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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>489727</id><title>Catedr&#xE1;ticos, abogados y notarios comparten con el TJUE poner l&#xED;mites a la publicidad de los datos personales de los accionistas</title><content>En el encuentro intervinieron la presidenta del Consejo General del Notariado, Concepci&#xF3;n Pilar Barrio del Olmo; la socia de P&#xE9;rez-Llorca, Josefina Garc&#xED;a Pedroviejo; el catedr&#xE1;tico de Derecho Administrativo, Jos&#xE9; Luis Pi&#xF1;ar; el catedr&#xE1;tico de Derecho Mercantil, Pedro Portellano; el catedr&#xE1;tico de Derecho Civil, Lorenzo Prats; el notario Juan &#xC1;lvarez-Sala y el socio de P&#xE9;rez-Llorca, Ra&#xFA;l Rubio.&#xD;
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La sentencia tiene su origen en la normativa de Letonia, que permit&#xED;a que cualquier persona accediese por Internet a datos personales de los accionistas de sociedades an&#xF3;nimas, incluidos los minoritarios. Entre la informaci&#xF3;n disponible a los usuarios figuraban el nombre y apellidos de los accionistas, el n&#xFA;mero de identificaci&#xF3;n personal y, en determinados casos, la fecha de nacimiento, datos del documento de identidad, la direcci&#xF3;n de contacto e incluso el correo electr&#xF3;nico. Estos datos pod&#xED;an consultarse en l&#xED;nea y descargarse de forma masiva.&#xD;
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El TJUE concluy&#xF3; al respecto que el Derecho de la Uni&#xF3;n no exige publicar informaci&#xF3;n sobre todos los accionistas por el mero hecho de serlo, incluidos los minoritarios, y se opone a que sus datos personales se pongan a disposici&#xF3;n de cualquier persona sin que se deban cumplir requisitos como acreditar un inter&#xE9;s leg&#xED;timo. El Tribunal analiz&#xF3; esta publicidad desde la perspectiva de los derechos al respeto a la vida privada y a la protecci&#xF3;n de los datos personales, reconocidos en los art&#xED;culos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Uni&#xF3;n Europea, que garantizan la privacidad, la intimidad y el control sobre la propia informaci&#xF3;n personal.&#xD;
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El catedr&#xE1;tico de Derecho Administrativo y exdirector de la Agencia Espa&#xF1;ola de Protecci&#xF3;n de Datos, Jos&#xE9; Luis Pi&#xF1;ar, advirti&#xF3;: &#x201C;El relato puede hacer que confundamos transparencia con publicidad, que pensemos que hay que dar publicidad a todo&#x201D;. En esta l&#xED;nea, incidi&#xF3; en las garant&#xED;as que deben acompa&#xF1;ar al acceso a los datos personales y en la necesidad de justificar cualquier restricci&#xF3;n de derechos fundamentales. Pi&#xF1;ar record&#xF3; asimismo la importancia del art&#xED;culo 52 de la Carta se&#xF1;alada, que exige que cualquier limitaci&#xF3;n debe estar prevista por ley, respetar el contenido esencial de los derechos y, conforme al principio de proporcionalidad, ser necesaria y responder a objetivos de inter&#xE9;s general o a la protecci&#xF3;n de derechos de terceros.&#xD;
Las implicaciones para el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica&#xD;
A partir de la sentencia, los expertos analizaron las posibles implicaciones de estos criterios en el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica. Este prev&#xE9; convertir en constitutiva la inscripci&#xF3;n en el Registro Mercantil de las transmisiones de participaciones de sociedades de responsabilidad limitada, que podr&#xE1;n formalizarse mediante documento privado electr&#xF3;nico, documento judicial o administrativo, o mediante escritura p&#xFA;blica (frente al actual sistema basado en la escritura p&#xFA;blica y el control previo de legalidad ejercido por los notarios).&#xD;
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La presidenta del Consejo General del Notariado, Concepci&#xF3;n Pilar Barrio del Olmo, puso el foco en los riesgos que puede tener para la propia seguridad de los ciudadanos una publicidad excesiva de informaci&#xF3;n patrimonial. &#x201C;Hay muchas personas que no inscriben en el Registro de la Propiedad porque no quieren que cualquiera pueda saber que son propietarios de una vivienda de elevado valor, sobre todo si hablamos de personas de pa&#xED;ses hispanoamericanos que conocen el riesgo que puede suponer&#x201D;, se&#xF1;al&#xF3; como ejemplo.&#xD;
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Por su parte, Josefina Garc&#xED;a Pedroviejo, socia de P&#xE9;rez-Llorca, destac&#xF3; la importancia de analizar desde la pr&#xE1;ctica empresarial d&#xF3;nde deben situarse los l&#xED;mites de la publicidad: &#x201C;Desde el punto de vista de la pr&#xE1;ctica mercantil nuestros clientes no est&#xE1;n c&#xF3;modos con toda esta situaci&#xF3;n&#x201D;.&#xD;
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El catedr&#xE1;tico de Derecho Civil Lorenzo Prats consider&#xF3; que, si el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica se aprobase en los t&#xE9;rminos planteados, podr&#xED;a incurrir en el mismo defecto que la normativa letona analizada por el TJUE.&#xD;
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Por su parte, el catedr&#xE1;tico de Derecho Mercantil, Pedro Portellano, defendi&#xF3; que la seguridad del tr&#xE1;fico jur&#xED;dico no implica que toda la informaci&#xF3;n societaria deba incorporarse al Registro Mercantil: &#x201C;Que el Registro Mercantil sea el centro del tr&#xE1;fico jur&#xED;dico no significa que deba estar absolutamente todo en &#xE9;l&#x201D;. Advirti&#xF3; tambi&#xE9;n de las dificultades que puede plantear una concepci&#xF3;n excesivamente amplia del inter&#xE9;s leg&#xED;timo. A su juicio, si este se vincula de forma gen&#xE9;rica a la transparencia y a la protecci&#xF3;n de terceros, el n&#xFA;mero de personas que podr&#xED;an alegarlo para acceder a los datos ser&#xED;a muy amplio y resultar&#xED;a dif&#xED;cil comprobar la finalidad real de la solicitud. &#x201C;&#xBF;C&#xF3;mo lo pueden controlar eso los registradores? Yo creo que de ninguna manera&#x201D;, afirm&#xF3;.&#xD;
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El notario Juan &#xC1;lvarez-Sala Walther resumi&#xF3; la necesidad de diferenciar entre la informaci&#xF3;n que debe acceder al Registro y aquella que debe ser objeto de publicidad: &#x201C;No tiene por qu&#xE9; ser publicable todo lo inscribible&#x201D;.&#xD;
