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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>486234</id><title>La AP de Cantabria condena a un hombre por acosar a su expareja con mensajes, llamadas y presencia constante en su domicilio</title><content>Adem&#xE1;s de la pena privativa de libertad, la Audiencia le proh&#xED;be comunicarse y acercarse a la mujer durante un a&#xF1;o y diez meses.&#xD;
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En una sentencia que no es firme pues contra la misma cabe interponer recurso de apelaci&#xF3;n ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Secci&#xF3;n Tercera de la Audiencia le considera autor de un delito de acoso.&#xD;
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Concurren en este caso dos circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal del ahora condenado: dilaciones indebidas -la mujer denunci&#xF3; en 2020- y reparaci&#xF3;n del da&#xF1;o -el hombre consign&#xF3; judicialmente 3.000 euros antes de la celebraci&#xF3;n del juicio.&#xD;
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As&#xED;, la responsabilidad civil fijada en 3.000 euros por da&#xF1;o moral, dada &#x201C;la intensidad del hostigamiento sufrido y la duraci&#xF3;n del mismo&#x201D;, queda ya satisfecha.&#xD;
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Por otro lado, la Audiencia absuelve al acusado del delito de agresi&#xF3;n sexual por el que fue juzgado, ya que encuentra contradicciones entre la versi&#xF3;n sostenida por la mujer y otras pruebas practicadas en la vista.&#xD;
Hechos probados&#xD;
Seg&#xFA;n los hechos probados que recoge la sentencia, desde que finaliz&#xF3; la relaci&#xF3;n sentimental y durante casi tres meses, &#x201C;pese a conocer que ella no deseaba verle, hablar con &#xE9;l, ni retomar la relaci&#xF3;n que hab&#xED;an mantenido, actuando con el &#xE1;nimo de doblegar la voluntad de ella e imponerle su presencia, mantuvo una conducta consistente en acudir a su casa pr&#xE1;cticamente a diario y llamar al timbre de forma insistente y reiterada&#x201D;.&#xD;
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A&#xF1;ade la sentencia que en alguna ocasi&#xF3;n lleg&#xF3; &#x201C;a introducirse en el portal y esperar la llegada de la mujer sentado en las escaleras del inmueble, insisti&#xE9;ndola en que deb&#xED;an retomar su relaci&#xF3;n sentimental&#x201D;.&#xD;
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Adem&#xE1;s, &#x201C;durante dicho periodo mantuvo una conducta consistente en esperar en las inmediaciones del domicilio y seguirla por la calle cuando esta sal&#xED;a de su casa, controlando el lugar donde estacionaba el veh&#xED;culo&#x201D;.&#xD;
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Junto a ello, &#x201C;con la finalidad de imponerle un contacto que ella no deseaba, de forma insistente y reiterada le efectu&#xF3; numerosas llamadas telef&#xF3;nicas y le envi&#xF3; de forma tambi&#xE9;n reiterada numerosos mensajes de WhatsApp a cualquier hora, en los que le ped&#xED;a insistentemente que hablaran y que volvieran juntos como pareja&#x201D;.&#xD;
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El tribunal declara probado que tal conducta &#x201C;alter&#xF3; de forma notable y grave la vida cotidiana de ella, a la que gener&#xF3; un temor y desasosiego importante, hasta el punto de que la misma, ante el temor de encontrarse con el procesado, se hac&#xED;a acompa&#xF1;ar a casa por amigos, llegando en ocasiones a cambiar sus rutas y mostrar reticencia a coger el coche e incluso a salir de su casa&#x201D;.&#xD;
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Sin embargo, el tribunal se&#xF1;ala que no se ha acreditado que el acusado accediera a la casa de la mujer pese a su petici&#xF3;n de que se marchase, ni que la arrastrara hasta el dormitorio y la violara.&#xD;
Contradicciones en la versi&#xF3;n de la mujer&#xD;
El tribunal considera acreditado el acoso, pues el propio acusado asumi&#xF3; la comisi&#xF3;n de este delito. En el juicio manifest&#xF3; que desde que acab&#xF3; la relaci&#xF3;n y hasta que le lleg&#xF3; la carta del juzgado le envi&#xF3; de forma constante mensajes, y reconoci&#xF3; que iba todos los d&#xED;as a las ocho de la ma&#xF1;ana a la casa de la denunciante y llamaba al timbre.&#xD;
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Sin embargo, neg&#xF3; &#x201C;rotundamente&#x201D; la acusaci&#xF3;n de agresi&#xF3;n sexual.&#xD;
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&#xC9;l mantuvo en el juicio que acudi&#xF3; a casa de la mujer, llam&#xF3; al timbre y ella le abri&#xF3;, &#x201C;negando haber franqueado la entrada al domicilio en contra de la voluntad de ella&#x201D;. A&#xF1;adi&#xF3; que se sentaron en el sal&#xF3;n y luego fueron al dormitorio &#x201C;donde mantuvieron relaciones sexuales consentidas&#x201D;.&#xD;
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Frente a esas manifestaciones, la mujer sostiene que abri&#xF3; la puerta pensando que era su hija y que cuando le vio le pidi&#xF3; que se fuera, que luego la arrastr&#xF3; a la habitaci&#xF3;n, la empuj&#xF3; sobre la cama, le abri&#xF3; con fuerza las piernas y la penetr&#xF3;.&#xD;
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Pero el tribunal se&#xF1;ala que &#x201C;su relato carece de la m&#xE1;s m&#xED;nima corroboraci&#xF3;n perif&#xE9;rica, encontr&#xE1;ndose en contradicci&#xF3;n&#x201D; con lo que dijo su prima en el juicio, que era la persona que estaba hablando con la denunciante cuando &#xE9;l lleg&#xF3; a la casa.&#xD;
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La prima relat&#xF3; que el hombre se encontraba aporreando la puerta y que ella misma le dijo a la denunciante que no le abriera y que llamara a la polic&#xED;a, pero la mujer le abri&#xF3; la puerta y colg&#xF3;.&#xD;
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Esta diferencia entre lo mantenido por una y otra &#x201C;resta credibilidad a la versi&#xF3;n incriminatoria de la denunciante&#x201D;.&#xD;
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Adem&#xE1;s, se han aportado unos mensajes de WhatsApp entre la prima y el acusado, en los que ella le reprocha lo sucedido pero no menciona en ning&#xFA;n momento, como sostiene la denunciante, que la penetrara vaginalmente empleando fuerza f&#xED;sica.&#xD;
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El tribunal tampoco encuentra corroboraci&#xF3;n m&#xE9;dica -pese a que sostiene que la sujet&#xF3; fuertemente no consta lesi&#xF3;n o hematoma-, y resalta que la acusaci&#xF3;n particular &#x201C;ni tan siquiera ha formulado acusaci&#xF3;n por dicho delito contra la libertad sexual&#x201D;.&#xD;
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En definitiva, para la Audiencia &#x201C;no pudiendo sostenerse con el grado de certeza exigible en materia penal que el acusado realizara los hechos aqu&#xED; enjuiciados, debe dictarse un pronunciamiento absolutorio respecto al delito contra la libertad sexual objeto de acusaci&#xF3;n&#x201D;.&#xD;
