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<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>488367</id><title>Reconocida la gran invalidez a una funcionaria que empeor&#xF3; tras jubilarse por incapacidad</title><content>La sentencia aborda as&#xED; la posibilidad de que una situaci&#xF3;n de incapacidad ya reconocida pueda revisarse posteriormente cuando se produzca un agravamiento. La normativa, explica el Tribunal, contempla expresamente que la gran invalidez pueda sobrevenir despu&#xE9;s de la jubilaci&#xF3;n por incapacidad permanente, siempre que la declaraci&#xF3;n se solicite dentro de los l&#xED;mites temporales establecidos legalmente.&#xD;
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En este caso, la funcionaria hab&#xED;a sido jubilada por incapacidad permanente con efectos desde diciembre de 2019. En mayo de 2023 solicit&#xF3; a MUFACE el reconocimiento de la gran invalidez al considerar que el avance de su enfermedad hab&#xED;a determinado que necesitara asistencia continuada para realizar actos esenciales de la vida.&#xD;
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El Equipo de Valoraci&#xF3;n de Incapacidades (EVI) hizo constar que padec&#xED;a &#x201C;esclerosis m&#xFA;ltiple en progresi&#xF3;n, con necesidad de uso de silla de ruedas para desplazamiento, y necesidad de ayuda para algunas necesidades&#x201D;, pero concluy&#xF3; que no necesitaba de otra persona para realizar los actos m&#xE1;s esenciales de la vida diaria. Sobre esa valoraci&#xF3;n, MUFACE rechaz&#xF3; la solicitud.&#xD;
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La Sala recuerda, de acuerdo a la doctrina del Tribunal Supremo, que los dict&#xE1;menes de los &#xF3;rganos m&#xE9;dicos administrativos gozan de una presunci&#xF3;n de legalidad y acierto por las garant&#xED;as derivadas de los conocimientos t&#xE9;cnicos de sus integrantes y de su imparcialidad y objetividad. Pero precisa que esa presunci&#xF3;n tiene car&#xE1;cter &#x201C;eventual&#x201D; y es, &#x201C;en todo caso, destruible, por prueba en contrario&#x201D;.&#xD;
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En particular, la resoluci&#xF3;n se&#xF1;ala que los informes facultativos aportados por las partes deben valorarse conforme a las reglas de la sana cr&#xED;tica y pueden &#x201C;servir como prueba suficiente, atendiendo a las circunstancias del caso, para acreditar error en que incurre el dictamen del tribunal m&#xE9;dico&#x201D;.&#xD;
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Durante el procedimiento judicial se aport&#xF3; una pericial que describ&#xED;a una afectaci&#xF3;n neurol&#xF3;gica severa derivada de la enfermedad, con p&#xE9;rdida total de la marcha y una dependencia casi completa para las actividades de la vida diaria. Las especialistas aplicaron dos escalas de valoraci&#xF3;n que reflejaban dependencia severa y dependencia instrumental muy severa y concluyeron que necesitaba ayuda de una tercera persona para las actividades b&#xE1;sicas e instrumentales.&#xD;
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Tras valorar conjuntamente esa prueba y el car&#xE1;cter progresivo de la enfermedad, el tribunal concluye que &#x201C;puede sostenerse que ha llegado a un estadio en que necesita la ayuda de terceras personas para las actividades b&#xE1;sicas de la vida diaria y, por tanto, pueda considerarse que se trata de un supuesto de gran invalidez, tal y como inst&#xF3; la recurrente&#x201D;.&#xD;
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La sentencia recuerda que la legislaci&#xF3;n define la gran invalidez como aquella situaci&#xF3;n en la que, como consecuencia de p&#xE9;rdidas anat&#xF3;micas o funcionales, resulta necesaria la asistencia de otra persona para realizar los actos m&#xE1;s elementales de la vida, como vestirse, desplazarse, comer u otros an&#xE1;logos.&#xD;
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Adem&#xE1;s, subraya que el Reglamento General del Mutualismo Administrativo contempla espec&#xED;ficamente los casos en los que esa necesidad aparece despu&#xE9;s de haberse producido la jubilaci&#xF3;n por incapacidad permanente. De este modo, el agravamiento posterior puede dar lugar al reconocimiento de la nueva situaci&#xF3;n cuando concurran los requisitos establecidos.&#xD;