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Por &#xFA;ltimo, Ra&#xFA;l Rubio, socio de P&#xE9;rez-Llorca, destac&#xF3; el papel del notario como garante de la protecci&#xF3;n de datos: &#x201C;Esta sentencia es tremendamente &#xFA;til y pone encima de la mesa la responsabilidad del notario a la hora de ser el garante de la protecci&#xF3;n de datos de sus clientes&#x201D;.</content><description>Catedr&#xE1;ticos, abogados y notarios celebraron una reuni&#xF3;n de trabajo en la sede del despacho de abogados P&#xE9;rez-Llorca para analizar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni&#xF3;n Europea (TJUE) de 3 de septiembre de 2026 (C-798/24, Jautiva), relativa a la publicidad de los datos personales de los accionistas en Letonia, y su paralelismo con el Proyecto de Ley Org&#xE1;nica de Integridad P&#xFA;blica en Espa&#xF1;a.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Notarios-catedraticos-y-abogados-reunion-datos-personales_img-p489727-m1527516-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Catedr&#xE1;ticos, abogados y notarios comparten con el TJUE poner l&#xED;mites a la publicidad de los datos personales de los accionistas</title><link>https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Notarios-catedraticos-y-abogados-reunion-datos-personales_img-p489727-m1527516-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</url><link>https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/catedraticos-abogados-y-notarios-comparten-con-el-tjue-poner-limites-a-la-publicidad-de-los-datos-personales-de-los-accionistas</guid><date_added>2026-10-06 11:20:39</date_added><pubDate>2026-10-06 11:20:39</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489726</id><title>P&#xE9;rez-Llorca constituye un equipo Iberia-Latam en M&#xE9;xico ante el aumento del trabajo intercontinental</title><content>Este equipo permitir&#xE1; potenciar el asesoramiento en asuntos originados en Iberia y Europa con destino a M&#xE9;xico y Latinoam&#xE9;rica y, en sentido inverso, acompa&#xF1;ar desde M&#xE9;xico a clientes corporativos y family offices mexicanos que ya conf&#xED;an en P&#xE9;rez-Llorca para sus operaciones en Iberia y otros mercados europeos.&#xD;
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Para liderar el equipo Iberia-Latam, se trasladar&#xE1; desde Madrid a Ciudad de M&#xE9;xico Alfredo Lafita, socio de Corporate/M A, en calidad de Senior Vice President Iberia-Latam. Lafita cuenta con una amplia trayectoria en operaciones de M A, private equity, mercado de valores, joint ventures y reestructuraciones empresariales, y ha asesorado a compa&#xF1;&#xED;as multinacionales en algunas de sus operaciones corporativas m&#xE1;s relevantes. Junto con Lafita, tambi&#xE9;n se trasladar&#xE1; a Ciudad de M&#xE9;xico Gonzalo S&#xE1;nchez-Qui&#xF1;ones, recientemente nombrado socio de Corporate/M A, con m&#xE1;s de 11 a&#xF1;os de experiencia en la oficina de Madrid.&#xD;
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Adem&#xE1;s de ambos socios, otros seis abogados espa&#xF1;oles especializados en &#xE1;reas como Seguros, Corporate/M A, Real Estate y Litigaci&#xF3;n y Arbitraje Internacional formar&#xE1;n tambi&#xE9;n parte del equipo Iberia-Latam para apoyar el desarrollo y la coordinaci&#xF3;n de operaciones y asuntos que requieran asesoramiento multijurisdiccional, sum&#xE1;ndose a las m&#xE1;s de 200 personas con las que el Despacho cuenta entre Ciudad de M&#xE9;xico y Monterrey.&#xD;
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Esta iniciativa se enmarca en Proyecto Scala con el que P&#xE9;rez-Llorca busca aprovechar las oportunidades derivadas de su proceso de internacionalizaci&#xF3;n, consolidar una plataforma jur&#xED;dica iberoamericana plenamente integrada, reforzar la coordinaci&#xF3;n en el asesoramiento a clientes multijurisdiccionales y fomentar la movilidad de socios y abogados, as&#xED; como el desarrollo de carreras internacionales dentro del Despacho.&#xD;
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La iniciativa responde al creciente nivel de integraci&#xF3;n empresarial entre M&#xE9;xico y Europa, reforzado en mayo de 2026 con la firma del Acuerdo Global Modernizado entre la Uni&#xF3;n Europea y M&#xE9;xico y del Acuerdo Interino de Comercio, que establecen un nuevo marco para profundizar las relaciones comerciales y de inversi&#xF3;n.&#xD;
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Espa&#xF1;a ocupa una posici&#xF3;n especialmente relevante en estos flujos: seg&#xFA;n los &#xFA;ltimos datos de la Secretar&#xED;a de Econom&#xED;a de M&#xE9;xico, fue el segundo mayor origen de inversi&#xF3;n extranjera directa en M&#xE9;xico durante el primer semestre de 2026, solo por detr&#xE1;s de Estados Unidos, con 4.954 millones de d&#xF3;lares, el 14,2 % del total recibido; en sentido inverso, ICEX sit&#xFA;a a M&#xE9;xico como el sexto mayor inversor en Espa&#xF1;a y el tercero de fuera de la Uni&#xF3;n Europea, solo por detr&#xE1;s de Estados Unidos y Reino Unido.&#xD;
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&#x201C;La relaci&#xF3;n empresarial entre M&#xE9;xico y Europa atraviesa un momento especialmente relevante. Existe una presencia muy consolidada de compa&#xF1;&#xED;as europeas en M&#xE9;xico y, al mismo tiempo, vemos un creciente inter&#xE9;s de grupos mexicanos por Espa&#xF1;a y otros mercados europeos. El equipo Iberia-Latam de P&#xE9;rez-Llorca potencia las capacidades del Despacho a ambos lados del Atl&#xE1;ntico, da respuesta al creciente volumen de trabajo entre ambas regiones y conecta de manera todav&#xED;a m&#xE1;s directa nuestros equipos y nuestro conocimiento para acompa&#xF1;ar a los clientes desde el lugar en el que toman y ejecutan sus decisiones de inversi&#xF3;n&#x201D;, ha se&#xF1;alado Alfredo Lafita.&#xD;
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Pedro P&#xE9;rez-Llorca, socio director del Despacho, regresar&#xE1; a Madrid a finales de 2026 como estaba programado, tras completar el periodo de un a&#xF1;o durante el que ha desarrollado su actividad desde Ciudad de M&#xE9;xico. Seguir&#xE1; estrechamente vinculado a la pr&#xE1;ctica mexicana desde Madrid y con estancias temporales en M&#xE9;xico. P&#xE9;rez-Llorca ha declarado que &#x201C;adem&#xE1;s de haber sido una experiencia vital muy positiva, mi a&#xF1;o en M&#xE9;xico me ha permitido conocer de primera mano las enormes posibilidades del mercado mexicano, los retos y planes de nuestros clientes y el enorme potencial de nuestro talento local. Me siento muy orgulloso de nuestro equipo en M&#xE9;xico y de todo lo que est&#xE1;n consiguiendo&#x201D;.&#xD;