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AP de Cantabria. Secci&#xF3;n n&#xBA; 3. Sentencia n&#xBA; 204/2026 de 1 de julio de 2026.</content><description>La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a once meses de prisi&#xF3;n a un hombre por acosar a su expareja, a la que durante m&#xE1;s de dos meses llam&#xF3; por tel&#xE9;fono y envi&#xF3; mensajes de WhatsApp insistentemente, y a cuyo domicilio acudi&#xF3; pr&#xE1;cticamente a diario, llamando al timbre de forma reiterada, con el fin de que la mujer retomara la relaci&#xF3;n.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2814488197-1-p486234-m1516474-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La AP de Cantabria condena a un hombre por acosar a su expareja con mensajes, llamadas y presencia constante en su domicilio</title><link>https://elderecho.com/la-ap-de-cantabria-condena-a-un-hombre-por-acosar-a-su-expareja-con-mensajes-llamadas-y-presencia-constante-en-su-domicilio</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2814488197-1-p486234-m1516474-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ap-de-cantabria-condena-a-un-hombre-por-acosar-a-su-expareja-con-mensajes-llamadas-y-presencia-constante-en-su-domicilio</url><link>https://elderecho.com/la-ap-de-cantabria-condena-a-un-hombre-por-acosar-a-su-expareja-con-mensajes-llamadas-y-presencia-constante-en-su-domicilio</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ap-de-cantabria-condena-a-un-hombre-por-acosar-a-su-expareja-con-mensajes-llamadas-y-presencia-constante-en-su-domicilio</guid><date_added>2026-08-04 13:50:35</date_added><pubDate>2026-08-04 13:50:35</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486232</id><title>Los Gestores Administrativos piden adaptar Verifactu y la factura electr&#xF3;nica a la realidad de las pymes</title><content>"De este modo, se evitar&#xE1; que los peque&#xF1;os negocios asuman obligaciones tecnol&#xF3;gicas desproporcionadas y ajenas a su actividad diaria", ha justificado a trav&#xE9;s de un comunicado el Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos.&#xD;
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El calendario de implantaci&#xF3;n de Verifactu establece dos fechas l&#xED;mite obligatorias para adaptar los sistemas de facturaci&#xF3;n en Espa&#xF1;a: el 1 de enero de 2027 para quienes declaran el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para aut&#xF3;nomos y el resto de obligados.&#xD;
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Los Gestores Administrativos han recordado que el 99,8% del tejido empresarial espa&#xF1;ol est&#xE1; constituido por peque&#xF1;as y medianas empresas. En estos negocios, la estructura es extremadamente reducida y, por lo general, es el propio empresario quien asume simult&#xE1;neamente la direcci&#xF3;n, la gesti&#xF3;n econ&#xF3;mica, la contrataci&#xF3;n de personal y el cumplimiento normativo.&#xD;
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Seg&#xFA;n han advertido los Gestores, cada nueva exigencia regulatoria les resta un tiempo valioso que dejan de dedicar a producir, vender, atender clientes o generar puestos de trabajo.&#xD;
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"La tecnolog&#xED;a permite hoy conocer mucho mejor la realidad de cada contribuyente. Si la Administraci&#xF3;n dispone de informaci&#xF3;n suficiente para identificar niveles de riesgo diferentes, resulta dif&#xED;cil justificar que un peque&#xF1;o bar, una peluquer&#xED;a, un aut&#xF3;nomo o una multinacional soporten pr&#xE1;cticamente las mismas obligaciones administrativas", ha se&#xF1;alado el presidente del Consejo General, Fernando Jes&#xFA;s Santiago.&#xD;
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El colectivo ha aclarado que no cuestiona la digitalizaci&#xF3;n ni las medidas contra el fraude fiscal. Al contrario, considera que la inteligencia artificial y el potencial tecnol&#xF3;gico de la Administraci&#xF3;n Tributaria ofrecen una oportunidad &#xFA;nica para mejorar la eficacia del control.&#xD;
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Por ello, han defendido sustituir el modelo r&#xED;gido del "caf&#xE9; para todos" por una regulaci&#xF3;n inteligente que diferencie con claridad entre perfiles con riesgos muy distintos.&#xD;
Propuestas&#xD;
Ante esta situaci&#xF3;n, el Consejo General ha propuesto revisar la normativa para introducir medidas correctoras y solicita tres acciones principales: introducir criterios objetivos en la norma, aplicar exenciones selectivas y realizar un estudio de impacto conjunto.&#xD;
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Adicionalmente, el Consejo General ha elaborado un informe t&#xE9;cnico detallado que reproduce paso a paso el recorrido por el Informador de la Agencia Tributaria para demostrar c&#xF3;mo una sola operaci&#xF3;n extraordinaria activa estas obligaciones tecnol&#xF3;gicas permanentes en peque&#xF1;os comercios.</content><description>El Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de Espa&#xF1;a ha solicitado al Gobierno una revisi&#xF3;n urgente de la implantaci&#xF3;n de Verifactu y de la futura factura electr&#xF3;nica obligatoria, de cara a adaptar estas normas al tama&#xF1;o real de aut&#xF3;nomos y micropymes mediante criterios de proporcionalidad y riesgo fiscal.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_1845418474-1-p486232-m1516452-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Los Gestores Administrativos piden adaptar Verifactu y la factura electr&#xF3;nica a la realidad de las pymes</title><link>https://elderecho.com/los-gestores-administrativos-piden-adaptar-verifactu-y-la-factura-electronica-a-la-realidad-de-las-pymes</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_1845418474-1-p486232-m1516452-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/los-gestores-administrativos-piden-adaptar-verifactu-y-la-factura-electronica-a-la-realidad-de-las-pymes</url><link>https://elderecho.com/los-gestores-administrativos-piden-adaptar-verifactu-y-la-factura-electronica-a-la-realidad-de-las-pymes</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/los-gestores-administrativos-piden-adaptar-verifactu-y-la-factura-electronica-a-la-realidad-de-las-pymes</guid><date_added>2026-08-04 13:29:08</date_added><pubDate>2026-08-04 13:29:08</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>fiscal</id><name>Fiscal</name><idPro>6</idPro></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Fiscal</allCategories></item><item><id>486231</id><title>Prisi&#xF3;n por alojarse 26 d&#xED;as en pensi&#xF3;n completa en un hotel e irse sin pagar</title><content>La Sala, que dict&#xF3; sentencia despu&#xE9;s de que el Ministerio Fiscal y la defensa del condenado alcanzaran un acuerdo de conformidad en el que el hombre reconoc&#xED;a los hechos y aceptaba la pena, le impone una indemnizaci&#xF3;n para el establecimiento de 2.283 euros, m&#xE1;s los intereses, dinero que se corresponde con el importe que dej&#xF3; sin pagar durante los d&#xED;as que estuvo hospedado en el hotel.&#xD;
