<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>489874</id><title>Vivas recibe a la presidenta del Notariado Espa&#xF1;ol en una visita de apoyo a los notarios y ciudadanos de Ceuta</title><content>La delegaci&#xF3;n del Notariado espa&#xF1;ol ha sido recibida por el presidente de la ciudad aut&#xF3;noma, Juan Jes&#xFA;s Vivas; por el delegado del Gobierno en Ceuta, David de la Encina; y por el comandante general de Ceuta, el general de divisi&#xF3;n Luis Jes&#xFA;s Fern&#xE1;ndez Herrero, acompa&#xF1;ado del general de brigada, Antonio Juli&#xE1;n Ferrera, segundo jefe de la Comandancia General de Ceuta. La presidenta del Notariado les ha trasladado la solidaridad de los notarios para con Ceuta y la plena disposici&#xF3;n del Consejo General del Notariado para colaborar, dentro de sus competencias y capacidades, en todo aquello en lo que pueda resultar de utilidad a la ciudad y a sus ciudadanos.&#xD;
&#xD;
El objetivo de esta visita, programada a mediados de septiembre, es reunirse con los tres notarios que ejercen en Ceuta para manifestarles el apoyo del resto de notarios espa&#xF1;oles en tan dif&#xED;ciles momentos, tanto a ellos como a los empleados de sus notar&#xED;as. As&#xED; como agradecerles que sigan desempe&#xF1;ando su labor diaria en beneficio de la sociedad ceut&#xED;, pese a las dificultades existentes, y conocer de primera mano sus necesidades e inquietudes.&#xD;
&#xD;
Los tres notarios de Ceuta acumulan largos a&#xF1;os de experiencia y dedicaci&#xF3;n a la ciudad. Jos&#xE9; Eduardo Garc&#xED;a P&#xE9;rez, lleva 18 a&#xF1;os ejerciendo su profesi&#xF3;n de forma ininterrumpida en Ceuta (otros cuatro anteriormente), siendo uno de los funcionarios de m&#xE1;s antig&#xFC;edad de la ciudad. Juan Ram&#xF3;n Furrasola, ceut&#xED; de nacimiento, lleva 12 a&#xF1;os ejerciendo en Ceuta y Francisco Javier Balsera suma ya 8 a&#xF1;os de servicio en la ciudad.&#xD;
&#xD;
Los tres notarios dependen del Colegio Notarial de Andaluc&#xED;a, al frente del cual se sit&#xFA;a su decano, Manuel Seda, que ha querido tambi&#xE9;n trasladarse a la ciudad para mostrarles su apoyo y ofrecerles la ayuda y respaldo del colegio notarial.&#xD;
Plan Notarial de Emergencias&#xD;
El Notariado espa&#xF1;ol dispone de un Plan Notarial de Emergencias destinado a garantizar una respuesta eficaz, r&#xE1;pida y coordinada por parte de los notarios de Espa&#xF1;a en situaciones de crisis.&#xD;
&#xD;
Estas acciones est&#xE1;n coordinadas por la Comisi&#xF3;n Notarial de Emergencias del Consejo General del Notariado, presidida por el decano del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha, Luis Mayorga, que forma parte de la delegaci&#xF3;n que visita Ceuta con el prop&#xF3;sito de conocer las necesidades de los tres notarios y de los ciudadanos ceut&#xED;es en cuestiones de &#xED;ndole notarial.</content><description>La presidenta del Consejo General del Notariado (CGN), Concepci&#xF3;n Pilar Barrio Del Olmo visita oficialmente la ciudad de Ceuta, acompa&#xF1;ada del decano del Colegio Notarial de Andaluc&#xED;a, Manuel Seda; del presidente de la Comisi&#xF3;n de Emergencias del Notariado, Luis Mayorga; del miembro de la Comisi&#xF3;n Permanente del CGN y delegado de Cooperaci&#xF3;n Internacional, Alfonso Cavall&#xE9;; y del censor tercero del Colegio Notarial de Andaluc&#xED;a, V&#xED;ctor Manuel Arrabal, que ejerci&#xF3; cuatro a&#xF1;os como notario en la ciudad.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Encuentro-con-el-presidente-Juan-Jesus-Vivas-p489874-m1527986-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</url><title>Vivas recibe a la presidenta del Notariado Espa&#xF1;ol en una visita de apoyo a los notarios y ciudadanos de Ceuta</title><link>https://elderecho.com/vivas-recibe-a-la-presidenta-del-notariado-espanol-en-una-visita-de-apoyo-a-los-notarios-y-ciudadanos-de-ceuta</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Encuentro-con-el-presidente-Juan-Jesus-Vivas-p489874-m1527986-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/vivas-recibe-a-la-presidenta-del-notariado-espanol-en-una-visita-de-apoyo-a-los-notarios-y-ciudadanos-de-ceuta</url><link>https://elderecho.com/vivas-recibe-a-la-presidenta-del-notariado-espanol-en-una-visita-de-apoyo-a-los-notarios-y-ciudadanos-de-ceuta</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/vivas-recibe-a-la-presidenta-del-notariado-espanol-en-una-visita-de-apoyo-a-los-notarios-y-ciudadanos-de-ceuta</guid><date_added>2026-10-07 11:05:51</date_added><pubDate>2026-10-07 11:05:51</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489872</id><title>El TSJM mantiene la acampada de Sol al no quedar acreditada la inactividad de la Delegaci&#xF3;n de Gobierno</title><content>La resoluci&#xF3;n, a la que tuvo acceso Europa Press, responde al recurso presentado por el Gobierno regional contra la que considera inactividad de la Delegaci&#xF3;n del Gobierno. En su escrito de alegaciones, la Delegaci&#xF3;n argumentaba que la normativa de seguridad ciudadana exige medidas de intervenci&#xF3;n "proporcionadas" y reserva la disoluci&#xF3;n de reuniones como "&#xFA;ltimo recurso"&#xD;
&#xD;
La Comunidad solicit&#xF3; inicialmente, con car&#xE1;cter urgente a trav&#xE9;s de una medida cautelar&#xED;sima y sin audiencia de la parte contraria, que se adoptaran las medidas necesarias para disolver la acampada de la Puerta del Sol. Subsidiariamente, pidi&#xF3; que la solicitud se tramitara como medida cautelar.&#xD;
&#xD;
La petici&#xF3;n de la Comunidad de Madrid fue ya rechazada en esa primera fase, mediante auto de 5 de octubre. Simult&#xE1;neamente, la Sala dio audiencia a la representaci&#xF3;n de la Delegaci&#xF3;n del Gobierno y, tras escuchar sus alegaciones, hoy ha deliberado y ha resuelto la solicitud cautelar.&#xD;
&#xD;
El principal argumento de la resoluci&#xF3;n se encuentra en la aplicaci&#xF3;n de los art&#xED;culos 136 y 29 de la LJCA. El art&#xED;culo 29 establece los requisitos para que pueda recurrirse ante la jurisdicci&#xF3;n contencioso-administrativa por inactividad de una Administraci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
