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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>487002</id><title>Fidel Cadena se incorpora como socio de Cremades   Calvo-Sotelo</title><content>Cadena ingres&#xF3; en la Carrera Fiscal en 1979 y desarroll&#xF3; buena parte de su trayectoria en distintas fiscal&#xED;as territoriales antes de incorporarse, en 2007, a la Fiscal&#xED;a del Tribunal Supremo. En 2015 fue promovido a la categor&#xED;a de fiscal de Sala del Alto Tribunal y, en 2021, fue nombrado fiscal de Sala jefe de la Secci&#xF3;n Penal de la Fiscal&#xED;a del Tribunal Supremo.&#xD;
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Durante su etapa en el Tribunal Supremo, Cadena particip&#xF3; en algunos de los procedimientos penales de mayor relevancia jur&#xED;dica y medi&#xE1;tica de las &#xFA;ltimas d&#xE9;cadas. Entre ellos destaca su intervenci&#xF3;n en la causa del denominado proc&#xE9;s catal&#xE1;n, en la que ejerci&#xF3; la acusaci&#xF3;n p&#xFA;blica ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.&#xD;
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Su llegada a Cremades   Calvo-Sotelo refuerza la pr&#xE1;ctica de Derecho Penal Econ&#xF3;mico de la firma, un &#xE1;rea que abarca tanto la defensa y acusaci&#xF3;n ante los tribunales como el asesoramiento preventivo a empresas y particulares y las cuestiones relacionadas con corporate compliance. El despacho desarrolla su pr&#xE1;ctica penal ante la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.&#xD;
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Con la incorporaci&#xF3;n de Cadena, Cremades   Calvo-Sotelo refuerza un equipo penal integrado por abogados y juristas de amplia trayectoria, especializados en litigaci&#xF3;n penal y Derecho Penal Econ&#xF3;mico. Entre sus profesionales destacan Juan Ortiz &#xDA;rculo, ex fiscal general del Estado; Antonio Valverde Estepa, director y coordinador del &#xE1;rea; y Juan Saavedra Ruiz, magistrado em&#xE9;rito del Tribunal Supremo y expresidente de la Sala de lo Penal.&#xD;
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Con su incorporaci&#xF3;n, Cremades   Calvo-Sotelo suma a su estructura la experiencia de un jurista con una extensa trayectoria en el Ministerio Fiscal y un profundo conocimiento de la jurisdicci&#xF3;n penal y del funcionamiento del Tribunal Supremo.&#xD;
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La llegada de Cadena se enmarca en la estrategia de crecimiento y especializaci&#xF3;n de Cremades   Calvo-Sotelo, que en los &#xFA;ltimos a&#xF1;os ha reforzado sus equipos con profesionales de amplia experiencia en distintas ramas del Derecho y ha apostado por consolidar sus capacidades en &#xE1;reas de especializaci&#xF3;n jur&#xED;dica.</content><description>Cremades   Calvo-Sotelo refuerza su equipo con la incorporaci&#xF3;n como socio de Fidel Cadena Serrano, uno de los fiscales de mayor trayectoria y reconocimiento de la Fiscal&#xED;a espa&#xF1;ola, que se suma a la firma tras m&#xE1;s de cuatro d&#xE9;cadas de experiencia vinculada al Ministerio Fiscal.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/Fidel-Cadena.png-p487002-m1518989-768x334_w100.webp?no_webp=1</url><title>Fidel Cadena se incorpora como socio de Cremades   Calvo-Sotelo</title><link>https://elderecho.com/fidel-cadena-se-incorpora-como-socio-de-cremades-calvo-sotelo</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/Fidel-Cadena.png-p487002-m1518989-768x334_w100.webp?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/fidel-cadena-se-incorpora-como-socio-de-cremades-calvo-sotelo</url><link>https://elderecho.com/fidel-cadena-se-incorpora-como-socio-de-cremades-calvo-sotelo</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/fidel-cadena-se-incorpora-como-socio-de-cremades-calvo-sotelo</guid><date_added>2026-08-21 12:38:32</date_added><pubDate>2026-08-21 12:38:32</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486953</id><title>Prisi&#xF3;n para una mujer que estaf&#xF3; 34.400 euros a un amigo alegando falsos problemas personales</title><content>La procesada conoci&#xF3; al perjudicado en agosto de 2023 en Zaragoza, momento en el que inician una estrecha amistad llegando incluso a mantener relaciones sexuales. Aprovechando esa relaci&#xF3;n y bajo la falsa afirmaci&#xF3;n de trabajar en el consulado de Ruman&#xED;a y en un despacho de abogados, le pidi&#xF3; determinadas cantidades de dinero para atender diversos problemas personales y familiares ficticios, con el compromiso de devolver el dinero.&#xD;
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En este sentido, solicit&#xF3; de la v&#xED;ctima transferencias por importes de: 6.000 euros, 2.000 euros, 2.000 euros y 1.000 para atender gastos m&#xE9;dicos y hospitalarios generados por su madre enferma en Ruman&#xED;a; y posteriormente, otros 10.000 euros para viajar urgentemente a Ruman&#xED;a a causa del fallecimiento de su madre y gastos del entierro, circunstancias que no eran ciertas. Por &#xFA;ltimo, vali&#xE9;ndose de excusas y problemas inventados, la v&#xED;ctima le entreg&#xF3; en repetidas ocasiones dinero en efectivo retirado de un cajero.&#xD;