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El hombre acudi&#xF3; al establecimiento, situado en el paraje de la Ermita de San Cristobal de la localidad, el 22 de diciembre de 2023. Tras ofrecer una apariencia de solvencia a sus responsables, se aloj&#xF3; en r&#xE9;gimen de pensi&#xF3;n completa, pese a que sab&#xED;a desde ese mismo d&#xED;a que no iba a abonar ninguno de los gastos.&#xD;
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Seg&#xFA;n el relato de hechos probados de la resoluci&#xF3;n, el hu&#xE9;sped permaneci&#xF3; en el hotel todo el periodo de Navidad y A&#xF1;o Nuevo. Dej&#xF3; el lugar el 15 de enero de 2024, tras generar unos gastos de 2.283 euros por los conceptos de estancia, manutenci&#xF3;n y limpieza.&#xD;
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La sentencia es firme.&#xD;
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AP de Castell&#xF3;n. Secci&#xF3;n n&#xBA; 2. Sentencia n&#xBA; 244/2026 de 11 de junio de 2026.</content><description>La Audiencia Provincial de Castell&#xF3;n ha condenado a un a&#xF1;o de prisi&#xF3;n y una multa por un delito de estafa a un hombre que se march&#xF3; sin pagar de un hotel de La Vall d&#x2019;Alba, en el que se hab&#xED;a alojado en r&#xE9;gimen de pensi&#xF3;n completa durante 26 d&#xED;as.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2663128063-1-p486231-m1516434-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Prisi&#xF3;n por alojarse 26 d&#xED;as en pensi&#xF3;n completa en un hotel e irse sin pagar</title><link>https://elderecho.com/prision-por-alojarse-26-dias-en-pension-completa-en-un-hotel-e-irse-sin-pagar</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2663128063-1-p486231-m1516434-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/prision-por-alojarse-26-dias-en-pension-completa-en-un-hotel-e-irse-sin-pagar</url><link>https://elderecho.com/prision-por-alojarse-26-dias-en-pension-completa-en-un-hotel-e-irse-sin-pagar</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/prision-por-alojarse-26-dias-en-pension-completa-en-un-hotel-e-irse-sin-pagar</guid><date_added>2026-08-04 13:28:01</date_added><pubDate>2026-08-04 13:28:01</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486219</id><title>Clonaci&#xF3;n de voz con IA: el nuevo enemigo invisible de la tesorer&#xED;a de las empresas</title><content>Seg&#xFA;n el FBI Internet Crime Complaint Center (IC3), el Business Email Compromise (BEC) &#x2014;una de las principales tipolog&#xED;as de fraude corporativo relacionadas con la ingenier&#xED;a social&#x2014; gener&#xF3; en 2025 m&#xE1;s de 3.046 millones de d&#xF3;lares en p&#xE9;rdidas reportadas, consolid&#xE1;ndose como uno de los ciberdelitos de mayor impacto econ&#xF3;mico a nivel global.&#xD;
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Tal y como se destaca desde Qualiteasy Internet Solutions, distribuidor exclusivo en Espa&#xF1;a de las soluciones de Faronics, con apenas 30 segundos de audio extra&#xED;dos de redes sociales, conferencias o entrevistas p&#xFA;blicas, las herramientas de IA actuales pueden replicar con gran precisi&#xF3;n el tono, las pausas y la entonaci&#xF3;n de cualquier persona, generando un escenario de enga&#xF1;o altamente convincente.&#xD;
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Para los responsables financieros, este tipo de fraude ya no es un riesgo te&#xF3;rico, sino una amenaza operativa real que est&#xE1; creciendo de forma acelerada en todo el mundo.&#xD;
Un fraude cada vez m&#xE1;s sofisticado impulsado por IA&#xD;
El modus operandi habitual es directo y se basa en la urgencia. Un empleado recibe una llamada en la que, supuestamente, su superior solicita una transferencia inmediata para cerrar una operaci&#xF3;n cr&#xED;tica. El mensaje suele ir acompa&#xF1;ado de instrucciones adicionales por canales como mensajer&#xED;a instant&#xE1;nea, reforzando la apariencia de legitimidad.&#xD;
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Este tipo de ingenier&#xED;a social explota la jerarqu&#xED;a interna y la presi&#xF3;n del tiempo, provocando que en muchos casos se omitan los protocolos de verificaci&#xF3;n establecidos.&#xD;
Se&#xF1;ales t&#xE9;cnicas para detectar un deepfake de voz&#xD;
Los expertos recomiendan prestar atenci&#xF3;n a ciertos indicadores que pueden ayudar a identificar una posible suplantaci&#xF3;n:&#xD;
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 	Prosodia inconsistente (riesgo alto): entonaci&#xF3;n plana o poco natural.&#xD;
 	Silencios sospechosos (riesgo alto): microdemoras de 1&#x2013;2 segundos en la conversaci&#xF3;n.&#xD;
 	Ruido de fondo artificial (riesgo medio): sonidos a&#xF1;adidos para simular entornos reales.&#xD;
 	Incapacidad para responder preguntas inesperadas (riesgo cr&#xED;tico): ausencia de contexto personal o evasi&#xF3;n.&#xD;
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La respuesta empresarial: procesos, cultura y seguridad digital&#xD;
Desde Qualiteasy Internet Solutions subrayan que la defensa frente a este tipo de amenazas no depende &#xFA;nicamente de la tecnolog&#xED;a, sino de la combinaci&#xF3;n de procesos, formaci&#xF3;n y cultura organizativa.&#xD;
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&#x201C;Estamos ante un cambio estructural en el fraude corporativo. La voz, que tradicionalmente era un elemento de confianza, se ha convertido en un vector de ataque. Ya no basta con identificar correos sospechosos: ahora la amenaza puede sonar completamente leg&#xED;tima&#x201D;, explica Ignasi Nogu&#xE9;s Guri, Chief Growth Officer de Qualiteasy Internet Solutions.&#xD;
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El experto a&#xF1;ade: &#x201C;Las empresas deben asumir que cualquier instrucci&#xF3;n cr&#xED;tica, especialmente las relacionadas con pagos, debe verificarse siempre por un canal alternativo seguro. La clave est&#xE1; en reducir la superficie de exposici&#xF3;n y formalizar procesos de doble validaci&#xF3;n&#x201D;.&#xD;
Recomendaci&#xF3;n clave: verificaci&#xF3;n en doble canal&#xD;
Los expertos recomiendan implantar protocolos de doble verificaci&#xF3;n obligatoria, de modo que ninguna orden de pago o acceso a informaci&#xF3;n sensible se ejecute bas&#xE1;ndose &#xFA;nicamente en una llamada o mensaje externo.&#xD;