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M&#xE1;s all&#xE1; del nombramiento de Lafita como Senior Vice President Iberia-Latam, se mantiene sin cambios la estructura de gobierno de la Firma que sigue articulada por el Partnership Board Internacional, Pedro P&#xE9;rez-Llorca como Socio Director, Julio Lujambio como Socio Ejecutivo e Iv&#xE1;n Delgado como Socio Ejecutivo Internacional, junto con los Country Chairs de cada pa&#xED;s: Jorge Mondrag&#xF3;n en M&#xE9;xico, Mauricio Pi&#xF1;eros en Colombia y Luis Miranda en Per&#xFA;.</content><description>P&#xE9;rez-Llorca contin&#xFA;a avanzando en el desarrollo de su plataforma jur&#xED;dica iberoamericana con la constituci&#xF3;n de un equipo Iberia-Latam con sede en M&#xE9;xico, concebido para reforzar las capacidades del Despacho ante el creciente volumen de operaciones y mandatos que gestiona entre ambas regiones. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Alfredo-Lafita-scaled-p489726-m1527481-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>P&#xE9;rez-Llorca constituye un equipo Iberia-Latam en M&#xE9;xico ante el aumento del trabajo intercontinental</title><link>https://elderecho.com/perez-llorca-constituye-un-equipo-iberia-latam-en-mexico-ante-el-aumento-del-trabajo-intercontinental</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Alfredo-Lafita-scaled-p489726-m1527481-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/perez-llorca-constituye-un-equipo-iberia-latam-en-mexico-ante-el-aumento-del-trabajo-intercontinental</url><link>https://elderecho.com/perez-llorca-constituye-un-equipo-iberia-latam-en-mexico-ante-el-aumento-del-trabajo-intercontinental</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/perez-llorca-constituye-un-equipo-iberia-latam-en-mexico-ante-el-aumento-del-trabajo-intercontinental</guid><date_added>2026-10-06 11:14:24</date_added><pubDate>2026-10-06 11:14:24</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489652</id><title>Hacienda pospone a octubre de 2028 la implantaci&#xF3;n de 'Verifactu' para empresas y aut&#xF3;nomos</title><content>El Gobierno ya hab&#xED;a retrasado un a&#xF1;o, hasta 2027, la entrada en vigor del sistema 'Verifactu', que promueve la digitalizaci&#xF3;n de los procesos de facturaci&#xF3;n en las empresas. En concreto, estaba estipulado que el sistema fuera obligatorio a partir del 1 de enero de 2027 para empresas declarantes del Impuesto sobre Sociedades y a partir del 1 de julio de 2027 para el resto de aut&#xF3;nomos y empresas.&#xD;
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Sin embargo, con el objetivo de favorecer la m&#xE1;xima convergencia posible entre los sistemas de facturaci&#xF3;n electr&#xF3;nica y el Reglamento de sistemas inform&#xE1;ticos de facturaci&#xF3;n (Verifactu), tanto desde el punto de vista normativo como t&#xE9;cnico, se ha considerado conveniente alinear los calendarios de implantaci&#xF3;n de la normativa de facturaci&#xF3;n electr&#xF3;nica para pymes y aut&#xF3;nomos y del Reglamento de sistemas inform&#xE1;ticos de facturaci&#xF3;n.&#xD;
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Se ha procedido, por tanto, al aplazamiento de las obligaciones pendientes de aplicaci&#xF3;n del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, --que incluye el reglamento de Verifactu-- hasta octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la obligatoriedad de la factura electr&#xF3;nica para empresarios y profesionales cuya facturaci&#xF3;n anual no supere los 8 millones de euros.&#xD;
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Seg&#xFA;n apunta Hacienda en la nota recogida por Europa Press, una vez aprobada dicha alineaci&#xF3;n de los calendarios de implantaci&#xF3;n, se abordar&#xE1; una modificaci&#xF3;n centrada en conseguir la convergencia de los &#xE1;mbitos de aplicaci&#xF3;n y ciertos aspectos t&#xE9;cnicos de la normativa vigente teniendo en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age o IVA en la Era Digital).&#xD;
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En todo caso, las exigencias establecidas en el reglamento de 'Verifactu' en materia de integridad, conservaci&#xF3;n, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, as&#xED; como las restantes garant&#xED;as t&#xE9;cnicas del sistema, se mantendr&#xE1;n en t&#xE9;rminos sustancialmente equivalentes a los previstos en su desarrollo normativo actual.&#xD;
Los asesores fiscales celebran que el calendario se alinee&#xD;
La Asociaci&#xF3;n Espa&#xF1;ola de Asesores Fiscales (AEDAF) ha recordado a trav&#xE9;s de un comunicado que present&#xF3; en junio de este a&#xF1;o una propuesta de hoja de ruta para la transici&#xF3;n de la factura electr&#xF3;nica - Verifactu - SII y la Directiva VIDA, propuesta elaborada por el grupo de expertos en impuestos indirectos que se present&#xF3; tanto a los medios de comunicaci&#xF3;n como a todos los grupos pol&#xED;ticos con representaci&#xF3;n parlamentaria.&#xD;
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"Esta acci&#xF3;n de AEDAF deriv&#xF3; en que se debatiera una propuesta de modificaci&#xF3;n en el Senado, lo que ha propiciado la decisi&#xF3;n de la Agencia Tributaria", ha recordado la Asociaci&#xF3;n.&#xD;
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Seg&#xFA;n fuentes de AEDAF, el objetivo que persegu&#xED;a la Asociaci&#xF3;n con su propuesta de hoja de ruta era buscar una transici&#xF3;n ordenada hacia un modelo armonizado que redujera costes, evitara duplicidades y reforzara la eficiencia del sistema tributario, objetivo que se ha conseguido.&#xD;
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"Esta coordinaci&#xF3;n permitir&#xE1;, adem&#xE1;s, alinear progresivamente el sistema espa&#xF1;ol con el modelo de informaci&#xF3;n digital que ser&#xE1; obligatorio en el &#xE1;mbito de la Uni&#xF3;n Europea a partir de 2030 y que hasta ahora no estaba siendo suficientemente contemplado, evitando as&#xED; sucesivas adaptaciones de los sistemas de facturaci&#xF3;n en un periodo muy reducido de tiempo", ha destacado la asociaci&#xF3;n.</content><description>La Agencia Tributaria ha decidido aplazar la implantaci&#xF3;n de 'Verifactu' hasta la entrada en vigor de la factura electr&#xF3;nica para todos los obligados tributarios, es decir, en octubre de 2028, seg&#xFA;n se desprende de una nota informativa publicada por el Ministerio de Hacienda.