Entre ellos, exige que exista una obligaci&#xF3;n concreta de prestaci&#xF3;n a cargo de la Administraci&#xF3;n y que, una vez reclamado su cumplimiento, transcurra el plazo legal sin que la administraci&#xF3;n atienda dicha obligaci&#xF3;n.&#xD;
Plazo de tres meses&#xD;
En este caso, la Sala destaca que el art&#xED;culo 29 obliga a la administraci&#xF3;n requirente a esperar el transcurso del plazo legal de tres meses para que pueda generarse la situaci&#xF3;n de inactividad prevista en ese precepto. Seg&#xFA;n los jueces, dicho plazo no ha transcurrido en el supuesto examinado.&#xD;
&#xD;
Los magistrados a&#xF1;aden que la figura de la inactividad administrativa regulada en el art&#xED;culo 29 de la LJCA no puede identificarse, sin m&#xE1;s, con una eventual dejaci&#xF3;n o falta de actuaci&#xF3;n en el ejercicio de las competencias administrativas.&#xD;
&#xD;
La Sala recuerda, en este sentido, la doctrina del Tribunal Supremo, seg&#xFA;n la cual la inactividad susceptible de recurso exige la existencia de una obligaci&#xF3;n p&#xFA;blica concreta, establecida por una norma, acto, contrato o convenio, cuyo contenido sea una actividad prestacional y cuyo destinatario tenga derecho a recibirla.&#xD;
&#xD;
Precisa, adem&#xE1;s, que su decisi&#xF3;n se adopta en el marco de la pieza de medidas cautelares y que, por tanto, no supone un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del recurso.&#xD;
Alegaciones de la delegaci&#xF3;n&#xD;
En su escrito de alegaciones, presentado esta misma ma&#xF1;ana, la Abogac&#xED;a del Estado rechazaba que existiera una inactividad administrativa que pueda ser objeto de la medida cautelar solicitada.&#xD;
&#xD;
Argumentaba que la normativa sobre seguridad ciudadana otorga a la autoridad gubernativa un margen de ponderaci&#xF3;n y establece que las medidas de intervenci&#xF3;n en reuniones y manifestaciones deben ser "graduales y proporcionadas", de modo que la disoluci&#xF3;n constituye el "&#xFA;ltimo recurso".&#xD;
&#xD;
En este sentido, el escrito recuerda que la falta de comunicaci&#xF3;n previa de la acampada no determina por s&#xED; misma su disoluci&#xF3;n, ya que la comunicaci&#xF3;n no constituye un requisito constitutivo del derecho fundamental de reuni&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
La Abogac&#xED;a del Estado sosten&#xED;a adem&#xE1;s que la finalidad reivindicativa de la acampada impide considerarla una mera ocupaci&#xF3;n del espacio p&#xFA;blico, al estar vinculada a la expresi&#xF3;n de ideas y reivindicaciones pol&#xED;ticas.&#xD;
Asegura que la delegaci&#xF3;n no ha permanecido pasiva&#xD;
El escrito negaba asimismo que la Delegaci&#xF3;n del Gobierno haya mantenido una actitud de "total pasividad" ante la situaci&#xF3;n de los acampados en la Puerta del Sol. Seg&#xFA;n expon&#xED;a en su escrito, se han habilitado pasillos para garantizar la circulaci&#xF3;n de peatones, el acceso a los inmuebles y el tr&#xE1;nsito de los servicios de emergencia, adem&#xE1;s de establecerse un acordonamiento policial de la sede de la Comunidad de Madrid.&#xD;
&#xD;
Asimismo, expon&#xED;a que se ha garantizado el acceso a la estaci&#xF3;n de Metro y Cercan&#xED;as de Sol y que, cuando se han producido episodios de violencia f&#xED;sica, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad han identificado y, cuando proced&#xED;a, detenido a los implicados. A su juicio, estas actuaciones permiten conjugar la seguridad ciudadana con el derecho fundamental de reuni&#xF3;n y manifestaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
Frente a las im&#xE1;genes aportadas por la Comunidad de Madrid, el Estado consideraba que estas no acreditar&#xED;an altercados contra personas ni una intensidad suficiente de da&#xF1;os en bienes que justifique una disoluci&#xF3;n, al entender que no toda perturbaci&#xF3;n de la convivencia en la v&#xED;a p&#xFA;blica alcanza la gravedad necesaria para adoptar esta medida.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la medida cautelar solicitada por la Comunidad de Madrid para que se ordene la disoluci&#xF3;n de la acampada instalada en la Puerta del Sol al considerar que no ha quedado acreditada la existencia de una inactividad administrativa de la Delegaci&#xF3;n del Gobierno en Madrid.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2850094493-1-p489872-m1527936-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TSJM mantiene la acampada de Sol al no quedar acreditada la inactividad de la Delegaci&#xF3;n de Gobierno</title><link>https://elderecho.com/el-tsjm-mantiene-la-acampada-de-sol-al-no-quedar-acreditada-la-inactividad-de-la-delegacion-de-gobierno</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2850094493-1-p489872-m1527936-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tsjm-mantiene-la-acampada-de-sol-al-no-quedar-acreditada-la-inactividad-de-la-delegacion-de-gobierno</url><link>https://elderecho.com/el-tsjm-mantiene-la-acampada-de-sol-al-no-quedar-acreditada-la-inactividad-de-la-delegacion-de-gobierno</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tsjm-mantiene-la-acampada-de-sol-al-no-quedar-acreditada-la-inactividad-de-la-delegacion-de-gobierno</guid><date_added>2026-10-07 11:00:42</date_added><pubDate>2026-10-07 11:00:42</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489871</id><title>El Supremo da cinco d&#xED;as a las partes para alegaciones tras la orden del TC de aplicar la amnist&#xED;a</title><content>As&#xED; lo han hecho este mi&#xE9;rcoles en sendas providencias, recogidas por Europa Press, tanto el magistrado instructor del 'proc&#xE9;s', Pablo Llarena, como el presidente de la Sala de lo Penal, la que juzg&#xF3; y conden&#xF3; a diferentes dirigentes de aquellos hechos, Andr&#xE9;s Mart&#xED;nez Arrieta.&#xD;
&#xD;
La mayor&#xED;a progresista del Constitucional respald&#xF3; este martes la ponencia del presidente de la corte de garant&#xED;as, C&#xE1;ndido Conde-Pumpido, favorable a amnistiar a la exconsejera con ERC Dolors Bassa por la malversaci&#xF3;n a la que fue condenada por el Tribunal Supremo, que durante los &#xFA;ltimos a&#xF1;os se ha negado a perdonar ese delito, entre ellos al expresidente y l&#xED;der de Junts, Carles Puigdemont.&#xD;
&#xD;
En el momento en el que se conoci&#xF3; el fallo del &#xF3;rgano de garant&#xED;as, el magistrado Llarena acord&#xF3; en un auto de este martes dejar sin efecto la orden de detenci&#xF3;n contra Puigdemont.&#xD;