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[ledShortcodes shortcodeId="442941" label="Memento Social 2025 - 442941"]</content><description>La r&#xE1;pida evoluci&#xF3;n de la Inteligencia Artificial ha abierto una nueva v&#xED;a de fraude corporativo especialmente peligrosa para los departamentos de administraci&#xF3;n y finanzas: la clonaci&#xF3;n de voz en tiempo real.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2023/03/Grabacion-llamadas-p486219-m1516397-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Clonaci&#xF3;n de voz con IA: el nuevo enemigo invisible de la tesorer&#xED;a de las empresas</title><link>https://elderecho.com/clonacion-de-voz-con-ia-el-nuevo-enemigo-invisible-de-la-tesoreria-de-las-empresas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2023/03/Grabacion-llamadas-p486219-m1516397-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/clonacion-de-voz-con-ia-el-nuevo-enemigo-invisible-de-la-tesoreria-de-las-empresas</url><link>https://elderecho.com/clonacion-de-voz-con-ia-el-nuevo-enemigo-invisible-de-la-tesoreria-de-las-empresas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/clonacion-de-voz-con-ia-el-nuevo-enemigo-invisible-de-la-tesoreria-de-las-empresas</guid><date_added>2026-08-04 12:10:26</date_added><pubDate>2026-08-04 12:10:26</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC</allCategories></item><item><id>486180</id><title>Prisi&#xF3;n para una mujer por estafar al banco suplantando a otra persona</title><content>La sentencia mantiene tambi&#xE9;n la multa de 1.890 euros y el pago de una indemnizaci&#xF3;n de 1.500 euros, m&#xE1;s los intereses correspondientes, a la entidad bancaria afectada.&#xD;
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La mujer acudi&#xF3; a una oficina bancaria en Lugones y, con la intenci&#xF3;n de lucrarse de forma ilegal, se hizo pasar verbalmente por la titular de la cuenta ante uno de los empleados. Tras facilitar datos personales de la v&#xED;ctima -obtenidos de manera desconocida-, logr&#xF3; retirar 1.500 euros. La procesada cuenta con antecedentes penales por delitos de estafa.&#xD;
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Los magistrados desestiman el recurso porque el enga&#xF1;o cometido se considera suficiente conforme al C&#xF3;digo Penal y la doctrina del Tribunal Supremo. La recurrente logr&#xF3; realizar un reintegro de dinero en efectivo en una entidad bancaria tras suplantar la identidad de un tercero, facilitando de forma verbal los datos de su DNI y correo electr&#xF3;nico para lucrarse indebidamente. Para el tribunal, la argumentaci&#xF3;n de la defensa, que atribu&#xED;a la causa de la disposici&#xF3;n patrimonial a una supuesta falta de diligencia o supervisi&#xF3;n del empleado del banco al no exigir la documentaci&#xF3;n f&#xED;sica acreditativa, no exime de responsabilidad penal a quien utiliz&#xF3; dicho enga&#xF1;o para obtener un beneficio econ&#xF3;mico.&#xD;
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La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.&#xE7;&#xD;
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TSJ de Asturias. Sala de lo Civil y Penal. Secci&#xF3;n n&#xBA; 1. Sentencia n&#xBA; 15/2026 de 18 de mayo de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ratificado la condena de tres a&#xF1;os y seis meses de prisi&#xF3;n impuesta a una mujer por estafa mediante suplantaci&#xF3;n de identidad.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2042925449-1-p486180-m1516352-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Prisi&#xF3;n para una mujer por estafar al banco suplantando a otra persona</title><link>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2042925449-1-p486180-m1516352-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</url><link>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-por-estafar-al-banco-suplantando-a-otra-persona</guid><date_added>2026-08-03 14:15:38</date_added><pubDate>2026-08-03 14:15:38</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486179</id><title>Auren refuerza su liderazgo en Espa&#xF1;a con la integraci&#xF3;n de Moore en Madrid y Barcelona</title><content>La integraci&#xF3;n supone la incorporaci&#xF3;n a Auren de un equipo de 140 profesionales y un volumen de negocio de 13 millones de euros, reforzando su presencia en Madrid y Barcelona, dos mercados estrat&#xE9;gicos, y ampliando su especializaci&#xF3;n para ofrecer un asesoramiento cada vez m&#xE1;s completo y multidisciplinar.&#xD;
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Con esta operaci&#xF3;n, Auren alcanzar&#xE1; en Espa&#xF1;a al final de este ejercicio una facturaci&#xF3;n conjunta cercana a los 150 millones de euros, un equipo de m&#xE1;s de 1.550 profesionales y consolida su red de 15 oficinas en Espa&#xF1;a, fortaleciendo su posici&#xF3;n como una de las principales firmas de servicios profesionales del mercado.&#xD;
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Como parte de esta operaci&#xF3;n, Auren incorpora diez nuevos socios que reforzar&#xE1;n sus principales &#xE1;reas de actividad. En la divisi&#xF3;n de Auditor&#xED;a se integran Daniel Gonz&#xE1;lez, Fernando Fern&#xE1;ndez, Francisco Mart&#xED;nez, Isabel Berm&#xFA;dez y Luis Manuel Rodr&#xED;guez; en Legal, Javier Fern&#xE1;ndez, Pablo Fern&#xE1;ndez, Mario Ovejero y Jos&#xE9; Mar&#xED;a Nubiola; y en la divisi&#xF3;n de Consultor&#xED;a, Juan Alvado.&#xD;
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Esta integraci&#xF3;n supone la incorporaci&#xF3;n de una parte muy relevante de la actividad de Moore en Espa&#xF1;a, una firma con una s&#xF3;lida trayectoria y reconocido prestigio en el mercado de los servicios profesionales, reforzando significativamente el posicionamiento de Auren y acelerando la ejecuci&#xF3;n de su plan estrat&#xE9;gico de crecimiento.&#xD;
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Moore Espa&#xF1;a ha desarrollado durante a&#xF1;os una destacada actividad en los &#xE1;mbitos de auditor&#xED;a, asesoramiento legal y consultor&#xED;a, consolidando un modelo basado en la especializaci&#xF3;n, la cercan&#xED;a con el cliente y una marcada vocaci&#xF3;n internacional. La incorporaci&#xF3;n de sus oficinas de Madrid y Barcelona une a dos organizaciones que comparten valores, cultura y una misma forma de entender el asesoramiento profesional. En 2027, la oficina de Moore en Madrid cumplir&#xE1; treinta a&#xF1;os formando parte de la red Moore, una trayectoria que no pod&#xED;a celebrarse de mejor manera que incorpor&#xE1;ndose al proyecto Auren, que permitir&#xE1; potenciarla y abrir una etapa todav&#xED;a m&#xE1;s fruct&#xED;fera.&#xD;
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La operaci&#xF3;n refuerza tambi&#xE9;n la dimensi&#xF3;n internacional de Auren. Moore aporta la experiencia y proyecci&#xF3;n global de una firma integrada en Moore Global, reconocida como la 12&#xAA; mayor red mundial de servicios profesionales, con una facturaci&#xF3;n de 5.330 millones de d&#xF3;lares y presencia en 119 pa&#xED;ses. Esta incorporaci&#xF3;n se suma a la s&#xF3;lida presencia internacional de Auren que opera en m&#xE1;s de 70 pa&#xED;ses a trav&#xE9;s de ANTEA y cuenta con m&#xE1;s de 350 oficinas en todo el mundo. La combinaci&#xF3;n de ambas trayectorias internacionales ampl&#xED;a la capacidad de la firma para acompa&#xF1;ar a empresas con actividad global y responder a proyectos cada vez m&#xE1;s complejos y transfronterizos.&#xD;
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Mario Alonso, presidente de Auren, ha destacado que: "Esta integraci&#xF3;n representa un paso muy importante en nuestra estrategia de crecimiento. Compartimos una misma forma de entender la profesi&#xF3;n, basada en la cercan&#xED;a, la excelencia y el compromiso con nuestros clientes. Esta operaci&#xF3;n nos permite seguir fortaleciendo nuestro proyecto y ampliar nuestras capacidades para responder a los nuevos retos de las empresas&#x201D;.&#xD;
