CORONAVIRUS

El Gobierno eximirá del pago de cotizaciones a las empresas que hagan ERTEs y no despidan

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un conjunto de medidas económicas y laborales para afrontar los efectos del coronavirus, entre la que se incluye la exoneración del pago de cotizaciones a aquellas empresas que, en lugar de despedir trabajadores, se acojan a expedientes de regulación de empleo temporales (ERTE) .

Pedro Sánchez Consejo de Ministros coronavirus

El presidente del Gobierno, tras el Consejo de Ministros celebrado este martes, ha dado a conocer las medidas aprobadas con motivo de la situación actual por la pandemia del coronavirus.

En la rueda de prensa Pedro Sánchez ha destacado que esta medida aliviará las cargas financieras de las empresas y permitirá recuperar empleo "cuanto antes".

De este modo, el Gobierno opta por ahora por eximir del pago de cotizaciones a las empresas que hagan ERTEs, en lugar de poner en marcha aplazamientos en el pago de cotizaciones de manera generalizada.

Sánchez ha explicado que todos los ERTEs se considerarán realizados por fuerza mayor y todos los trabajadores afectados tendrán derecho a cobrar el paro aunque no cumplan con el periodo de cotización mínimo exigido para ello. Además, no se considerará consumido el tiempo que dure la percepción de esta prestación (contador a cero).

"Se prioriza así la suspensión de contratos y reducción de la jornada frente a los despidos", ha subrayado Sánchez, que ha hecho un llamamiento a los empresarios para que se acojan a estas medidas en lugar de recortar plantillas.

En concreto, el Real Decreto-Ley matiza que las empresas que realicen un ERTE por el coronavirus podrán acceder a una exoneración de las cuotas a la Seguridad Social correspondientes a las de los trabajadores afectados por dichos expedientes, y se aplicará tanto a las personas trabajadoras con suspensión del contrato como aquellas que vean reducida su jornada por el ERTE.

Además, se explica que esta exoneración no tendrá impacto sobre los trabajadores, ya que "este periodo constará como efectivamente cotizado a todos los efectos".

También para facilitar los trámites, no será necesario que las empresas realicen ninguna solicitud expresa ante la Tesorería General de la Seguridad Social, sino que directamente no se facturarán las cotizaciones de los empleados identificados por la empresa a través del Sistema de Liquidación Directa y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Prórroga automática de prestaciones por desempleo

El decreto aprobado hoy impulsa el teletrabajo a través de una dotación "importante" a las empresas para la compra de ordenadores y de facilidades para su aplicación.

Además, el Real Decreto establece que para adaptarse de manera flexible a las nuevas condiciones laborales, se flexibilizará y facilitará la posibilidad de que el trabajador se acoja al teletrabajo a través de un sistema de autoevaluación.

También permite a los trabajadores adaptar y/o reducir su jornada laboral para el cuidado de personas a su cargo (hasta segundo grado), siendo posible una reducción del 100% de la jornada, sin que puedan ser sancionados o despedidos por ello.

La norma incluye además beneficios específicos para los trabajadores fijos discontinuos, a tiempo parcial y cooperativistas, a los que se les facilitará el cobro de prestaciones por desempleo.

En concreto, en este caso, se amplía la protección por desempleo a las personas socias trabajadoras de cooperativas cuando acrediten que las causas que han ocasionado la suspensión o la reducción de la jornada estén relacionadas con el coronavirus.

Además, también podrán acogerse a la prestación los trabajadores fijos discontinuos y aquellos que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas que hayan visto suspendidos sus contratos de trabajo ante la situación excepcional de este periodo.

Asimismo, el decreto permitirá la prórroga automática de prestaciones por desempleo para impedir que se pierda el derecho al no poder acudir a las oficinas de los servicios públicos de empleo.

Protección para los dependientes a cargo

En el Real Decreto Ley el Gobierno señala que velará por las personas que tienen dependientes a su cargo, de hasta un segundo grado de consanguinidad, para que puedan organizar su tiempo de trabajo de la manera más satisfactoria para poder atender sus obligaciones de guarda y cuidado.