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La Sala de lo Civil y Penal se&#xF1;ala que la sentencia apelada estima justificado, por una parte, el desplazamiento patrimonial de las cantidades entregadas a la acusada, como el enga&#xF1;o constituido sobre la falsedad de las causas por las que demandaba ayuda econ&#xF3;mica urgente estimando que, desde un principio, la encausada no tuvo intenci&#xF3;n alguna de devolver ese dinero, lo que conlleva consigo la &#x201C;prueba de cargo suficiente sobre el &#xE1;nimo de lucro&#x201D;. Por ello, la resoluci&#xF3;n hace un an&#xE1;lisis racional y coherente, que le permite afirmar, con el suficiente juicio de certeza, la realidad del delito y la autor&#xED;a de la acusada.&#xD;
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La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.&#xD;
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TSJ de Arag&#xF3;n. Sala de lo Civil y Penal. Sentencia n&#xBA; 43/2026 de 9 de junio de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de Arag&#xF3;n ha ratificado la condena de dos a&#xF1;os de c&#xE1;rcel impuesta a una mujer por estafar a un amigo 34.400 euros bajo el pretexto de atender falsas necesidades personales y familiares.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2658210187-1-p486953-m1518839-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Prisi&#xF3;n para una mujer que estaf&#xF3; 34.400 euros a un amigo alegando falsos problemas personales</title><link>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-que-estafo-34-400-euros-a-un-amigo-alegando-falsos-problemas-personales</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2658210187-1-p486953-m1518839-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-que-estafo-34-400-euros-a-un-amigo-alegando-falsos-problemas-personales</url><link>https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-que-estafo-34-400-euros-a-un-amigo-alegando-falsos-problemas-personales</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/prision-para-una-mujer-que-estafo-34-400-euros-a-un-amigo-alegando-falsos-problemas-personales</guid><date_added>2026-08-21 11:53:29</date_added><pubDate>2026-08-21 11:53:29</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486952</id><title>Fiscales reclaman m&#xE1;s medios y efectivos en Ceuta</title><content>As&#xED; lo ha demandado la asociaci&#xF3;n en una nota de prensa "ante una situaci&#xF3;n que desborda la capacidad ordinaria" de la Fiscal&#xED;a de Ceuta, que cuenta con "solo ocho fiscales efectivos" y que "est&#xE1; sometiendo a una enorme presi&#xF3;n a sus profesionales".&#xD;
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Tras la entrada masiva de 80.000 personas procedentes de Marruecos entre el 30 y el 31 de julio, que provoc&#xF3; 83 muertos, UPF ha aseverado que sobre los fiscales de la ciudad aut&#xF3;noma "recae una carga excepcional que incluye guardias reforzadas y actuaciones relacionadas con menores, trata de seres humanos, violencia sobre la mujer y otras situaciones de especial vulnerabilidad".&#xD;
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"Algunos d&#xED;as llegan a realizarse alrededor de 200 entrevistas a personas que manifiestan ser menores de edad en el marco de los procedimientos de determinaci&#xF3;n de edad", ha apuntado la asociaci&#xF3;n.&#xD;
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La asociaci&#xF3;n ha explicado que es por ello que el servicio de guardia ha tenido que duplicarse, aunque cree que es necesario "avanzar hacia su triplicaci&#xF3;n".&#xD;
Servicio permanente de interpretaci&#xF3;n en Ceuta&#xD;
La UPF ha reclamado al Ministerio de Justicia un servicio permanente y propio de interpretaci&#xF3;n para la Fiscal&#xED;a de Ceuta, "sin depender de la disponibilidad del int&#xE9;rprete destinado a las actuaciones judiciales", ya que consideran que se trata de una de las necesidades "m&#xE1;s urgentes".&#xD;
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La asociaci&#xF3;n ha subrayado que este servicio de interpretaci&#xF3;n "es imprescindible" para atender "cientos de entrevistas en determinadas jornadas". "No estamos hablando de una comodidad organizativa, sino de una herramienta elemental para poder garantizar derechos", han puntualizado.&#xD;
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Por otro lado, UPF ha denunciado "una dificultad a&#xF1;adida", ya que la bolsa de fiscales sustitutos "ha quedado desierta", por lo que piden que se articulen "los mecanismos jur&#xED;dicos, organizativos y econ&#xF3;micos necesarios para que fiscales de otros territorios que voluntariamente quieran colaborar puedan desplazarse temporalmente a Ceuta".&#xD;
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"Una crisis que afecta al Estado no puede ser soportada exclusivamente por los ocho fiscales que se encuentran destinados all&#xED;. Ceuta es responsabilidad de todos", ha reivindicado la asociaci&#xF3;n.&#xD;
La emergencia no permite rebajar las garant&#xED;as de menores&#xD;
Adem&#xE1;s, UPF ha puesto de manifiesto "el trabajo de los fiscales y de los funcionarios y funcionarias de Ceuta, as&#xED; como el esfuerzo extraordinario que se est&#xE1; realizando en el &#xE1;mbito de Violencia sobre la Mujer".&#xD;
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"Su compromiso nos enorgullece, pero nuestro orgullo por su entrega nunca puede convertirse en la coartada para normalizar su sobresfuerzo", han advertido, al tiempo que han pedido que, una vez superada la crisis, su actuaci&#xF3;n deber&#xED;a recibir un reconocimiento institucional expreso por parte de la Fiscal&#xED;a General del Estado.&#xD;
