<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>479351</id><title>Lefebvre re&#xFA;ne a expertos del &#xE1;mbito jur&#xED;dico en el Congreso Laboral 2026</title><content>Lefebvre, compa&#xF1;&#xED;a de contenido y software jur&#xED;dico, celebrar&#xE1; el pr&#xF3;ximo 28 de abril una nueva edici&#xF3;n del Congreso Laboral 2026, un encuentro de referencia que abordar&#xE1; los principales desaf&#xED;os que est&#xE1;n marcando la actualidad del derecho laboral, el empleo, el trabajo y la Seguridad Social.&#xD;
&#xD;
El evento, que tendr&#xE1; lugar en el Auditorio de la Universidad CEU San Pablo de Madrid y tambi&#xE9;n podr&#xE1; seguirse en formato virtual, reunir&#xE1; a destacados magistrados, acad&#xE9;micos y profesionales del sector bajo la direcci&#xF3;n acad&#xE9;mica de Antonio Sempere Navarro, magistrado del Tribunal Supremo y catedr&#xE1;tico de Universidad.&#xD;
Cuestiones clave&#xD;
A lo largo de la jornada, los expertos analizar&#xE1;n cuestiones clave como el nuevo Salario M&#xED;nimo Interprofesional (SMI), la ordenaci&#xF3;n del tiempo de trabajo, el impacto de la inteligencia artificial en el &#xE1;mbito laboral, los controles empresariales o las &#xFA;ltimas novedades en el proceso laboral, entre otros temas de m&#xE1;xima relevancia para empresas y profesionales.&#xD;
&#xD;
En concreto, el Congreso profundizar&#xE1; en aspectos de gran actualidad como los permisos laborales vinculados a la conciliaci&#xF3;n familiar, el registro de jornada y su interpretaci&#xF3;n jurisprudencial, los incentivos salariales y su encaje en los convenios colectivos, o el uso de herramientas tecnol&#xF3;gicas como la videovigilancia, los algoritmos o los detectives privados en el &#xE1;mbito laboral. Asimismo, se abordar&#xE1;n cuestiones como el teletrabajo, la incapacidad temporal y permanente, las pensiones y prestaciones de la Seguridad Social, o los retos de la negociaci&#xF3;n colectiva y los convenios de empresa.&#xD;
Situaciones reales&#xD;
El programa, con un enfoque eminentemente pr&#xE1;ctico, incorpora adem&#xE1;s el an&#xE1;lisis de la m&#xE1;s reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, ofreciendo a los asistentes criterios aplicables a situaciones reales en el &#xE1;mbito empresarial y jur&#xED;dico.&#xD;
&#xD;
El Congreso contar&#xE1; con la participaci&#xF3;n de ponentes de primer nivel del &#xE1;mbito jur&#xED;dico, acad&#xE9;mico y empresarial, entre los que se encuentran Juan Pujol Ja&#xE9;n, presidente de Lefebvre; Antonio Sempere Navarro, Magistrado del Tribunal Supremo y catedr&#xE1;tico de Universidad; Olimpia del &#xC1;guila, Responsable de Igualdad y Seguridad Social de CEOE; Cristina Arag&#xF3;n, profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la UNED; Jes&#xFA;s Cruz Villal&#xF3;n, catedr&#xE1;tico de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Sevilla; Ferm&#xED;n Guardiola, Presidente de FORELAB; Ana G&#xF3;mez, Presidenta de ASNALA; Luis Mar&#xED;a G&#xF3;mez Garrido, Magistrada del Tribunal Supremo; Rafael Antonio L&#xF3;pez Parada, magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo; Luis Mar&#xED;a G&#xF3;mez Garrido, Magistrada del Tribunal Supremo;Rafael Antonio L&#xF3;pez Parada, Magistrado de la Sala de los Social del Tribunal Supremo; David Mart&#xED;nez Salda&#xF1;a, socio del &#xE1;rea Laboral de KPMG Abogados; Lourdes Mel&#xE9;ndez Morillo-Velarde, catedr&#xE1;tica de Derecho del Trabajo y Magistrada suplente del TSJ de Madrid; Juan Manuel Ortiz Pedregosa, socio fundador de IurisLaw Consultores Jur&#xED;dicos y miembro de ASNALA y Pilar Menor S&#xE1;nchez, miembro del Comit&#xE9; Ejecutivo de FORELAB y socia de DLA Piper.&#xD;
&#xD;
Tambi&#xE9;n, estar&#xE1;n Joaqu&#xED;n Merchan Bermejo, Presidente del Consejo de Graduados Sociales; Susana Molina Guti&#xE9;rrez, Magistrada de la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; Ana de la Puebla Pinilla, catedr&#xE1;tica de la Universidad Aut&#xF3;noma de Madrid y Of Counsel de Baker McKenzie; &#xC1;lvaro Rodr&#xED;guez de la Calle, socio del &#xE1;rea laboral de ECIJA; Ra&#xFA;l Rojas Rosco, socio del &#xE1;rea laboral en ECIJA; Covadonga Rold&#xE1;n, socia responsable del &#xE1;rea de Laboral de Deloitte Legal; Eva Urbano Blanco, directora del Gabinete Jur&#xED;dico Confederal de CCOO; Yolanda Valdeolivas Garc&#xED;a, catedr&#xE1;tica de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Aut&#xF3;noma de Madrid; Javier S&#xE1;nchez Millanes, Subdirecci&#xF3;n General de Ordenaci&#xF3;n e Impugnaciones de la Tesorer&#xED;a de la Seguridad Social y Andr&#xE9;s Ram&#xF3;n Trillo Garc&#xED;a, Jefe de Servicios Jur&#xED;dicos de la Seguridad Social.&#xD;
&#xD;
El Congreso Laboral 2026 cuenta con el patrocinio de Banco Santander, Deloitte Legal, ECIJA, KPMG Abogados y la Universidad CEU San Pablo, as&#xED; como con la colaboraci&#xF3;n de ADiReLab, ASNALA, FORELAB y el Consejo General de Graduados Sociales de Espa&#xF1;a.&#xD;
&#xD;
Con esta nueva edici&#xF3;n, Lefebvre refuerza su compromiso con la actualizaci&#xF3;n y formaci&#xF3;n continua de los profesionales del derecho, ofreciendo un espacio de an&#xE1;lisis y debate sobre los cambios normativos y jurisprudenciales que est&#xE1;n redefiniendo el panorama laboral.&#xD;
&#xD;
El programa completo se puede consultar en la p&#xE1;gina web del Congreso Laboral&#xD;
&#xD;
&#xA0;&#xD;
Fecha: 28 de abril de 2026&#xD;
Horario: de 9:00 a 18:00 horas&#xD;
Lugar: Auditorio Universidad CEU San Pablo (Madrid)&#xD;
