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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>483699</id><title>Las solicitudes de justicia gratuita aumentan un 1,7% en 2025 y los abogados de turno de oficio disminuyen un 2,7%</title><content>As&#xED; lo recoge el XX Informe del Observatorio de la Justicia Gratuita, elaborado por el Departamento de datos del Consejo General de la Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola (CGAE), sobre el servicio prestado en 2025 y que confirma un a&#xF1;o m&#xE1;s la demanda creciente de un servicio "esencial para garantizar el acceso a la Justicia y la tutela judicial efectiva de las personas m&#xE1;s vulnerables".&#xD;
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Las comunidades aut&#xF3;nomas con el mayor n&#xFA;mero de solicitudes fueron Catalu&#xF1;a, con 267.002, lo que supone un 23,1% del total; seguida de Andaluc&#xED;a, con 232.766 solicitudes, el 20,1 por ciento), Madrid (158.945 solicitudes, el 13,8 por ciento) y Comunidad Valenciana (126.233, el 10,9 por ciento).&#xD;
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Durante la presentaci&#xF3;n del observatorio, el presidente del Consejo General de la Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola, Salvador Gonz&#xE1;lez, ha destacado "el importante trabajo de los profesionales de la abogac&#xED;a y su compromiso diario con la defensa de los derechos de la ciudadan&#xED;a y el acceso efectivo a la Justicia". Gonz&#xE1;lez ha subrayado que el esfuerzo de miles de abogadas y abogados "constituye uno de los pilares fundamentales del Estado de derecho".&#xD;
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En ese sentido, ha reclamado una nueva ley reguladora de Justicia Gratuita y una mejora urgente de sus condiciones laborales y retributivas.&#xD;
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A pesar del aumento de las solicitudes, cada vez son menos los abogados adscritos al turno de oficio y mientras que el n&#xFA;mero total de abogados aumenta de 148.867 a 149.515 (648 profesionales m&#xE1;s, un crecimiento del 0,4% por ciento), los adscritos al turno de oficio disminuyen.&#xD;
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En 2025 continu&#xF3; la tendencia descendente del n&#xFA;mero de abogados y abogadas inscritos al mismo, hasta los mencionados 38.871. El descenso acumulado desde 2020, cuando hab&#xED;a 45.275 adscritos es del 14,1 por ciento. De los profesionales adscritos al turno de oficio, el 52 por ciento son hombres y el 48 por ciento, mujeres.&#xD;
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Las comunidades aut&#xF3;nomas con m&#xE1;s abogados adscritos al turno fueron Andaluc&#xED;a (8.279), Catalu&#xF1;a (5.722), Madrid (5.631), Comunidad Valenciana (4.475) y Galicia (2.614).&#xD;
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"La baja remuneraci&#xF3;n por la asistencia jur&#xED;dica gratuita es una de las principales quejas de los profesionales que ofrecen este servicio esencial. Por ello, y con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema, la Abogac&#xED;a lleva a&#xF1;os reclamando en primer lugar la subida de los baremos y el pago de todas las actuaciones", ha destacado el presidente de la Comisi&#xF3;n de Asistencia Jur&#xED;dica Gratuita, &#xC1;ngel M&#xE9;ndez.&#xD;
Evoluci&#xF3;n de los importes&#xD;
La inversi&#xF3;n global en justicia gratuita aument&#xF3; en 2025 un 3,2 por ciento, hasta superar los 355 millones de euros. Este aumento se debe al aumento de las solicitudes y a que algunas comunidades aut&#xF3;nomas como Andaluc&#xED;a, Arag&#xF3;n, Asturias, Canarias, Cantabria, Catalu&#xF1;a, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja, Navarra y Pa&#xED;s Vasco, subieron sus baremos de retribuci&#xF3;n a lo largo del a&#xF1;o.&#xD;
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La comunidad aut&#xF3;noma que m&#xE1;s invirti&#xF3; en este servicio fue de nuevo Catalu&#xF1;a (48,4 millones), seguida de Madrid (42 millones), Valencia (36 millones) y Andaluc&#xED;a (30 millones). Los mayores crecimientos se encuentran en Arag&#xF3;n, con un 17,8 por ciento, seguida de La Rioja, con un 12,3 por ciento; Ceuta con 11,7 por ciento y Asturias, con 8,5 por ciento.&#xD;
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La inversi&#xF3;n media por ciudadano fue de 7,25 euros al a&#xF1;o, cantidad que var&#xED;a mucho de unas comunidades a otras. Esta cifra se ve afectada por el n&#xFA;mero de solicitudes y por del volumen de asuntos de extranjer&#xED;a. Las comunidades con mayor inversi&#xF3;n fueron Ceuta (19,13 euros); Canarias, (11,41 euros) y Melilla, (11,32 euros).&#xD;
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M&#xE9;ndez ha destacado la necesidad de una nueva ley: "Tras 30 a&#xF1;os, la ley est&#xE1; obsoleta. El sistema necesita una reforma profunda que garantice su futuro: los baremos que retribuyen a los profesionales del Turno de Oficio deben revisarse y actualizarse de forma adecuada. No es razonable exigir un servicio p&#xFA;blico esencial del siglo XXI con una financiaci&#xF3;n anclada en par&#xE1;metros del pasado".&#xD;
Distribuci&#xF3;n de importes por concepto&#xD;
En turno de oficio crece un 2,2%. Los incrementos m&#xE1;s destacados son Arag&#xF3;n (26,1 por ciento), seguido de Ceuta (14,1 por ciento), Pa&#xED;s Vasco (8,5 por ciento) y Galicia (6,5 por ciento).&#xD;
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La asistencia letrada al detenido aumenta un 5,9 por ciento y es la partida que m&#xE1;s crece entre las grandes &#xE1;reas operativas. Las mayores subidas son en La Rioja (21 por ciento), Castilla y Le&#xF3;n (17,3 por ciento), Valencia (12,3 por ciento) y Castilla-La Mancha (11,3 por ciento).&#xD;
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En violencia de g&#xE9;nero aumenta un 1,1 por ciento a nivel nacional, siendo las m&#xE1;s grandes Galicia (18,4 por ciento), Asturias (14,7 por ciento), Catalu&#xF1;a (12,2 por ciento) y Pa&#xED;s Vasco (10,8 por ciento). Las designaciones de abogados subieron un 0,02 por ciento.&#xD;
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En materia de violencia de g&#xE9;nero suben un 5,1 por ciento, mientras que en extranjer&#xED;a bajan un 12,6 por ciento. En relaci&#xF3;n con los procedimientos judiciales, la diferencia entre territorios resulta especialmente significativa.&#xD;
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Por ejemplo, la compensaci&#xF3;n prevista para un procedimiento abreviado en el territorio Ministerio (zona com&#xFA;n) asciende a 291 euros, mientras que por la misma actuaci&#xF3;n se abonan 782 euros en el Pa&#xED;s Vasco, 442,21 euros en Galicia, 440 euros en la Comunidad Valenciana y 427,51 euros en Catalu&#xF1;a.&#xD;