Además, también se atenderá como causa excepcional las decisiones adoptadas por las autoridades gubernamentales que impliquen el cierre de centros educativos o de cualquier naturaleza. Así, se prevé que las personas trabajadoras puedan reducir hasta el 100% de su jornada o reorganizarla para poder afrontar este cierre de centros educativos o centros sociales de atención.

Podrán acogerse las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto al cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad, hasta el segundo grado de la persona trabajadora.

La reducción de jornada deberá comunicarse a la empresa con 24 horas de antelación. Esta, según el Gobierno, "es una medida fundamental para favorecer la conciliación y la corresponsabilidad y se entenderá como el derecho individual de cada uno de los cuidadores".

"Las modificaciones de jornada deberán solicitarse de manera justificada, razonable y proporcionada para acomodarse a las necesidades de organización de la empresa y se limitarán a la duración del periodo excepcional", recoge el Real Decreto.

Prestación económica para los autónomos que vayan al paro

El presidente ha avanzado además que se flexibilizará el acceso a la prestación por cese de actividad de los autónomos. En realidad, se establece una prestación extraordinaria, distinta al cese de actividad ordinario, a la que podrán acogerse aquellos autónomos que hayan cerrado sus negocios por la crisis sanitaria o que hayan reducido de manera significativa su actividad.

En concreto, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha explicado que los autónomos podrán solicitar esta nueva prestación, análoga a la de cese de actividad, cuando su actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

También ha dejado claro que esta prestación será incompatible con cualquier otra de la Seguridad Social y tendrá una cuantía del 70% de la base reguladora, "aunque no se haya cumplido el periodo mínimo para acceder a la prestación por cese de actividad".

La duración será de un mes, pudiéndose ampliar hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que éste se prorrogue. Además, el tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

Esta prestación también la podrán solicitar los profesionales autónomos con trabajadores a su cargo. En este caso, podrán tramitar un ERTE y, al mismo tiempo, acceder a esta prestación extraordinaria.

Para acceder a esta nueva prestación, la persona beneficiaria deberá dirigirse a la mutua habitual con la que tengan cubiertas las contingencias profesionales, al Instituto Social de la Marina (ISM) en el caso del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, o al SEPE en los casos en los que tengan la cobertura con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El Gobierno ha aprobado un nuevo paquete de medidas como "escudo" al impacto de la crisis con el fin de "frenar la curva descendente" del empleo y la producción. Se movilizarán hasta 200.000 millones de euros, el 20% del PIB español, para paliar el impacto económico y social de la crisis del coronavirus, de los que 117.000 millones procederán íntegramente del sector público y el restante se complementará con movilización de recursos privados.

"Es la mayor movilización de recursos económicos de la historia reciente de España", ha afirmado Sánchez, quien ha indicado que se aplicarán en un "muy corto espacio de tiempo" y supondrá un "enorme esfuerzo" ante la magnitud y el desafío social y económico.

Avales para inyectar liquidez

Sánchez ha anunciado una línea de avales con valor de hasta 100.000 millones que permitirá movilizar entre 150.000 y 200.000 millones en el sistema económico si se incorpora al sector privado. El Estado será el garante de las operaciones.

También se aprueba una línea de avales adicionales de 2.000 millones para empresas exportadoras con mecanismos ágiles y medidas para facilitar la reestructuración de créditos a exportación agrarias afectadas por la sequía. Además, se destinan 30 millones a investigación de vacunas.

Además, se ha reforzado la normativa sobre inversiones exteriores para impedir que las empresas de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de empresas españolas aprovechando la caída coyuntural de sus acciones en esta situación.

Las nuevas medidas se sumarán a las primeras del paquete de choque económico ya recogidas en el decreto-ley aprobado el pasado jueves en Consejo de Ministros extraordinario, con la inyección de 18.225 millones para paliar las consecuencias económicas.