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Como consecuencia, el TSJMU anula las resoluciones administrativas que hab&#xED;an rechazado la solicitud y reconoce a la funcionaria la gran invalidez y el correspondiente complemento, equivalente al 50 % de la pensi&#xF3;n de jubilaci&#xF3;n que le corresponda conforme a la cantidad &#xED;ntegra acreditada en n&#xF3;mina por el R&#xE9;gimen de Clases Pasivas del Estado.&#xD;
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TSJ de Murcia. Sala de lo Contencioso. Sentencia n&#xBA; 325/2026 de 2 de julio de 2026.</content><description>La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Regi&#xF3;n de Murcia ha reconocido la gran invalidez a una funcionaria jubilada por incapacidad permanente despu&#xE9;s de constatar que la evoluci&#xF3;n de su enfermedad hab&#xED;a provocado una p&#xE9;rdida de autonom&#xED;a que hac&#xED;a necesaria la ayuda de terceras personas para las actividades b&#xE1;sicas de la vida diaria.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/shutterstock_2736159947-1-p488367-m1523258-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Reconocida la gran invalidez a una funcionaria que empeor&#xF3; tras jubilarse por incapacidad</title><link>https://elderecho.com/reconocida-la-gran-invalidez-a-una-funcionaria-que-empeoro-tras-jubilarse-por-incapacidad</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/shutterstock_2736159947-1-p488367-m1523258-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/reconocida-la-gran-invalidez-a-una-funcionaria-que-empeoro-tras-jubilarse-por-incapacidad</url><link>https://elderecho.com/reconocida-la-gran-invalidez-a-una-funcionaria-que-empeoro-tras-jubilarse-por-incapacidad</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/reconocida-la-gran-invalidez-a-una-funcionaria-que-empeoro-tras-jubilarse-por-incapacidad</guid><date_added>2026-09-15 15:55:03</date_added><pubDate>2026-09-15 15:55:03</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Administrativo,Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>488366</id><title>Bruselas propone agilizar la homologaci&#xF3;n de t&#xED;tulos para facilitar trabajar en otros pa&#xED;ses de la UE</title><content>El Ejecutivo comunitario plantea adem&#xE1;s reducir de una media de 14 meses a cuatro el reconocimiento de t&#xED;tulos obtenidos fuera de la UE y crear una tarjeta europea de Seguridad Social para solicitar por Internet y acreditar desde el m&#xF3;vil documentos como la Tarjeta Sanitaria Europea, adem&#xE1;s de reforzar la Autoridad Laboral Europea (ELA) frente al empleo ilegal y los abusos laborales, tambi&#xE9;n cuando afecten a trabajadores de terceros pa&#xED;ses.&#xD;
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Bruselas calcula que el conjunto de las medidas, que deber&#xE1;n ser negociadas y aprobadas por el Parlamento Europeo y el Consejo, generar&#xE1; unos beneficios de 6.000 millones de euros hasta 2040 por el ahorro derivado de acelerar el reconocimiento de cualificaciones, verificar en tiempo real los documentos de Seguridad Social y reducir el fraude, entre otros factores.&#xD;
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"Las personas deber&#xED;an poder trabajar en toda Europa con sus derechos sociales protegidos y sus cualificaciones reconocidas m&#xE1;s r&#xE1;pidamente. Las empresas deber&#xED;an poder contratar el talento que necesitan con menos papeleo y menos retrasos", ha defendido la vicepresidenta de la Comisi&#xF3;n para Derechos Sociales y Capacidades, Empleo de Calidad y Preparaci&#xF3;n, Roxana M&#xEE;nzatu.&#xD;
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En el caso de m&#xE9;dicos, enfermeros de cuidados generales, dentistas, matronas, veterinarios, farmac&#xE9;uticos y arquitectos, cuyas titulaciones ya cuentan con un sistema de reconocimiento autom&#xE1;tico en la UE al existir unos requisitos m&#xED;nimos comunes de formaci&#xF3;n, Bruselas propone acortar de tres meses a cinco semanas el tiempo para completar el procedimiento.&#xD;
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La Comisi&#xF3;n quiere extender adem&#xE1;s este sistema a otras profesiones mediante requisitos comunes de formaci&#xF3;n y ha adoptado el primer marco de este tipo para los fisioterapeutas, al tiempo que ha elaborado una lista preliminar de otras diez profesiones en las que estudiar&#xE1; avanzar por esta v&#xED;a.&#xD;