&#xD;
El magistrado que instruy&#xF3; el 'proc&#xE9;s' levant&#xF3; "con car&#xE1;cter inmediato y hasta nueva resoluci&#xF3;n judicial expresa" las &#xF3;rdenes nacionales de detenci&#xF3;n contra Puigdemont y los exconsejeros Toni Com&#xED;n y Llu&#xED;s Puig.&#xD;
&#xD;
Para el instructor de la causa, aunque en ese momento todav&#xED;a no dispon&#xED;a del texto &#xED;ntegro de la sentencia referida a Bassa, cuyo conocimiento ser&#xE1; "necesario para determinar su alcance" respecto de Puigdemont, Com&#xED;n y Puig, "la coincidencia sustancial de los hechos y de la cuesti&#xF3;n jur&#xED;dica controvertida permite apreciar, sin anticipar una conclusi&#xF3;n definitiva, que el pronunciamiento constitucional puede incidir en el fundamento de aquellas &#xF3;rdenes".&#xD;
&#xD;
Y es que ha sido a primera hora de este mi&#xE9;rcoles cuando el Constitucional ha notificado al Supremo la sentencia que le ordena amnistiar el delito de malversaci&#xF3;n que pesa sobre Puigdemont, Com&#xED;n, Puig, Bassa, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los tambi&#xE9;n exconsejeros Ra&#xFC;l Romeva y Jordi Turull, actual secretario general de Junts.</content><description>El Tribunal Supremo ha dado cinco d&#xED;as a las partes para que puedan presentar alegaciones despu&#xE9;s de recibir la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que le ordena aplicar la ley de amnist&#xED;a a los dirigentes independentistas catalanes sobre los que pesa el delito de malversaci&#xF3;n.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20110803_0002_1-p489871-m1527918-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El Supremo da cinco d&#xED;as a las partes para alegaciones tras la orden del TC de aplicar la amnist&#xED;a</title><link>https://elderecho.com/el-supremo-da-cinco-dias-a-las-partes-para-alegaciones-tras-la-orden-del-tc-de-aplicar-la-amnistia</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20110803_0002_1-p489871-m1527918-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-supremo-da-cinco-dias-a-las-partes-para-alegaciones-tras-la-orden-del-tc-de-aplicar-la-amnistia</url><link>https://elderecho.com/el-supremo-da-cinco-dias-a-las-partes-para-alegaciones-tras-la-orden-del-tc-de-aplicar-la-amnistia</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-supremo-da-cinco-dias-a-las-partes-para-alegaciones-tras-la-orden-del-tc-de-aplicar-la-amnistia</guid><date_added>2026-10-07 10:20:35</date_added><pubDate>2026-10-07 10:20:35</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489870</id><title>El Constitucional remite al Supremo la sentencia que le ordena amnistiar la malversaci&#xF3;n del 'proc&#xE9;s'</title><content>Seg&#xFA;n han confirmado fuentes de la corte de garant&#xED;as, ya ha sido notificada la sentencia, adem&#xE1;s del voto particular de los cinco vocales discrepantes, al Supremo y a las partes.&#xD;
&#xD;
En el Pleno del TC celebrado este martes, la mayor&#xED;a progresista respald&#xF3; la ponencia del presidente del Constitucional, C&#xE1;ndido Conde-Pumpido, favorable a amnistiar a la exconsejera con ERC Dolors Bassa por la malversaci&#xF3;n a la que fue condenada por el Tribunal Supremo.&#xD;
&#xD;
Tambi&#xE9;n fueron condenados por el mismo motivo y esperan que ahora el Supremo les aplique la amnist&#xED;a el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros Ra&#xFC;l Romeva y Jordi Turull, actual secretario general de Junts, mientras que en la misma situaci&#xF3;n que Puigdemont, como procesados pero no juzgados porque huyeron de la justicia, se encuentran los exconsejeros Toni Com&#xED;n y Llu&#xED;s Puig.&#xD;
&#xD;
En su sentencia, la corte de garant&#xED;as declara la nulidad de los autos impugnados que le negaron la amnist&#xED;a y ordena retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al dictado del primero de ellos, a fin de que la Sala de lo Penal del Supremo, la que la juzg&#xF3;, efect&#xFA;e un nuevo pronunciamiento en el que se declare amnistiado el delito de malversaci&#xF3;n de caudales p&#xFA;blicos por el que fue condenada Bassa, seg&#xFA;n inform&#xF3; el TC en una nota.&#xD;
&#xD;
El Pleno considera que el prop&#xF3;sito de obtener un enriquecimiento personal de car&#xE1;cter patrimonial, utilizado en la ley de amnist&#xED;a como criterio excluyente de su aplicaci&#xF3;n y destacado por el Supremo para no aplicarla, "es un concepto aut&#xF3;nomo, no identificable con la noci&#xF3;n de enriquecimiento que es inherente a todo delito de malversaci&#xF3;n, y su funci&#xF3;n es distinguir las malversaciones amnistiables de las no amnistiables, excluyendo los actos de corrupci&#xF3;n privada que se hubieran apartado de la finalidad de financiar" el proceso independentista.</content><description>El Tribunal Constitucional (TC) ha notificado al Tribunal Supremo la sentencia que le ordena amnistiar el delito de malversaci&#xF3;n que pesa sobre dirigentes del 'proc&#xE9;s'.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Constitucional_EDEIMA20150625_0008_1-p489870-m1527896-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El Constitucional remite al Supremo la sentencia que le ordena amnistiar la malversaci&#xF3;n del 'proc&#xE9;s'</title><link>https://elderecho.com/el-constitucional-remite-al-supremo-la-sentencia-que-le-ordena-amnistiar-la-malversacion-del-proces</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Constitucional_EDEIMA20150625_0008_1-p489870-m1527896-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-constitucional-remite-al-supremo-la-sentencia-que-le-ordena-amnistiar-la-malversacion-del-proces</url><link>https://elderecho.com/el-constitucional-remite-al-supremo-la-sentencia-que-le-ordena-amnistiar-la-malversacion-del-proces</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-constitucional-remite-al-supremo-la-sentencia-que-le-ordena-amnistiar-la-malversacion-del-proces</guid><date_added>2026-10-07 10:15:32</date_added><pubDate>2026-10-07 10:15:32</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489844</id><title>Medidas urgentes para la protecci&#xF3;n de la funci&#xF3;n social y la ampliaci&#xF3;n de la oferta de vivienda asequible</title><content>Este Real Decreto-ley se vertebra en dos ejes de acci&#xF3;n definidos: por un lado, bajar los precios, dar estabilidad y combatir el fraude; por otro lado, ampliar la oferta de vivienda asequible, permitiendo consolidar un parque de vivienda p&#xFA;blico y con protecci&#xF3;n de car&#xE1;cter permanente.&#xD;