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Asimismo, en materia de violencia de g&#xE9;nero los datos del observatorio observan importantes disparidades retributivas. Mientras que en el territorio Ministerio la asistencia individualizada en un procedimiento penal se remunera con 87,63 euros, en otras comunidades aut&#xF3;nomas los importes son sensiblemente superiores, hasta 139,65 euros; en Galicia, 128 euros en la Comunidad Valenciana; 122 euros en Canarias y 110 euros, en Cantabria.&#xD;
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La Abogac&#xED;a ha recordado que el acceso a la justicia gratuita en Espa&#xF1;a se basa en la valoraci&#xF3;n conjunta de la situaci&#xF3;n econ&#xF3;mica, patrimonial, personal y familiar del solicitante, para determinar si dispone de recursos suficientes para afrontar los costes de un procedimiento judicial. Esta revisi&#xF3;n la realizan las comisiones de asistencia jur&#xED;dica gratuita.&#xD;
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Tienen derecho a la justicia gratuita las personas que acrediten carecer de medios econ&#xF3;micos suficientes conforme a los l&#xED;mites establecidos por la ley. Con independencia de su nivel de ingresos, tambi&#xE9;n pueden acceder a ella v&#xED;ctimas de violencia de g&#xE9;nero, terrorismo o trata de seres humanos en los procedimientos relacionados con su condici&#xF3;n de v&#xED;ctimas, trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social cuando act&#xFA;an en defensa de sus derechos laborales, adem&#xE1;s de menores de edad y personas con discapacidad intelectual o ps&#xED;quica que hayan sido v&#xED;ctimas de situaciones de abuso o maltrato.&#xD;
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"La fortaleza de una democracia se mide por c&#xF3;mo protege a los m&#xE1;s vulnerables. Esa protecci&#xF3;n la garantizan cada d&#xED;a los abogados y abogadas del turno de oficio. Si queremos preservar nuestro Estado de derecho, ha llegado el momento de pasar del reconocimiento a la acci&#xF3;n. En este desaf&#xED;o, Espa&#xF1;a no puede permitirse fallar", ha concluido el presidente de la Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola.</content><description>Las solicitudes de asistencia jur&#xED;dica gratuita realizadas por los ciudadanos a lo largo de 2025 alcanzaron los 1,15 millones, lo que supone un aumento del 1,7 por ciento con respecto al a&#xF1;o anterior, mientras que los abogados adscritos al turno de oficio fueron 38.871, un 2,7 por ciento menos que en 2024.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2790982137-1-p483699-m1509085-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Las solicitudes de justicia gratuita aumentan un 1,7% en 2025 y los abogados de turno de oficio disminuyen un 2,7%</title><link>https://elderecho.com/las-solicitudes-de-justicia-gratuita-aumentan-un-17-en-2025-y-los-abogados-de-turno-de-oficio-disminuyen-un-27</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2790982137-1-p483699-m1509085-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/las-solicitudes-de-justicia-gratuita-aumentan-un-17-en-2025-y-los-abogados-de-turno-de-oficio-disminuyen-un-27</url><link>https://elderecho.com/las-solicitudes-de-justicia-gratuita-aumentan-un-17-en-2025-y-los-abogados-de-turno-de-oficio-disminuyen-un-27</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/las-solicitudes-de-justicia-gratuita-aumentan-un-17-en-2025-y-los-abogados-de-turno-de-oficio-disminuyen-un-27</guid><date_added>2026-06-22 10:02:11</date_added><pubDate>2026-06-22 10:02:11</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483698</id><title>Afianza Legal incorpora Winkels Abogados a su divisi&#xF3;n jur&#xED;dica</title><content>La operaci&#xF3;n refuerza la apuesta de Afianza Legal por &#xE1;reas de alta especializaci&#xF3;n t&#xE9;cnica y sensibilidad humana, y sit&#xFA;a a Winkels al frente de una nueva vertical dedicada a asuntos de familia, sucesiones y procedimientos transfronterizos.&#xD;
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Junto a Isabel Winkels se incorporan ocho profesionales con experiencia en la gesti&#xF3;n de casos que requieren un enfoque t&#xE9;cnico y humano.&#xD;
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Isabel Winkels ha desarrollado una trayectoria especializada en Derecho de Familia y Sucesiones, con especial atenci&#xF3;n a asuntos de alta complejidad, procedimientos internacionales y situaciones que requieren una combinaci&#xF3;n de solvencia t&#xE9;cnica, sensibilidad personal y capacidad negociadora. Su pr&#xE1;ctica se ha centrado en la protecci&#xF3;n de menores, personas vulnerables y patrimonios familiares en contextos nacionales e internacionales.&#xD;
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Winkels Abogados aporta, as&#xED;, su especializaci&#xF3;n en &#xE1;reas como divorcios, separaciones y nulidades matrimoniales, modificaciones de medidas, violencia de g&#xE9;nero, filiaci&#xF3;n y jurisdicci&#xF3;n voluntaria, herencias y sucesiones, guardas y curatelas, capitulaciones matrimoniales y reg&#xED;menes econ&#xF3;micos matrimoniales. En el &#xE1;mbito internacional, el despacho est&#xE1; altamente especializado en &#xE1;reas tan espec&#xED;ficas como procedimientos transfronterizos, sustracciones internacionales, divorcios y sucesiones internacionales, el tratamiento de los distintos reg&#xED;menes econ&#xF3;micos matrimoniales o extranjer&#xED;a.&#xD;
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Isabel Winkels, socia directora de Winkels Abogados, ha destacado que, &#x201C;nuestra integraci&#xF3;n en Afianza nos permite escalar una forma de ejercer el Derecho de Familia basada en el rigor t&#xE9;cnico, la especializaci&#xF3;n y el acompa&#xF1;amiento humano. Supone una oportunidad para seguir desarrollando nuestro trabajo en familia y sucesiones dentro de una estructura con mayor capacidad para ofrecer a nuestros clientes un servicio integral. Mantendremos el modelo que nos caracteriza, centrado en encontrar soluciones que protejan especialmente a los menores y a las personas m&#xE1;s vulnerables, ahora con el respaldo de una organizaci&#xF3;n m&#xE1;s amplia&#x201D;.&#xD;
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Por su parte, V&#xED;ctor Torrico, director general de Afianza ha valorado la operaci&#xF3;n y ha se&#xF1;alado que, &#x201C;incorporar a Winkels Abogados significa sumar un equipo con conocimiento t&#xE9;cnico muy profundo en un &#xE1;rea tan sensible como el Derecho de Familia. Isabel Winkels representa exactamente el tipo de liderazgo jur&#xED;dico que queremos incorporar: especializaci&#xF3;n, criterio t&#xE9;cnico y una forma de acompa&#xF1;ar al cliente especialmente valiosa. El despacho cuenta con una trayectoria consolidada en la resoluci&#xF3;n de casos complejos, tanto nacionales como internacionales, que encajan con nuestro objetivo de ampliar servicios jur&#xED;dicos de alto nivel&#x201D;.&#xD;