Formato: presencial y virtual</content><description>El evento es un espacio de an&#xE1;lisis y debate sobre los cambios normativos y jurisprudenciales que est&#xE1;n redefiniendo el panorama laboral.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/Card-p479351-m1494624-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>Lefebvre re&#xFA;ne a expertos del &#xE1;mbito jur&#xED;dico en el Congreso Laboral 2026</title><link>https://elderecho.com/lefebvre-reune-a-expertos-del-ambito-juridico-en-el-congreso-laboral-2026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/Card-p479351-m1494624-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/lefebvre-reune-a-expertos-del-ambito-juridico-en-el-congreso-laboral-2026</url><link>https://elderecho.com/lefebvre-reune-a-expertos-del-ambito-juridico-en-el-congreso-laboral-2026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/lefebvre-reune-a-expertos-del-ambito-juridico-en-el-congreso-laboral-2026</guid><date_added>2026-04-14 17:59:14</date_added><pubDate>2026-04-14 17:59:14</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>479257</id><title>L&#xED;mites para la aplicaci&#xF3;n del m&#xE9;todo de estimaci&#xF3;n objetiva en los ejercicios 2025 y 2026</title><content>Los l&#xED;mites cuantitativos excluyentes de este m&#xE9;todo para los ejercicios 2025 y 2026 quedan fijados como sigue:&#xD;
&#xD;
- Volumen de rendimientos &#xED;ntegros en el a&#xF1;o inmediato anterior para el conjunto de actividades econ&#xF3;micas, excepto agr&#xED;colas, ganaderas y forestales: 250.000 euros.&#xD;
&#xD;
- Volumen de rendimientos &#xED;ntegros del a&#xF1;o inmediato anterior que corresponda a operaciones por las que exista obligaci&#xF3;n de expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesional que act&#xFA;e como tal: 125.000 euros.&#xD;
&#xD;
- Volumen de compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior: 250.000 euros.&#xD;
&#xD;
&#xA0;&#xD;
&#xD;
LIRPF disp.trans.32&#xAA; redacc RDL 16/2025 art.14.cuatro, BOE 24-12-25&#xD;
&#xD;
&#xA0;&#xD;
M&#xE1;s informaci&#xF3;n en el Memento IRPF 2026&#xD;
&#xA0;</content><description>&#xBF;Qu&#xE9; l&#xED;mites cuantitativos delimitan la aplicaci&#xF3;n del m&#xE9;todo de estimaci&#xF3;n objetiva en 2025 y 2026?</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2720466525-1-p479257-m1494304-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>L&#xED;mites para la aplicaci&#xF3;n del m&#xE9;todo de estimaci&#xF3;n objetiva en los ejercicios 2025 y 2026</title><link>https://elderecho.com/limites-para-la-aplicacion-del-metodo-de-estimacion-objetiva-en-los-ejercicios-2025-y-2026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2720466525-1-p479257-m1494304-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/limites-para-la-aplicacion-del-metodo-de-estimacion-objetiva-en-los-ejercicios-2025-y-2026</url><link>https://elderecho.com/limites-para-la-aplicacion-del-metodo-de-estimacion-objetiva-en-los-ejercicios-2025-y-2026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/limites-para-la-aplicacion-del-metodo-de-estimacion-objetiva-en-los-ejercicios-2025-y-2026</guid><date_added>2026-04-14 14:10:32</date_added><pubDate>2026-04-14 14:10:32</pubDate><categories><category><id>fiscal</id><name>Fiscal</name><idPro>6</idPro></category></categories><allCategories>Fiscal</allCategories></item><item><id>479321</id><title>Aprobada la regularizaci&#xF3;n administrativa extraordinaria de personas migrantes que ya residen en Espa&#xF1;a</title><content>La norma se publicar&#xE1; en el Bolet&#xED;n Oficial del Estado el mi&#xE9;rcoles 15 de abril, y entrar&#xE1; en vigor al d&#xED;a siguiente de su publicaci&#xF3;n, el jueves 16.&#xD;
&#xD;
La apertura del periodo de solicitudes ser&#xE1; el mismo jueves 16 de abril. Desde ese d&#xED;a se podr&#xE1; presentar la solicitud de manera telem&#xE1;tica. El sistema de cita previa para la tramitaci&#xF3;n presencial de solicitudes tambi&#xE9;n se abrir&#xE1; ese mismo d&#xED;a, si bien la atenci&#xF3;n presencial est&#xE1; prevista que comience el d&#xED;a 20 de abril.&#xD;
&#xD;
Este Real Decreto habilita el procedimiento para que aquellas personas que se encuentran en situaci&#xF3;n administrativa irregular en nuestro pa&#xED;s y las personas solicitantes de protecci&#xF3;n internacional puedan acceder a una autorizaci&#xF3;n de residencia y trabajo legal siempre que cumplan los requisitos. Este permiso tendr&#xE1; una vigencia inicial de un a&#xF1;o. Transcurrido ese plazo, las personas beneficiarias deber&#xE1;n incorporarse a las figuras ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjer&#xED;a, lo que permite una integraci&#xF3;n plena y progresiva en el sistema.&#xD;
&#xD;
Para ello, tendr&#xE1;n que acreditar encontrarse en el pa&#xED;s desde antes del 1 de enero de 2026 y haber permanecido en Espa&#xF1;a de forma ininterrumpida al menos cinco meses antes del momento de presentaci&#xF3;n de la solicitud. Adem&#xE1;s, ser&#xE1; requisito imprescindible carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para el orden p&#xFA;blico, la seguridad p&#xFA;blica o la salud p&#xFA;blica.&#xD;
&#xD;
La ministra, Elma Saiz, ha declarado que &#x201C;con este proceso se pretende garantizar los derechos de las personas migrantes y dotar de seguridad jur&#xED;dica al sistema&#x201D;.&#xD;
Saiz ha asegurado que &#x201C;la regularizaci&#xF3;n va a ser un procedimiento &#xE1;gil, eficaz y sin trabas y dar&#xE1; respuesta a todos los que cumplan los requisitos&#x201D; y ha recordado que &#x201C;el plazo estar&#xE1; abierto hasta el 30 de junio&#x201D;.&#xD;