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Los profesionales podr&#xE1;n realizar todo el procedimiento por v&#xED;a digital y presentar la documentaci&#xF3;n en cualquiera de las lenguas oficiales de la UE, evitando as&#xED; traducciones certificadas, una simplificaci&#xF3;n con la que Bruselas calcula que ciudadanos y administraciones podr&#xE1;n ahorrar unos 486 millones de euros en costes administrativos hasta 2040.&#xD;
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A ello se suma la creaci&#xF3;n de un formato digital com&#xFA;n para las cualificaciones, desde la educaci&#xF3;n secundaria hasta los doctorados, que permitir&#xE1; almacenarlas en la cartera europea de identidad digital y acreditar su autenticidad, junto a una nueva herramienta de Europass para facilitar la comparaci&#xF3;n de los t&#xED;tulos expedidos en los distintos Estados miembro.&#xD;
De 14 a cuatro meses para los t&#xED;tulos de fuera de la UE&#xD;
El paquete plantea tambi&#xE9;n establecer unas reglas comunes para reconocer las cualificaciones obtenidas fuera de la UE, tanto por ciudadanos comunitarios como por profesionales de terceros pa&#xED;ses, con requisitos documentales armonizados y plazos definidos que permitir&#xE1;n reducir de una media de 14 meses a cuatro la duraci&#xF3;n de estos procedimientos.&#xD;
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El Ejecutivo comunitario calcula que la simplificaci&#xF3;n permitir&#xE1; reducir hasta la mitad los costes administrativos que afrontan las empresas para contratar a estos profesionales y prev&#xE9; adem&#xE1;s que determinados t&#xED;tulos extranjeros puedan beneficiarse del reconocimiento autom&#xE1;tico en las siete profesiones que ya cuentan con requisitos m&#xED;nimos comunes de formaci&#xF3;n en la UE, siempre que procedan de programas previamente evaluados a nivel europeo y que cumplan los est&#xE1;ndares comunitarios.&#xD;
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"Con las nuevas normas, el reconocimiento de cualificaciones ser&#xE1; m&#xE1;s sencillo y r&#xE1;pido, tambi&#xE9;n para los trabajadores cualificados de fuera de la UE. Adem&#xE1;s, estamos dando a la Autoridad Laboral Europea las herramientas para combatir el empleo ilegal y la explotaci&#xF3;n, tambi&#xE9;n cuando afecten a nacionales de terceros pa&#xED;ses", ha se&#xF1;alado el comisario de Interior y Migraci&#xF3;n, Magnus Brunner.&#xD;
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En todo caso, el reconocimiento de una cualificaci&#xF3;n obtenida fuera de la UE no dar&#xE1; por s&#xED; mismo derecho a entrar, residir o trabajar en territorio comunitario y los Estados miembro mantendr&#xE1;n sus competencias sobre la admisi&#xF3;n de trabajadores extranjeros y los requisitos para ejercer cada profesi&#xF3;n.&#xD;
Digitalizaci&#xF3;n de documentos de la Seguridad Social&#xD;
Otra de las patas del paquete es la creaci&#xF3;n de la tarjeta europea de Seguridad Social (ESSPASS), que permitir&#xE1; solicitar por Internet la Tarjeta Sanitaria Europea, el certificado A1 para trabajadores desplazados temporalmente y otros documentos necesarios para acreditar los derechos sociales y sanitarios al trasladarse a otro pa&#xED;s del bloque.&#xD;
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Una vez expedidos, podr&#xE1;n almacenarse en la cartera europea de identidad digital y presentarse directamente desde el tel&#xE9;fono m&#xF3;vil para que las autoridades comprueben en tiempo real su autenticidad y validez, aunque seguir&#xE1; existiendo la posibilidad de utilizarlos en papel y, en el caso de la cobertura sanitaria, Bruselas fija un m&#xE1;ximo de 24 horas para su emisi&#xF3;n.&#xD;
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La implantaci&#xF3;n ser&#xE1; progresiva, de modo que el A1 estar&#xE1; disponible en formato digital un a&#xF1;o despu&#xE9;s de la entrada en vigor del nuevo reglamento, mientras que este sistema se extender&#xE1; a la Tarjeta Sanitaria Europea y al resto de documentaci&#xF3;n de Seguridad Social en un plazo de tres a&#xF1;os.&#xD;
Refuerzo de la Autoridad Laboral Europea&#xD;
Bruselas propone por &#xFA;ltimo reforzar la Autoridad Laboral Europea para mejorar la detecci&#xF3;n de irregularidades en situaciones laborales transfronterizas, con m&#xE1;s herramientas para analizar datos e identificar riesgos que permitan orientar las inspecciones y con responsables nacionales espec&#xED;ficos para mejorar la coordinaci&#xF3;n entre las autoridades.&#xD;