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Por parte de Moore, Isabel Berm&#xFA;dez, socia de Auditor&#xED;a, ha se&#xF1;alado que: &#x201C;El proyecto y los valores de Auren son, en realidad, nuestro proyecto desde hace muchos a&#xF1;os. En 2021 unimos la oficina de Moore Madrid a las &#xE1;reas de Auditor&#xED;a y Legal de Morison, y en 2025 sumamos tambi&#xE9;n la oficina de Moore Barcelona. Cuando empezamos a hablar con Auren sobre esta integraci&#xF3;n, supimos que ten&#xED;amos que unir nuestras fuerzas a este proyecto para seguir mejorando el servicio a nuestros clientes, reteniendo y captando nuevo talento y dando una mejor carrera a aquellos profesionales que comparten nuestros valores de esfuerzo, calidad y trabajo en equipo&#x201D;.&#xD;
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Con esta integraci&#xF3;n, Auren da un nuevo paso en la ejecuci&#xF3;n de su estrategia de crecimiento y consolida su posici&#xF3;n como una de las principales firmas de servicios profesionales en Espa&#xF1;a, reforzando su presencia territorial, sus capacidades t&#xE9;cnicas y su proyecci&#xF3;n internacional.&#xD;
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Esta operaci&#xF3;n se suma a las incorporaciones realizadas en los &#xFA;ltimos meses en oficinas como Alicante, Madrid, Barcelona o Valencia, entre las que destaca la reciente integraci&#xF3;n de la firma valenciana de consultor&#xED;a Ifedes, reflejando el firme compromiso de Auren con un crecimiento sostenido basado en la incorporaci&#xF3;n de talento, especializaci&#xF3;n y capacidades complementarias.</content><description>Auren ha formalizado la integraci&#xF3;n de las oficinas de Moore en Madrid y Barcelona, una operaci&#xF3;n que refuerza significativamente su posicionamiento en el mercado espa&#xF1;ol de los servicios profesionales y acelera la ejecuci&#xF3;n de su plan estrat&#xE9;gico de crecimiento.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/De-izquierda-a-derecha-Daniel-Gonzalez-Pablo-Fernandez-Mario-Alonso-Javier-Fernandez-y-Fernando-Fernandez-p486179-m1516317-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>Auren refuerza su liderazgo en Espa&#xF1;a con la integraci&#xF3;n de Moore en Madrid y Barcelona</title><link>https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/De-izquierda-a-derecha-Daniel-Gonzalez-Pablo-Fernandez-Mario-Alonso-Javier-Fernandez-y-Fernando-Fernandez-p486179-m1516317-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</url><link>https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/auren-refuerza-su-liderazgo-en-espana-con-la-integracion-de-moore-en-madrid-y-barcelona</guid><date_added>2026-08-03 14:00:29</date_added><pubDate>2026-08-03 14:00:29</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486155</id><title>La UE planea incluir a ChatGPT y Roblox entre las plataformas en l&#xED;nea muy grandes (VLOP) de la DSA</title><content>&#xD;
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La DSA de la Uni&#xF3;n Europea recoge un conjunto de normas de obligado cumplimiento para las grandes empresas que ofrezcan servicios digitales. Con ella se busca garantizar la protecci&#xF3;n de los derechos de los usuarios de los pa&#xED;ses miembros, as&#xED; como favorecer la innovaci&#xF3;n, el crecimiento y la competitividad de estas plataformas en el mercado &#xFA;nico.&#xD;
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En este marco, seg&#xFA;n ha trasladado una fuente cercana a las compa&#xF1;&#xED;as en declaraciones a Bloomberg, tanto ChatGPT de OpenAI como la compa&#xF1;&#xED;a de videojuegos Roblox Corp. entrar&#xE1;n a formar parte de las VLOP en agosto, al igual que sucedi&#xF3; anteriormente con otras plataformas como Google Maps, Facebook, Instagram, Snapchat, TikTok, WhatsApp, X y YouTube, entre otras.&#xD;
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Si bien la DSA exige a todas las redes sociales y motores de b&#xFA;squeda medidas dr&#xE1;sticas contra el contenido ilegal y nocivo en sus plataformas, las denominadas como VLOP deben adem&#xE1;s presentar informes de transparencia, detallar sus planes de mitigaci&#xF3;n de riesgos y pagar una cuota anual a la Comisi&#xF3;n Europea.&#xD;
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Es decir, que en los cuatro meses posteriores a su designaci&#xF3;n han de ser parte activa no solo al identificar riesgos en sus servicios relacionados con contenido ilegal, los procesos electorales o la libertad de expresi&#xF3;n, entre otros, sino tambi&#xE9;n al establecer un punto de contacto con autoridades y usuarios, desplegar t&#xE9;rminos y condiciones f&#xE1;ciles de usar y ser transparentes en su publicidad, sistemas de recomendaci&#xF3;n y decisiones de moderaci&#xF3;n de contenido.&#xD;
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Igualmente, han de someterse a auditor&#xED;as anuales para garantizar que han adoptado las medidas recomendadas por los auditores, compartir sus datos con la Comisi&#xF3;n Europea y permitir el acceso a estos a investigadores acreditados.&#xD;
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Asimismo, aquellas que incumplan la DSA se arriesgan a recibir multas de hasta el 6 por ciento de sus ventas globales. De hecho, entre los m&#xE1;s de una docena de casos que se han abierto, el m&#xE1;s destacado de una VLOP sancionada fue el de X (antes Twitter) con una multa que alcanz&#xF3; la cifra de 120 millones de euros y que la Comisi&#xF3;n impuso el 5 de diciembre del a&#xF1;o pasado.&#xD;
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Cabe destacar igualmente que la DSA tiene como uno de sus objetivos principales que las tecnol&#xF3;gicas protejan a los menores en sus plataformas. No obstante, la propia Roblox, que ha sido objeto de cr&#xED;ticas por la falta de controles de seguridad para la protecci&#xF3;n de los ni&#xF1;os, recientemente integr&#xF3; medidas que controlan los espacios donde los usuarios pueden contactar con otros y qu&#xE9; tipos de juegos pueden disfrutar.&#xD;
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Por el momento, ni el portavoz de la Comisi&#xF3;n Europea ni OpenAI o Roblox se han pronunciado al respecto.&#xD;