Siempre con cita previa&#xD;
La cita previa ser&#xE1; imprescindible para ser atendido presencialmente y se podr&#xE1; solicitar desde la p&#xE1;gina web del Ministerio de Inclusi&#xF3;n, Seguridad Social y Migraciones, mediante el sistema Cl@ve, a trav&#xE9;s de un formulario web, o llamando al tel&#xE9;fono 060, con atenci&#xF3;n en espa&#xF1;ol.&#xD;
&#xD;
Para realizar su solicitud de regularizaci&#xF3;n, los ciudadanos podr&#xE1;n acudir a las oficinas de Extranjer&#xED;a habilitadas, a las oficinas de la Seguridad Social o de la Tesorer&#xED;a de la Seguridad Social, al menos una cada provincia, y a las oficinas de Correos de capitales de provincia y localidades mayores de 50.000 habitantes.&#xD;
&#xD;
Las oficinas de Extranjer&#xED;a y de la Seguridad Social habilitadas estar&#xE1;n abiertas de lunes a viernes de 16:00 horas a 19:00 horas para estos tr&#xE1;mites y las oficinas de Correos atender&#xE1;n este tr&#xE1;mite de lunes a viernes, desde las 08:30 horas hasta las 17:30 horas.&#xD;
&#xD;
Para realizar la solicitud de manera telem&#xE1;tica es necesario disponer de un certificado electr&#xF3;nico. Esta v&#xED;a de presentaci&#xF3;n estar&#xE1; disponible de forma ininterrumpida, las 24 horas del d&#xED;a, los 7 d&#xED;as de la semana durante todo el periodo de solicitud.&#xD;
Autorizaci&#xF3;n de residencia y trabajo&#xD;
La comunicaci&#xF3;n del inicio del procedimiento administrativo habilita autom&#xE1;ticamente para trabajar en todo el territorio nacional espa&#xF1;ol y en cualquier sector de actividad. Se dotar&#xE1; de un n&#xFA;mero personal de Seguridad Social a la persona solicitante. En el plazo de un mes desde que haya recibido la resoluci&#xF3;n favorable definitiva el beneficiario deber&#xE1; presentar su solicitud para obtener la Tarjeta de Identificaci&#xF3;n de Extranjero (TIE).&#xD;
&#xD;
El proceso de regularizaci&#xF3;n otorga una especial protecci&#xF3;n a los menores de edad, concediendo una autorizaci&#xF3;n de residencia por cinco a&#xF1;os. Adem&#xE1;s, se podr&#xE1; gestionar en una misma cita y de manera simult&#xE1;nea las solicitudes de los miembros de una misma unidad de convivencia.&#xD;
Requisitos para acreditar la estancia en Espa&#xF1;a&#xD;
Para justificar la estancia en Espa&#xF1;a, tanto los solicitantes de protecci&#xF3;n internacional como las personas en situaci&#xF3;n administrativa irregular podr&#xE1;n presentar documentos p&#xFA;blicos o privados o una combinaci&#xF3;n de ambos que contengan datos personales que puedan acreditar su identidad y que est&#xE9;n fechados.&#xD;
&#xD;
Las personas en situaci&#xF3;n administrativa irregular deber&#xE1;n acreditar, adem&#xE1;s, uno de los siguientes tres supuestos: haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en Espa&#xF1;a; contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado; o acreditar su situaci&#xF3;n de vulnerabilidad.&#xD;
&#xD;
Para esto &#xFA;ltimo, podr&#xE1;n descargar un certificado de vulnerabilidad alojado en la web del Ministerio de Inclusi&#xF3;n, Seguridad Social y Migraciones. Para su presentaci&#xF3;n, este documento deber&#xE1; estar acreditado y sellado por las autoridades competentes, bien las Entidades inscritas en el Registro Electr&#xF3;nico de Colaboradores de Extranjer&#xED;a (RECEX) o los servicios sociales.&#xD;
Acompa&#xF1;amiento durante el proceso&#xD;
La Administraci&#xF3;n y los potenciales beneficiarios podr&#xE1;n contar con la colaboraci&#xF3;n de los profesionales de la abogac&#xED;a especializados en materia de extranjer&#xED;a, que desempe&#xF1;an un papel esencial en el asesoramiento jur&#xED;dico y en la correcta tramitaci&#xF3;n de los expedientes. Estos profesionales podr&#xE1;n acompa&#xF1;ar a las personas solicitantes a lo largo de todo el proceso y actuar, en su caso, como sus representantes, papel que tambi&#xE9;n realizar&#xE1;n graduados sociales y gestores administrativos.&#xD;
&#xD;
Asimismo, se desarrollar&#xE1;n sesiones t&#xE9;cnicas en colaboraci&#xF3;n con el Consejo General de la Abogac&#xED;a, reforzando as&#xED; la coordinaci&#xF3;n institucional y el rigor jur&#xED;dico en la aplicaci&#xF3;n de este procedimiento&#xD;
&#xD;
Adem&#xE1;s, el Ministerio ha creado un Registro de Colaboradores de Extranjer&#xED;a (RECEX) en el que se han inscrito sindicatos y entidades sin &#xE1;nimo de lucro para asesorar y ayudar a los interesados que han acreditado tener al menos dos a&#xF1;os de experiencia en el acompa&#xF1;amiento a personas extranjeras para poder registrarse. Estas entidades, cuyo listado aparecer&#xE1; actualizado en la web del Ministerio de Inclusi&#xF3;n, han creado un censo de personas habilitadas para actuar como representantes de los interesados en la solicitud telem&#xE1;tica. Su colaboraci&#xF3;n ser&#xE1; gratuita.&#xD;
&#xD;
