para contribuir a ese objetivo y seguir acercando dos entornos jur&#xED;dicos con modelos y culturas empresariales diferentes", afirma &#xC1;lvaro de Luis Andr&#xE9;s, socio director del Asian Desk de NET CRAMAN Abogados.&#xD;
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Licenciado en Derecho por la Universidad CEU San Pablo, &#xC1;lvaro de Luis Andr&#xE9;s cuenta con m&#xE1;s de una d&#xE9;cada de experiencia asesorando a empresas en procesos de internacionalizaci&#xF3;n y desarrollo de negocio en Asia. Desde NET CRAMAN dirige el Asian Desk de la firma, que cuenta con oficinas en Guangzhou, Hong Kong y Singapur y presta asesoramiento jur&#xED;dico a compa&#xF1;&#xED;as con intereses comerciales en la regi&#xF3;n.</content><description>&#xC1;lvaro de Luis Andr&#xE9;s, socio director del Asian Desk de NET CRAMAN Abogados, ha sido nombrado miembro del panel internacional de mediadores del Shenzhen Qianhai International Commercial Mediation Center (SQICMC), uno de los principales centros oficiales de mediaci&#xF3;n comercial de China especializado en la resoluci&#xF3;n de disputas transfronterizas.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/Alvaro-de-Luis-Andres-socio-director-Asian-Desk-p486079-m1516084-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>&#xC1;lvaro de Luis Andr&#xE9;s nuevo mediador comercial del panel de mediadores de China</title><link>https://elderecho.com/alvaro-de-luis-andres-nuevo-mediador-comercial-del-panel-de-mediadores-de-china</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/Alvaro-de-Luis-Andres-socio-director-Asian-Desk-p486079-m1516084-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/alvaro-de-luis-andres-nuevo-mediador-comercial-del-panel-de-mediadores-de-china</url><link>https://elderecho.com/alvaro-de-luis-andres-nuevo-mediador-comercial-del-panel-de-mediadores-de-china</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/alvaro-de-luis-andres-nuevo-mediador-comercial-del-panel-de-mediadores-de-china</guid><date_added>2026-08-03 05:29:35</date_added><pubDate>2026-08-03 05:29:35</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486028</id><title>El Tribunal Supremo limita las &#xAB;devoluciones en caliente&#xBB; en el mar a los cruces que superen elementos de contenci&#xF3;n</title><content>La sentencia del Tribunal Supremo que prohibi&#xF3; el rechazo en frontera para migrantes que llegasen a Ceuta o Melilla a nado se&#xF1;ala que "nada impedir&#xED;a" aplicar las llamadas 'devoluciones en caliente' de establecerse "elementos de contenci&#xF3;n en el mar para proteger la l&#xED;nea fronteriza".&#xD;
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Se trata de una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal del pasado 8 de julio, recogida por Europa Press, que dictamin&#xF3; que a estas personas se les debe aplicar el procedimiento de devoluci&#xF3;n ordinario y no el de rechazo en frontera.&#xD;
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El presidente de Ceuta, Juan Jes&#xFA;s Vivas, ha insistido en modificar la ley "por todos los medios" pues, a su juicio esta sentencia del Supremo provoca una "laguna" que "hay que remediar", despu&#xE9;s de la entrada de cientos de personas desde Marruecos a trav&#xE9;s de la frontera de la ciudad aut&#xF3;noma, donde tambi&#xE9;n se han registrado cruces a nado y por el espig&#xF3;n.&#xD;
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El alto tribunal remarc&#xF3; el inter&#xE9;s casacional en "determinar si es aplicable la disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima de la Ley de Extranjer&#xED;a respecto de las personas que son interceptadas en el mar, al pretender entrar a nado en las ciudades de Ceuta y Melilla y por ello es posible aplicarles el procedimiento de rechazo en frontera".&#xD;
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Dicha disposici&#xF3;n adicional reza: "Los extranjeros que sean detectados en la l&#xED;nea fronteriza de la demarcaci&#xF3;n territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contenci&#xF3;n fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podr&#xE1;n ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en Espa&#xF1;a".&#xD;
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Y es que el Supremo recoge que el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&#xED;a, entendi&#xF3; que quien entra a nado "no supera un elemento de contenci&#xF3;n fronterizo", por lo que no era aplicable la disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima, un criterio compartido por la Sala.&#xD;
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As&#xED;, remarca que el rechazo en frontera dentro de Ceuta y Melilla "no est&#xE1; contemplado con car&#xE1;cter general" en la disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima de la Ley de Extranjer&#xED;a "para todos los extranjeros que intentan cruzar irregularmente la frontera, sea terrestre o mar&#xED;tima, sino solo para aquellos que intentan hacerlo superando los elementos de contenci&#xF3;n fronterizos establecidos, como las vallas".&#xD;
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Entonces, el alto tribunal precisa que la ley se refiere a elementos de contenci&#xF3;n fronterizos "y no exclusivamente a los terrestres ni, espec&#xED;ficamente, a las vallas".&#xD;