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</content><description>La Uni&#xF3;n Europea prev&#xE9; clasificar a ChatGPT y Roblox como "Plataformas en l&#xED;nea muy grandes" (VLOP) a partir de agosto, conforme a la ley de Servicios Digitales (DSA), tras superar los 45 millones de usuarios mensuales.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/UE-Tribunal-Europeo-Europea-Europa_EDEIMA20110708_0008_1-p486155-m1516199-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La UE planea incluir a ChatGPT y Roblox entre las plataformas en l&#xED;nea muy grandes (VLOP) de la DSA</title><link>https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/UE-Tribunal-Europeo-Europea-Europa_EDEIMA20110708_0008_1-p486155-m1516199-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</url><link>https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ue-planea-incluir-en-agosto-a-chatgpt-y-roblox-entre-las-plataformas-en-linea-muy-grandes-vlop-de-la-dsa</guid><date_added>2026-08-03 12:59:26</date_added><pubDate>2026-08-03 12:59:26</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC</allCategories></item><item><id>486178</id><title>Kreston Iberaudit crea una nueva &#xE1;rea de Derecho Regulatorio</title><content>Kreston Iberaudit contin&#xFA;a reforzando su pr&#xE1;ctica legal con la creaci&#xF3;n de un &#xE1;rea especializada en Derecho Regulatorio y la integraci&#xF3;n de profesionales con una s&#xF3;lida trayectoria en el &#xE1;mbito regulatorio, una apuesta estrat&#xE9;gica con la que la firma ampl&#xED;a su capacidad de asesoramiento en un entorno marcado por una creciente complejidad normativa y por la transformaci&#xF3;n del sector financiero.&#xD;
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La nueva &#xE1;rea estar&#xE1; dirigida por David Olivares, socio del &#xE1;rea Legal de la oficina de Madrid de Kreston Iberaudit, especializado en derecho mercantil, societario, M A, bancario y regulatorio. Contar&#xE1; adem&#xE1;s con la participaci&#xF3;n de Juan Antonio L&#xF3;pez Rodr&#xED;guez, senior manager con m&#xE1;s de treinta a&#xF1;os de experiencia en regulaci&#xF3;n bancaria y financiera, los cuales aportar&#xE1;n su experiencia en el sector bancario y financiero y conocimiento en el asesoramiento a entidades supervisadas y proyectos sujetos a autorizaci&#xF3;n administrativa.&#xD;
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La creaci&#xF3;n de esta nueva &#xE1;rea se enmarca en la estrategia de fortalecimiento del Global Legal Group (GLG) de Kreston Global, codirigido por Pedro Piz&#xE1; socio del &#xE1;rea Legal de la oficina de Madrid de Kreston Iberaudit, y refuerza la apuesta de la firma por ampliar sus capacidades en &#xE1;reas de alta especializaci&#xF3;n para ofrecer un asesoramiento jur&#xED;dico cada vez m&#xE1;s transversal, integrado e internacional.&#xD;
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La pr&#xE1;ctica nace para dar respuesta al incremento de operaciones y proyectos que requieren un profundo conocimiento del marco regulatorio, especialmente en &#xE1;mbitos como los servicios financieros, las fintech, la inversi&#xF3;n colectiva, los mercados de valores, la financiaci&#xF3;n alternativa o la prevenci&#xF3;n del blanqueo de capitales.&#xD;
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Entre otros &#xE1;mbitos, el equipo asesorar&#xE1; a entidades supervisadas por la CNMV y el Banco de Espa&#xF1;a, gestoras y veh&#xED;culos de inversi&#xF3;n, entidades de capital riesgo, ERIR, proveedores de servicios de financiaci&#xF3;n participativa, entidades de pago y dinero electr&#xF3;nico, as&#xED; como a compa&#xF1;&#xED;as inmersas en operaciones corporativas o procesos de autorizaci&#xF3;n y supervisi&#xF3;n regulatoria.&#xD;
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La creaci&#xF3;n de esta pr&#xE1;ctica responde a la evoluci&#xF3;n que est&#xE1; experimentando el mercado financiero, impulsada por la digitalizaci&#xF3;n, la aparici&#xF3;n de nuevos modelos de negocio y un marco regulatorio cada vez m&#xE1;s exigente, con normativas como MiFID II o DORA, que obligan a las organizaciones a integrar la regulaci&#xF3;n como un elemento estrat&#xE9;gico de su actividad.&#xD;
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Para David Olivares, socio del &#xE1;rea legal de la oficina de Madrid de Kreston Iberaudit "la regulaci&#xF3;n ha dejado de ser un requisito de cumplimiento para convertirse en un factor estrat&#xE9;gico que condiciona el crecimiento, la innovaci&#xF3;n y la confianza del mercado. Nuestro objetivo es ayudar a las empresas a integrar ese marco regulatorio en sus decisiones de negocio, anticipando riesgos y generando seguridad en operaciones cada vez m&#xE1;s complejas.&#xD;
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Por su parte, Juan Antonio L&#xF3;pez, senior manager responsable de la nueva &#xE1;rea explica "cada vez m&#xE1;s proyectos empresariales incorporan un importante componente regulatorio. Nuestro objetivo es acompa&#xF1;ar a los clientes desde una perspectiva muy pr&#xF3;xima al negocio, ayud&#xE1;ndoles a anticipar riesgos, cumplir con las exigencias supervisoras y estructurar sus proyectos de forma s&#xF3;lida y eficiente".&#xD;
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La firma identifica adem&#xE1;s una creciente demanda de asesoramiento especializado por parte de grupos internacionales que quieren operar en Espa&#xF1;a, inversores interesados en adquirir, crear o desarrollar entidades o actividades reguladas, gestores de veh&#xED;culos de inversi&#xF3;n, empresas fintech y organizaciones que necesitan adaptar sus modelos de gobierno y cumplimiento normativo a un entorno regulatorio en constante evoluci&#xF3;n.&#xD;
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Con esta nueva pr&#xE1;ctica, Kreston refuerza su posicionamiento como asesor multidisciplinar para compa&#xF1;&#xED;as, inversores y entidades reguladas, integrando el conocimiento jur&#xED;dico con las capacidades de la firma en materia fiscal, auditor&#xED;a, consultor&#xED;a y corporate, para ofrecer un asesoramiento coordinado en operaciones de elevada complejidad.</content><description>La nueva pr&#xE1;ctica, dirigida por David Olivares, asesorar&#xE1; a entidades reguladas, fintech, veh&#xED;culos de inversi&#xF3;n y compa&#xF1;&#xED;as que operan en sectores sujetos a supervisi&#xF3;n de la CNMV y el Banco de Espa&#xF1;a.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/David-Olivares_socio-Kreston-Iberaudit_horizontal2-p486178-m1516278-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Kreston Iberaudit crea una nueva &#xE1;rea de Derecho Regulatorio</title><link>https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/David-Olivares_socio-Kreston-Iberaudit_horizontal2-p486178-m1516278-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</url><link>https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/kreston-iberaudit-crea-una-nueva-area-de-derecho-regulatorio</guid><date_added>2026-08-03 12:05:28</date_added><pubDate>2026-08-03 12:05:28</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486078</id><title>Primeras obligaciones de transparencia de la Ley de IA</title><content>Seg&#xFA;n el calendario publicado por la Comisi&#xF3;n Europea, en esta fase se activan espec&#xED;ficamente las normas de transparencia del art&#xED;culo 50 y las medidas de apoyo a la innovaci&#xF3;n, que refuerzan el sistema de supervisi&#xF3;n y cumplimiento en todos los Estados miembros, as&#xED; como la aplicaci&#xF3;n de la Ley de IA en &#xE1;mbitos como los modelos de prop&#xF3;sito general, las prohibiciones y los requisitos de alfabetizaci&#xF3;n en inteligencia artificial (IA).&#xD;