Para resolver dudas a la hora de realizar la solicitud se ha habilitado un canal de comunicaci&#xF3;n a trav&#xE9;s del tel&#xE9;fono 060, en horario de atenci&#xF3;n de lunes a viernes, de 09:30 horas a 14:00 horas y desde las 16:30 horas hasta las 19:30 horas. Del mismo modo se puede obtener informaci&#xF3;n en la web del Ministerio de Inclusi&#xF3;n, Seguridad Social y Migraciones, donde se ha creado un portal espec&#xED;fico con informaci&#xF3;n.</content><description>El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que dar&#xE1; comienzo al proceso de regularizaci&#xF3;n administrativa extraordinaria para miles de personas migrantes que ya residen en nuestro pa&#xED;s.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2632324689-1-p479321-m1494500-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Aprobada la regularizaci&#xF3;n administrativa extraordinaria de personas migrantes que ya residen en Espa&#xF1;a</title><link>https://elderecho.com/aprobada-la-regularizacion-administrativa-extraordinaria-de-personas-migrantes-que-ya-residen-en-espana</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2632324689-1-p479321-m1494500-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/aprobada-la-regularizacion-administrativa-extraordinaria-de-personas-migrantes-que-ya-residen-en-espana</url><link>https://elderecho.com/aprobada-la-regularizacion-administrativa-extraordinaria-de-personas-migrantes-que-ya-residen-en-espana</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/aprobada-la-regularizacion-administrativa-extraordinaria-de-personas-migrantes-que-ya-residen-en-espana</guid><date_added>2026-04-14 14:08:03</date_added><pubDate>2026-04-14 14:08:03</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category></categories><allCategories>Administrativo</allCategories></item><item><id>479273</id><title>El TJUE cuestiona las medidas de Espa&#xF1;a contra el abuso de contratos temporales en el sector p&#xFA;blico</title><content>En una sentencia publicada este martes, el alto tribunal europeo responde a una cuesti&#xF3;n prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sobre si el sistema espa&#xF1;ol para corregir estos abusos --basado, entre otras medidas, en la figura del indefinido no fijo, indemnizaciones o procesos selectivos-- cumple con las exigencias de la normativa europea.&#xD;
&#xD;
El asunto tiene su origen en el caso de una trabajadora que encaden&#xF3; seis contratos de interinidad desde 2016 en un centro educativo p&#xFA;blico de la Comunidad de Madrid, cuya relaci&#xF3;n fue calificada por la justicia espa&#xF1;ola como indefinida no fija tras apreciar una utilizaci&#xF3;n irregular.&#xD;
&#xD;
Sobre esta soluci&#xF3;n, el TJUE se&#xF1;ala que "no constituye una medida adecuada", ya que "supone mantener una relaci&#xF3;n laboral de naturaleza temporal" y, con ello, la "situaci&#xF3;n de precariedad" del trabajador, pese a que, seg&#xFA;n se&#xF1;ala el tribunal, la estabilidad en el empleo es un elemento "primordial" de protecci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
Adem&#xE1;s, apunta que las indemnizaciones previstas en la normativa espa&#xF1;ola, que se abonan al extinguirse la relaci&#xF3;n laboral y est&#xE1;n sujetas a l&#xED;mites m&#xE1;ximos, no pueden constituir una reparaci&#xF3;n "proporcionada y efectiva" ni garantizar una compensaci&#xF3;n "adecuada e &#xED;ntegra" de los da&#xF1;os.&#xD;
&#xD;
En cuanto al r&#xE9;gimen de responsabilidad de las administraciones p&#xFA;blicas, la justicia europea apunta que puede resultar insuficiente si no se basa en criterios claros y previsibles y no va acompa&#xF1;ado de otras medidas efectivas y disuasorias.&#xD;
&#xD;
Asimismo, el TJUE cuestiona que la convocatoria de procesos selectivos que valoran la experiencia previa sirva para corregir estos abusos, ya que no garantiza que los trabajadores afectados obtengan una plaza ni evita que la situaci&#xF3;n se prolongue.&#xD;
&#xD;
En todo caso, el tribunal europeo recuerda que corresponde al Tribunal Supremo evaluar si la normativa espa&#xF1;ola cumple con los requisitos del Derecho de la Uni&#xF3;n y resolver el litigio concreto.</content><description>El Tribunal de Justicia de la Uni&#xF3;n Europea (TJUE) considera que las medidas previstas en Espa&#xF1;a para hacer frente al uso de contratos temporales sucesivos en el sector p&#xFA;blico no se ajustan al Derecho de la Uni&#xF3;n, al entender que no permiten sancionar "debidamente" estas pr&#xE1;cticas ni "eliminar las consecuencias" del incumplimiento.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2506337671-1-p479273-m1494409-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TJUE cuestiona las medidas de Espa&#xF1;a contra el abuso de contratos temporales en el sector p&#xFA;blico</title><link>https://elderecho.com/el-tjue-cuestiona-las-medidas-de-espana-contra-el-abuso-de-contratos-temporales-en-el-sector-publico</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2506337671-1-p479273-m1494409-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tjue-cuestiona-las-medidas-de-espana-contra-el-abuso-de-contratos-temporales-en-el-sector-publico</url><link>https://elderecho.com/el-tjue-cuestiona-las-medidas-de-espana-contra-el-abuso-de-contratos-temporales-en-el-sector-publico</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tjue-cuestiona-las-medidas-de-espana-contra-el-abuso-de-contratos-temporales-en-el-sector-publico</guid><date_added>2026-04-14 14:05:15</date_added><pubDate>2026-04-14 14:05:15</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>479272</id><title>El 'sampling' no viola derechos de autor si es homenaje o "di&#xE1;logo art&#xED;stico" con la canci&#xF3;n original</title><content>La sentencia se refiere al caso del grupo de m&#xFA;sica Kraftwerk, cuyos miembros acusan a la productora Pelham de copiar, mediante la t&#xE9;cnica del 'sampling', aproximadamente dos segundos de una secuencia r&#xED;tmica de la obra 'Metall auf Metall' (1977) que despu&#xE9;s insertaron, repetidos en bucle, con modificaciones m&#xED;nimas y de modo reconocible en la canci&#xF3;n 'Nur mir' (1997) y reclamaron una indemnizaci&#xF3;n por da&#xF1;os y perjuicios.&#xD;
&#xD;