&#xD;
La norma incorpora as&#xED; un grueso paquete de medidas de car&#xE1;cter estructural, como la protecci&#xF3;n frente a los desahucios de personas vulnerables y sin alternativa habitacional hasta 2030; los l&#xED;mites a la compra especulativa por parte de fondos buitre; la regulaci&#xF3;n de las figuras del alquiler de temporada y de habitaciones; la imposici&#xF3;n de un IVA a viviendas destinadas a uso tur&#xED;stico y la reducci&#xF3;n del mismo impuesto a la vivienda protegida; deducciones y bonificaciones fiscales para inquilinos y propietarios; el nuevo mecanismo de financiaci&#xF3;n 'Tu Casa', dotado con 10.000 millones de euros para facilitar la compra de la primera vivienda; o f&#xF3;rmulas para el blindaje del parque estatal de vivienda, entre otras acciones.&#xD;
&#xD;
Asimismo, se incluyen otras medidas dirigidas a reforzar el derecho, como la dotaci&#xF3;n de 400 millones de euros para el fondo de impacto social, con el objetivo de impulsar la promoci&#xF3;n de vivienda por parte de proveedores sociales; o la adscripci&#xF3;n de las viviendas de la Tesorer&#xED;a General de la Seguridad Social a CASA 47-Entidad Estatal de Vivienda, para su puesta a disposici&#xF3;n de la ciudadan&#xED;a en forma de alquiler asequible.</content><description>El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la funci&#xF3;n social de la vivienda a trav&#xE9;s de una bater&#xED;a de actuaciones dirigidas a reforzar el derecho a la vivienda y a limitar las pr&#xE1;cticas especulativas en este &#xE1;mbito.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_1978878695-1-p489844-m1527823-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Medidas urgentes para la protecci&#xF3;n de la funci&#xF3;n social y la ampliaci&#xF3;n de la oferta de vivienda asequible</title><link>https://elderecho.com/medidas-urgentes-para-la-proteccion-de-la-funcion-social-y-la-ampliacion-de-la-oferta-de-vivienda-asequible</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_1978878695-1-p489844-m1527823-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/medidas-urgentes-para-la-proteccion-de-la-funcion-social-y-la-ampliacion-de-la-oferta-de-vivienda-asequible</url><link>https://elderecho.com/medidas-urgentes-para-la-proteccion-de-la-funcion-social-y-la-ampliacion-de-la-oferta-de-vivienda-asequible</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/medidas-urgentes-para-la-proteccion-de-la-funcion-social-y-la-ampliacion-de-la-oferta-de-vivienda-asequible</guid><date_added>2026-10-06 16:00:32</date_added><pubDate>2026-10-06 16:00:32</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category><category><id>inmobiliario</id><name>Inmobiliario</name><idPro/></category></categories><allCategories>Civil,Inmobiliario</allCategories></item><item><id>489802</id><title>La AEPD se&#xF1;ala las garant&#xED;as para incorporar inteligencia artificial a los sistemas de videovigilancia</title><content>La Agencia Espa&#xF1;ola de Protecci&#xF3;n de Datos (AEPD) ha realizado sendas advertencias a dos ayuntamientos en relaci&#xF3;n con proyectos de videovigilancia que contemplan funcionalidades de inteligencia artificial para el an&#xE1;lisis automatizado de im&#xE1;genes.&#xD;
&#xD;
Las advertencias forman parte de la funci&#xF3;n preventiva de la Agencia y permiten llamar la atenci&#xF3;n sobre tratamientos no iniciados que podr&#xED;an no ajustarse a la normativa de protecci&#xF3;n de datos, de modo que los responsables puedan incorporar las garant&#xED;as necesarias antes de su implantaci&#xF3;n efectiva.&#xD;
&#xD;
En uno de los proyectos se contemplan funcionalidades de detecci&#xF3;n o reconocimiento facial. En el otro se prev&#xE9;n, entre otras capacidades, la detecci&#xF3;n de personas y veh&#xED;culos, la generaci&#xF3;n de metadatos y la b&#xFA;squeda de personas por caracter&#xED;sticas de su apariencia, como la vestimenta, el pelo, el sexo o el grupo de edad, incluso utilizando una imagen o fotograf&#xED;a como punto de partida.&#xD;
&#xD;
La AEPD subraya que la utilizaci&#xF3;n de sistemas de videovigilancia dotados de IA en las Administraciones p&#xFA;blicas, adecuadamente dise&#xF1;ados y utilizados, pueden contribuir a mejorar la eficacia de determinados tratamientos de datos. La normativa de protecci&#xF3;n de datos no impide utilizar estas tecnolog&#xED;as, pero s&#xED; exige que los tratamientos de datos personales se realicen con garant&#xED;as adecuadas a sus caracter&#xED;sticas y riesgos. Por ello, la protecci&#xF3;n de datos debe incorporarse desde las primeras fases del proyecto y formar parte de las decisiones sobre la adquisici&#xF3;n, selecci&#xF3;n, configuraci&#xF3;n e implantaci&#xF3;n de los sistemas.&#xD;
&#xD;
Antes de su puesta marcha el responsable del tratamiento debe analizar qu&#xE9; funcionalidades son necesarias para la finalidad perseguida y si su utilizaci&#xF3;n es proporcionada. Tambi&#xE9;n debe determinarse qu&#xE9; datos genera cada funci&#xF3;n, durante cu&#xE1;nto tiempo se conservar&#xE1;n y qui&#xE9;n podr&#xE1; acceder a ellos. La Agencia destaca que la disponibilidad t&#xE9;cnica de una capacidad de identificaci&#xF3;n, b&#xFA;squeda, localizaci&#xF3;n o seguimiento de personas no justifica por s&#xED; misma su uso.&#xD;
&#xD;
Este an&#xE1;lisis debe tener en cuenta los riesgos que el tratamiento puede comportar para los derechos y libertades de las personas afectadas. Cuando el tratamiento pueda entra&#xF1;ar un alto riesgo, deber&#xE1; realizarse antes de su puesta en marcha una evaluaci&#xF3;n de impacto en protecci&#xF3;n de datos que permita identificar esos riesgos y establecer las medidas adecuadas para afrontarlos.&#xD;
&#xD;
La Agencia presta especial atenci&#xF3;n a las funcionalidades que puedan implicar el tratamiento de datos biom&#xE9;tricos destinados a identificar de manera un&#xED;voca a una persona. Si el an&#xE1;lisis t&#xE9;cnico determina que alguna de las capacidades del sistema implica este tipo de tratamiento, resultar&#xE1; aplicable el r&#xE9;gimen reforzado previsto para los datos biom&#xE9;tricos y deber&#xE1;n establecerse garant&#xED;as espec&#xED;ficas.&#xD;