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Asimismo, los fiscales han insistido en que "la dimensi&#xF3;n de la emergencia no permite rebajar las garant&#xED;as de menores, potenciales v&#xED;ctimas de trata o violencia sexual ni de las personas que puedan necesitar protecci&#xF3;n internacional".&#xD;
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Y ha a&#xF1;adido que la emergencia puede obligar "a adaptar el funcionamiento de las instituciones", pero "nunca puede modificar el estatuto jur&#xED;dico de las personas".&#xD;
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Por ello, la asociaci&#xF3;n ha pedido a la Fiscal&#xED;a General del Estado que "contin&#xFA;e monitorizando permanentemente las necesidades de Ceuta y mantenga la interlocuci&#xF3;n directa", y ha reclamado al Ministerio de Justicia que "atienda con la m&#xE1;xima celeridad las peticiones que le sean trasladadas" desde el Ministerio Fiscal.&#xD;
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"Ante situaciones extraordinarias debemos ensanchar las costuras del Estado, no reducir los derechos. No necesitamos h&#xE9;roes para sostener el Estado de Derecho, necesitamos que el Estado de Derecho sostenga a quienes est&#xE1;n en primera l&#xED;nea defendi&#xE9;ndolo", ha concluido la asociaci&#xF3;n en su comunicado.</content><description>La Uni&#xF3;n Progresista de Fiscales (UPF) ha reclamado refuerzos para la Fiscal&#xED;a de Ceuta ante la "situaci&#xF3;n extraordinaria" derivada de la crisis migratoria que atraviesa la ciudad aut&#xF3;noma, con medidas como un int&#xE9;rprete permanente, triplicar el servicio de guardia o facilitar el desplazamiento voluntario de fiscales del resto de Espa&#xF1;a.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2824339805-1-p486952-m1518821-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Fiscales reclaman m&#xE1;s medios y efectivos en Ceuta</title><link>https://elderecho.com/fiscales-reclaman-mas-medios-y-efectivos-en-ceuta</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2824339805-1-p486952-m1518821-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/fiscales-reclaman-mas-medios-y-efectivos-en-ceuta</url><link>https://elderecho.com/fiscales-reclaman-mas-medios-y-efectivos-en-ceuta</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/fiscales-reclaman-mas-medios-y-efectivos-en-ceuta</guid><date_added>2026-08-21 11:27:43</date_added><pubDate>2026-08-21 11:27:43</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486951</id><title>UPTA reclama una fiscalidad m&#xE1;s equilibrada entre aut&#xF3;nomos persona f&#xED;sica y sociedades</title><content>Espa&#xF1;a ha pasado de contar con 1.110.376 aut&#xF3;nomos vinculados a sociedades en enero a 1.131.752 en junio, un incremento del 1,9%. De ellos, 515.144 son socios de sociedad y 616.608 son miembros de &#xF3;rganos de administraci&#xF3;n.&#xD;
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Estos &#xFA;ltimos han aumentado en 18.472 personas desde enero, mientras que los socios de sociedad lo han hecho en 2.904. En junio, los aut&#xF3;nomos vinculados a sociedades representan aproximadamente el 32,4% del conjunto de trabajadores aut&#xF3;nomos de Espa&#xF1;a.&#xD;
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"El crecimiento de los aut&#xF3;nomos societarios es, sin duda, una realidad que se puede resumir en una cuesti&#xF3;n fundamental: la fiscalidad que tienen las sociedades es mucho m&#xE1;s laxa que la de los aut&#xF3;nomos que tributan a trav&#xE9;s del IRPF", ha se&#xF1;alado el presidente de UPTA Espa&#xF1;a, Eduardo Abad.&#xD;
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Abad ha indicado que el aumento de aut&#xF3;nomos vinculados a sociedades supone "una realidad que merece un an&#xE1;lisis fiscal en profundidad".&#xD;
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En este sentido, ha defendido que "la decisi&#xF3;n de desarrollar una actividad como aut&#xF3;nomo persona f&#xED;sica o hacerlo a trav&#xE9;s de una sociedad deber&#xED;a responder fundamentalmente a las necesidades, caracter&#xED;sticas y dimensi&#xF3;n del negocio, y no estar condicionada por una fiscalidad m&#xE1;s favorable para una determinada f&#xF3;rmula jur&#xED;dica".&#xD;
3,49 millones de aut&#xF3;nomos en junio&#xD;
Por otro lado, Espa&#xF1;a ha alcanzado los 3.490.048 trabajadores aut&#xF3;nomos en junio, frente a los 3.420.468 registrados en enero, lo que supone 69.580 aut&#xF3;nomos m&#xE1;s y un crecimiento del 2% en el primer semestre.&#xD;
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La evoluci&#xF3;n ha sido positiva durante todos los meses analizados, pasando de los 3.420.468 aut&#xF3;nomos de enero a los 3.432.008 de febrero, 3.448.635 de marzo, 3.463.806 de abril, 3.476.507 de mayo y 3.490.048 de junio.&#xD;
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Para UPTA, estos datos vuelven a poner de manifiesto el peso que tiene el trabajo aut&#xF3;nomo dentro del tejido productivo espa&#xF1;ol y la necesidad de impulsar medidas que permitan no solo aumentar el n&#xFA;mero de actividades, sino favorecer su consolidaci&#xF3;n, crecimiento y sostenibilidad.&#xD;
Cerca de 490.000 aut&#xF3;nomos tienen asalariados&#xD;