No obstante, Sánchez ha avanzado que pedirá que la Comisión Europea movilice recursos y flexibilice las reglas fiscales. Por ahora la Comisión Europea ha anunciado que adoptará medidas para garantizar liquidez, así como el uso de 37.000 millones de fondos estructurales, de los que 4.100 irán para España.

El Gobierno también está comprometido con el refuerzo de la investigación científica para el desarrollo de una vacuna o una cura para el coronavirus. Por este motivo se van a dedicar 30 millones a la partida de investigación. Este dinero irá dedicado a dotar al Consejo Superior de Investigaciones Científicas y al Instituto de Salud Carlos III de los recursos precisos para hacer frente a esta emergencia sanitaria.

Prorroga validez DNI

El Real Decreto-ley, así mismo, prorroga durante un año la validez de los Documentos Nacionales de Identidad que caduquen desde la entrada en vigor del estado de alarma el pasado sábado 14 de marzo. La prórroga de la validez del Documento Nacional de Identidad permitirá que puedan renovarse, conforme al procedimiento actual, los certificados reconocidos incorporados al mismo por igual periodo.

Plan de choque social para los más vulnerables

El Gobierno destinará 600 millones de euros a la financiación de prestaciones básicas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas y de los entes locales con especial atención a la asistencia sanitaria de personas mayores, dependientes y colectivos vulnerables, por la pandemia del coronavirus. También garantizará el suministro energético y de agua y los servicios de telecomunicaciones a las familias más vulnerables como consecuencia de esta crisis.

Definición de colectivos vulnerables

Conforme al borrador que manejaban en Moncloa al que ha tenido acceso Europa Press, los supuestos de vulnerabilidad económica a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19 contemplan que el deudor hipotecario pase a estar en situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, sufra una pérdida sustancial de sus ingresos o una caída sustancial de sus ventas, así como que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria, determinados límites.

Estos son, con carácter general, el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual de catorce pagas (en adelante Iprem); este límite se incrementará en 0,1 veces el Iprem por cada hijo a cargo en la unidad familiar.

El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el Iprem por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental. Este límite se incrementará en 0,1 veces el Iprem por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.

En caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cuatro veces el Iprem, sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.

Está previsto también que en el caso de que el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente, a la persona o a su cuidador, para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cinco veces el Iprem.

Otros supuestos que se contemplan son que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar, y que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda, en los términos que se definen en el punto siguiente.

A los efectos de la norma se entenderá que se ha producido una alteración significativa de las circunstancias económicas cuando el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3, y que se ha producido una caída sustancial de las ventas cuando esta caída sea al menos del 40%.

Por último, se incluye como colectivo vulnerable por unidad familiar la compuesta por el deudor, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita y los hijos, con independencia de su edad, que residan en la vivienda, incluyendo los vinculados por una relación de tutela, guarda o acogimiento familiar y su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita, que residan en la vivienda.

Moratoria hipotecas

En este plan, el Gobierno también contempla garantizar el derecho a la vivienda de las personas con más dificultades y, por ello, ha establecido una moratoria en el pago de las cuotas de las hipotecas para los deudores hipotecarios en situación de especial vulnerabilidad que vean reducir sus ingresos. "Ninguna persona en una situación económica difícil perderá su vivienda. En esta crisis nadie será desahuciado de su casa por atravesar una situación económica difícil", ha subrayado.

Sánchez ha precisado que este es un primer paquete de medidas sociales que seguirán desarrollando de la mano de otras administraciones, en especial, de las entidades locales con las que espera reunirse en los próximos días.

Respecto a la posibilidad de establecer una medida similar a la moratoria para los alquileres, tal y como venían reclamando desde Unidas Podemos, las mimas fuentes han descartado en principio dicha medida al confiar en que haya flexibilidad y acuerdos entre los inquilinos y los propietarios.

En este sentido, recuerdan que el resto de medidas recogida en el real decreto-ley, como la flexibilización de los ERTEs o la garantía de que no se corten los suministros, se dirigen también a asegurar que los arrendatarios puedan pagar sus rentas de alquiler.

 

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