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La reforma ampliar&#xE1; adem&#xE1;s su mandato para abordar abusos que afecten a trabajadores de terceros pa&#xED;ses residentes en la UE, incluidos casos de empleo ilegal o no declarado, salarios inferiores a los debidos y otras formas de explotaci&#xF3;n, aunque las inspecciones conjuntas seguir&#xE1;n siendo voluntarias y corresponder&#xE1; a los Estados miembro decidir si participan en ellas.</content><description>La Comisi&#xF3;n Europea ha propuesto este martes reducir de cuatro meses a un m&#xE1;ximo de once semanas los tr&#xE1;mites para reconocer las cualificaciones necesarias para ejercer profesiones reguladas en otro Estado miembro, dentro de un paquete de medidas con el que Bruselas busca facilitar que los trabajadores puedan trasladarse a otro pa&#xED;s de la Uni&#xF3;n Europea y ejercer all&#xED; su profesi&#xF3;n.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/shutterstock_2700641725-1-p488366-m1523240-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Bruselas propone agilizar la homologaci&#xF3;n de t&#xED;tulos para facilitar trabajar en otros pa&#xED;ses de la UE</title><link>https://elderecho.com/bruselas-propone-agilizar-la-homologacion-de-titulos-para-facilitar-trabajar-en-otros-paises-de-la-ue</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/shutterstock_2700641725-1-p488366-m1523240-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/bruselas-propone-agilizar-la-homologacion-de-titulos-para-facilitar-trabajar-en-otros-paises-de-la-ue</url><link>https://elderecho.com/bruselas-propone-agilizar-la-homologacion-de-titulos-para-facilitar-trabajar-en-otros-paises-de-la-ue</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/bruselas-propone-agilizar-la-homologacion-de-titulos-para-facilitar-trabajar-en-otros-paises-de-la-ue</guid><date_added>2026-09-15 15:47:37</date_added><pubDate>2026-09-15 15:47:37</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>488300</id><title>Condenado por falsificar una factura para evitar pagar a la procuradora que le representaba en una demanda laboral</title><content>Los hechos se refieren al impago de los honorarios de la procuradora que contrat&#xF3; para que le representara en un procedimiento laboral.&#xD;
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La sentencia de la Audiencia Provincial detalla que el acusado dej&#xF3; sin pagar una minuta de 309,43 euros, desatendiendo los requerimientos que se le hicieron por carta, tel&#xE9;fono y medios telem&#xE1;ticos. Ante este impago, la procuradora tuvo que iniciar un proceso judicial de Jura de Cuentas. Durante dicho proceso, el deudor present&#xF3; un escrito de alegaciones asegurando que ya hab&#xED;a saldado la deuda con su letrado, adjuntando una factura de 2.077,60 euros, que aparentaba contar con la firma digital del abogado, donde figuraba el concepto de "minuta de honorarios profesionales". Sin embargo, el propio letrado desminti&#xF3; la autenticidad de dicho documento.&#xD;
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Sobre la alegaci&#xF3;n de la defensa de que la sentencia no detalla c&#xF3;mo el acusado falsific&#xF3; la factura, el tribunal se&#xF1;ala que las pruebas demuestran que &#xE9;l contaba con los medios necesarios, como correo electr&#xF3;nico y WhatsApp, y que fue &#xE9;l quien present&#xF3; el documento porque le beneficiaba. Su intenci&#xF3;n era general una respuesta judicial a su favor en detrimento de la procuradora, aunque no lo logr&#xF3;, ya que ella misma explic&#xF3; que finalmente pudo cobrar todo el dinero que se le deb&#xED;a en el transcurso del procedimiento. Asimismo, los magistrados afirman que el acusado sab&#xED;a perfectamente que ten&#xED;a la obligaci&#xF3;n de pagar por separado tanto a su abogado como a la procuradora, puesto que ambos se lo hab&#xED;an indicado y las facturas de cada profesional eran independientes.&#xD;
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La Sala concluye que la sentencia recurrida analiza de forma detallada las pruebas del juicio oral y justifica de manera impecable la calificaci&#xF3;n jur&#xED;dica de los hechos, unos argumentos que considera totalmente acertados.&#xD;