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2629387559-1-p489652-m1527276-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Hacienda pospone a octubre de 2028 la implantaci&#xF3;n de 'Verifactu' para empresas y aut&#xF3;nomos</title><link>https://elderecho.com/hacienda-pospone-a-octubre-de-2028-la-implantacion-de-verifactu-para-empresas-y-autonomos</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2629387559-1-p489652-m1527276-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/hacienda-pospone-a-octubre-de-2028-la-implantacion-de-verifactu-para-empresas-y-autonomos</url><link>https://elderecho.com/hacienda-pospone-a-octubre-de-2028-la-implantacion-de-verifactu-para-empresas-y-autonomos</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/hacienda-pospone-a-octubre-de-2028-la-implantacion-de-verifactu-para-empresas-y-autonomos</guid><date_added>2026-10-05 13:52:19</date_added><pubDate>2026-10-05 13:52:19</pubDate><categories><category><id>fiscal</id><name>Fiscal</name><idPro>6</idPro></category></categories><allCategories>Fiscal</allCategories></item><item><id>489653</id><title>Despido de un empleado de supermercado por desobediencia y faltas de respeto a compa&#xF1;eras</title><content>La sentencia, dictada el 10 de septiembre de 2026, desestima el recurso de suplicaci&#xF3;n presentado por el trabajador contra la resoluci&#xF3;n dictada por el &#xF3;rgano judicial de instancia y confirma &#xED;ntegramente dicha resoluci&#xF3;n. El tribunal declara que el despido fue ajustado a derecho y que no procede indemnizaci&#xF3;n ni salarios de tramitaci&#xF3;n.&#xD;
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El trabajador prestaba servicios como dependiente desde julio de 2023. La empresa fundament&#xF3; el despido en varios hechos ocurridos entre el 8 de marzo y el 5 de abril de 2025.&#xD;
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Concretamente, se neg&#xF3; a realizar determinadas tareas encomendadas por sus superiores, como sacar etiquetas de vino, trasladar un producto a otro establecimiento cercano y desempe&#xF1;ar funciones en la secci&#xF3;n de carnicer&#xED;a.&#xD;
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En relaci&#xF3;n con este &#xFA;ltimo episodio, manifest&#xF3; que no pod&#xED;a trabajar con cuchillos porque hab&#xED;a tenido un sue&#xF1;o recurrente en el que, tras ser despedido, mataba con ellos a un apoderado de la empresa y a una encargada de otro centro de trabajo. La empresa decidi&#xF3; reubicarlo en otra secci&#xF3;n.&#xD;
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Tambi&#xE9;n qued&#xF3; acreditado que, durante una discusi&#xF3;n con una compa&#xF1;era sobre la limpieza de las neveras, el trabajador le silb&#xF3; y la llam&#xF3; &#x201C;chihuahua&#x201D;.&#xD;
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Asimismo, cometi&#xF3; un error en el cobro de una compra por importe de 113,21 euros, al cobrar &#xFA;nicamente 13,21 euros. La empresa localiz&#xF3; posteriormente al cliente, que abon&#xF3; la diferencia.&#xD;
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Por &#xFA;ltimo, solicit&#xF3; a otra compa&#xF1;era que fichara por &#xE9;l, le ofreci&#xF3; su documento nacional de identidad y le pidi&#xF3; que introdujera la palabra &#x201C;puta&#x201D; en el registro. La trabajadora no accedi&#xF3; y el trabajador realiz&#xF3; finalmente el fichaje de forma ordinaria.&#xD;
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La Sala considera que los hechos no fueron episodios aislados, sino que revelaron una conducta &#x201C;contumaz, rebelde y tenaz&#x201D;, orientada a incumplir las &#xF3;rdenes e instrucciones de sus superiores.&#xD;
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El tribunal recuerda que la desobediencia laboral puede justificar el despido cuando presenta gravedad, culpabilidad, reiteraci&#xF3;n, trascendencia e injustificaci&#xF3;n. En este caso, concluye que los incumplimientos fueron &#x201C;graves, culpables y reiterados&#x201D; y que encajaban en la infracci&#xF3;n muy grave prevista en el convenio colectivo aplicable.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n destaca que no exist&#xED;a una raz&#xF3;n v&#xE1;lida para que el trabajador se negara a realizar las tareas encomendadas. Respecto a la referencia a los cuchillos, la Sala afirma que dicha manifestaci&#xF3;n &#x201C;pudiera considerarse como una amenaza velada&#x201D; y que, en cualquier caso, resultaba &#x201C;impropia e inadecuada&#x201D;.&#xD;
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La sentencia tambi&#xE9;n considera acreditadas las faltas graves de respeto hacia dos compa&#xF1;eras.&#xD;
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Sobre el episodio en el que llam&#xF3; 'chihuahua' a una trabajadora, el tribunal afirma que &#x201C;silbar a una compa&#xF1;era, llam&#xE1;ndola chihuahua no es admisible en ning&#xFA;n contexto&#x201D; y que constituye &#x201C;una ofensa grave, injuriosa y que afecta a la dignidad de cualquier persona, hombre o mujer&#x201D;.&#xD;
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En cuanto a la solicitud para que otra compa&#xF1;era realizara el fichaje en su nombre y utilizara la palabra &#x201C;puta&#x201D;, la Sala considera que se trata de una actuaci&#xF3;n &#x201C;absolutamente impropia y contraria al principio de correcci&#xF3;n y buena fe que domina la relaci&#xF3;n laboral&#x201D;.&#xD;
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El tribunal considera que el conjunto de las conductas acreditadas justifica la m&#xE1;xima sanci&#xF3;n disciplinaria. La Sala se&#xF1;ala que los hechos fueron graves y culpables y que la sanci&#xF3;n aplicada result&#xF3; proporcionada al comportamiento exteriorizado por el trabajador.</content><description>La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en su sede en Las Palmas ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de un trabajador de supermercado que incurri&#xF3; en varios episodios de desobediencia, faltas de respeto y actuaciones contrarias a las normas de la empresa.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2632215301-1-p489653-m1527258-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Despido de un empleado de supermercado por desobediencia y faltas de respeto a compa&#xF1;eras</title><link>https://elderecho.com/despido-de-un-empleado-de-supermercado-por-desobediencia-y-faltas-de-respeto-a-companeras</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2632215301-1-p489653-m1527258-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/despido-de-un-empleado-de-supermercado-por-desobediencia-y-faltas-de-respeto-a-companeras</url><link>https://elderecho.com/despido-de-un-empleado-de-supermercado-por-desobediencia-y-faltas-de-respeto-a-companeras</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/despido-de-un-empleado-de-supermercado-por-desobediencia-y-faltas-de-respeto-a-companeras</guid><date_added>2026-10-05 12:40:14</date_added><pubDate>2026-10-05 12:40:14</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>489625</id><title>S&#xE1;nchez anuncia elecciones anticipadas para el 29 de noviembre</title><content>El adelanto electoral se produce despu&#xE9;s de que el Congreso tumbara el viernes los dos reales decretos con medidas para afrontar el problema de la vivienda con el voto en contra de PP, Vox y Junts y el presidente decidiera darse el fin de semana para reflexionar sobre la conveniencia de ir ahora o no a las urnas.&#xD;