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Winkels Abogados formar&#xE1; parte de la divisi&#xF3;n legal de Afianza, que ha alcanzado en 2025 una facturaci&#xF3;n de 21,2 millones de euros, lo que supone un crecimiento del 73% respecto al a&#xF1;o anterior, con m&#xE1;s de 220 profesionales. Con esta incorporaci&#xF3;n, Afianza Legal abre una nueva vertical dentro del departamento legal, ofreciendo a sus clientes un asesoramiento especializado y humano en una materia tan sensible como es el Derecho de Familia y Sucesiones.</content><description>Afianza Legal, la divisi&#xF3;n jur&#xED;dica de Afianza, ha cerrado la incorporaci&#xF3;n de Winkels Abogados, despacho madrile&#xF1;o especializado en Derecho de Familia y Sucesiones, nacional e internacional, liderado por Isabel Winkels.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Afianza_Winkels-Abogados-3-p483698-m1509022-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Afianza Legal incorpora Winkels Abogados a su divisi&#xF3;n jur&#xED;dica</title><link>https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Afianza_Winkels-Abogados-3-p483698-m1509022-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</url><link>https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/afianza-legal-incorpora-winkels-abogados-a-su-division-juridica</guid><date_added>2026-06-22 09:45:33</date_added><pubDate>2026-06-22 09:45:33</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483697</id><title>Condenada una empresa por vulnerar derechos de una trabajadora y de su beb&#xE9; lactante</title><content>La Sala de lo Social del TSJC en su sede de Las Palmas revoca parcialmente la sentencia de instancia que hab&#xED;a desestimado la demanda de la trabajadora, declara la &#x201C;nulidad radical&#x201D; del acto empresarial, ordena restituir el permiso de la trabajadora y condena a la empresa a abonar 84,12 euros m&#xE1;s 1.500 euros para la madre y 1.500 euros para el beb&#xE9; en concepto de da&#xF1;o moral, al entender que el ni&#xF1;o est&#xE1; legitimado para ser parte en el pleito por aplicaci&#xF3;n al caso de la perspectiva de infancia.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n aborda un conflicto derivado de la negativa de la empresa Aerom&#xE9;dica Canaria a conceder a una trabajadora madre de un beb&#xE9; de 15 meses el permiso retribuido previsto en el art&#xED;culo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia razona que el caso debe analizarse con perspectiva de g&#xE9;nero y de infancia, y considera que la denegaci&#xF3;n empresarial, basada en una lectura estricta del justificante m&#xE9;dico, no fue conforme con la finalidad protectora del permiso.&#xD;
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Seg&#xFA;n los hechos probados, la trabajadora ven&#xED;a prestando servicios para la empresa con antig&#xFC;edad desde septiembre de 2020 y ten&#xED;a a su cargo un hijo de 15 meses. El 7 de febrero de 2025, una facultativa del Servicio Canario de Salud emiti&#xF3; un informe en el que se hac&#xED;a constar: &#x201C;Lactante requiere de cuidado por la madre durante 3 d&#xED;as. A los efectos oportunos&#x201D;. Con esa base, la trabajadora pidi&#xF3; a la empresa la concesi&#xF3;n del permiso retribuido de cinco d&#xED;as por enfermedad grave y necesidad de cuidados del menor.&#xD;
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La empresa respondi&#xF3; que no proced&#xED;a reconocer el permiso del art&#xED;culo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores porque la documentaci&#xF3;n aportada solo justificaba, en su criterio, la ausencia de ese mismo d&#xED;a o, en su caso, una situaci&#xF3;n encuadrable en otros supuestos distintos del permiso reclamado. Despu&#xE9;s, la trabajadora no acudi&#xF3; a su puesto los d&#xED;as 10 y 11 de febrero de 2025, y la empresa descont&#xF3; 84,12 euros de su n&#xF3;mina por absentismo.&#xD;
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El juzgado de instancia desestim&#xF3; la demanda, pero el TSJ revoca ahora esa decisi&#xF3;n en parte.&#xD;
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La Sala sostiene que el permiso de cuidadores, tras la reforma introducida por el Real Decreto-ley 5/2023, debe interpretarse atendiendo a su finalidad de conciliaci&#xF3;n y a la necesidad efectiva de cuidados, no desde una &#xF3;ptica excesivamente formalista. La resoluci&#xF3;n afirma que &#x201C;la trabajadora dispone de un informe o certificaci&#xF3;n p&#xFA;blica, de especialista m&#xE9;dico, que justifica la necesidad de cuidado importante del familiar&#x201D; y que en este caso el documento no fue impugnado por la demandada.&#xD;
Carga probatoria desproporcionada&#xD;
El tribunal da relevancia a la corta edad del menor y razona que, trat&#xE1;ndose de un beb&#xE9; lactante, la exigencia de acreditar la gravedad de su dolencia, argumento de Aerom&#xE9;dica para denegar el permiso, no puede traducirse en una carga probatoria desproporcionada que obligue a revelar datos de salud especialmente sensibles. La sentencia subraya que &#x201C;para un beb&#xE9; puede ser grave, un padecimiento puntual, que ser&#xED;a anodino para una persona adulta&#x201D; y a&#xF1;ade que el concepto de enfermedad grave, en este contexto, &#x201C;debe ser siempre interpretado de forma flexible, nunca restrictiva o excluyente, ni con una perspectiva adultoc&#xE9;ntrica&#x201D;.&#xD;
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La Sala tambi&#xE9;n aprecia un impacto de g&#xE9;nero desproporcionado en el conflicto y considera que la negativa empresarial puede constituir una discriminaci&#xF3;n por raz&#xF3;n de g&#xE9;nero respecto de la madre, adem&#xE1;s de una discriminaci&#xF3;n por asociaci&#xF3;n respecto del menor. Por ello declara la nulidad radical del acto empresarial y fija una indemnizaci&#xF3;n por da&#xF1;o moral, aunque en una cuant&#xED;a inferior a la pedida en la demanda al entender que las vulneraciones se circunscribieron a un per&#xED;odo breve y sin constancia de reiteraci&#xF3;n.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n incluye adem&#xE1;s un voto particular, en el que se sostiene que no concurre el presupuesto habilitante del permiso porque no se acredita accidente o enfermedad graves, hospitalizaci&#xF3;n o intervenci&#xF3;n quir&#xFA;rgica con reposo domiciliario, y que la interpretaci&#xF3;n con perspectiva de g&#xE9;nero no puede crear un r&#xE9;gimen jur&#xED;dico distinto del previsto legalmente.&#xD;