El n&#xFA;mero de aut&#xF3;nomos con trabajadores a su cargo ha pasado de 473.555 en enero a 489.396 en junio, lo que supone 15.841 aut&#xF3;nomos empleadores m&#xE1;s, un incremento del 3,3%.&#xD;
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Aunque junio registra un ligero descenso respecto a mayo, cuando se contabilizaron 490.103 aut&#xF3;nomos con asalariados, el balance del semestre es positivo y sit&#xFA;a el n&#xFA;mero de trabajadores aut&#xF3;nomos empleadores muy pr&#xF3;ximo a las 490.000 personas.&#xD;
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En junio, estos aut&#xF3;nomos mantienen un total de 1.155.338 puestos de trabajo asalariado.&#xD;
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Por dimensi&#xF3;n, 255.960 aut&#xF3;nomos tienen un asalariado; 98.982 tienen dos; 49.940 cuentan con tres; 28.872 tienen cuatro y 55.642 tienen cinco o m&#xE1;s trabajadores.&#xD;
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UPTA considera que esta dimensi&#xF3;n empleadora debe ocupar un "lugar prioritario" en el dise&#xF1;o de las pol&#xED;ticas dirigidas al colectivo, especialmente aquellas destinadas a favorecer la consolidaci&#xF3;n empresarial, la contrataci&#xF3;n y el crecimiento de los peque&#xF1;os negocios.&#xD;
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La organizaci&#xF3;n considera asimismo necesario que las pol&#xED;ticas p&#xFA;blicas dirigidas al colectivo no se midan exclusivamente por la evoluci&#xF3;n del n&#xFA;mero total de altas, sino por su capacidad para favorecer actividades econ&#xF3;micamente viables, con mayor supervivencia, capacidad de inversi&#xF3;n y potencial de generaci&#xF3;n de empleo.&#xD;
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Abad defiende que hay que conseguir "que el sistema fiscal acompa&#xF1;e el crecimiento y la consolidaci&#xF3;n de los peque&#xF1;os negocios" y "avanzar hacia una fiscalidad m&#xE1;s equilibrada entre quienes desarrollan su actividad como personas f&#xED;sicas y tributan mediante IRPF y quienes lo hacen a trav&#xE9;s de sociedades".</content><description>La Uni&#xF3;n de Profesionales y Trabajadores Aut&#xF3;nomos (UPTA) ha reclamado una fiscalidad "m&#xE1;s equilibrada" entre quienes desarrollan su actividad como personas f&#xED;sicas y tributan mediante IRPF y quienes lo hacen a trav&#xE9;s de sociedades, despu&#xE9;s de que los aut&#xF3;nomos vinculados a sociedades aumentaran en 21.376 personas durante el primer semestre, hasta superar los 1,13 millones.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2668095315-1-p486951-m1518803-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>UPTA reclama una fiscalidad m&#xE1;s equilibrada entre aut&#xF3;nomos persona f&#xED;sica y sociedades</title><link>https://elderecho.com/upta-reclama-una-fiscalidad-mas-equilibrada-entre-autonomos-persona-fisica-y-sociedades</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2668095315-1-p486951-m1518803-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/upta-reclama-una-fiscalidad-mas-equilibrada-entre-autonomos-persona-fisica-y-sociedades</url><link>https://elderecho.com/upta-reclama-una-fiscalidad-mas-equilibrada-entre-autonomos-persona-fisica-y-sociedades</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/upta-reclama-una-fiscalidad-mas-equilibrada-entre-autonomos-persona-fisica-y-sociedades</guid><date_added>2026-08-21 11:21:28</date_added><pubDate>2026-08-21 11:21:28</pubDate><categories><category><id>fiscal</id><name>Fiscal</name><idPro>6</idPro></category></categories><allCategories>Fiscal</allCategories></item><item><id>486899</id><title>El TSJ de Murcia confirma el recargo del 30% a una constructora por un accidente causado por un hueco sin proteger en una escalera de obra</title><content>El accidente se produjo cuando el trabajador, al finalizar su jornada laboral y mientras descend&#xED;a una escalera de obra transportando un capazo de herramientas, perdi&#xF3; el equilibrio y cay&#xF3; por un hueco existente entre los pelda&#xF1;os y la tabiquer&#xED;a. La resoluci&#xF3;n declara probado que en ese punto de la escalera exist&#xED;a un vac&#xED;o de 52 cent&#xED;metros de altura &#x201C;sin que exista barandilla o elementos materiales entre la escalera y el hueco, ni se&#xF1;alizaci&#xF3;n espec&#xED;fica sobre riesgo de posible ca&#xED;da&#x201D;.&#xD;
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La empresa sosten&#xED;a en el recurso que el accidente obedeci&#xF3; a un caso fortuito o a un mal apoyo del trabajador y defend&#xED;a que la obra dispon&#xED;a de medidas generales de protecci&#xF3;n. Sin embargo, la Sala rechaza revisar los hechos probados y concluye que las modificaciones solicitadas carecen de relevancia para alterar el sentido del fallo, ya que el riesgo se localizaba precisamente en el hueco existente en la escalera donde se produjo la ca&#xED;da.&#xD;
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La sentencia destaca que la propuesta de recargo se fundament&#xF3; en la &#x201C;existencia de una zona insegura en la escalera, derivada de la diferencia de anchura entre escalones, sin proteger ni se&#xF1;alizar frente al riesgo de ca&#xED;da que hizo que cayera el trabajador&#x201D;, incumplimiento apreciado por la Inspecci&#xF3;n de Trabajo y posteriormente asumido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.&#xD;