En una consulta del Tribunal Supremo alem&#xE1;n al TJUE, el alto tribunal europeo aclara que esta pr&#xE1;ctica es l&#xED;cita desde la entrada en vigor en Alemania, en junio de 2021, de una excepci&#xF3;n que permite el uso de obras para caricatura, parodia o pastiche, y que tiene su origen en el Derecho de la Uni&#xF3;n Europea, pese a que en 2019 confirm&#xF3; que el 'sampling' violaba los derechos del productor original si se hac&#xED;a sin su autorizaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
Con la nueva normativa en vigor en Alemania, el TJUE aclara que el concepto de 'pastiche' permite el uso de elementos protegidos por derechos de autor para entablar un "di&#xE1;logo art&#xED;stico o creativo" que sea reconocible como tal. Este di&#xE1;logo puede manifestarse de diversas formas, incluyendo una "imitaci&#xF3;n abierta del estilo", un homenaje o incluso una "confrontaci&#xF3;n humor&#xED;stica o cr&#xED;tica" con la obra original.&#xD;
&#xD;
No obstante, el tribunal advierte de que esta excepci&#xF3;n no ampara en ning&#xFA;n caso el plagio ni las "imitaciones encubiertas", y exige que la nueva creaci&#xF3;n se diferencie de la anterior de "modo perceptible" de la obra original.&#xD;
&#xD;
Adem&#xE1;s, para determinar si un uso de un fonograma se realiza a efectos de pastiche, basta con que el car&#xE1;cter del mismo "sea reconocible para las personas que conozcan la obra existente" de la que se hayan tomado prestados elementos, por lo que el TJUE considera que "no es necesario constatar que el usuario ten&#xED;a la intenci&#xF3;n de utilizar la obra a tal efecto".&#xD;
&#xD;
De este modo, seg&#xFA;n el TJUE, se garantiza "tanto un justo equilibrio entre la protecci&#xF3;n de la libertad de las artes y la de los derechos de autor como la seguridad jur&#xED;dica".&#xD;
&#xD;
Los tribunales de los Estados miembro pueden consultar al TJUE sobre la interpretaci&#xF3;n del Derecho de la Uni&#xF3;n, aunque la resoluci&#xF3;n final del litigio corresponde al &#xF3;rgano jurisdiccional nacional de acuerdo con dicha decisi&#xF3;n. Ahora corresponder&#xE1; al Tribunal Supremo de lo Civil y Penal alem&#xE1;n dictar sentencia en el conflicto entre Kraftwerk y Pelham siguiendo los criterios establecidos por el TJUE, una decisi&#xF3;n que vincular&#xE1; adem&#xE1;s a otros tribunales europeos en casos similares.</content><description>El Tribunal de Justicia de la Uni&#xF3;n Europea (TJUE) ha avalado el 'sampling', la utilizaci&#xF3;n de muestras ya grabadas para crear una nueva canci&#xF3;n con dicho sonido, sin la autorizaci&#xF3;n del productor del fonograma siempre y cuando se englobe en la definici&#xF3;n de 'pastiche' y el sonido se use como homenaje o "di&#xE1;logo art&#xED;stico" con la obra original.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2646216863-1-p479272-m1494389-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El 'sampling' no viola derechos de autor si es homenaje o "di&#xE1;logo art&#xED;stico" con la canci&#xF3;n original</title><link>https://elderecho.com/el-sampling-no-viola-derechos-de-autor-si-es-homenaje-o-dialogo-artistico-con-la-cancion-original</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2646216863-1-p479272-m1494389-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-sampling-no-viola-derechos-de-autor-si-es-homenaje-o-dialogo-artistico-con-la-cancion-original</url><link>https://elderecho.com/el-sampling-no-viola-derechos-de-autor-si-es-homenaje-o-dialogo-artistico-con-la-cancion-original</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-sampling-no-viola-derechos-de-autor-si-es-homenaje-o-dialogo-artistico-con-la-cancion-original</guid><date_added>2026-04-14 14:00:02</date_added><pubDate>2026-04-14 14:00:02</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Civil,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>479271</id><title>Presentadas las becas SER&#xC9; 2026</title><content>El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, F&#xE9;lix Bola&#xF1;os, ha presentado la convocatoria 2026 de las becas SER&#xC9; en un acto celebrado en la Galer&#xED;a de las Colecciones Reales, en Madrid, en el que han participado representantes de la pr&#xE1;ctica totalidad de las asociaciones judiciales y fiscales y al que han acudido 160 personas.&#xD;
Convocatoria abierta hasta el 7 de mayo&#xD;
Las becas SER&#xC9; cubren los costes de preparaci&#xF3;n mediante una ayuda econ&#xF3;mica directa. Adem&#xE1;s, contemplan un programa de preparaci&#xF3;n tutorizada a cargo de profesionales en activo, coordinado por el Centro de Estudios Jur&#xED;dicos. Como novedad, este a&#xF1;o la preparaci&#xF3;n podr&#xE1; ser presencial en todo el territorio nacional en las instalaciones que pondr&#xE1; a disposici&#xF3;n el CEJ progresivamente. En esta convocatoria, este programa tambi&#xE9;n se ampl&#xED;a pasando de 100 becas con prestaci&#xF3;n de servicio de preparaci&#xF3;n en 2025 a 300 en 2026.</content><description>El Ministerio abre la convocatoria de las Becas SER&#xC9;: 1.425 ayudas de 12.600 euros al a&#xF1;o, durante 4 a&#xF1;os, para opositar a juez, fiscal, abogado del Estado o letrado de la Administraci&#xF3;n de Justicia.