&#xD;
S&#xE1;nchez ha hecho el anuncio tras haber informado previamente de su decisi&#xF3;n al Rey Felipe VI, quien este lunes inicia viaje de Estado a Finlandia junto a la Reina Letizia.</content><description>El presidente del Gobierno, Pedro S&#xE1;nchez, ha anunciado este lunes en una declaraci&#xF3;n institucional en el Palacio de la Moncloa la convocatoria de elecciones generales para el pr&#xF3;ximo 29 de noviembre.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2019/03/shutterstock_1239829330-p489625-m1527137-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>S&#xE1;nchez anuncia elecciones anticipadas para el 29 de noviembre</title><link>https://elderecho.com/sanchez-anuncia-elecciones-anticipadas-para-el-29-de-noviembre</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2019/03/shutterstock_1239829330-p489625-m1527137-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/sanchez-anuncia-elecciones-anticipadas-para-el-29-de-noviembre</url><link>https://elderecho.com/sanchez-anuncia-elecciones-anticipadas-para-el-29-de-noviembre</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/sanchez-anuncia-elecciones-anticipadas-para-el-29-de-noviembre</guid><date_added>2026-10-05 11:38:17</date_added><pubDate>2026-10-05 11:38:17</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489654</id><title>El TSJM rechaza el desalojo inmediato de la acampada de Sol y prioriza el derecho de reuni&#xF3;n</title><content>As&#xED; consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que la Sala desestima la petici&#xF3;n de la Comunidad de Madrid por esta v&#xED;a de urgencia y acuerda tramitar las actuaciones por el procedimiento ordinario de medidas cautelares, dando audiencia a la Abogac&#xED;a del Estado, que representa a la Delegaci&#xF3;n del Gobierno en Madrid.&#xD;
&#xD;
Tras examinar las alegaciones presentados por la defensa de la solicitante, la Secci&#xF3;n acuerda que "no ha lugar a acceder a la medida solicitada mediante este concreto cauce procesal, dado que, si bien concurren circunstancias de especial urgencia, para la apreciaci&#xF3;n de la medida deben darse los presupuestos del art&#xED;culo 136 LJCA, cuyo examen no se puede acometer y valorar con las debidas garant&#xED;as sin o&#xED;r previamente a la Administraci&#xF3;n General del Estado".&#xD;
&#xD;
La Comunidad hab&#xED;a solicitado al TSJM que ordenase al delegado del Gobierno adoptar las medidas necesarias para disolver la acampada, al considerar que no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Org&#xE1;nica reguladora del derecho de reuni&#xF3;n.&#xD;
Derecho de reuni&#xF3;n&#xD;
En su resoluci&#xF3;n, la Secci&#xF3;n Sexta considera que s&#xED; concurren circunstancias de especial urgencia, pero entiende que no puede acordar el desalojo sin escuchar previamente a la Administraci&#xF3;n General del Estado, especialmente para determinar si se cumplen los requisitos legales para apreciar una eventual inactividad de la Delegaci&#xF3;n del Gobierno.&#xD;
&#xD;
La Sala tambi&#xE9;n pone el foco en el derecho de reuni&#xF3;n de las personas acampadas y en las consecuencias irreversibles que podr&#xED;a tener para ellas un desalojo acordado directamente mediante una medida cautelar&#xED;sima. Adem&#xE1;s, recuerda que debe respetarse el principio de proporcionalidad y que la disoluci&#xF3;n de reuniones y manifestaciones constituye el "&#xFA;ltimo recurso".&#xD;
&#xD;
El tribunal destaca asimismo que un desalojo podr&#xED;a implicar, en caso de resistencia a los requerimientos verbales, el uso de medidas de compulsi&#xF3;n f&#xED;sica por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por lo que considera necesario conocer previamente los argumentos de la Delegaci&#xF3;n del Gobierno para no haber actuado en los t&#xE9;rminos reclamados por la Comunidad de Madrid.&#xD;
&#xD;
Por ello, el TSJM ha reducido el plazo legal de alegaciones y ha dado a la Abogac&#xED;a del Estado hasta el mi&#xE9;rcoles a las 9.00 horas para presentar su escrito, que deber&#xE1; ser anticipado por correo electr&#xF3;nico a la Secci&#xF3;n Sexta.&#xD;
&#xD;
La resoluci&#xF3;n acuerda as&#xED; la apertura de una pieza separada para tramitar las medidas cautelares por la v&#xED;a ordinaria prevista en el art&#xED;culo 131 de la Ley de la Jurisdicci&#xF3;n Contencioso-Administrativa. Contra este auto no cabe recurso.&#xD;
Afectaciones a la Administraci&#xF3;n auton&#xF3;mica&#xD;
La Comunidad de Madrid hab&#xED;a argumentado, entre otros motivos, que la permanencia de la acampada estaba afectando al normal funcionamiento de la Administraci&#xF3;n auton&#xF3;mica, a actividades comerciales y tur&#xED;sticas, y a actos previstos para el 12 de octubre.&#xD;
&#xD;
Tambi&#xE9;n aleg&#xF3; da&#xF1;os en la fachada de la Real Casa de Correos y en la estatua del Oso y el Madro&#xF1;o, adem&#xE1;s de problemas relacionados con las condiciones higi&#xE9;nicas y los accesos sanitarios.&#xD;
&#xD;
La Comunidad de Madrid mantiene que se trata de "una acampada ilegal que est&#xE1; causando da&#xF1;os econ&#xF3;micos a los comerciantes de la zona y al patrimonio cultural como la Real Casa de Correos adem&#xE1;s de a los vecinos".&#xD;
&#xD;