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TSJ de Canarias. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 848/2026 de 11 de junio de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declara vulnerado el derecho fundamental a la no discriminaci&#xF3;n por raz&#xF3;n de g&#xE9;nero de una mujer trabajadora y de su hijo lactante, al entender que la empresa le deneg&#xF3; injustificadamente un permiso de cinco d&#xED;as para atender al menor. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2765059077-1-p483697-m1509004-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Condenada una empresa por vulnerar derechos de una trabajadora y de su beb&#xE9; lactante</title><link>https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2765059077-1-p483697-m1509004-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</url><link>https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/condenada-una-empresa-por-vulnerar-derechos-de-una-trabajadora-y-de-su-bebe-lactante</guid><date_added>2026-06-22 09:38:41</date_added><pubDate>2026-06-22 09:38:41</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>483696</id><title>Carlos Berbell y Beatriz Garc&#xED;a reciben los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n 2026 por su labor en defensa de ciudadanos, aut&#xF3;nomos y peque&#xF1;as empresas</title><content>En esta tercera edici&#xF3;n, el Premio Sand&#xED;a ha reca&#xED;do en Carlos Berbell, mientras que el Premio Mel&#xF3;n ha sido otorgado a Beatriz Garc&#xED;a. Asimismo, el jurado ha concedido la Raja de Sand&#xED;a a Javier de Antonio y la Raja de Mel&#xF3;n a Carlos Capa.&#xD;
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Durante el acto de entrega, el presidente del ICOGAM, Fernando Jes&#xFA;s Santiago Ollero, destac&#xF3; la extraordinaria calidad de las candidaturas presentadas este a&#xF1;o y subray&#xF3; que la elecci&#xF3;n de los premiados fue especialmente compleja debido al elevado nivel de los trabajos analizados.&#xD;
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&#x201C;Estos premios no reconocen &#xFA;nicamente un art&#xED;culo concreto. Reconocen una forma de ejercer el periodismo, una sensibilidad especial hacia los problemas reales de ciudadanos, aut&#xF3;nomos, peque&#xF1;os negocios y familias, y una voluntad constante de explicar la realidad con rigor, independencia y valent&#xED;a&#x201D;, se&#xF1;al&#xF3;.&#xD;
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Fernando Santiago record&#xF3; que durante las deliberaciones aparecieron numerosos trabajos de gran calidad firmados por profesionales de referencia del periodismo econ&#xF3;mico, jur&#xED;dico y social, destacando que &#x201C;los premiados de este a&#xF1;o son los que son porque hab&#xED;a que tomar una decisi&#xF3;n, pero perfectamente podr&#xED;an haber sido otros compa&#xF1;eros cuyos trabajos tambi&#xE9;n han contribuido a explicar reformas complejas, denunciar problemas, visibilizar injusticias o dar voz a quienes muchas veces no la tienen&#x201D;.&#xD;
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El presidente de los gestores administrativos quiso insistir en que estos galardones no pretenden reconocer ideolog&#xED;as ni posiciones pol&#xED;ticas, sino el ejercicio de un periodismo independiente y comprometido con la sociedad.&#xD;
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&#x201C;Premiamos el trabajo bien hecho. Premiamos la independencia. Premiamos la capacidad de formular preguntas inc&#xF3;modas y de ayudar a los ciudadanos a comprender mejor c&#xF3;mo les afectan las decisiones econ&#xF3;micas, jur&#xED;dicas y administrativas&#x201D;, afirm&#xF3;.&#xD;
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Los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n nacieron con el objetivo de reconocer la labor de los profesionales de la informaci&#xF3;n que contribuyen a acercar a la ciudadan&#xED;a asuntos complejos relacionados con la econom&#xED;a, la fiscalidad, la actividad empresarial, la justicia, la administraci&#xF3;n p&#xFA;blica o los derechos de los ciudadanos.&#xD;
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Desde su creaci&#xF3;n, estos galardones se han consolidado como un espacio de encuentro entre periodistas y profesionales, con el prop&#xF3;sito de poner en valor la importancia de una informaci&#xF3;n rigurosa, independiente y &#xFA;til para la sociedad.&#xD;
Galardonados 2026&#xD;
Premio Sand&#xED;a 2026&#xD;
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 	Carlos Berbell (Confilegal), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 2.000 euros.&#xD;
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Premio Mel&#xF3;n 2026&#xD;
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 	Beatriz Garc&#xED;a (LibertadDigital), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 2.000 euros.&#xD;
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Raja de Sand&#xED;a 2026&#xD;
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 	Javier de Antonio (La Raz&#xF3;n), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 500 euros.&#xD;
&#xD;
Raja de Mel&#xF3;n 2026&#xD;
&#xD;
 	Carlos Capa (CincoD&#xED;as), cuenta con una dotaci&#xF3;n econ&#xF3;mica de 500 euros.&#xD;
</content><description>El Ilustre Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM) ha hecho entrega de los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n 2026, unos galardones que reconocen el trabajo de periodistas que, desde distintos medios de comunicaci&#xF3;n, contribuyen a acercar a los ciudadanos cuestiones econ&#xF3;micas, jur&#xED;dicas y administrativas de especial relevancia social.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/III-Premio-Sandia-y-Melon-ICOGAM-p483696-m1508973-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</url><title>Carlos Berbell y Beatriz Garc&#xED;a reciben los Premios Sand&#xED;a y Mel&#xF3;n 2026 por su labor en defensa de ciudadanos, aut&#xF3;nomos y peque&#xF1;as empresas</title><link>https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/III-Premio-Sandia-y-Melon-ICOGAM-p483696-m1508973-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</url><link>https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/carlos-berbell-y-beatriz-garcia-reciben-los-premios-sandia-y-melon-2026-por-su-labor-en-defensa-de-ciudadanos-autonomos-y-pequenas-empresas</guid><date_added>2026-06-22 09:20:51</date_added><pubDate>2026-06-22 09:20:51</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483538</id><title>La AP de Murcia avala que una propietaria recupere su vivienda de renta antigua para independizarse</title><content>La Secci&#xF3;n Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, ha confirmado la sentencia que declar&#xF3; resuelto un contrato de arrendamiento de vivienda sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1964 y orden&#xF3; al inquilino entregar la posesi&#xF3;n del inmueble a su propietaria. La resoluci&#xF3;n desestima &#xED;ntegramente el recurso de apelaci&#xF3;n interpuesto por el arrendatario.&#xD;
&#xD;