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La Sala recuerda que el derecho de las personas trabajadoras a una protecci&#xF3;n eficaz en materia de seguridad y salud lleva aparejada la obligaci&#xF3;n empresarial de adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizarla. Asimismo, cita la Ley de Prevenci&#xF3;n de Riesgos Laborales para subrayar que &#x201C;la efectividad de las medidas preventivas deber&#xE1; prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador&#x201D;.&#xD;
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Frente a la alegaci&#xF3;n de que el trabajador conoc&#xED;a perfectamente la escalera porque hab&#xED;a participado en su construcci&#xF3;n, el tribunal comparte el razonamiento de la sentencia de instancia y afirma que &#x201C;el riesgo de ca&#xED;da por el hueco de la escalera es evidente, y la falta de toda medida de seguridad tambi&#xE9;n&#x201D;, a&#xF1;adiendo que la experiencia del trabajador &#x201C;no puede servir para neutralizar el riesgo evidente&#x201D;.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n concluye que &#x201C;existe nexo causal adecuado entre el siniestro del que trae causa el resultado lesivo para la integridad f&#xED;sica del trabajador accidentado y la conducta del empleador al omitir aquellas medidas de seguridad&#x201D;, por lo que confirma &#xED;ntegramente el recargo del 30 % sobre las prestaciones derivadas del accidente de trabajo e impone a la empresa las costas del recurso, fijadas en 800 euros por los honorarios de la representaci&#xF3;n letrada de la parte recurrida.&#xD;
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TSJ de Murcia. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 358/2026 de 21 de abril de 2026.</content><description>La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Regi&#xF3;n de Murcia ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social 2 de Cartagena que mantuvo el recargo del 30% sobre las prestaciones de Seguridad Social que percibe un trabajador accidentado al apreciar que la empresa incumpli&#xF3; las medidas de seguridad exigibles en la obra.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2634145341-1-p486899-m1518617-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TSJ de Murcia confirma el recargo del 30% a una constructora por un accidente causado por un hueco sin proteger en una escalera de obra</title><link>https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2634145341-1-p486899-m1518617-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</url><link>https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</guid><date_added>2026-08-20 13:09:07</date_added><pubDate>2026-08-20 13:09:07</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>486901</id><title>La CE aprueba la joint venture de ACS, Telef&#xF3;nica, Santander y Gobierno para optar a la gigafactor&#xED;a europea</title><content>Bruselas ha concluido que la operaci&#xF3;n notificada no plantea problemas de competencia, dada la posici&#xF3;n limitada de las empresas implicadas en el mercado resultante de la transacci&#xF3;n. La operaci&#xF3;n se ha examinado bajo el procedimiento simplificado de control de concentraciones.&#xD;
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De este modo, la 'joint venture' de estas empresas espa&#xF1;olas ha recibido el visto bueno de la Comisi&#xF3;n para optar a la Iniciativa de Gigafactor&#xED;as de IA del bloque comunitario, que se enmarca en la estrategia de soberan&#xED;a tecnol&#xF3;gica de la UE, orientada a reforzar y ampliar la infraestructura soberana de nube e inteligencia artificial en Europa.&#xD;
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El Consejo de Ministros autoriz&#xF3; el pasado 16 de junio la inversi&#xF3;n de 719 millones de euros del Ministerio para la Transformaci&#xF3;n Digital y de la Funci&#xF3;n P&#xFA;blica, a trav&#xE9;s de la 'SEPI Digital', en el consorcio p&#xFA;blico-privado que desarrollar&#xE1; esta gigafactor&#xED;a avanzada de Inteligencia Artificial (IA).&#xD;
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Con esta operaci&#xF3;n, el Gobierno activ&#xF3; una inversi&#xF3;n estrat&#xE9;gica para movilizar un proyecto industrial de gran escala y que Espa&#xF1;a participe en una de las principales infraestructuras europeas de IA.&#xD;
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As&#xED;, la 'SEPI Digital' pas&#xF3; a formar parte del accionariado de la sociedad que tiene previsto presentar la candidatura espa&#xF1;ola a la convocatoria europea. El proyecto espa&#xF1;ol concurrir&#xE1; con una candidatura multisede que incluye las ubicaciones de M&#xF3;ra la Nova, en Tarragona, y San Fernando de Henares (Madrid), para alojar la gigafactor&#xED;a.&#xD;