Ante el auto, fuentes regionales destacan a Europa Press que "el juez ha dado a la Delegaci&#xF3;n del Gobierno hasta el mi&#xE9;rcoles 7 de octubre para alegar y que esas cautelar&#xED;simas solicitadas se reconvertir&#xE1;n en cautelares". "Se trata de un procedimiento habitual para escuchar a ambas partes. Por tanto, el proceso judicial sigue su camino", se&#xF1;alan.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado la medida cautelar&#xED;sima solicitada por la Comunidad de Madrid para ordenar el desalojo inmediato de la acampada instalada desde el pasado 27 de septiembre frente a la Real Casa de Correos, sede del Gobierno regional, en la Puerta del Sol.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Superior-Justicia-Madrid_EDEIMA20110511_0011_1-p489654-m1527240-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TSJM rechaza el desalojo inmediato de la acampada de Sol y prioriza el derecho de reuni&#xF3;n</title><link>https://elderecho.com/el-tsjm-rechaza-el-desalojo-inmediato-de-la-acampada-de-sol-y-prioriza-el-derecho-de-reunion</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Superior-Justicia-Madrid_EDEIMA20110511_0011_1-p489654-m1527240-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tsjm-rechaza-el-desalojo-inmediato-de-la-acampada-de-sol-y-prioriza-el-derecho-de-reunion</url><link>https://elderecho.com/el-tsjm-rechaza-el-desalojo-inmediato-de-la-acampada-de-sol-y-prioriza-el-derecho-de-reunion</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tsjm-rechaza-el-desalojo-inmediato-de-la-acampada-de-sol-y-prioriza-el-derecho-de-reunion</guid><date_added>2026-10-05 11:00:14</date_added><pubDate>2026-10-05 11:00:14</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Administrativo,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489691</id><title>El ICAM pide al Gobierno que las elecciones no dejen en suspenso el reglamento de la pasarela al RETA</title><content>En una carta abierta dirigida a la ministra Elma Saiz, el decano del ICAM, Eugenio Rib&#xF3;n, reclama al Ministerio que contin&#xFA;e &#x201C;con car&#xE1;cter urgente&#x201D; los trabajos necesarios para aprobar el desarrollo reglamentario previsto en la Ley 2/2026, de 29 de julio, y evitar que el calendario electoral prolongue durante meses la incertidumbre de los profesionales afectados.&#xD;
&#xD;
La norma aprobada por las Cortes establece un plazo m&#xE1;ximo de tres meses para determinar reglamentariamente los t&#xE9;rminos y condiciones de la transferencia voluntaria de los derechos econ&#xF3;micos acumulados en las mutualidades alternativas y su conversi&#xF3;n en periodos cotizados en el RETA.&#xD;
&#xD;
&#x201C;La convocatoria de unas elecciones no deber&#xED;a convertir un plazo de tres meses fijado por el legislador en una espera de duraci&#xF3;n incierta, condicionada primero por la campa&#xF1;a electoral y despu&#xE9;s por los tiempos necesarios para la constituci&#xF3;n de las C&#xE1;maras, la investidura y la formaci&#xF3;n de un nuevo Gobierno&#x201D;, advierte Rib&#xF3;n.&#xD;
Un mandato legal ya aprobado&#xD;
Para el Colegio, culminar el reglamento no implica abrir un nuevo debate pol&#xED;tico, sino hacer efectivo un mandato que las Cortes Generales ya incorporaron a una ley aprobada y en vigor.&#xD;
&#xD;
&#x201C;El reglamento de la pasarela al RETA no responde a una iniciativa pol&#xED;tica nueva ni supone anticipar decisiones que deban corresponder al pr&#xF3;ximo Ejecutivo. Se trata de dar cumplimiento a una obligaci&#xF3;n establecida por las propias Cortes Generales en una ley ya aprobada y en vigor, con un plazo concreto para su desarrollo&#x201D;, se&#xF1;ala el decano.&#xD;
&#xD;
El ICAM recuerda que el desarrollo reglamentario resulta imprescindible para que los profesionales puedan conocer las condiciones concretas en las que podr&#xE1;n acogerse a la pasarela. Entre otras cuestiones, deber&#xE1; establecer los requisitos para solicitar la transferencia de los derechos econ&#xF3;micos acumulados y la f&#xF3;rmula para convertirlos en periodos de cotizaci&#xF3;n al sistema p&#xFA;blico.&#xD;
&#xD;
Su aprobaci&#xF3;n determinar&#xE1;, por tanto, la aplicaci&#xF3;n efectiva de una reforma largamente esperada por profesionales que durante a&#xF1;os realizaron sus aportaciones a mutualidades de previsi&#xF3;n social como alternativa al RETA.&#xD;
&#xD;
&#x201C;Para muchas de estas personas no estamos hablando de una cuesti&#xF3;n te&#xF3;rica ni administrativa. Hablamos de su jubilaci&#xF3;n, de los a&#xF1;os que podr&#xE1;n ver reconocidos como cotizados y de la posibilidad de tomar decisiones que afectan directamente a su futuro&#x201D;, subraya Rib&#xF3;n.&#xD;
Evitar meses de incertidumbre&#xD;
El Colegio advierte de que posponer la aprobaci&#xF3;n hasta la formaci&#xF3;n de un nuevo Ejecutivo podr&#xED;a alargar considerablemente los tiempos previstos por el legislador y mantener sin respuesta cuestiones esenciales para los mutualistas.&#xD;
&#xD;
El ICAM viene defendiendo durante toda la tramitaci&#xF3;n de la pasarela una regulaci&#xF3;n amplia, justa y jur&#xED;dicamente segura, y ha anunciado que seguir&#xE1; trasladando sus propuestas durante la elaboraci&#xF3;n del reglamento. Pero considera que, antes de entrar en su contenido definitivo, existe ahora una prioridad inmediata: evitar que el proceso quede paralizado por el adelanto electoral.&#xD;
&#xD;
La aprobaci&#xF3;n en plazo del reglamento no solo resulta necesaria para los mutualistas, sino tambi&#xE9;n para preservar la seguridad jur&#xED;dica y la confianza leg&#xED;tima de miles de profesionales en el cumplimiento de los mandatos aprobados por las Cortes Generales. Para el Colegio, la efectividad de las leyes exige que los desarrollos normativos previstos se completen dentro de los plazos fijados por el legislador, especialmente cuando afectan directamente a derechos y expectativas de car&#xE1;cter previsional.&#xD;
&#xD;
La Ley del Gobierno limita la actuaci&#xF3;n de un Ejecutivo en funciones al despacho ordinario de los asuntos p&#xFA;blicos, pero permite adoptar otras medidas en supuestos de urgencia debidamente acreditada o por razones de inter&#xE9;s general. El Colegio considera que estas circunstancias concurren en el desarrollo de una norma aprobada por las Cortes y sometida expresamente a plazo.&#xD;
&#xD;
&#x201C;Ser&#xED;a dif&#xED;cil explicar a los profesionales afectados que una obligaci&#xF3;n legal expresamente sometida a plazo queda en suspenso precisamente cuando ya se encuentra en marcha su cumplimiento&#x201D;, afirma el decano.&#xD;