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Ministerio-Justicia_EDEIMA20130807_0015_1-p479271-m1494365-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Presentadas las becas SER&#xC9; 2026</title><link>https://elderecho.com/presentadas-las-becas-sere-2026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Ministerio-Justicia_EDEIMA20130807_0015_1-p479271-m1494365-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/presentadas-las-becas-sere-2026</url><link>https://elderecho.com/presentadas-las-becas-sere-2026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/presentadas-las-becas-sere-2026</guid><date_added>2026-04-14 13:50:15</date_added><pubDate>2026-04-14 13:50:15</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Administrativo,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>479270</id><title>Condenado a pagar una multa por empujar e insultar a una conocida por su identidad sexual</title><content>La sentencia declara probado que la denunciante Julia, nacida en 1994 con anatom&#xED;a propia del sexo masculino, desde su ni&#xF1;ez ha tenido el sentimiento &#xED;ntimo de ser mujer. Cuando alcanz&#xF3; la mayor&#xED;a de edad se mud&#xF3; a vivir a Madrid, donde inici&#xF3; los tr&#xE1;mites de rectificaci&#xF3;n registral y comenz&#xF3; un proceso de transformaci&#xF3;n de apariencia f&#xED;sica y modificaci&#xF3;n de &#xF3;rganos genitales acordes con su identidad sexual.&#xD;
&#xD;
El 27 de enero de 2025 el acusado condenado se encontraba en una parada de bus de Segovia junto a su mujer y su hija menor cuando coincidi&#xF3; con Julia, a la que conoc&#xED;a desde la ni&#xF1;ez, que iba acompa&#xF1;ada de un amigo. Al pasar de cerca se miraron y cuando aquella pregunt&#xF3; si le pasaba algo con ella y si le iba a pegar, el acusado respondi&#xF3; &#x201C;puto maric&#xF3;n, te reviento&#x201D;; acto seguido la empuj&#xF3; sin causarle ninguna lesi&#xF3;n. La esposa, que ha sido absuelta, se coloc&#xF3; en medio de ambos y manifest&#xF3;: &#x201C;anda, tira para all&#xE1;, malhecha&#x201D;.&#xD;
&#xD;
No obstante, no ha quedado acreditado que el 1 de febrero de 2025 los acusados se dirigieran a ella con: &#x201C;anda, tira para all&#xED;, maric&#xF3;n, travelo, si tienes cojones ven aqu&#xED;, te voy a reventar&#x201D;. Tampoco ha quedado probado que se bajaran los pantalones y calzoncillos, se tocasen el miembro viril mir&#xE1;ndola y le dijeran &#x201C;travelo, esto es lo que te gusta&#x201D;, ni que despu&#xE9;s le mostraran el trasero con los pantalones y calzoncillos bajados.&#xD;
&#xD;
Seg&#xFA;n el tribunal, la declaraci&#xF3;n de la v&#xED;ctima respecto a estos hechos &#x201C;no es suficiente&#x201D; para desvirtuar el derecho a la presunci&#xF3;n de inocencia de los acusados, al igual que existen &#x201C;muchas dudas&#x201D; de si se produjeron y cu&#xE1;ndo los insultos, vejaciones y expresiones amenazantes atribuidos por la demandante a los acusados.&#xD;
&#xD;
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el TSJ de Castilla y Le&#xF3;n.</content><description>La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 600 euros por el altercado que tuvo con una conocida a causa de su identidad sexual y absuelve a otras tres personas que estaban acusadas de los delitos de odio, amenazas y maltrato de obra.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2353385981-1-p479270-m1494345-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Condenado a pagar una multa por empujar e insultar a una conocida por su identidad sexual</title><link>https://elderecho.com/condenado-a-pagar-una-multa-por-empujar-e-insultar-a-una-conocida-por-su-identidad-sexual</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2353385981-1-p479270-m1494345-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/condenado-a-pagar-una-multa-por-empujar-e-insultar-a-una-conocida-por-su-identidad-sexual</url><link>https://elderecho.com/condenado-a-pagar-una-multa-por-empujar-e-insultar-a-una-conocida-por-su-identidad-sexual</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/condenado-a-pagar-una-multa-por-empujar-e-insultar-a-una-conocida-por-su-identidad-sexual</guid><date_added>2026-04-14 13:47:35</date_added><pubDate>2026-04-14 13:47:35</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>479218</id><title>La AP de Murcia reconoce la paternidad de un menor valorando el acuerdo entre progenitores</title><content>La resoluci&#xF3;n analiza el alcance del art&#xED;culo 751.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece que en los procesos de estado civil &#x201C;no surtir&#xE1;n efecto la renuncia, el allanamiento ni la transacci&#xF3;n&#x201D;, recordando que se trata de materias en las que est&#xE1; comprometido el inter&#xE9;s p&#xFA;blico y, en particular, el de los menores. En este sentido, la Sala parte de que la interpretaci&#xF3;n realizada en la instancia es jur&#xED;dicamente correcta al descartar una mera homologaci&#xF3;n del acuerdo alcanzado entre las partes.&#xD;
&#xD;
No obstante, la Audiencia precisa que esta limitaci&#xF3;n no impide tener en consideraci&#xF3;n el contenido del acuerdo cuando concurren las garant&#xED;as necesarias, en especial la intervenci&#xF3;n del Ministerio Fiscal y la supervisi&#xF3;n judicial. As&#xED;, subraya que la exclusi&#xF3;n de la transacci&#xF3;n en este tipo de procedimientos &#x201C;no determina que los acuerdos sean sin m&#xE1;s irrelevantes, y ni mucho menos que deba dictarse [&#x2026;] sentencia desestimatoria sin tomar en consideraci&#xF3;n los dem&#xE1;s elementos probatorios&#x201D;.&#xD;
&#xD;
La sentencia destaca que los pactos alcanzados entre progenitores ofrecen &#x201C;elementos muy s&#xF3;lidos&#x201D; para valorar aspectos como las relaciones paternofiliales, las necesidades del menor o la capacidad econ&#xF3;mica de las partes, lo que exige su ponderaci&#xF3;n en la resoluci&#xF3;n judicial. En este caso, adem&#xE1;s, la coincidencia de ambos progenitores en el reconocimiento de la paternidad constituye un elemento de especial relevancia para adoptar una decisi&#xF3;n acorde con la realidad familiar.&#xD;