La controversia se centraba en determinar si concurr&#xED;a la causa legal que permite al arrendador denegar la pr&#xF3;rroga forzosa de un contrato de renta antigua cuando necesita la vivienda para s&#xED;. El inquilino sosten&#xED;a que, al tratarse de un arrendamiento vitalicio, la recuperaci&#xF3;n del inmueble no pod&#xED;a producirse mientras siguiera vivo, adem&#xE1;s de cuestionar la existencia de una necesidad real y la validez del requerimiento previo.&#xD;
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La Sala rechaza estos argumentos y recuerda que la LAU de 1964 contempla expresamente la resoluci&#xF3;n del contrato cuando concurra alguna de las causas de denegaci&#xF3;n de la pr&#xF3;rroga forzosa, entre ellas la necesidad del propietario de ocupar la vivienda para s&#xED;. La sentencia destaca que, aunque estas causas deben interpretarse de forma restrictiva, en el presente supuesto han quedado acreditados todos los requisitos exigidos legalmente.&#xD;
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En relaci&#xF3;n con la necesidad alegada, el Tribunal considera acreditado que la propietaria carece de otra vivienda en propiedad y desea ocupar el inmueble para desarrollar una vida independiente. La resoluci&#xF3;n recoge doctrina jurisprudencial seg&#xFA;n la cual la necesidad no debe entenderse &#xFA;nicamente como una situaci&#xF3;n forzosa o ineludible, sino tambi&#xE9;n como una situaci&#xF3;n que supera la mera conveniencia y constituye un medio adecuado para satisfacer un fin leg&#xED;timo. En este sentido, cita resoluciones del Tribunal Supremo que admiten que la voluntad de llevar una vida independiente puede integrar el concepto legal de necesidad.&#xD;
&#xD;
La Audiencia tambi&#xE9;n avala la validez del requerimiento efectuado al arrendatario. Seg&#xFA;n expone, la comunicaci&#xF3;n remitida por la propietaria identificaba claramente a la persona que necesitaba la vivienda, explicaba la causa de la necesidad y se realiz&#xF3; con m&#xE1;s de un a&#xF1;o de antelaci&#xF3;n, cumpliendo as&#xED; las exigencias previstas en la legislaci&#xF3;n arrendaticia de 1964. La Sala a&#xF1;ade que el hecho de que la propietaria hubiera obtenido una plaza profesional en otra localidad no elimina su derecho a recuperar la vivienda para utilizarla conforme a sus necesidades personales y laborales.&#xD;
&#xD;
La sentencia subraya adem&#xE1;s que el conflicto entre el inter&#xE9;s del propietario y el del inquilino debe resolverse, en este caso, en favor del titular del dominio, como manifestaci&#xF3;n del derecho de propiedad reconocido en el art&#xED;culo 348 del C&#xF3;digo Civil, que faculta a su titular para gozar y disponer de sus bienes dentro de los l&#xED;mites establecidos por la ley.&#xD;
&#xD;
Por &#xFA;ltimo, la Audiencia rechaza la pretensi&#xF3;n indemnizatoria formulada por el arrendatario. Razona que la LAU de 1964 reconoce determinados derechos econ&#xF3;micos al inquilino que abandona la vivienda tras el requerimiento, pero tambi&#xE9;n establece que perder&#xE1; toda indemnizaci&#xF3;n si deja transcurrir un a&#xF1;o sin desalojarla y sin causa justificada. Al no haber abandonado el inmueble dentro de ese plazo, la Sala concluye que el arrendatario perdi&#xF3; cualquier derecho indemnizatorio derivado de la recuperaci&#xF3;n de la vivienda por necesidad de la propietaria.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n confirma &#xED;ntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n&#xFA;mero 3 de Cartagena.&#xD;
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AP de Murcia. Secci&#xF3;n 5&#xAA;. Sentencia n&#xBA; 75/2026 de 3 de marzo de 2026.</content><description>La sentencia recuerda que la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 permite denegar la pr&#xF3;rroga forzosa cuando concurre una causa legal.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2599709733-1-p483538-m1508442-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La AP de Murcia avala que una propietaria recupere su vivienda de renta antigua para independizarse</title><link>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2599709733-1-p483538-m1508442-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</url><link>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-avala-que-una-propietaria-recupere-su-vivienda-de-renta-antigua-para-independizarse</guid><date_added>2026-06-19 14:28:56</date_added><pubDate>2026-06-19 14:28:56</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category><category><id>inmobiliario</id><name>Inmobiliario</name><idPro/></category></categories><allCategories>Civil,Inmobiliario</allCategories></item><item><id>483614</id><title>AECEM, reconocida como Embajadora de la Casilla Empresa Solidaria</title><content>La&#xA0;Asociaci&#xF3;n Espa&#xF1;ola de Consultores de Empresa (AECEM)&#xA0;ha sido reconocida por la&#xA0;Plataforma del Tercer Sector&#xA0;como nueva&#xA0;Embajadora de la Casilla Empresa Solidaria, una iniciativa que permite a las empresas destinar el 0,7% de la cuota &#xED;ntegra de su Impuesto de Sociedades a proyectos de inter&#xE9;s social sin asumir ning&#xFA;n coste adicional.&#xD;
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Asesor&#xED;as y despachos profesionales&#xD;
La Plataforma del Tercer Sector representa a cerca de 28.000 entidades sociales. La entidad ha destacado la capacidad de AECEM para&#xA0;acercar esta iniciativa a miles de empresas&#xA0;a trav&#xE9;s de sus asociados.&#xD;
Con este nombramiento, AECEM pasa a formar parte de la red de entidades embajadoras. Su encargo es&#xA0;promover la Casilla Empresa Solidaria.&#xA0;Tambi&#xE9;n&#xA0;sensibilizar a las empresas sobre la importancia de incorporar la sostenibilidad&#xA0;y el compromiso social en su gesti&#xF3;n diaria.&#xD;
Seg&#xFA;n destac&#xF3; Luciano Poyato, presidente de la Plataforma del Tercer Sector, la incorporaci&#xF3;n de AECEM supone un avance significativo. Reconoci&#xF3; que los asesores de empresas son aliados estrat&#xE9;gicos para trasladar esta iniciativa al conjunto del tejido empresarial, especialmente a las pymes.&#xD;
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Cultura empresarial comprometida&#xD;
Durante el acto de reconocimiento, Ana Mato, presidenta de AECEM puso en valor el papel que desempe&#xF1;an los asesores en la evoluci&#xF3;n de las empresas hacia modelos m&#xE1;s responsables. En este sentido, se&#xF1;al&#xF3; que los profesionales del asesoramiento no solo acompa&#xF1;an a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones legales y fiscales. &#xAB;Los asesores tambi&#xE9;n contribuyen a transmitir valores y cultura empresarial&#xBB;, asegur&#xF3;.&#xD;
Una visi&#xF3;n que encaja plenamente con la misi&#xF3;n de AECEM de impulsar un asesoramiento profesional que genere valor para las empresas y para la sociedad.&#xD;
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Casilla Empresa Solidaria&#xD;