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Por ello, el ICAM reclama que los trabajos contin&#xFA;en sin interrupci&#xF3;n y que el desarrollo reglamentario se culmine dentro del plazo establecido por el legislador. &#x201C;No pedimos al Gobierno que abra un nuevo debate pol&#xED;tico. Pedimos que culmine el mandato que el Parlamento ya le ha encomendado&#x201D;, concluye Rib&#xF3;n. Porque, si bien los tiempos pol&#xED;ticos pueden cambiar, &#x201C;los derechos y las leg&#xED;timas expectativas de miles de profesionales no deber&#xED;an quedar a la espera&#x201D;.</content><description>El Ilustre Colegio de la Abogac&#xED;a de Madrid (ICAM) ha pedido al Ministerio de Inclusi&#xF3;n, Seguridad Social y Migraciones que la convocatoria de elecciones generales para el pr&#xF3;ximo 29 de noviembre no interrumpa la tramitaci&#xF3;n del reglamento que debe hacer efectiva la pasarela de los mutualistas al R&#xE9;gimen Especial de Trabajadores Aut&#xF3;nomos (RETA).</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Eugenio-Ribon-decano-del-ICAM-scaled-p489691-m1527407-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El ICAM pide al Gobierno que las elecciones no dejen en suspenso el reglamento de la pasarela al RETA</title><link>https://elderecho.com/el-icam-pide-al-gobierno-que-las-elecciones-no-dejen-en-suspenso-el-reglamento-de-la-pasarela-al-reta</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/Eugenio-Ribon-decano-del-ICAM-scaled-p489691-m1527407-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-icam-pide-al-gobierno-que-las-elecciones-no-dejen-en-suspenso-el-reglamento-de-la-pasarela-al-reta</url><link>https://elderecho.com/el-icam-pide-al-gobierno-que-las-elecciones-no-dejen-en-suspenso-el-reglamento-de-la-pasarela-al-reta</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-icam-pide-al-gobierno-que-las-elecciones-no-dejen-en-suspenso-el-reglamento-de-la-pasarela-al-reta</guid><date_added>2026-10-05 10:30:48</date_added><pubDate>2026-10-05 10:30:48</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489692</id><title>Convocatoria de las Becas Cuatrecasas y del Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2027</title><content>Becas Cuatrecasas&#xD;
La Fundaci&#xF3;n conceder&#xE1; seis becas de 4.000 euros cada una a estudiantes matriculados en el grado en Derecho o en un doble grado que incluya Derecho en universidades p&#xFA;blicas espa&#xF1;olas y que acrediten un destacado rendimiento acad&#xE9;mico. Las ayudas ofrecer&#xE1;n apoyo econ&#xF3;mico para facilitar la continuidad de sus estudios y reforzar su autonom&#xED;a personal. La dotaci&#xF3;n deber&#xE1; destinarse a sufragar los gastos asociados a la formaci&#xF3;n acad&#xE9;mica de las personas beneficiarias.&#xD;
Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria&#xD;
El Premio, dotado con un importe bruto de 50.000 euros, se dirige a estudiantes que cursen en una universidad espa&#xF1;ola, p&#xFA;blica o privada, el &#xFA;ltimo a&#xF1;o del grado en Derecho, de un doble grado que incluya Derecho o de un m&#xE1;ster en Derecho. La iniciativa reconoce la excelencia acad&#xE9;mica y apoya a candidatos con un expediente sobresaliente y un proyecto de estudios s&#xF3;lido y ambicioso. La dotaci&#xF3;n permitir&#xE1; cursar un programa de m&#xE1;ster o doctorado o desarrollar un proyecto de investigaci&#xF3;n en Derecho de los negocios durante el curso 2027-2028, en una universidad espa&#xF1;ola o extranjera.&#xD;
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El plazo de presentaci&#xF3;n de candidaturas para ambas iniciativas permanecer&#xE1; abierto hasta el 31 de enero de 2027.&#xD;
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Sobre la nueva convocatoria, Emilio Cuatrecasas, presidente de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas, ha se&#xF1;alado: &#xAB;Queremos reconocer el esfuerzo y el talento de quienes estudian Derecho y ofrecerles los medios necesarios para que puedan seguir form&#xE1;ndose en las mejores condiciones. Apostar por la excelencia de las nuevas generaciones de juristas es tambi&#xE9;n invertir en el futuro de la profesi&#xF3;n y contribuir a una sociedad m&#xE1;s diversa y justa&#xBB;.&#xD;
&#xD;
Rafael Fontana, vicepresidente de la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas, ha afirmado: &#xAB;El talento necesita oportunidades para desarrollarse. Con estas dos iniciativas queremos ofrecer a quienes demuestran una trayectoria acad&#xE9;mica excelente los medios para seguir form&#xE1;ndose y construir su futuro profesional en el &#xE1;mbito jur&#xED;dico. Apoyar a las nuevas generaciones de juristas es apostar por el futuro de la profesi&#xF3;n&#xBB;.&#xD;
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Desde su creaci&#xF3;n, la Fundaci&#xF3;n Cuatrecasas ha situado la educaci&#xF3;n en el centro de su acci&#xF3;n social. Parte de la convicci&#xF3;n de que el acceso al conocimiento y a una formaci&#xF3;n de calidad es esencial para avanzar hacia una sociedad m&#xE1;s justa, inclusiva y preparada para afrontar los desaf&#xED;os del futuro. Las Becas Cuatrecasas y el Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria convierten este compromiso en oportunidades concretas para estudiantes de Derecho con talento, vocaci&#xF3;n y capacidad de impacto.&#xD;
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Consulta las Bases de las Becas Cuatrecasas.&#xD;
Consultas las Bases del Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria.</content><description>Ambas iniciativas buscan impulsar la trayectoria acad&#xE9;mica de estudiantes de Derecho y reflejan el compromiso de la Fundaci&#xF3;n con la formaci&#xF3;n como motor de progreso social, diversidad y excelencia.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/De-izquierda-a-derecha_Emilio-Cuatrecasas-Presidente-de-la-Fundacion-Cuatrecasas_Nuria-Montserrat-Consejera-de-Investigacion-y-Universidad-p489692-m1527371-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Convocatoria de las Becas Cuatrecasas y del Premio Manuel Olivencia a la Excelencia Universitaria 2027</title><link>https://elderecho.com/la-fundacion-cuatrecasas-abre-la-convocatoria-de-las-becas-cuatrecasas-y-del-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2027</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/De-izquierda-a-derecha_Emilio-Cuatrecasas-Presidente-de-la-Fundacion-Cuatrecasas_Nuria-Montserrat-Consejera-de-Investigacion-y-Universidad-p489692-m1527371-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-fundacion-cuatrecasas-abre-la-convocatoria-de-las-becas-cuatrecasas-y-del-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2027</url><link>https://elderecho.com/la-fundacion-cuatrecasas-abre-la-convocatoria-de-las-becas-cuatrecasas-y-del-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2027</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-fundacion-cuatrecasas-abre-la-convocatoria-de-las-becas-cuatrecasas-y-del-premio-manuel-olivencia-a-la-excelencia-universitaria-2027</guid><date_added>2026-10-05 10:05:27</date_added><pubDate>2026-10-05 10:05:27</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489563</id><title>El Congreso deroga los dos reales decretos-ley en materia de vivienda</title><content>En concreto, el Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protecci&#xF3;n de la funci&#xF3;n social de la vivienda y la ampliaci&#xF3;n de la oferta de vivienda asequible ha sido rechazado por 172 votos a favor y 178 en contra.&#xD;