&#xD;
En los tratamientos realizados por la Polic&#xED;a Local para fines de prevenci&#xF3;n, detecci&#xF3;n o investigaci&#xF3;n de infracciones penales o para la protecci&#xF3;n frente a amenazas para la seguridad p&#xFA;blica, deber&#xE1; justificarse la utilizaci&#xF3;n de estas funcionalidades atendiendo, entre otros criterios, a su necesidad, idoneidad y proporcionalidad. Esta valoraci&#xF3;n debe realizarse respecto de cada capacidad adicional de an&#xE1;lisis automatizado y no &#xFA;nicamente respecto de la instalaci&#xF3;n de las c&#xE1;maras.&#xD;
&#xD;
La transparencia constituye otra de las garant&#xED;as destacadas por la AEPD. Las personas afectadas deber&#xE1;n recibir informaci&#xF3;n clara, accesible y comprensible sobre el tratamiento de sus datos personales, sus finalidades y la funci&#xF3;n que desempe&#xF1;a el sistema.&#xD;
&#xD;
Con estas advertencias, la Agencia recuerda la importancia de integrar la protecci&#xF3;n de datos desde el dise&#xF1;o y por defecto en los proyectos que incorporen inteligencia artificial a sistemas de videovigilancia. Este enfoque permite aprovechar las posibilidades que ofrecen estas tecnolog&#xED;as y, al mismo tiempo, preservar los derechos y libertades de las personas afectadas.</content><description>La Agencia Espa&#xF1;ola de Protecci&#xF3;n de Datos (AEPD) ha realizado sendas advertencias  a dos ayuntamientos en relaci&#xF3;n con proyectos de videovigilancia que contemplan funcionalidades de inteligencia artificial para el an&#xE1;lisis automatizado de im&#xE1;genes.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2729088229-1-p489802-m1527720-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La AEPD se&#xF1;ala las garant&#xED;as para incorporar inteligencia artificial a los sistemas de videovigilancia</title><link>https://elderecho.com/la-aepd-senala-las-garantias-para-incorporar-inteligencia-artificial-a-los-sistemas-de-videovigilancia</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2729088229-1-p489802-m1527720-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-aepd-senala-las-garantias-para-incorporar-inteligencia-artificial-a-los-sistemas-de-videovigilancia</url><link>https://elderecho.com/la-aepd-senala-las-garantias-para-incorporar-inteligencia-artificial-a-los-sistemas-de-videovigilancia</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-aepd-senala-las-garantias-para-incorporar-inteligencia-artificial-a-los-sistemas-de-videovigilancia</guid><date_added>2026-10-06 15:36:16</date_added><pubDate>2026-10-06 15:36:16</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489843</id><title>Adaptaci&#xF3;n normativa del sector financiero</title><content>Mediante el mismo se actualizan distintas normas del sector financiero para adaptarlas al marco europeo y a los est&#xE1;ndares del Grupo de Acci&#xF3;n Financiera Internacional (GAFI), responder a nuevos riesgos y avances tecnol&#xF3;gicos, reducir cargas administrativas y mejorar la competitividad del mercado de capitales nacional.&#xD;
&#xD;
La norma refuerza la prevenci&#xF3;n del blanqueo de capitales y la financiaci&#xF3;n del terrorismo, con medidas como la identificaci&#xF3;n de quienes operen en criptocajeros, el uso del DNI digital y mayores garant&#xED;as en las operaciones a distancia. Tambi&#xE9;n adapta las obligaciones de fundaciones y asociaciones a su nivel de riesgo y mejora la informaci&#xF3;n disponible para detectar operaciones sospechosas.&#xD;
&#xD;
Adem&#xE1;s, simplifica determinadas obligaciones en los mercados de valores, facilita el acceso de las empresas espa&#xF1;olas a mercados internacionales y favorece el acceso a cuentas de pago b&#xE1;sicas gratuitas de personas vulnerables.</content><description>El Consejo de ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifican diversos reales decretos en el &#xE1;mbito del sector financiero para su adaptaci&#xF3;n al marco normativo vigente. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2619119853-1-p489843-m1527805-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Adaptaci&#xF3;n normativa del sector financiero</title><link>https://elderecho.com/adaptacion-normativa-del-sector-financiero</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2619119853-1-p489843-m1527805-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/adaptacion-normativa-del-sector-financiero</url><link>https://elderecho.com/adaptacion-normativa-del-sector-financiero</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/adaptacion-normativa-del-sector-financiero</guid><date_added>2026-10-06 14:30:29</date_added><pubDate>2026-10-06 14:30:29</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category></categories><allCategories>Administrativo</allCategories></item><item><id>489790</id><title>El TC avala amnistiar la malversaci&#xF3;n de dirigentes del 'proc&#xE9;s'</title><content>&#xD;
&#xD;
&#xD;
Durante el Pleno celebrado este martes, la mayor&#xED;a progresista ha respaldado la ponencia del presidente del Constitucional, C&#xE1;ndido Conde-Pumpido, favorable a amnistiar a la exconsejera con ERC Dolors Bassa por la malversaci&#xF3;n a la que fue condenada por el Tribunal Supremo.&#xD;
&#xD;
En su sentencia, la corte de garant&#xED;as declara la nulidad de los autos impugnados que le negaron la amnist&#xED;a y ordena retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior al dictado del primero de ellos, a fin de que la Sala de lo Penal del Supremo, la que la juzg&#xF3;, efect&#xFA;e un nuevo pronunciamiento en el que se declare amnistiado el delito de malversaci&#xF3;n de caudales p&#xFA;blicos por el que fue condenada Bassa, seg&#xFA;n ha informado el TC en una nota.&#xD;
&#xD;
El Pleno considera que el prop&#xF3;sito de obtener un enriquecimiento personal de car&#xE1;cter patrimonial, utilizado en la ley de amnist&#xED;a como noci&#xF3;n excluyente de su aplicaci&#xF3;n, "es un concepto aut&#xF3;nomo, no identificable con la noci&#xF3;n de enriquecimiento que es inherente a todo delito de malversaci&#xF3;n, y su funci&#xF3;n es distinguir las malversaciones amnistiables de las no amnistiables, excluyendo los actos de corrupci&#xF3;n privada que se hubieran apartado de la finalidad de financiar" el proceso independentista.&#xD;