La Casilla Empresa Solidaria ofrece a todas las empresas que presentan el Impuesto de Sociedades la posibilidad de destinar el&#xA0;0,7% de su tributaci&#xF3;n a financiar proyectos sociales desarrollados por entidades del Tercer Sector.&#xA0;Se trata de una decisi&#xF3;n&#xA0;voluntaria&#xA0;que no supone&#xA0;ning&#xFA;n coste adicional para la empresa&#xA0;ni incrementa la cantidad a pagar en el impuesto.&#xD;
Para marcarla, basta con seleccionar la opci&#xF3;n &#xAB;Otros caracteres &#x2013; Fines sociales&#xBB; en la:&#xD;
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 	Casilla 00073 del modelo 200.&#xD;
 	Casilla 069 del modelo 220.&#xD;
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Los fondos obtenidos se destinan a iniciativas que trabajan por la inclusi&#xF3;n social, la lucha contra la pobreza, la igualdad de oportunidades y la protecci&#xF3;n de los derechos de las personas m&#xE1;s vulnerables.&#xD;
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Compromiso con la responsabilidad empresarial&#xD;
Como entidad de referencia del sector del asesoramiento empresarial, AECEM considera que las asesor&#xED;as desempe&#xF1;an un papel fundamental a la hora de informar y acompa&#xF1;ar a las empresas en la toma de&#xA0;decisiones que generan impacto positivo.&#xD;
La&#xA0;incorporaci&#xF3;n a la red de Embajadores de la Casilla Empresa Solidaria supone un paso m&#xE1;s en el compromiso de la asociaci&#xF3;n con una empresa m&#xE1;s responsable, sostenible y comprometida con la sociedad.&#xD;
Desde AECEM, un a&#xF1;o m&#xE1;s se seguir&#xE1; trabajando para que asesor&#xED;as y empresas conozcan la Casilla Empresa Solidaria. Igualmente, se impulsar&#xE1;n acciones para su difusi&#xF3;n. Si quieres m&#xE1;s informaci&#xF3;n visita la web:&#xA0;Casilla Empresa Solidaria</content><description>Un a&#xF1;o m&#xE1;s se pone en valor la implicaci&#xF3;n de AECEM en la difusi&#xF3;n de una herramienta que contribuye a fortalecer el compromiso social del tejido empresarial espa&#xF1;ol. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/AECEM-Embajadora-de-la-Casilla-Empresa-Solidaria-p483614-m1508670-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>AECEM, reconocida como Embajadora de la Casilla Empresa Solidaria</title><link>https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/AECEM-Embajadora-de-la-Casilla-Empresa-Solidaria-p483614-m1508670-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</url><link>https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/aecem-reconocida-como-embajadora-de-la-casilla-empresa-solidaria</guid><date_added>2026-06-19 14:00:31</date_added><pubDate>2026-06-19 14:00:31</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483627</id><title>Relaci&#xF3;n de nombramientos en &#xE1;reas TIC y de Innovaci&#xF3;n de la Administraci&#xF3;n. Semana del 15 de junio de 2026</title><content>Recordemos que el nombramiento, jur&#xED;dicamente hablando, se corresponde con un acto unilateral de la Administraci&#xF3;n dotado de fuerza vinculante que produce la investidura del sujeto nombrado, esto es, sobre el que recae el nombramiento, desde el instante mismo de su publicaci&#xF3;n o notificaci&#xF3;n oficial.&#xD;
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Los nombramientos de los que nos hacemos eco hoy han sido:&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 8 de junio de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Cient&#xED;ficas, por la que se nombra Gerente del Instituto de Microelectr&#xF3;nica de Sevilla. (B.O.E. n&#xFA;m. 145 de 15 de junio de 2026).&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 5 de junio de 2026, de la Subsecretar&#xED;a del Ministerio de Ciencia, Innovaci&#xF3;n y Universidades, por la que se nombran Director y Subdirectora Adjunta de la Divisi&#xF3;n de Tecnolog&#xED;as de la Informaci&#xF3;n. (B.O.E. n&#xFA;m. 145 de 15 de junio de 2026).&#xD;
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- Acuerdo 10/2026, de 13 de junio del Presidente de la Junta de Castilla y Le&#xF3;n, por el que se nombra Consejera de Movilidad, Transformaci&#xF3;n Digital e Inteligencia Artificial. (B.O.C.Y.L. n&#xFA;m. 113 de 15 de junio de 2026).&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 10 de junio de 2026, de la Subsecretar&#xED;a del Ministerio de Defensa, por la que se nombra Consejero T&#xE9;cnico de Transformaci&#xF3;n Digital en el Centro de Sistemas y Tecnolog&#xED;as de la Informaci&#xF3;n y las Comunicaciones. (B.O.E. n&#xFA;m. 148 de 18 de junio de 2026).&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 15 de junio de 2026, de la Subsecretar&#xED;a del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci&#xF3;n, por la que se nombran 3 Jefas de Servicio de Sistemas Inform&#xE1;ticos y 1 Jefa de Proyectos Inform&#xE1;ticos en el Fondo Espa&#xF1;ol de Garant&#xED;a Agraria. (B.O.E. n&#xFA;m. 149 de 19 de junio de 2026).&#xD;
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&#xA0;&#xD;
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La informaci&#xF3;n ha sido facilitada por Ficheros de Cargos Estirado, S.A. - FICESA (www.fac-ficesa.com).&#xD;
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&#xA0;</content><description>Destacamos las principales incorporaciones en puestos de la Administraci&#xF3;n General del Estado y de las administraciones auton&#xF3;mica, local y europea que se han realizado y comunicado a trav&#xE9;s de los boletines oficiales durante estos &#xFA;ltimos d&#xED;as.&#xD;
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</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2024/11/nombramiento-entrada-en-la-administracion-p483627-m1508701-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Relaci&#xF3;n de nombramientos en &#xE1;reas TIC y de Innovaci&#xF3;n de la Administraci&#xF3;n. Semana del 15 de junio de 2026</title><link>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2024/11/nombramiento-entrada-en-la-administracion-p483627-m1508701-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</url><link>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-15-de-junio-de-2-026</guid><date_added>2026-06-19 13:17:34</date_added><pubDate>2026-06-19 13:17:34</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC</allCategories></item><item><id>483539</id><title>Denegada la incapacidad permanente a una administrativa con un 48% de discapacidad</title><content>El INSS deneg&#xF3; la incapacidad permanente a una trabajadora con un 48% de discapacidad tras agotar los 545 d&#xED;as de baja por incapacidad temporal. El dictamen m&#xE9;dico ratific&#xF3; que presenta un cuadro cr&#xF3;nico de s&#xED;ndrome de espalda fallida, limitaciones lumbares y motoras severas, adem&#xE1;s de depresi&#xF3;n mayor recurrente. Tras desestimarse su reclamaci&#xF3;n en v&#xED;a administrativa y confirmarse la cuant&#xED;a de una posible prestaci&#xF3;n con una base reguladora de 924,76 euros mensuales, la representaci&#xF3;n de la empleada formaliz&#xF3; un recurso de suplicaci&#xF3;n contra dicha sentencia.&#xD;