&#xD;
A partir de estas consideraciones, la Sala declara la filiaci&#xF3;n no matrimonial, establece una pensi&#xF3;n de alimentos de 200 euros mensuales actualizables conforme al IPC, atribuye la guarda y custodia a la madre, fija la patria potestad compartida y regula un r&#xE9;gimen de visitas a favor del padre, con fines de semana alternos y distribuci&#xF3;n de los periodos vacacionales.&#xD;
&#xD;
Contra la sentencia cabe recurso extraordinario por infracci&#xF3;n procesal o recurso de casaci&#xF3;n ante la Sala Primera del Tribunal Supremo.&#xD;
&#xD;
Audiencia Provincial de Murcia. Secci&#xF3;n 4. Sentencia n&#xBA; 77/2026 de 29 de enero de 2026.</content><description>La Secci&#xF3;n Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha estimado el recurso de apelaci&#xF3;n interpuesto por la madre en un procedimiento de filiaci&#xF3;n no matrimonial, alimentos y r&#xE9;gimen de visitas, y ha revocado la sentencia dictada por el juzgado de instancia, reconociendo la paternidad del progenitor respecto del menor, fijando una pensi&#xF3;n de alimentos de 200 euros, la guarda y custodia materna y un r&#xE9;gimen de visitas a favor del padre.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2465597127-1-p479218-m1494176-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La AP de Murcia reconoce la paternidad de un menor valorando el acuerdo entre progenitores</title><link>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-reconoce-la-paternidad-de-un-menor-valorando-el-acuerdo-entre-progenitores</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2465597127-1-p479218-m1494176-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-reconoce-la-paternidad-de-un-menor-valorando-el-acuerdo-entre-progenitores</url><link>https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-reconoce-la-paternidad-de-un-menor-valorando-el-acuerdo-entre-progenitores</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ap-de-murcia-reconoce-la-paternidad-de-un-menor-valorando-el-acuerdo-entre-progenitores</guid><date_added>2026-04-13 16:12:56</date_added><pubDate>2026-04-13 16:12:56</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Civil,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>479181</id><title>Ratificada la incapacidad absoluta a una agente de seguros con fibromialgia severa, depresi&#xF3;n y &#x2018;s&#xED;ndrome de piernas inquietas&#x2019;</title><content>La demandante, de 49 a&#xF1;os en el momento de los hechos, trabajaba como agente de seguros en una firma. El 30 de noviembre de 2023 la Direcci&#xF3;n Provincial del INSS le deneg&#xF3; la prestaci&#xF3;n por incapacidad permanente por entender que sus lesiones no alteraban su capacidad laboral. La mujer recurri&#xF3; y el 19 de enero de 2024 se volvi&#xF3; a desestimar. El informe del Servicio Balear de Prevenci&#xF3;n realizado el 4 de abril declar&#xF3; a la demandante no apta para su puesto de trabajo &#x201C;por no reunir las condiciones psicof&#xED;sicas&#x201D;. El 29 de abril fue despedida de la empresa por ineptitud sobrevenida y el Juzgado Social 1 de Palma la declar&#xF3; afecta a una incapacidad absoluta en sentencia del 8 de octubre de 2024 por fibromialgia severa, s&#xED;ndrome depresivo reactivo y &#x2018;s&#xED;ndrome de piernas inquietas&#x2019; (trastorno de tipo neurol&#xF3;gico que genera una necesidad irresistible de mover las piernas).&#xD;
&#xD;
La Sala Social del alto tribunal balear se&#xF1;ala que la incapacidad permanente en el grado de absoluta &#x201C;concurre cuando no existe capacidad laboral por cuenta ajena y no puede definirse por la mera posibilidad de un ejercicio espor&#xE1;dico de determinadas tareas, sino por poder llevarlas a cabo con la necesaria profesionalidad, conforme a exigencias m&#xED;nimas de continuidad, dedicaci&#xF3;n y eficacia que todo trabajo comporta&#x201D;. En este sentido, para los magistrados, teniendo en cuenta el razonamiento anterior y la descripci&#xF3;n f&#xE1;ctica realizada, conlleva la &#x201C;imposibilidad de realizar cualquier profesi&#xF3;n, no existiendo motivo para reformar el criterio judicial dictado en instancia&#x201D;.&#xD;
&#xD;
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.&#xD;
&#xD;
TSJIB. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 77/2026 de 16 de febrero de 2026.</content><description>El TSJ de Illes Balears ha rechazado el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social y ratifica la incapacidad absoluta a una agente de seguros fibromialgia, a quien reconoce su derecho a percibir una pensi&#xF3;n vitalicia equivalente al 100% de su base reguladora de 1.097'09 euros con las revalorizaciones pertinentes.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2439347013-1-p479181-m1494099-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Ratificada la incapacidad absoluta a una agente de seguros con fibromialgia severa, depresi&#xF3;n y &#x2018;s&#xED;ndrome de piernas inquietas&#x2019;</title><link>https://elderecho.com/ratificada-la-incapacidad-absoluta-a-una-agente-de-seguros-con-fibromialgia-severa-depresion-y-sindrome-de-piernas-inquietas</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/shutterstock_2439347013-1-p479181-m1494099-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/ratificada-la-incapacidad-absoluta-a-una-agente-de-seguros-con-fibromialgia-severa-depresion-y-sindrome-de-piernas-inquietas</url><link>https://elderecho.com/ratificada-la-incapacidad-absoluta-a-una-agente-de-seguros-con-fibromialgia-severa-depresion-y-sindrome-de-piernas-inquietas</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/ratificada-la-incapacidad-absoluta-a-una-agente-de-seguros-con-fibromialgia-severa-depresion-y-sindrome-de-piernas-inquietas</guid><date_added>2026-04-13 15:37:52</date_added><pubDate>2026-04-13 15:37:52</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>479179</id><title>Bel&#xE9;n Pablos se incorpora como socia a Lener para liderar el &#xE1;rea de Derecho P&#xFA;blico</title><content>Su llegada supone la incorporaci&#xF3;n de un perfil altamente especializado, con una s&#xF3;lida trayectoria asesorando a grupos empresariales nacionales e internacionales en el desarrollo de sus inversiones en Espa&#xF1;a.&#xD;