Sin riesgo de "secesi&#xF3;n territorial"&#xD;
"Se estima por ello la alegaci&#xF3;n de la recurrente de que los autos impugnados hicieron una interpretaci&#xF3;n extensiva de la excepci&#xF3;n, ajena a su genuino sentido y finalidad, lo que, por sus consecuencias penales, se traduce en una vulneraci&#xF3;n del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de derecho a obtener una resoluci&#xF3;n judicial motivada y fundada en derecho", argumenta.&#xD;
&#xD;
Para el Constitucional, el "riesgo de secesi&#xF3;n territorial de Catalu&#xF1;a", una apreciaci&#xF3;n que sirvi&#xF3; para fundamentar la decisi&#xF3;n del Supremo de denegar la aplicaci&#xF3;n de amnist&#xED;a al delito de malversaci&#xF3;n, "no es conciliable con los presupuestos f&#xE1;cticos de la sentencia que conden&#xF3;" a Bassa.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, aducen que en esa resoluci&#xF3;n se "descart&#xF3; la existencia de dicho riesgo", como tampoco con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Uni&#xF3;n Europea (TJUE) que descart&#xF3; afectaci&#xF3;n a los intereses financieros de la UE en el 'proc&#xE9;s'.&#xD;
&#xD;
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha levantado la orden de detenci&#xF3;n que permanec&#xED;a vigente desde la huida del expresidente catal&#xE1;n en octubre de 2017.&#xD;
Las cr&#xED;ticas del sector conservador&#xD;
Por su parte, los magistrados Ricardo Enr&#xED;quez, Enrique Arnaldo, Concepci&#xF3;n Espejel, C&#xE9;sar Tolosa y Jos&#xE9; Mar&#xED;a Mac&#xED;as, del sector conservador, han emitido un voto particular discrepante con la estimaci&#xF3;n de la corte de garant&#xED;as al recurso de Dolors Bassa.&#xD;
&#xD;
"Los motivos de la discrepancia son, en esencia, dos: por un lado, una m&#xE1;s que preocupante (y reiterada) suplantaci&#xF3;n del rol funcional que corresponde al Tribunal Supremo en la interpretaci&#xF3;n y aplicaci&#xF3;n de la legalidad ordinaria; y, por otro, una disconformidad sustancial con el criterio metodol&#xF3;gico empleado en la resoluci&#xF3;n de amparo", argumentan los magistrados en el borrador del voto particular, al que tambi&#xE9;n ha tenido acceso Europa Press.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, explican que con la sentencia asumida por el Pleno "se insiste en una deriva, acentuada en los &#xFA;ltimos a&#xF1;os, que distorsiona y pervierte el rol funcional del Tribunal Constitucional, coloc&#xE1;ndole en una posici&#xF3;n que no le corresponde dentro del esquema general" del sistema judicial espa&#xF1;ol.&#xD;
&#xD;
"El Tribunal Supremo es el encargado de fijar el criterio interpretativo de la legalidad ordinaria, mientras que el Tribunal Constitucional es el encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones" de la Carta Magna, apostillan.&#xD;
La finalidad del 'proc&#xE9;s' no es incompatible con el beneficio personal&#xD;
Para los magistrados cr&#xED;ticos, la posici&#xF3;n mayoritaria "no se ha limitado a hacer un an&#xE1;lisis de la razonabilidad de las resoluciones impugnadas", sino que se ha dedicado a "suplantar la labor" del Supremo "en la apreciaci&#xF3;n de la amnist&#xED;a", algo que, "desgraciadamente, no es la primera vez que ocurre".&#xD;
&#xD;
"El pronunciamiento de la sentencia de la que ahora discrepamos se alcanza desde un esquema metodol&#xF3;gico que, a nuestro juicio, lejos de servir de veh&#xED;culo fundamentado a la decisi&#xF3;n que se adopta, solo pretende envolver la argumentaci&#xF3;n de una decisi&#xF3;n aparentemente tomada con car&#xE1;cter previo", a&#xF1;aden.&#xD;
&#xD;
Para los magistrados conservadores, "no puede afirmarse, como parece deducirse de la sentencia, que la finalidad secesionista sea incompatible con la de obtener un beneficio personal patrimonial y, en cualquier caso, la verdadera finalidad de la conducta de la recurrente forma parte del margen de apreciaci&#xF3;n del tribunal sentenciador, no de la jurisdicci&#xF3;n constitucional".&#xD;
&#xD;
En su opini&#xF3;n, se ha producido un "exceso en el ejercicio" de la jurisdicci&#xF3;n constitucional de la corte de garant&#xED;as, que ha asumido "un indebido rol de int&#xE9;rprete de la legalidad ordinaria", as&#xED; como una "injustificada desmesura de los calificativos sobre la motivaci&#xF3;n ofrecida por el Tribunal Supremo" para no amnistiar la malversaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
&#xD;
</content><description>El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado amnistiar el delito de malversaci&#xF3;n que pesa sobre dirigentes del 'proc&#xE9;s' como el expresidente catal&#xE1;n y l&#xED;der de Junts, Carles Puigdemont, y ha ordenado al Tribunal Supremo (TS) la aplicaci&#xF3;n de la misma.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Constitucional_EDEIMA20150623_0008_1-p489790-m1527643-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TC avala amnistiar la malversaci&#xF3;n de dirigentes del 'proc&#xE9;s'</title><link>https://elderecho.com/el-constitucional-avala-amnistiar-la-malversacion-de-dirigentes-del-proces</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Constitucional_EDEIMA20150623_0008_1-p489790-m1527643-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-constitucional-avala-amnistiar-la-malversacion-de-dirigentes-del-proces</url><link>https://elderecho.com/el-constitucional-avala-amnistiar-la-malversacion-de-dirigentes-del-proces</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-constitucional-avala-amnistiar-la-malversacion-de-dirigentes-del-proces</guid><date_added>2026-10-06 12:20:05</date_added><pubDate>2026-10-06 12:20:05</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489804</id><title>El IV Foro Europeo de Propiedad Industrial refuerza el papel de Espa&#xF1;a como referente en Europa en la protecci&#xF3;n y defensa de las marcas</title><content>La Asociaci&#xF3;n para la Defensa de la Marca (ANDEMA), con el apoyo de la Oficina Espa&#xF1;ola de Patentes y Marcas O.A (OEPM), celebra los pr&#xF3;ximos 25, 26 y 27 de noviembre una nueva edici&#xF3;n del Foro Europeo de Propiedad Industrial, que congregar&#xE1; a m&#xE1;s de 300 profesionales y cerca de 60 ponentes de instituciones nacionales, europeas e internacionales, empresas y organizaciones l&#xED;deres en la defensa de las marcas y los activos intangibles.&#xD;