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La sentencia no es firme y cabe recurso de casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.&#xD;
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TSJ de La Rioja. Sala de lo Civil y Penal. Sentencia n&#xBA; 14/2026 de 16 de julio de 2026.</content><description>El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha ratificado la condena de un a&#xF1;o a un hombre por un delito de intento de estafa procesal, vinculado a la falsificaci&#xF3;n de un documento privado por parte de particular.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/shutterstock_2510417643-1-p488300-m1523035-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Condenado por falsificar una factura para evitar pagar a la procuradora que le representaba en una demanda laboral</title><link>https://elderecho.com/condenado-por-falsificar-una-factura-para-evitar-pagar-a-la-procuradora-que-le-representaba-en-una-demanda-laboral</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/shutterstock_2510417643-1-p488300-m1523035-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/condenado-por-falsificar-una-factura-para-evitar-pagar-a-la-procuradora-que-le-representaba-en-una-demanda-laboral</url><link>https://elderecho.com/condenado-por-falsificar-una-factura-para-evitar-pagar-a-la-procuradora-que-le-representaba-en-una-demanda-laboral</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/condenado-por-falsificar-una-factura-para-evitar-pagar-a-la-procuradora-que-le-representaba-en-una-demanda-laboral</guid><date_added>2026-09-14 13:24:17</date_added><pubDate>2026-09-14 13:24:17</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>487889</id><title>Lefebvre presenta la obra "Claves Pr&#xE1;cticas. Estrategia procesal del abogado en sala"</title><content>La presentaci&#xF3;n de la obra tendr&#xE1; lugar el jueves 17 de septiembre a las 19:30h en la Librer&#xED;a jur&#xED;dica Lex Nova (Calle del Marqu&#xE9;s de la Ensenada, 4, 28004 Madrid), y contar&#xE1; con la participaci&#xF3;n del autor &#xD3;scar Fern&#xE1;ndez Le&#xF3;n, y del presidente de Lefebvre, Juan Pujol.&#xD;
Una metodolog&#xED;a para la estrategia procesal&#xD;
Estrategia procesal del abogado en sala, que forma parte de la colecci&#xF3;n El Abogado Litigante, aborda una cuesti&#xF3;n central en la pr&#xE1;ctica profesional, que es la necesidad de disponer de una metodolog&#xED;a que conecte teor&#xED;a del caso, negociaci&#xF3;n y preparaci&#xF3;n del juicio dentro de una estrategia coherente y planificada desde el primer contacto con el asunto.&#xD;
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La obra parte de una idea esencial, y es que ning&#xFA;n escrito, reuni&#xF3;n o intervenci&#xF3;n en sala debe improvisarse, sino responder a una planificaci&#xF3;n estrat&#xE9;gica. A partir de esta premisa, explica paso a paso c&#xF3;mo construir la teor&#xED;a del caso, seleccionar los hechos relevantes, elegir los fundamentos jur&#xED;dicos y organizar la prueba de forma funcional y persuasiva.&#xD;
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Este enfoque se extiende a las diferentes fases de la actuaci&#xF3;n profesional. El texto analiza c&#xF3;mo la estrategia procesal condiciona la negociaci&#xF3;n, la preparaci&#xF3;n de interrogatorios, la audiencia previa y el juicio oral, as&#xED; como la anticipaci&#xF3;n de posibles escenarios alternativos.&#xD;
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La obra integra adem&#xE1;s las habilidades esenciales del abogado litigante, la negociaci&#xF3;n jur&#xED;dica como proceso estructurado, la persuasi&#xF3;n y la t&#xE9;cnica forense y la inteligencia emocional en la actuaci&#xF3;n profesional. De esta forma, re&#xFA;ne en un mismo enfoque aspectos relacionados con las habilidades, la negociaci&#xF3;n y la litigaci&#xF3;n.&#xD;
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Su orientaci&#xF3;n pr&#xE1;ctica se completa con esquemas de decisi&#xF3;n, checklist previos al juicio, un caso pr&#xE1;ctico sobre accidente de trabajo y determinaci&#xF3;n de contingencias, y una plantilla rellenable para construir la teor&#xED;a del caso. Tambi&#xE9;n incorpora herramientas para preparar el juicio oral, analizar el perfil judicial en sala y evaluar la actuaci&#xF3;n del abogado tras el juicio.&#xD;