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El tribunal ha confirmado la denegaci&#xF3;n de la incapacidad solicitada por la demandante al considerar que sus dolencias no le impiden realizar su trabajo habitual de administrativa.&#xD;
&#xD;
A nivel f&#xED;sico, la sentencia reconoce que la trabajadora padece dolor cr&#xF3;nico lumbar tras una cirug&#xED;a (posible s&#xED;ndrome de espalda fallida), pero destaca que mantiene una vida normalizada, puede caminar y permanecer de pie, y que sus dolencias no son altamente invalidantes, ya que no ha requerido bloqueos ni neuroestimuladores. Las limitaciones que presenta solo le impiden realizar tareas con sobrecarga lumbar o deambulaci&#xF3;n prolongada, algo que no le exige su puesto actual, el cual permite adem&#xE1;s la alternancia de posturas.&#xD;
&#xD;
Por otra parte, respecto a la patolog&#xED;a ps&#xED;quica (un cuadro depresivo cronificado derivado de su situaci&#xF3;n m&#xE9;dica), el tribunal determina que los informes m&#xE9;dicos no demuestran una limitaci&#xF3;n funcional que le impida ejercer su profesi&#xF3;n u otras tareas con menor carga mental o responsabilidad.&#xD;
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En consecuencia, la Sala ratifica la valoraci&#xF3;n del juzgado de instancia y del m&#xE9;dico del INSS, descartando el criterio del perito de la demandante.&#xD;
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La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.&#xD;
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Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 553/2026 de 23 de marzo de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la decisi&#xF3;n de un juzgado de Cuenca al denegar el recurso de una administrativa de 42 a&#xF1;os que reclamaba la incapacidad permanente por su grado de discapacidad.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2554360651-1-p483539-m1508488-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Denegada la incapacidad permanente a una administrativa con un 48% de discapacidad</title><link>https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2554360651-1-p483539-m1508488-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</url><link>https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/denegada-la-incapacidad-permanente-a-una-administrativa-con-un-48-de-discapacidad</guid><date_added>2026-06-19 12:25:27</date_added><pubDate>2026-06-19 12:25:27</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>483540</id><title>Una alumna de la Universidad de C&#xF3;rdoba gana el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2026</title><content>El evento ha contado con la presencia de N&#xFA;ria Montserrat, consellera de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya, Emilio Cuatrecasas, presidente de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas, y Jorge Casti&#xF1;eira, decano de Esade Law School.&#xD;
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Dotado con 50.000 euros brutos e integrado en las Becas Manuel Olivencia, el premio se dirige a estudiantes del &#xFA;ltimo curso de grado o doble grado en Derecho, as&#xED; como a estudiantes de m&#xE1;ster en esta disciplina en universidades espa&#xF1;olas. Reconoce trayectorias acad&#xE9;micas sobresalientes y apoya la continuidad formativa mediante estudios de posgrado o proyectos de investigaci&#xF3;n en Derecho de los negocios.&#xD;
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Despu&#xE9;s de evaluar 52 candidaturas, el jurado ha otorgado el premio a Estrella Mar&#xED;a Montes Mu&#xF1;oz, graduada en Derecho por la Universidad de C&#xF3;rdoba, quien ha compatibilizado su formaci&#xF3;n jur&#xED;dica con el grado en Geograf&#xED;a e Historia y un m&#xE1;ster en Traducci&#xF3;n Especializada. El jurado ha valorado su excelente expediente, su vocaci&#xF3;n investigadora, la solidez de su proyecto doctoral y su perfil internacional y multidisciplinar, con alta proyecci&#xF3;n acad&#xE9;mica y profesional.&#xD;
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En su intervenci&#xF3;n, la galardonada ha se&#xF1;alado: &#xAB;Acepto este premio con sincera gratitud y con plena consciencia de la responsabilidad que entra&#xF1;a llevar asociado el nombre del profesor Manuel Olivencia. Su legado encarna los m&#xE1;s altos valores de la universidad y de la ciencia jur&#xED;dica: rigor intelectual, vocaci&#xF3;n de servicio y la apertura al mundo. Conf&#xED;o en que mi proyecto doctoral y mi formaci&#xF3;n internacional contribuyan, modestamente, a honrar esa herencia&#xBB;.&#xD;
&#xD;
Dado el alto nivel de las candidaturas, el jurado ha concedido un acc&#xE9;sit a David Rodr&#xED;guez Alcaraz, graduado en el doble grado en Direcci&#xF3;n de Empresas y Derecho por Esade, que ha compaginado sus estudios con el grado en Filosof&#xED;a, y actualmente est&#xE1; cursando el M&#xE1;ster Universitario en Abogac&#xED;a y Procura en Esade Law School. De su perfil destaca su excelente expediente, su proyecci&#xF3;n internacional y su capacidad anal&#xED;tica, as&#xED; como su vocaci&#xF3;n por integrar la pr&#xE1;ctica jur&#xED;dica con la investigaci&#xF3;n acad&#xE9;mica.&#xD;
&#xD;
Sobre este reconocimiento, ha afirmado: &#xAB;Ser becario Manuel Olivencia constituye un honor y, al mismo tiempo, un compromiso con la mejora del mundo a trav&#xE9;s del Derecho. Trabajar&#xE9; por seguir el ejemplo de excelencia que representa su legado&#xBB;.&#xD;
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Con este premio, la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas reafirma su compromiso con el impulso del talento joven, la excelencia acad&#xE9;mica y la igualdad de oportunidades, al tiempo que rinde homenaje a la figura de Manuel Olivencia, referente del Derecho y de la vida acad&#xE9;mica y empresarial en Espa&#xF1;a.&#xD;
&#xD;
&#xAB;Estos reconocimientos trascienden el &#xE1;mbito acad&#xE9;mico, son una celebraci&#xF3;n de los valores que hacen evolucionar a instituciones y organizaciones. Y los premiados son una promesa de contribuci&#xF3;n al futuro, tributo a Manuel Olivencia, ejemplo de servicio p&#xFA;blico, del conocimiento a disposici&#xF3;n de los dem&#xE1;s, del ejercicio del liderazgo desde el rigor intelectual y de la generosidad y voluntad de contribuir al bien com&#xFA;n&#xBB;, ha declarado N&#xFA;ria Montserrat, consellera de Recerca i Universitats de la Generalitat de Catalunya.&#xD;