&#xD;
El encuentro se celebrar&#xE1; en La Pedrera de Barcelona y contar&#xE1; con la participaci&#xF3;n de Isabel Perell&#xF3;, presidenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que ser&#xE1; la encargada de clausurar el foro. Por cuarto a&#xF1;o consecutivo, la Ciudad Condal reunir&#xE1; a profesionales del sector para analizar la situaci&#xF3;n de la propiedad industrial (PI) en Europa desde la perspectiva de quienes trabajan en la protecci&#xF3;n y defensa de estos derechos.&#xD;
&#xD;
Esta edici&#xF3;n ser&#xE1; inaugurada por Eduardo Petrossi, presidente de ANDEMA y consejero delegado de Mahou San Miguel, y Jaume Duch, conseller de la UE y Acci&#xF3;n Exterior de la Generalitat de Catalunya. El subsecretario de Turismo e Industria y presidente de la OEPM, Pablo Garde, y Patricia Garc&#xED;a-Escudero, directora del observatorio de la EUIPO, clausurar&#xE1;n el evento junto con la presidenta del CGPJ.&#xD;
&#xD;
Entre los participantes en las mesas redondas, este a&#xF1;o el foro cuenta con instituciones como la Comisi&#xF3;n Europea, la OLAF (European Anti-Fraud Office), la CNMC, el Banco de Espa&#xF1;a o la C&#xE1;mara de Comercio; asociaciones internacionales y europeas como INTA (International Trademark Association), UNIFAB (la ANDEMA francesa), INDICAM (la ANDEMA italiana) o AIM.&#xD;
&#xD;
(European Brands Association); empresas como ISDIN, Aena, Natura Biss&#xE9;, Ron Barcel&#xF3;, Osborne, HP, Amazon, Temu, Imperial Brands-Altadis y Ebrand, entre otras.&#xD;
&#xD;
En las 10 mesas redondas que forman el foro de 2026 se tratar&#xE1;n temas como la valoraci&#xF3;n de los activos intangibles, la necesaria coordinaci&#xF3;n policial en los delitos de PI, los riesgos y oportunidades que presenta la IA, la labor de concienciaci&#xF3;n de las marcas e instituciones para combatir las falsificaciones, entre otros.&#xD;
&#xD;
Para el director general de ANDEMA, Gerard Guiu: &#x201C;un a&#xF1;o m&#xE1;s, Espa&#xF1;a se convertir&#xE1; en el epicentro internacional del mundo de la propiedad industrial al reunir a representantes institucionales, empresas y profesionales de distintos &#xE1;mbitos y pa&#xED;ses, poniendo de manifiesto la importancia de sumar esfuerzos a escala europea e internacional para hacer frente a los retos actuales y futuros en la defensa de las marcas&#x201D;.&#xD;
&#xD;
Este a&#xF1;o, adem&#xE1;s de la recepci&#xF3;n en el Ayuntamiento de Barcelona el d&#xED;a 25 de noviembre, como actividad l&#xFA;dica, los asistentes podr&#xE1;n disfrutar de una visita guiada por el Poble Espanyol. Durante la visita, la Junta Directiva de ANDEMA entregar&#xE1; dos reconocimientos a la labor de defensa de las marcas y la propiedad industrial: uno a una persona por su contribuci&#xF3;n en el &#xE1;mbito profesional y otro a una organizaci&#xF3;n en reconocimiento a su trayectoria.&#xD;
&#xD;
En esta edici&#xF3;n colaboran el Ayuntamiento de Barcelona, Ebrand, Imperial Brands-Altadis, Herrero   Asociados, HP y ACCI&#xD2;, la agencia de la Generalitat de Catalunya para el crecimiento de las empresas.&#xD;
Ver programa</content><description>Isabel Perell&#xF3;, presidenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ser&#xE1; la encargada de clausurar el foro.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/foro-andema-2026-scaled-p489804-m1527693-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El IV Foro Europeo de Propiedad Industrial refuerza el papel de Espa&#xF1;a como referente en Europa en la protecci&#xF3;n y defensa de las marcas</title><link>https://elderecho.com/el-iv-foro-europeo-de-propiedad-industrial-refuerza-el-papel-de-espana-como-referente-en-europa-en-la-proteccion-y-defensa-de-las-marcas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/foro-andema-2026-scaled-p489804-m1527693-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-iv-foro-europeo-de-propiedad-industrial-refuerza-el-papel-de-espana-como-referente-en-europa-en-la-proteccion-y-defensa-de-las-marcas</url><link>https://elderecho.com/el-iv-foro-europeo-de-propiedad-industrial-refuerza-el-papel-de-espana-como-referente-en-europa-en-la-proteccion-y-defensa-de-las-marcas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-iv-foro-europeo-de-propiedad-industrial-refuerza-el-papel-de-espana-como-referente-en-europa-en-la-proteccion-y-defensa-de-las-marcas</guid><date_added>2026-10-06 12:00:14</date_added><pubDate>2026-10-06 12:00:14</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489727</id><title>Catedr&#xE1;ticos, abogados y notarios comparten con el TJUE poner l&#xED;mites a la publicidad de los datos personales de los accionistas</title><content>En el encuentro intervinieron la presidenta del Consejo General del Notariado, Concepci&#xF3;n Pilar Barrio del Olmo; la socia de P&#xE9;rez-Llorca, Josefina Garc&#xED;a Pedroviejo; el catedr&#xE1;tico de Derecho Administrativo, Jos&#xE9; Luis Pi&#xF1;ar; el catedr&#xE1;tico de Derecho Mercantil, Pedro Portellano; el catedr&#xE1;tico de Derecho Civil, Lorenzo Prats; el notario Juan &#xC1;lvarez-Sala y el socio de P&#xE9;rez-Llorca, Ra&#xFA;l Rubio.&#xD;
&#xD;
La sentencia tiene su origen en la normativa de Letonia, que permit&#xED;a que cualquier persona accediese por Internet a datos personales de los accionistas de sociedades an&#xF3;nimas, incluidos los minoritarios. Entre la informaci&#xF3;n disponible a los usuarios figuraban el nombre y apellidos de los accionistas, el n&#xFA;mero de identificaci&#xF3;n personal y, en determinados casos, la fecha de nacimiento, datos del documento de identidad, la direcci&#xF3;n de contacto e incluso el correo electr&#xF3;nico. Estos datos pod&#xED;an consultarse en l&#xED;nea y descargarse de forma masiva.&#xD;
&#xD;