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La Comisi&#xF3;n Europea comenzar&#xE1; a aplicar las obligaciones que exigir&#xE1;n identificar los contenidos generados o manipulados mediante esta tecnolog&#xED;a, incluidos los conocidos como 'deepfakes', y obligar&#xE1;n a los 'chatbots' y otros sistemas a advertir a los usuarios de que est&#xE1;n interactuando con una IA, al tiempo que Bruselas asumir&#xE1; por primera vez las competencias para velar por el cumplimiento de la norma.&#xD;
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En la pr&#xE1;ctica, las herramientas capaces de crear im&#xE1;genes, v&#xED;deos, audios o textos deber&#xE1;n incorporar marcas que permitan reconocer esas producciones, mientras que su uso con fines profesionales exigir&#xE1; indicar de forma clara que han sido alteradas mediante inteligencia artificial y los asistentes conversacionales informar de que el usuario est&#xE1; hablando con una m&#xE1;quina y no con una persona.&#xD;
Primeras obligaciones de transparencia&#xD;
La entrada en vigor de estas medidas permitir&#xE1; adem&#xE1;s a Bruselas empezar a supervisar los denominados modelos de IA de prop&#xF3;sito general, es decir, aquellos capaces de realizar m&#xFA;ltiples tareas y que sirven de base para una amplia gama de herramientas y servicios.&#xD;
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La Oficina Europea de IA podr&#xE1; requerir informaci&#xF3;n a las empresas responsables de estos sistemas, acceder a ellos para evaluarlos, ordenar medidas correctoras e incluso restringir su disponibilidad cuando detecte incumplimientos.&#xD;
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Ese control se ejercer&#xE1; de forma compartida con las autoridades nacionales, de modo que este organismo se encargar&#xE1; de sus proveedores y de los sistemas cuya competencia corresponde a la Comisi&#xF3;n, mientras que los Estados miembros vigilar&#xE1;n el resto de herramientas desplegadas en su territorio y el Supervisor Europeo de Protecci&#xF3;n de Datos har&#xE1; lo propio con las utilizadas por las instituciones, organismos y agencias de la UE.&#xD;
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Como apoyo a ese sistema, Bruselas ha constituido un panel cient&#xED;fico integrado por 60 expertos independientes, ha designado un asesor cient&#xED;fico jefe y ha puesto en marcha distintos canales para comunicar posibles incumplimientos, entre ellos un mecanismo de denuncias abierto a ciudadanos y empresas y otro dirigido a quienes desarrollan aplicaciones a partir de modelos de terceros.&#xD;
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La aplicaci&#xF3;n de la ley continuar&#xE1; de forma escalonada. El siguiente cambio llegar&#xE1; el 2 de diciembre de este a&#xF1;o, cuando entren en vigor las nuevas prohibiciones incorporadas por el paquete 'AI Omnibus' para impedir el uso de sistemas capaces de generar contenido sexual expl&#xED;cito sin consentimiento o material de abuso sexual infantil, y finalizar&#xE1; el periodo transitorio concedido a determinados modelos de IA ya comercializados para adaptarse a la obligaci&#xF3;n de incorporar mecanismos que permitan identificar los contenidos generados mediante esta tecnolog&#xED;a.&#xD;
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El calendario seguir&#xE1; el 2 de diciembre de 2027, con la entrada en vigor de las normas aplicables a la IA considerada de alto riesgo, como la utilizada en &#xE1;mbitos como la sanidad, la educaci&#xF3;n o el empleo, y concluir&#xE1; el 2 de agosto de 2028, cuando empezar&#xE1;n a aplicarse las disposiciones para los sistemas de inteligencia artificial integrados en productos sujetos a otra legislaci&#xF3;n europea, como determinados dispositivos m&#xE9;dicos o veh&#xED;culos.&#xD;
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En relaci&#xF3;n con los sistemas de alto riesgo, el Reglamento establece que "los sistemas de IA que sean componentes de seguridad de productos, o productos en s&#xED; mismos, incluidos en determinadas leyes de armonizaci&#xF3;n de la Uni&#xF3;n" se clasificar&#xE1;n como "de alto riesgo" cuando el producto deba someterse a un procedimiento de evaluaci&#xF3;n de conformidad por un organismo tercero conforme a la legislaci&#xF3;n de armonizaci&#xF3;n pertinente.&#xD;
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En particular, esta categor&#xED;a comprende maquinaria, juguetes, ascensores, equipos y sistemas de protecci&#xF3;n destinados a ser utilizados en atm&#xF3;sferas potencialmente explosivas, equipos de radio, equipos a presi&#xF3;n, equipos para embarcaciones de recreo, instalaciones de telef&#xE9;ricos, aparatos que queman combustibles gaseosos, dispositivos m&#xE9;dicos, dispositivos m&#xE9;dicos de diagn&#xF3;stico in vitro y productos de automoci&#xF3;n y aviaci&#xF3;n, que quedan sujetos a requisitos reforzados de evaluaci&#xF3;n de conformidad y control en el marco de la Ley de IA.&#xD;
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La AI Act de la UE es la primera norma integral sobre esta tecnolog&#xED;a a nivel mundial y tiene por objeto promover la innovaci&#xF3;n y la adopci&#xF3;n de la IA, garantizando al mismo tiempo un alto nivel de protecci&#xF3;n de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales, incluida la democracia y el Estado de derecho.&#xD;
&#xBF;Qu&#xE9; cambia para las empresas con el art&#xED;culo 50?&#xD;
Los proveedores de sistemas de IA -incluidos los de prop&#xF3;sito general capaces de generar o manipular texto, im&#xE1;genes, audio o v&#xED;deo- deber&#xE1;n garantizar que esos contenidos incorporen un marcado en formato legible por m&#xE1;quina que permita detectar que han sido generados o manipulados mediante IA.&#xD;
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Asimismo, quienes desplieguen sistemas de IA que generen o manipulen texto destinado a informar al p&#xFA;blico sobre asuntos de inter&#xE9;s p&#xFA;blico deber&#xE1;n revelar que dicho contenido ha sido generado o manipulado por IA.&#xD;
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El Reglamento exime de esta obligaci&#xF3;n cuando exista un proceso de revisi&#xF3;n humana o control editorial y una persona f&#xED;sica o jur&#xED;dica asuma la responsabilidad editorial de la publicaci&#xF3;n. No obstante, la Comisi&#xF3;n Europea aclara que las revisiones meramente formales -como la correcci&#xF3;n ortogr&#xE1;fica o gramatical- no se consideran revisi&#xF3;n humana ni control editorial a estos efectos.&#xD;
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La Comisi&#xF3;n concreta que la obligaci&#xF3;n afecta a contenidos sobre pol&#xED;tica, procesos democr&#xE1;ticos, administraci&#xF3;n y servicios p&#xFA;blicos, justicia, derechos fundamentales, seguridad p&#xFA;blica, salud p&#xFA;blica, protecci&#xF3;n ambiental, seguridad del consumidor y cualquier materia econ&#xF3;mica, financiera, cient&#xED;fica o cultural susceptible de debate p&#xFA;blico.&#xD;