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Por ello, indica que "nada impedir&#xED;a que, de establecerse elementos de contenci&#xF3;n en el mar para proteger la l&#xED;nea fronteriza, pudiera ser de aplicaci&#xF3;n la referida disposici&#xF3;n adicional d&#xE9;cima a quienes pretendieran cruzar irregularmente la frontera superando esos elementos de contenci&#xF3;n mar&#xED;timos".&#xD;
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Fuentes jur&#xED;dicas consultadas por Europa Press han reconocido la necesidad de adoptar medidas ante estas situaciones de crisis, si bien han se&#xF1;alado que ser&#xED;a un "error" obviar el resto de problemas -sociales, pol&#xED;ticos, humanitarios y econ&#xF3;micos- que envuelven este tipo de crisis y poner el foco en resoluciones judiciales que, precisamente, "sirven para garantizar derechos humanos".</content><description>El alto tribunal establece que las personas que accedan a Ceuta o Melilla a nado deben someterse al procedimiento ordinario de devoluci&#xF3;n, aunque admite que el rechazo en frontera podr&#xED;a aplicarse si existieran elementos de contenci&#xF3;n mar&#xED;timos.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2657931591-scaled-p486028-m1515842-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El Tribunal Supremo limita las &#xAB;devoluciones en caliente&#xBB; en el mar a los cruces que superen elementos de contenci&#xF3;n</title><link>https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/shutterstock_2657931591-scaled-p486028-m1515842-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</url><link>https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tribunal-supremo-limita-las-devoluciones-en-caliente-en-el-mar-a-los-cruces-que-superen-elementos-de-contencion</guid><date_added>2026-07-31 10:39:52</date_added><pubDate>2026-07-31 10:39:52</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category></categories><allCategories>Administrativo</allCategories></item><item><id>486015</id><title>CEOE eleva al entorno del 2,5 % su previsi&#xF3;n de crecimiento para la econom&#xED;a espa&#xF1;ola en 2026</title><content>La Confederaci&#xF3;n Espa&#xF1;ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha destacado el buen comportamiento de la econom&#xED;a espa&#xF1;ola y estima que podr&#xED;a crecer m&#xE1;s de lo esperado en 2026, hasta el entorno del 2,5%.&#xD;
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La patronal ha ensalzado la evoluci&#xF3;n econ&#xF3;mica de Espa&#xF1;a, que mantiene su senda expansiva durante el segundo trimestre del a&#xF1;o pese al retroceso de la de la inversi&#xF3;n en bienes de equipo y la p&#xE9;rdida de fuerza del sector exterior, que impactan negativamente en la competitividad.&#xD;
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De acuerdo con el avance de datos publicado este jueves por el Instituto Nacional de Estad&#xED;stica (INE), la actividad econ&#xF3;mica se ha acelerado una d&#xE9;cima por encima con respecto al trimestre anterior (+0,7%), motivada por el mayor dinamismo de la demanda interna (+0,6 puntos).&#xD;
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En tasa interanual, el PIB marca una tendencia de estabilidad, con un crecimiento del 2,7% por cuarto trimestre consecutivo. "Esto se debe a que el impacto del conflicto en Ir&#xE1;n no ha sido relevante en el conjunto de la actividad econ&#xF3;mica", ha se&#xF1;alado la organizaci&#xF3;n que dirige Antonio Garamendi.&#xD;
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Todo ello pese a la desaceleraci&#xF3;n de la inversi&#xF3;n bienes de equipo, que retrocede hasta el 0,1%, tres d&#xE9;cimas menos que el trimestre anterior y siete que con respecto al cuatro trimestre de 2025. La inversi&#xF3;n en vivienda y construcci&#xF3;n tambi&#xE9;n permanece estancada en el 0,1% por segundo trimestre consecutivo. Del lado positivo, destaca el repunte de la inversi&#xF3;n en productos de propiedad intelectual, hasta el 1,7%, ocho d&#xE9;cimas m&#xE1;s que en el primer trimestre.&#xD;
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As&#xED;, la composici&#xF3;n del crecimiento repite el mismo patr&#xF3;n del trimestre anterior, siendo el consumo privado y la Formaci&#xF3;n Bruta de Capital Fijo (FBCF) las variables que m&#xE1;s han aportado al crecimiento, un 0,7% y un 0,4% trimestral. El sector exterior, por su parte, contin&#xFA;a en m&#xED;nimos, con tan solo un 0,1% de avance en el trimestre.</content><description>La patronal destaca la fortaleza de la demanda interna y la aceleraci&#xF3;n del PIB en el segundo trimestre, aunque advierte del debilitamiento de la inversi&#xF3;n en bienes de equipo y de la escasa aportaci&#xF3;n del sector exterior.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/foto-ceoe-p486015-m1515808-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>CEOE eleva al entorno del 2,5 % su previsi&#xF3;n de crecimiento para la econom&#xED;a espa&#xF1;ola en 2026</title><link>https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/07/foto-ceoe-p486015-m1515808-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</url><link>https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/ceoe-eleva-al-entorno-del-25-su-prevision-de-crecimiento-para-la-economia-espanola-en-2026</guid><date_added>2026-07-31 10:23:55</date_added><pubDate>2026-07-31 10:23:55</pubDate><categories><category><id>fiscal</id><name>Fiscal</name><idPro>6</idPro></category></categories><allCategories>Fiscal</allCategories></item></channel></rss>

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