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Por su parte, Emilio Cuatrecasas, presidente de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas, ha se&#xF1;alado: &#xAB;Es meritorio destacar la calidad de los expedientes recibidos, el gran volumen de candidaturas y los siete finalistas que se lo han puesto muy dif&#xED;cil al jurado. Tener a Manuel Olivencia como buque insignia nos impulsa a continuar con el proyecto, al tiempo que nos recuerda que el derecho es la arquitectura de la convivencia&#xBB;.&#xD;
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Durante el acto tambi&#xE9;n se han entregado los diplomas correspondientes a las Becas Manuel Olivencia 2026, destinadas a estudiantes de grado en Derecho en universidades p&#xFA;blicas espa&#xF1;olas con excelente rendimiento acad&#xE9;mico. Las ayudas, de 4.000 euros cada una, han sido concedidas a N&#xFA;ria Fern&#xE1;ndez Pi&#xF1;eiro (Universidade da Coru&#xF1;a), Laura Pais Fern&#xE1;ndez (Universidad de Salamanca), &#xD3;scar Servia Hermo (Universidade de Vigo) y Mar&#xED;a del Pilar Pag&#xE1;n Garc&#xED;a (Universidad Carlos III de Madrid).&#xD;
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En el acto, Jorge Casti&#xF1;eira, decano de Esade Law School, ha subrayado: &#xAB;La excelencia jur&#xED;dica empieza por el talento de los estudiantes. La responsabilidad de las Facultades de Derecho, en colaboraci&#xF3;n con la profesi&#xF3;n jur&#xED;dica, es identificarlo, desarrollarlo y premiarlo a trav&#xE9;s de una formaci&#xF3;n exigente, oportunidades internacionales e iniciativas de reconocimiento de la excelencia como el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas&#xBB;.&#xD;
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Ante la buena acogida de esta edici&#xF3;n, la Fundaci&#xF3;n trabaja ya en la convocatoria de 2027, cuyo lanzamiento est&#xE1; previsto para el 5 de octubre de 2026.</content><description>La Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas ha entregado el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2026 en un acto celebrado en Esade Forum (Barcelona), que ha reunido a destacadas personalidades del &#xE1;mbito acad&#xE9;mico, institucional y empresarial. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Medios_Jorge-Castineira-David-Rodriguez-Alcaraz-Nuria-Montserrat-Estrella-Maria-Montes-Munoz-y-Emilio-Cuatrecasas-p483540-m1508506-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Una alumna de la Universidad de C&#xF3;rdoba gana el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2026</title><link>https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/Medios_Jorge-Castineira-David-Rodriguez-Alcaraz-Nuria-Montserrat-Estrella-Maria-Montes-Munoz-y-Emilio-Cuatrecasas-p483540-m1508506-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</url><link>https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/una-alumna-de-la-universidad-de-cordoba-gana-el-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2026</guid><date_added>2026-06-19 11:45:34</date_added><pubDate>2026-06-19 11:45:34</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>483541</id><title>Condenado el Ayuntamiento de Alicante a pagar 8.500 euros a CCOO por vulnerar su derecho a la libertad sindical</title><content>Esa prohibici&#xF3;n fue acordada en diciembre de 2024 por el Comit&#xE9; de Seguridad de la Informaci&#xF3;n del Consistorio alicantino, despu&#xE9;s de que la secci&#xF3;n sindical de CCOO en la corporaci&#xF3;n remitiera, el 7 de noviembre anterior, un correo electr&#xF3;nico a la lista de distribuci&#xF3;n municipal con la convocatoria para el d&#xED;a siguiente de una concentraci&#xF3;n solidaria con las v&#xED;ctimas de la Dana de Valencia.&#xD;
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La Sala de lo Social del TSJCV ha desestimado el recurso de suplicaci&#xF3;n presentado por el Ayuntamiento contra la sentencia dictada el 30 de junio de 2025 por el Juzgado de lo Social n&#xFA;mero 1 de Alicante.&#xD;
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Los magistrados se&#xF1;alan en su resoluci&#xF3;n que, a pesar de que exist&#xED;an unas normas generales sobre el uso del correo corporativo o interno del consistorio que datan de 2014 (...), "se hab&#xED;a venido haciendo uso del correo electr&#xF3;nico por los sindicatos para felicitaciones de Navidad, remisi&#xF3;n de revistas sobre consumo en Navidad, informaci&#xF3;n a los trabajadores, ofertas de ocio, comunicaci&#xF3;n sobre jubilaciones y comidas de despedida, sin que se hubiese sancionado ni hubiese sido objeto de limitaci&#xF3;n".&#xD;
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"Esto es, que el correo electr&#xF3;nico no se hab&#xED;a limitado a informaci&#xF3;n sindical, sino que se hab&#xED;a usado tambi&#xE9;n para otros usos generales, adjuntando en algunos casos archivos", precisan a continuaci&#xF3;n.&#xD;
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La Sala coincide con la jueza que dict&#xF3; la sentencia en primera instancia en que el correo remitido por CCOO el 7 de noviembre de 2024 "no era ofensivo, ni iba a perjudicar a ninguna fuerza pol&#xED;tica ni organizaci&#xF3;n, ni se ha acreditado, ni siquiera alegado, por el Ayuntamiento que perturbara el normal funcionamiento de la actividad ni implicara carga, gravamen o incremento de costes o bloqueara la intranet".&#xD;
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En esas circunstancias, el TSJCV concluye que la limitaci&#xF3;n del uso del correo al sindicato por un mes "es desproporcionado y no encuentra justificaci&#xF3;n" en el art&#xED;culo 25 de la normativa interna aprobada por el Ayuntamiento en 2014.&#xD;
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TSJ de la Comunidad Valenciana. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 1354/2026 de 6 de mayo de 2026.</content><description>La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha ratificado una sentencia previa del Juzgado de lo Social 1 de Alicante que condena al Ayuntamiento de Alicante a abonar a Comisiones Obreras 8.500 euros por vulnerar su derecho a la libertad sindical, por prohibirle el uso del correo electr&#xF3;nico corporativo durante un mes. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2480172077-1-p483541-m1508463-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Condenado el Ayuntamiento de Alicante a pagar 8.500 euros a CCOO por vulnerar su derecho a la libertad sindical</title><link>https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/06/shutterstock_2480172077-1-p483541-m1508463-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</url><link>https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/condenado-el-ayuntamiento-de-alicante-a-pagar-8-500-euros-a-ccoo-por-vulnerar-su-derecho-a-la-libertad-sindical</guid><date_added>2026-06-19 11:16:18</date_added><pubDate>2026-06-19 11:16:18</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item></channel></rss>

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