&#xD;
Por otra parte, el Real Decreto-ley 27/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual ha sido rechazado por 166 votos a favor y 184 en contra.&#xD;
Real Decreto-ley 26/2026&#xD;
El primero de los textos, el Real Decreto-ley 26/2026, inclu&#xED;a medidas como una limitaci&#xF3;n temporal de determinadas adquisiciones de vivienda, desde su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2028; un r&#xE9;gimen temporal de suspensi&#xF3;n de desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional; el refuerzo de la protecci&#xF3;n de las personas arrendatarias; la regulaci&#xF3;n de la acreditaci&#xF3;n de la condici&#xF3;n de gran tenedor; as&#xED; como medidas fiscales y tributarias que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas F&#xED;sicas, al Impuesto sobre el Valor A&#xF1;adido, al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre Bienes Inmuebles y al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.&#xD;
&#xD;
Adem&#xE1;s, abordaba otras materias como el incremento y la protecci&#xF3;n del parque p&#xFA;blico de vivienda, as&#xED; como medidas de fomento de la promoci&#xF3;n de vivienda asequible, incluyendo la creaci&#xF3;n del Fondo de Vivienda de Impacto Social. En esta materia, se establec&#xED;a una l&#xED;nea de avales de hasta 2.000 millones de euros para facilitar la financiaci&#xF3;n destinada a incrementar y mejorar el parque de vivienda de alquiler social o asequible. Asimismo, autorizaba otra l&#xED;nea de avales de hasta 280 millones de euros para la cobertura parcial de la financiaci&#xF3;n del ICO para pymes fabricantes o promotoras que utilicen sistemas de construcci&#xF3;n industrializada, y pr&#xE9;stamos sin intereses ni comisiones para el acceso a la vivienda por el 20% del valor y 50.000 euros.&#xD;
Real Decreto-ley 27/2026&#xD;
Por su parte, el Real Decreto-ley 27/2026 modificaba el art&#xED;culo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos para dar continuidad a los contratos de arrendamiento de vivienda habitual m&#xE1;s all&#xE1; de su plazo m&#xED;nimo.&#xD;
&#xD;
De esta manera, llegado el vencimiento del contrato o de cualquiera de sus pr&#xF3;rrogas, una vez transcurridos como m&#xED;nimo cinco a&#xF1;os de duraci&#xF3;n, o siete si el arrendador es persona jur&#xED;dica, preve&#xED;a que este se prorrogase por plazos sucesivos de la misma duraci&#xF3;n, salvo que alguna de las partes notifique a la otra su voluntad de no prorrogarlo. Adem&#xE1;s, la norma elevaba de cuatro a seis meses el plazo de preaviso del arrendador.&#xD;
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Con car&#xE1;cter general, el arrendador que comunicase v&#xE1;lidamente su voluntad de no prorrogar el contrato deber&#xE1; indemnizar al arrendatario con una cantidad equivalente, al menos, al importe de doce mensualidades de renta de una vivienda de caracter&#xED;sticas an&#xE1;logas, salvo que concurra alguno de los supuestos exceptuados por la norma.</content><description>El Pleno del Congreso ha derogado en su sesi&#xF3;n de este viernes dos reales decretos-ley con medidas en materia de vivienda.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2746679253-1-p489563-m1527008-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El Congreso deroga los dos reales decretos-ley en materia de vivienda</title><link>https://elderecho.com/el-congreso-deroga-los-dos-reales-decretos-ley-en-materia-de-vivienda</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2746679253-1-p489563-m1527008-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-congreso-deroga-los-dos-reales-decretos-ley-en-materia-de-vivienda</url><link>https://elderecho.com/el-congreso-deroga-los-dos-reales-decretos-ley-en-materia-de-vivienda</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-congreso-deroga-los-dos-reales-decretos-ley-en-materia-de-vivienda</guid><date_added>2026-10-02 15:00:29</date_added><pubDate>2026-10-02 15:00:29</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category><category><id>inmobiliario</id><name>Inmobiliario</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Civil,Inmobiliario,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>489562</id><title>La CE recaba observaciones sobre la EU KIDS ACT</title><content>El objetivo es recabar aportaciones de menores, progenitores, tutores, profesores y educadores, as&#xED; como de las plataformas en l&#xED;nea a las que se refiere la propuesta, a fin de completar la amplia base de datos p&#xFA;blicos que respald&#xF3; la propuesta, incluido el informe de los copresidentes del Grupo Especial sobre Seguridad Infantil en L&#xED;nea, las consultas espec&#xED;ficas con menores, progenitores y educadores, y el estudio de 2026 sobre las experiencias en l&#xED;nea de los ni&#xF1;os.&#xD;
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Presentada en septiembre, la EU KIDS ACT mejorar&#xE1; la seguridad en l&#xED;nea de los menores en toda la Uni&#xF3;n al posponer el acceso a las redes sociales e introduciendo normas estrictas de seguridad desde el dise&#xF1;o, sistemas de verificaci&#xF3;n de la edad que protejan la privacidad y una aplicaci&#xF3;n efectiva.&#xD;
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El plazo para presentar comentarios finaliza el 26 de noviembre de 2026. La Comisi&#xF3;n Europea elaborar&#xE1; un resumen de todas las respuestas recibidas y lo remitir&#xE1; al Parlamento Europeo y al Consejo para alimentar el debate legislativo.</content><description>La Comisi&#xF3;n est&#xE1; recabando observaciones sobre la propuesta de Ley de la UE relativa a unos entornos digitales en internet fiables y responsables. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2786664349-2-1-p489562-m1526990-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La CE recaba observaciones sobre la EU KIDS ACT</title><link>https://elderecho.com/la-ce-recaba-observaciones-sobre-la-eu-kids-act</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/10/shutterstock_2786664349-2-1-p489562-m1526990-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ce-recaba-observaciones-sobre-la-eu-kids-act</url><link>https://elderecho.com/la-ce-recaba-observaciones-sobre-la-eu-kids-act</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ce-recaba-observaciones-sobre-la-eu-kids-act</guid><date_added>2026-10-02 12:05:23</date_added><pubDate>2026-10-02 12:05:23</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item></channel></rss>

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