El TJUE concluy&#xF3; al respecto que el Derecho de la Uni&#xF3;n no exige publicar informaci&#xF3;n sobre todos los accionistas por el mero hecho de serlo, incluidos los minoritarios, y se opone a que sus datos personales se pongan a disposici&#xF3;n de cualquier persona sin que se deban cumplir requisitos como acreditar un inter&#xE9;s leg&#xED;timo. El Tribunal analiz&#xF3; esta publicidad desde la perspectiva de los derechos al respeto a la vida privada y a la protecci&#xF3;n de los datos personales, reconocidos en los art&#xED;culos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Uni&#xF3;n Europea, que garantizan la privacidad, la intimidad y el control sobre la propia informaci&#xF3;n personal.&#xD;
&#xD;
El catedr&#xE1;tico de Derecho Administrativo y exdirector de la Agencia Espa&#xF1;ola de Protecci&#xF3;n de Datos, Jos&#xE9; Luis Pi&#xF1;ar, advirti&#xF3;: &#x201C;El relato puede hacer que confundamos transparencia con publicidad, que pensemos que hay que dar publicidad a todo&#x201D;. En esta l&#xED;nea, incidi&#xF3; en las garant&#xED;as que deben acompa&#xF1;ar al acceso a los datos personales y en la necesidad de justificar cualquier restricci&#xF3;n de derechos fundamentales. Pi&#xF1;ar record&#xF3; asimismo la importancia del art&#xED;culo 52 de la Carta se&#xF1;alada, que exige que cualquier limitaci&#xF3;n debe estar prevista por ley, respetar el contenido esencial de los derechos y, conforme al principio de proporcionalidad, ser necesaria y responder a objetivos de inter&#xE9;s general o a la protecci&#xF3;n de derechos de terceros.&#xD;
Las implicaciones para el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica&#xD;
A partir de la sentencia, los expertos analizaron las posibles implicaciones de estos criterios en el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica. Este prev&#xE9; convertir en constitutiva la inscripci&#xF3;n en el Registro Mercantil de las transmisiones de participaciones de sociedades de responsabilidad limitada, que podr&#xE1;n formalizarse mediante documento privado electr&#xF3;nico, documento judicial o administrativo, o mediante escritura p&#xFA;blica (frente al actual sistema basado en la escritura p&#xFA;blica y el control previo de legalidad ejercido por los notarios).&#xD;
&#xD;
La presidenta del Consejo General del Notariado, Concepci&#xF3;n Pilar Barrio del Olmo, puso el foco en los riesgos que puede tener para la propia seguridad de los ciudadanos una publicidad excesiva de informaci&#xF3;n patrimonial. &#x201C;Hay muchas personas que no inscriben en el Registro de la Propiedad porque no quieren que cualquiera pueda saber que son propietarios de una vivienda de elevado valor, sobre todo si hablamos de personas de pa&#xED;ses hispanoamericanos que conocen el riesgo que puede suponer&#x201D;, se&#xF1;al&#xF3; como ejemplo.&#xD;
&#xD;
Por su parte, Josefina Garc&#xED;a Pedroviejo, socia de P&#xE9;rez-Llorca, destac&#xF3; la importancia de analizar desde la pr&#xE1;ctica empresarial d&#xF3;nde deben situarse los l&#xED;mites de la publicidad: &#x201C;Desde el punto de vista de la pr&#xE1;ctica mercantil nuestros clientes no est&#xE1;n c&#xF3;modos con toda esta situaci&#xF3;n&#x201D;.&#xD;
&#xD;
El catedr&#xE1;tico de Derecho Civil Lorenzo Prats consider&#xF3; que, si el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica se aprobase en los t&#xE9;rminos planteados, podr&#xED;a incurrir en el mismo defecto que la normativa letona analizada por el TJUE.&#xD;
&#xD;
Por su parte, el catedr&#xE1;tico de Derecho Mercantil, Pedro Portellano, defendi&#xF3; que la seguridad del tr&#xE1;fico jur&#xED;dico no implica que toda la informaci&#xF3;n societaria deba incorporarse al Registro Mercantil: &#x201C;Que el Registro Mercantil sea el centro del tr&#xE1;fico jur&#xED;dico no significa que deba estar absolutamente todo en &#xE9;l&#x201D;. Advirti&#xF3; tambi&#xE9;n de las dificultades que puede plantear una concepci&#xF3;n excesivamente amplia del inter&#xE9;s leg&#xED;timo. A su juicio, si este se vincula de forma gen&#xE9;rica a la transparencia y a la protecci&#xF3;n de terceros, el n&#xFA;mero de personas que podr&#xED;an alegarlo para acceder a los datos ser&#xED;a muy amplio y resultar&#xED;a dif&#xED;cil comprobar la finalidad real de la solicitud. &#x201C;&#xBF;C&#xF3;mo lo pueden controlar eso los registradores? Yo creo que de ninguna manera&#x201D;, afirm&#xF3;.&#xD;
&#xD;
El notario Juan &#xC1;lvarez-Sala Walther resumi&#xF3; la necesidad de diferenciar entre la informaci&#xF3;n que debe acceder al Registro y aquella que debe ser objeto de publicidad: &#x201C;No tiene por qu&#xE9; ser publicable todo lo inscribible&#x201D;.&#xD;
&#xD;
Por &#xFA;ltimo, Ra&#xFA;l Rubio, socio de P&#xE9;rez-Llorca, destac&#xF3; el papel del notario como garante de la protecci&#xF3;n de datos: &#x201C;Esta sentencia es tremendamente &#xFA;til y pone encima de la mesa la responsabilidad del notario a la hora de ser el garante de la protecci&#xF3;n de datos de sus clientes&#x201D;.</content><description>Catedr&#xE1;ticos, abogados y notarios celebraron una reuni&#xF3;n de trabajo en la sede del despacho de abogados P&#xE9;rez-Llorca para analizar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni&#xF3;n Europea (TJUE) de 3 de septiembre de 2026 (C-798/24, Jautiva), relativa a la publicidad de los datos personales de los accionistas en Letonia, y su paralelismo con el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica en Espa&#xF1;a.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Notarios-catedraticos-y-abogados-reunion-datos-personales_img-p489727-m1527516-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Catedr&#xE1;ticos, abogados y notarios comparten con el TJUE poner l&#xED;mites a la publicidad de los datos personales de los accionistas</title><link>https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Notarios-catedraticos-y-abogados-reunion-datos-personales_img-p489727-m1527516-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</url><link>https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</guid><date_added>2026-10-06 11:20:39</date_added><pubDate>2026-10-06 11:20:39</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item></channel></rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/?utm_source=w3tc&utm_medium=footer_comment&utm_campaign=free_plugin

Object Caching 0/0 objects using Redis

Served from: elderecho.com @ 2026-10-08 06:41:17 by W3 Total Cache
-->