&#xD;
A lo largo de su carrera, ha participado en proyectos vinculados a energ&#xED;as renovables &#x2014;fotovoltaica, e&#xF3;lica, hidr&#xE1;ulica o biomasa&#x2014;, as&#xED; como en iniciativas de hibridaci&#xF3;n y almacenamiento. Su experiencia se extiende tambi&#xE9;n a otros sectores estrat&#xE9;gicos como el ferroviario.&#xD;
&#xD;
Su perfil se completa con un profundo conocimiento en materia de contrataci&#xF3;n administrativa y procedimientos contencioso-administrativos. Adem&#xE1;s, cuenta con una amplia experiencia en el asesoramiento a Administraciones P&#xFA;blicas.&#xD;
&#xD;
En su &#xFA;ltima etapa, antes de incorporarse a Lener, ha sido socia de Derecho P&#xFA;blico y Sectores Regulados en ITER Law, donde previamente lider&#xF3; el &#xE1;rea de Infraestructuras y Energ&#xED;a. Asimismo, ha ejercido en firmas como PwC y CMS Albi&#xF1;ana   Su&#xE1;rez de Lezo, asesorando a compa&#xF1;&#xED;as nacionales y grupos multinacionales en sectores estrat&#xE9;gicos.&#xD;
&#xD;
El fichaje de Bel&#xE9;n Pablos responde al objetivo de impulsar el crecimiento del &#xE1;rea de Derecho P&#xFA;blico, una pr&#xE1;ctica estrat&#xE9;gica para Lener. La firma cuenta con presencia en seis ciudades &#x2014;Madrid, Barcelona, Oviedo, Vigo, Sevilla y Valladolid&#x2014;, lo que le permite mantener una interlocuci&#xF3;n cercana y directa con la Administraci&#xF3;n regional y local en Espa&#xF1;a, reforzando as&#xED; su modelo de acompa&#xF1;amiento al cliente desde el conocimiento del territorio.&#xD;
&#xD;
&#x201C;La alta especializaci&#xF3;n de Bel&#xE9;n en infraestructuras y energ&#xED;a, junto con su capacidad para entender el contexto regulatorio y de negocio, encaja plenamente con nuestra forma de acompa&#xF1;ar a los clientes&#x201D;, afirma Carlos Martos, socio director de la oficina Lener Madrid.&#xD;
&#xD;
Para Bel&#xE9;n Pablos: &#x201C;Con mi incorporaci&#xF3;n a Lener quiero contribuir a consolidar su liderazgo en Derecho P&#xFA;blico y sectores estrat&#xE9;gicos, ofreciendo soluciones adaptadas a cada proyecto y acompa&#xF1;ando de forma integral a los clientes en el desarrollo de sus inversiones en Espa&#xF1;a&#x201D;.&#xD;
&#xD;
La nueva socia de Lener compagina su actividad profesional con una destacada labor acad&#xE9;mica. Es profesora del M&#xE1;ster de Energ&#xED;a en el Club Espa&#xF1;ol de la Energ&#xED;a y ha sido profesora en la Universidad Aut&#xF3;noma de Madrid en materias de contrataci&#xF3;n p&#xFA;blica y expropiaci&#xF3;n forzosa. Adem&#xE1;s, ha impartido formaci&#xF3;n especializada para entidades locales y ha participado como ponente en distintas instituciones jur&#xED;dicas. Asimismo, es miembro de AEMENER (Asociaci&#xF3;n Espa&#xF1;ola de Mujeres de la Energ&#xED;a) y miembro colaborador del Observatorio de Contrataci&#xF3;n P&#xFA;blica (OBCP).&#xD;
&#xD;
&#x201C;Supone una gran satisfacci&#xF3;n para Lener que Bel&#xE9;n se sume a nuestro proyecto. Su incorporaci&#xF3;n se une a las m&#xE1;s recientes de Ram&#xF3;n Ozores y Sergio Guti&#xE9;rrez, en las &#xE1;reas de Procesal Concursal y Reestructuraciones, respectivamente; todas ellas forman parte del Plan de Consolidaci&#xF3;n y Crecimiento 2026-2028 de Lener&#x201D;, seg&#xFA;n manifiesta Maris&#xE9; Cosmea, socia directora de Lener.</content><description>Desde la oficina de Madrid, liderar&#xE1; el &#xE1;rea a nivel global, reforzando la capacidad de Lener en sectores estrat&#xE9;gicos como infraestructuras y energ&#xED;a. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/FotoPrensa_Bele&#x301;nPablo_CarlosMartos_Lener-p479179-m1494055-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Bel&#xE9;n Pablos se incorpora como socia a Lener para liderar el &#xE1;rea de Derecho P&#xFA;blico</title><link>https://elderecho.com/belen-pablos-se-incorpora-como-socia-a-lener-para-liderar-el-area-de-derecho-publico</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/04/FotoPrensa_Bele&#x301;nPablo_CarlosMartos_Lener-p479179-m1494055-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/belen-pablos-se-incorpora-como-socia-a-lener-para-liderar-el-area-de-derecho-publico</url><link>https://elderecho.com/belen-pablos-se-incorpora-como-socia-a-lener-para-liderar-el-area-de-derecho-publico</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/belen-pablos-se-incorpora-como-socia-a-lener-para-liderar-el-area-de-derecho-publico</guid><date_added>2026-04-13 15:35:41</date_added><pubDate>2026-04-13 15:35:41</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item></channel></rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/

Almacenamiento en caché de páginas con disk: enhanced (Page is feed) 
Minimizado usando disk

Served from: elderecho.com @ 2026-04-14 20:10:27 by W3 Total Cache
-->