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Banco Santander, ACS y Telef&#xF3;nica, los tres inversores privados principales del proyecto, controlar&#xE1;n de forma conjunta el 47% del capital de dicha sociedad, con una participaci&#xF3;n individual del 15,67% cada uno.</content><description>La Comisi&#xF3;n Europea (CE) ha aprobado este jueves, en virtud del Reglamento de concentraciones de la UE, la creaci&#xF3;n de una empresa conjunta por parte ACS, Telef&#xF3;nica, Banco Santander y la Sociedad Espa&#xF1;ola para la Transformaci&#xF3;n Tecnol&#xF3;gica (SETT), conocida como la 'SEPI Digital', para optar a la gigafactor&#xED;a europea de IA que el Ejecutivo comunitario construir&#xE1; en alg&#xFA;n Estado miembro.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2578648931-1-p486901-m1518653-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La CE aprueba la joint venture de ACS, Telef&#xF3;nica, Santander y Gobierno para optar a la gigafactor&#xED;a europea</title><link>https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2578648931-1-p486901-m1518653-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</url><link>https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</guid><date_added>2026-08-20 12:34:23</date_added><pubDate>2026-08-20 12:34:23</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486900</id><title>Suspenden a una docente por hablar en alto de forma despectiva y desvelar a familias datos personales de otros alumnos</title><content>El proceso se inici&#xF3; en marzo de 2024, cuando la madre de un alumno de 4&#xBA; de Primaria present&#xF3; una denuncia contra la docente, en la que afirmaba que hab&#xED;a cometido malos tratos verbales repetidos hacia su hijo y mala praxis. Posteriormente, se recibi&#xF3; otra denuncia.&#xD;
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La apertura del expediente disciplinario resolvi&#xF3; la imposici&#xF3;n de las sanciones de suspensi&#xF3;n, de 8 meses, 1 mes, 15 d&#xED;as y 5 d&#xED;as, por tres infracciones graves y una leve. En la resoluci&#xF3;n se detalla que la profesora no mantiene el orden en el aula ni el clima de convivencia, que no eval&#xFA;a a los alumnos de forma objetiva, que no registra los seguimientos de los programas did&#xE1;cticos, que no aplica medidas de atenci&#xF3;n a la diversidad o que no sigue la programaci&#xF3;n did&#xE1;ctica.&#xD;
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Igualmente, refleja que incurre en negligencia al expulsar a alumnos fuera del aula sin la supervisi&#xF3;n de un adulto, al hablar en alto de forma despectiva y haciendo valoraciones de cuestiones privadas, o al desvelar a familias de alumnos datos personales de otros estudiantes.&#xD;
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La sanci&#xF3;n fue recurrida por la profesora, pero un juzgado de lo contencioso administrativo de Ferrol desestim&#xF3; sus pretensiones, por lo que recurri&#xF3; al TSXG. El alto tribunal gallego ha confirmado en una sentencia del pasado mes de junio las sanciones, aunque ha estimado parcialmente el recurso, &#xFA;nicamente en lo que respecta a las costas de primera instancia.</content><description>El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia en la que confirma las sanciones impuestas a una profesora de primaria (y que suman casi 10 meses de suspensi&#xF3;n), por varias infracciones graves y una leve, entre ellas, hacer valoraciones despectivas, falta de rendimiento, actuar con negligencia o divulgar cuestiones privadas.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2663966251-1-p486900-m1518635-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Suspenden a una docente por hablar en alto de forma despectiva y desvelar a familias datos personales de otros alumnos</title><link>https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2663966251-1-p486900-m1518635-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</url><link>https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</guid><date_added>2026-08-20 12:00:23</date_added><pubDate>2026-08-20 12:00:23</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category></categories><allCategories>Administrativo</allCategories></item><item><id>486864</id><title>Prisi&#xF3;n para una pareja por estafar m&#xE1;s de 70.000 euros a un octogenario</title><content>La Audiencia alavesa consider&#xF3; a los dos acusados autores de un delito de estafa y adem&#xE1;s de la pena de prisi&#xF3;n les impuso una multa de 1.900 euros y la obligaci&#xF3;n de indemnizar conjunta y solidariamente a la v&#xED;ctima con 72.215 euros.&#xD;
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En los hechos declarados probados se indica que el hombre conoci&#xF3; a la acusada en 2021 cuando esta le pidi&#xF3; dos euros para comer, y que desde entonces y hasta 2023 se entabl&#xF3; entre ambos una &#x201C;cierta relaci&#xF3;n de amistad&#x201D; durante la cual el octogenario fue atendiendo las sucesivas peticiones de dinero que ella le hac&#xED;a, confiando en su promesa de que se lo devolver&#xED;a.&#xD;
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La resoluci&#xF3;n de la Audiencia de &#xC1;lava tambi&#xE9;n declar&#xF3; probado que el hombre cedi&#xF3; su tarjeta a la acusada y que esta realiz&#xF3; compras y extracciones de manera conjunta y coordinada con su pareja.&#xD;
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Tras la sentencia ambos recurrieron ante el TSJPV alegando, entre otras cuestiones, vulneraci&#xF3;n del derecho a la presunci&#xF3;n de inocencia, manteniendo que no hubo enga&#xF1;o, algo que el Superior vasco rechaza sobre la base de lo probado en la sentencia de la Audiencia.&#xD;
Recurso del Ministerio Fiscal&#xD;
La Fiscal&#xED;a tambi&#xE9;n recurri&#xF3; la sentencia y solicit&#xF3; que la pena se elevara a seis a&#xF1;os de prisi&#xF3;n, al estimar que concurr&#xED;an las agravantes de especial gravedad de los hechos, por haber dejado a la v&#xED;ctima en una situaci&#xF3;n econ&#xF3;mica especialmente precaria; y de abuso de confianza, dada la edad del perjudicado y la relaci&#xF3;n de confianza generada entre ambos.&#xD;