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El cumplimiento de estas obligaciones ser&#xE1; supervisado por las autoridades nacionales de vigilancia del mercado. Su incumplimiento podr&#xE1; dar lugar a las sanciones previstas en el reglamento, que para determinadas infracciones pueden alcanzar hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturaci&#xF3;n anual total del ejercicio anterior, aplic&#xE1;ndose la cifra que sea m&#xE1;s elevada.&#xD;
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Al imponer las sanciones, las autoridades podr&#xE1;n tener en cuenta el principio de proporcionalidad en el caso de pymes y peque&#xF1;as empresas de mediana capitalizaci&#xF3;n.</content><description>La Uni&#xF3;n Europea (UE) afronta desde ayer, 2 de agosto, un nuevo hito en la implementaci&#xF3;n del Reglamento europeo de inteligencia artificial (AI Act), con la entrada en vigor de las primeras obligaciones de transparencia y el inicio de la aplicaci&#xF3;n de las disposiciones aplicables a nivel nacional y comunitario.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2741501025-1-p486078-m1516012-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Primeras obligaciones de transparencia de la Ley de IA</title><link>https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2741501025-1-p486078-m1516012-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</url><link>https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/primeras-obligaciones-de-transparencia-de-la-ley-de-ia</guid><date_added>2026-08-03 07:46:27</date_added><pubDate>2026-08-03 07:46:27</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486077</id><title>El derecho a reparar dispositivos ya es de obligado cumplimiento en Espa&#xF1;a</title><content>Concretamente, la ley obliga a los fabricantes a realizar las reparaciones necesarias "en un plazo razonable" y, en caso de que estas no sean de car&#xE1;cter gratuito, tambi&#xE9;n a un "precio razonable", con el objetivo de alentar la opci&#xF3;n de la reparaci&#xF3;n.&#xD;
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Este derecho a reparar forma parte de la reforma de las normas de protecci&#xF3;n del consumidor de la UE, que entr&#xF3; en vigor el martes 30 de julio de 2024 y que establece el "derecho a reparar" para asegurar que, cuando se aver&#xED;an dispositivos como televisores, lavadoras o tel&#xE9;fonos m&#xF3;viles, el cliente pueda exigir la reparaci&#xF3;n del aparato en lugar de su reemplazo.&#xD;
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Ahora, una vez finalizado el plazo para que los Estados miembros incorporasen a su legislaci&#xF3;n la Directiva (UE) 2024/1799, que hace referencia al derecho a reparar, la norma comienzan a aplicarse en Espa&#xF1;a oficialmente, tal y como se indica en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado (BOE).&#xD;
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El objetivo es que reparar un dispositivo, por ejemplo un 'smartphone' u ordenador, resulte m&#xE1;s f&#xE1;cil y atractivo que adquirir uno nuevo, en muchos casos, promoviendo que esta opci&#xF3;n sea m&#xE1;s econ&#xF3;mica que sustituirlo.&#xD;
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La directiva cubre principalmente los dispositivos para los que la legislaci&#xF3;n europea ya obliga a los fabricantes a disponer de servicios de reparaci&#xF3;n y piezas de recambio, como lavadoras, lavavajillas, frigor&#xED;ficos, aspiradoras, pantallas electr&#xF3;nicas o determinados tel&#xE9;fonos y tabletas, entre otros.&#xD;
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As&#xED;, entre sus novedades, obliga a que los fabricantes ofrezcan la reparaci&#xF3;n de sus productos siempre que sea t&#xE9;cnicamente posible, incluso cuando la garant&#xED;a legal ya haya expirado. Asimismo, deber&#xE1; realizarse en un plazo y a un precio razonables.&#xD;
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Igualmente, los fabricantes no podr&#xE1;n impedir la reparaci&#xF3;n mediante cl&#xE1;usulas contractuales, 'software' o 'hardware', salvo cuestiones de seguridad o protecci&#xF3;n de propiedad intelectual. Tambi&#xE9;n deber&#xE1;n facilitar el acceso a piezas de recambio y herramientas cuando as&#xED; lo exija la normativa. Adem&#xE1;s, si se opta por la reparaci&#xF3;n, la garant&#xED;a del producto se deber&#xE1; ampliar por 12 meses sobre el bien reparado.&#xD;
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La norma establece, asimismo, que los consumidores que opten por la reparaci&#xF3;n tendr&#xE1;n derecho a recibir un dispositivo de sustituci&#xF3;n prestado mientras se arregla el de su propiedad o a elegir una unidad reacondicionada como alternativa.&#xD;
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Con todo, los fabricantes podr&#xE1;n entregar un documento estandarizado con informaci&#xF3;n clara sobre el coste, plazo, condiciones y validad de la oferta de reparaci&#xF3;n, de manera que los usuarios puedan comparar entre presupuestos de distintos servicios de reparaci&#xF3;n.&#xD;
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En la pr&#xE1;ctica, para los consumidores, esto significa reducir la obsolescencia y los residuos electr&#xF3;nicos, ya que dispondr&#xE1;n de m&#xE1;s opciones para reparar, una mayor transparencia de precios y plazos de reparaci&#xF3;n, mejor acceso a piezas y garant&#xED;as m&#xE1;s favorables.&#xD;
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Cabe destacar que la normativa de derecho a reparar es distinta a otra regulaci&#xF3;n europea que entrar&#xE1; en vigor m&#xE1;s adelante en febrero de 2027, como es el Reglamento (UE) 2023/1542 relativo a las pilas y bater&#xED;as y sus residuos.&#xD;
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En este caso, comenzar&#xE1;n a aplicarse los requisitos que obligar&#xE1;n a que las bater&#xED;as de muchos dispositivos port&#xE1;tiles, como los tel&#xE9;fonos m&#xF3;viles, sean f&#xE1;cilmente sustituibles por el usuario. Compa&#xF1;&#xED;as como Nintendo ya lo est&#xE1;n poniendo en pr&#xE1;ctica.</content><description>La llamada ley del derecho a reparar de la Uni&#xF3;n Europea empieza a aplicarse desde el pasado viernes 31 de julio de 2026 en Espa&#xF1;a, una vez que expir&#xF3; el plazo para que los Estados miembros incorporaran a su legislaci&#xF3;n la Directiva (UE) 2024/1799.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2739343201-1-p486077-m1515994-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El derecho a reparar dispositivos ya es de obligado cumplimiento en Espa&#xF1;a</title><link>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2739343201-1-p486077-m1515994-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</url><link>https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-derecho-a-reparar-dispositivos-ya-es-de-obligado-cumplimiento-en-espana</guid><date_added>2026-08-03 07:40:36</date_added><pubDate>2026-08-03 07:40:36</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item></channel></rss>

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