Entran en vigor normas para garantizar mercados de la UE equitativos y abiertos

Reglamento sobre subvenciones extranjeras (RSE)

Noticia

Este nuevo conjunto de normas contra las distorsiones causadas por las subvenciones extranjeras permitirá a la UE permanecer abierta al comercio y la inversión, garantizando unas condiciones de competencia equitativas para las empresas que desarrollan actividades en el mercado único.

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La Comisión propuso el Reglamento en mayo de 2021 y el Parlamento Europeo y el Consejo lo aprobaron en junio de 2022.

Las nuevas normas sobre subvenciones extranjeras

El RSE se aplica a todas las actividades económicas de la UE y se refiere a las grandes concentraciones (fusiones y adquisiciones), los procedimientos de contratación pública y todas las demás situaciones del mercado. Las nuevas normas facultan a la Comisión para investigar las contribuciones financieras facilitadas por países terceros a empresas que ejercen una actividad económica en la UE y para corregir, en caso necesario, sus efectos distorsionadores.

El RSE consta de tres herramientas con las que trabajará la Comisión:

- La obligación de que las empresas notifiquen a la Comisión las concentraciones en que exista una contribución financiera del Gobierno de un país tercero cuando:

i) la empresa adquirida, una de las partes de la concentración o la empresa en participación genere un volumen de negocios en la UE de al menos 500 millones de euros.

ii) la contribución financiera extranjera en cuestión sea de al menos 50 millones de euros.

- La obligación de que las empresas notifiquen a la Comisión, para su aprobación, su participación en procedimientos de contratación pública cuando:

i) el valor estimado del contrato sea de al menos 250 millones de euros.

ii) la contribución financiera extranjera en cuestión sea de al menos 4 millones euros por país tercero.

La Comisión podrá prohibir la adjudicación de contratos en tales procedimientos a empresas que se beneficien de subvenciones distorsionadoras.

- En el caso de todas las demás situaciones del mercado, la Comisión podrá iniciar investigaciones por iniciativa propia (de oficio) si sospecha que puede haber subvenciones extranjeras distorsionadoras. Esto incluye la posibilidad de solicitar notificaciones ad hoc en el caso de los procedimientos de contratación pública y las concentraciones de menor cuantía.

Competencias y procedimientos de investigación

Una concentración notificada no puede materializarse y a un licitador investigado no se le puede adjudicar el contrato público mientras dure la investigación por parte de la Comisión. En caso de incumplimiento de esta obligación, la Comisión puede imponer multas por un importe que puede ser de hasta el 10 % del volumen de negocios anual agregado de la empresa. La Comisión también puede prohibir la realización de una concentración subvencionada o la adjudicación de un contrato público a un licitador subvencionado.

El RSE otorga a la Comisión una amplia gama de competencias de investigación para recopilar la información necesaria, entre ellas:

i) enviar solicitudes de información a las empresas.

ii) realizar misiones de investigación dentro y fuera de la Unión.

iii) iniciar investigaciones de mercado en sectores o tipos de subvenciones específicos.

La Comisión también puede basarse en la información facilitada por empresas, Estados miembros, cualquier persona física o jurídica o asociación.

Si la Comisión considera que existe una subvención extranjera y que esta distorsiona el mercado único, puede sopesar sus efectos negativos en términos de distorsión con los efectos positivos en el desarrollo de la actividad económica subvencionada. Si los efectos negativos son mayores que los positivos, la Comisión puede imponer medidas correctoras estructurales o no estructurales a las empresas, o aceptarlas como compromisos, a fin de poner remedio a la distorsión (por ejemplo, cesión de determinados activos o prohibición de una determinada conducta en el mercado).

Por regla general, las subvenciones inferiores a cuatro millones de euros a lo largo de tres años se consideran probablemente no distorsionadoras, mientras que las subvenciones por debajo del umbral de minimis de las ayudas estatales de la UE se consideran no distorsionadoras.

En el marco de las concentraciones notificables y los procedimientos de contratación pública, la Comisión puede examinar las subvenciones extranjeras concedidas hasta tres años antes de la operación. Sin embargo, el Reglamento no se aplica a las concentraciones concluidas ni a las contrataciones públicas iniciadas antes del 12 de julio de 2023.

En todas las demás situaciones, la Comisión puede examinar las subvenciones concedidas en los diez años anteriores. Sin embargo, el Reglamento solo se aplica a las subvenciones concedidas en los cinco años anteriores al 12 de julio de 2023 cuando dichas subvenciones distorsionan el mercado único tras el inicio de la aplicación del Reglamento.

Próximas etapas del Reglamento sobre subvenciones extranjeras

Tras su entrada en vigor, el RSE pasará a su fase de ejecución y empezará a aplicarse dentro de seis meses, a partir del 12 de julio de 2023. Desde esa fecha, la Comisión podrá iniciar investigaciones de oficio. La obligación de notificación para las empresas será efectiva a partir del 12 de octubre de 2023.

En las próximas semanas, la Comisión presentará un proyecto de Reglamento de Ejecución que aclarará las normas y procedimientos aplicables, incluidos los formularios de notificación para las concentraciones y los procedimientos de contratación pública, el cálculo de los plazos, el acceso a los procedimientos y la confidencialidad de la información. A continuación, las partes interesadas dispondrán de cuatro semanas para formular observaciones sobre estos proyectos de documentos antes de que se ultimen y adopten las normas de aplicación, a mediados de 2023.