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El TSJPV recuerda que, en el marco del recurso planteado, no procede modificar los hechos declarados probados por la Audiencia de &#xC1;lava y a&#xF1;ade que, si la Fiscal&#xED;a pretend&#xED;a una modificaci&#xF3;n de estos debi&#xF3; instar la nulidad de la sentencia.&#xD;
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Esta resoluci&#xF3;n no es firme y puede ser recurrida en casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.</content><description>La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del Pa&#xED;s Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena de dos a&#xF1;os y medio de prisi&#xF3;n impuesta por la Audiencia de &#xC1;lava a una pareja por estafar m&#xE1;s de 70.000 euros a un octogenario.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2746941081-1-p486864-m1518508-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Prisi&#xF3;n para una pareja por estafar m&#xE1;s de 70.000 euros a un octogenario</title><link>https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2746941081-1-p486864-m1518508-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</url><link>https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</guid><date_added>2026-08-19 10:40:43</date_added><pubDate>2026-08-19 10:40:43</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486863</id><title>Juicio a Meta sobre redes sociales y menores</title><content>Meta, matriz de Facebook e Instagram, afronta en un tribunal federal de Oakland (California) la demanda conjunta de 29 estados, un proceso que la Fiscal&#xED;a General de California pudo sacar adelante despu&#xE9;s de que el tribunal rechazara el &#xFA;ltimo recurso de la compa&#xF1;&#xED;a para frenarlo.&#xD;
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La propia Meta calcula que su exposici&#xF3;n alcanzar&#xED;a los 1,4 billones de d&#xF3;lares, aunque los estados no han revelado cu&#xE1;nto reclamar&#xE1;n. La compa&#xF1;&#xED;a califica esta cifra, que casi alcanza su valor de mercado total, de "descabellada" y sin precedentes.&#xD;
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Esa cifra resulta de acumular las sanciones legales previstas por las infracciones de protecci&#xF3;n al consumidor y privacidad, un m&#xE9;todo que, seg&#xFA;n Meta, cuenta a los mismos adolescentes muchas veces.&#xD;
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Se espera que el juicio tenga una duraci&#xF3;n aproximada de siete semanas. El fallo de la jueza Yvonne Gonzalez Rogers (la misma que lleva el caso de Elon Musk contra OpenAI) ser&#xE1; probablemente en octubre.&#xD;
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La demanda acusa a Meta de dise&#xF1;ar a sabiendas funciones para mantener a los usuarios j&#xF3;venes haciendo 'scrolling' (desplaz&#xE1;ndose por la pantalla) de una forma infinita, ya sea a trav&#xE9;s de publicaciones o notificaciones.&#xD;
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De hecho, sostiene que Meta recopil&#xF3; datos de ni&#xF1;os menores de 13 a&#xF1;os, infringiendo la ley federal de privacidad, y asegur&#xF3; a los padres que sus aplicaciones eran seguras mientras investigaciones propias indicaban justamente lo contrario.&#xD;
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La defensa de Meta se basa en que la "adicci&#xF3;n a las redes sociales" no es un diagn&#xF3;stico psiqui&#xE1;trico reconocido, lo que debilita la acusaci&#xF3;n seg&#xFA;n la tecnol&#xF3;gica. En el juicio se espera que declaren el CEO de Meta, Mark Zuckerberg, y el jefe de Instagram, Adam Mosseri.&#xD;
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Adem&#xE1;s de la amenaza que supone la cifra de 1,4 billones de d&#xF3;lares, a Meta le resultar&#xED;a un varapalo, seg&#xFA;n el medio especializado The Next Web, que tenga que aplicar las medidas de redise&#xF1;o que piden los estados, como restricciones por edad, l&#xED;mites de tiempo estrictos para menores, fin del scroll infinito y las notificaciones constantes, entre otras modificaciones a la experiencia propia de sus aplicaciones.&#xD;
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Este juicio parte de una acusaci&#xF3;n similar a la que Meta ya afront&#xF3; en Nuevo M&#xE9;xico, seg&#xFA;n la CNN, y que deriv&#xF3; en una orden de 567 millones de d&#xF3;lares, aunque la diferencia ahora es que se enfrenta a 29 estados a la vez.&#xD;
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Justamente Instagram, propiedad de Meta, lanz&#xF3; el pasado abril las nuevas protecciones de contenido para cuentas de adolescentes. Cabe recordar que Meta compr&#xF3; Instagram en abril de 2012 por unos 1.000 millones de d&#xF3;lares.</content><description>Meta se enfrenta a un juicio contra una coalici&#xF3;n de 29 estados estadounidenses que la acusan de haber manipulado deliberadamente Facebook e Instagram para volver adictos a los ni&#xF1;os.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2518209177-1-p486863-m1518489-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Juicio a Meta sobre redes sociales y menores</title><link>https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2518209177-1-p486863-m1518489-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</url><link>https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</guid><date_added>2026-08-19 10:20:31</date_added><pubDate>2026-08-19 10:20:31</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486831</id><title>El cambio de sexo no tiene efecto retroactivo para anular una condena previa por violencia machista</title><content>En una sentencia recogida por Europa Press, los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo sientan jurisprudencia a partir de una resoluci&#xF3;n por un caso de violencia de g&#xE9;nero ocurrido en abril de 2022 en Castell&#xF3;n, que fue recurrida por la persona que fue condenada.&#xD;
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La sentencia recurrida ante el Supremo, que fue dictada por un juzgado de lo penal de Castell&#xF3;n y posteriormente ratificada por la Audiencia Provincial, consider&#xF3; probado que el 20 de abril de 2022, el acusado acudi&#xF3; a las inmediaciones del domicilio de su expareja sentimental para ejercer el derecho de visitas con la hija de 8 a&#xF1;os que ambos ten&#xED;an en com&#xFA;n.&#xD;
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El relato de hechos a&#xF1;ade que, en un ambiente tenso, el hombre cogi&#xF3; fuertemente del brazo a su hija con la intenci&#xF3;n de hacerle da&#xF1;o. Seguidamente, el var&#xF3;n le dio a la madre un pu&#xF1;etazo en la cintura, as&#xED; como varios golpes y ara&#xF1;azos en el cuello, cuando &#xE9;sta acudi&#xF3; en auxilio de la ni&#xF1;a.&#xD;
18 meses de prisi&#xF3;n por violencia machista y dom&#xE9;stica&#xD;
Por estos hechos, el hombre fue condenado a nueve meses de prisi&#xF3;n por un delito de violencia de g&#xE9;nero sobre su expareja, y a la misma pena por un delito de violencia dom&#xE9;stica sobre su hija.&#xD;
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En su recurso ante el Supremo contra la sentencia, el acusado, que se hab&#xED;a cambiado de sexo en 2023, aleg&#xF3; que era una mujer y no un hombre, por lo que no pod&#xED;a ser condenado por el delito de violencia de g&#xE9;nero sobre su expareja.&#xD;
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Ahora, los magistrados contestan que no puede aplicarse el cambio de sexo para neutralizar una condena por un delito de violencia de g&#xE9;nero cuando los hechos, como fue el caso, hayan ocurrido cuando el autor del delito era var&#xF3;n, ya que el cambio de sexo no tiene efectos retroactivos.&#xD;
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El tribunal remarca que los hechos enjuiciados ocurrieron el 20 de abril de 2022, y el auto de cambio de sexo del Registro Civil de Castell&#xF3;n es del 1 de junio de 2023. En &#xE9;l se recoge que el expediente comienza con una comparecencia del interesado llevada a cabo el 24 de abril de 2023, seg&#xFA;n la resoluci&#xF3;n.&#xD;
Condenado como hombre&#xD;
La sentencia indica que el recurrente fue condenado como hombre y autor de un delito de violencia sobre la mujer, que era su expareja sentimental, por lo que el cambio de registro de sexo "no podr&#xED;a desplegar efectos retroactivos a hechos anteriores que fueron realizados, juzgados y sentenciados siendo el recurrente un hombre a todos los efectos jur&#xED;dicos y legales".&#xD;
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Por otro lado, la sentencia indica que el cambio de registro de sexo realizado con car&#xE1;cter previo al delito no puede servir para neutralizar una condena por violencia de g&#xE9;nero si se prueba que se llev&#xF3; a efecto con la intencionalidad de defraudar la ley.&#xD;
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El tribunal indica que el mero cambio registral no implica autom&#xE1;ticamente fraude, y que la prueba de que se ha hecho con intenci&#xF3;n de fraude de ley debe ser plena y sin lugar a duda alguna, determinaci&#xF3;n que corresponde a los tribunales y debe basarse en las circunstancias concretas del caso.&#xD;
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El alto tribunal rechaza tambi&#xE9;n que la sentencia condenatoria vulnerara la presunci&#xF3;n de inocencia del acusado. Asimismo, tambi&#xE9;n desestima el recurso planteado por una mujer que le acompa&#xF1;aba en el momento de los hechos, que qued&#xF3; probado que tir&#xF3; del pelo de la expareja del acusado y que intent&#xF3; coger a la hija, y que fue condenada al pago de una multa por delito leve de lesiones.</content><description>El Tribunal Supremo ha dejado claro que el cambio de sexo no tiene efectos retroactivos que permitan anular una condena previa por violencia machista, en el supuesto de que los hechos hayan ocurrido cuando el autor del delito era hombre.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20110624_0010_1-p486831-m1518413-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El cambio de sexo no tiene efecto retroactivo para anular una condena previa por violencia machista</title><link>https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20110624_0010_1-p486831-m1518413-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</url><link>https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</guid><date_added>2026-08-18 13:50:24</date_added><pubDate>2026-08-18 13:50:24</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item></channel></rss>

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