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Dirigida tanto a abogados en ejercicio que quieran perfeccionar su planificaci&#xF3;n estrat&#xE9;gica como a abogados j&#xF3;venes que busquen una gu&#xED;a pr&#xE1;ctica, la obra propone una metodolog&#xED;a estructurada para abordar la estrategia procesal de forma global, desde la preparaci&#xF3;n inicial del asunto hasta la intervenci&#xF3;n en sala.&#xD;
Agenda&#xD;
&#x2022; Fecha: Jueves, 17 de septiembre, 2026.&#xD;
&#x2022; Horario: 19:30h.&#xD;
&#x2022; Lugar: Librer&#xED;a jur&#xED;dica Lex Nova (Calle del Marqu&#xE9;s de la Ensenada, 4, 28004 Madrid).&#xD;
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Para asistir es necesario inscribirse mediante email a eventos@lefebvre.es&#xD;
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&#xA0;</content><description>Lefebvre presenta el pr&#xF3;ximo 17 de septiembre la obra "Claves Pr&#xE1;cticas. Estrategia procesal del abogado en sala", de &#xD3;scar Fern&#xE1;ndez Le&#xF3;n, abogado y decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Imagen-obra-Oscar-Fernandez-Leon-p487889-m1521857-768x334_w100.png?no_webp=1</url><title>Lefebvre presenta la obra "Claves Pr&#xE1;cticas. Estrategia procesal del abogado en sala"</title><link>https://elderecho.com/lefebvre-presentara-la-obra-c-p-estrategia-procesal-del-abogado-en-sala</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Imagen-obra-Oscar-Fernandez-Leon-p487889-m1521857-768x334_w100.png?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/lefebvre-presentara-la-obra-c-p-estrategia-procesal-del-abogado-en-sala</url><link>https://elderecho.com/lefebvre-presentara-la-obra-c-p-estrategia-procesal-del-abogado-en-sala</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/lefebvre-presentara-la-obra-c-p-estrategia-procesal-del-abogado-en-sala</guid><date_added>2026-09-14 13:22:43</date_added><pubDate>2026-09-14 13:22:43</pubDate><categories><category><id>procesal</id><name>Procesal</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Procesal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>488301</id><title>Afianza ficha a &#xC1;lvaro Mart&#xED;n como director de Asesor&#xED;a Jur&#xED;dica Corporativa</title><content>&#xC1;lvaro Mart&#xED;n se incorpora a Afianza procedente de Grupo Amara NZero, multinacional especializada en energ&#xED;a y log&#xED;stica con presencia en 10 pa&#xED;ses. A lo largo de m&#xE1;s de dos d&#xE9;cadas en la compa&#xF1;&#xED;a, ha asumido distintos roles como General Counsel, Chief Compliance Officer, Data Protection Officer y Chief Sustainability Officer. A lo largo de su trayectoria ha liderado el programa corporativo de seguros, la certificaci&#xF3;n como bono verde de una emisi&#xF3;n de 270 millones de euros conforme a Green Bond Principles y el dise&#xF1;o del marco global de gobierno corporativo y Compliance del grupo, entre otros hitos.&#xD;
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Adem&#xE1;s, &#xC1;lvaro Mart&#xED;n imparte clase en EAE Business School y ha colaborado como docente en el m&#xE1;ster en Negocio y Derecho Energ&#xE9;tico de Cremades   Calvo-Sotelo y la Universidad CEU.&#xD;
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Es licenciado en Derecho por la Universidad Aut&#xF3;noma de Madrid y cuenta con un Executive MBA por Nebrija Business School. Formaci&#xF3;n en IA Governance por IE Law School y la certificaci&#xF3;n de Compliance and Ethics Professional de la SCCE.&#xD;
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&#x201C;Estoy muy ilusionado de incorporarme a una firma como Afianza, con una visi&#xF3;n muy completa de las necesidades y que se encuentra en plena fase de crecimiento. Afronto esta nueva etapa con el compromiso de reforzar la asesor&#xED;a jur&#xED;dica y acompa&#xF1;ar a la Firma ante los nuevos desaf&#xED;os normativos y de gobernanza&#x201D;, afirma &#xC1;lvaro Mart&#xED;n, director de Asesor&#xED;a Jur&#xED;dica Corporativa de Afianza.&#xD;
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Por su parte, Rafael V&#xE1;zquez Romero, director general Corporativo de Afianza, ha se&#xF1;alado que &#x201C;&#xC1;lvaro tiene un perfil con un dominio t&#xE9;cnico muy amplio y una experiencia en entornos empresariales de alta complejidad. Su incorporaci&#xF3;n llega en el mejor momento para Afianza y nos da una base muy s&#xF3;lida para seguir siendo una Firma relevante para el sector&#x201D;.&#xD;
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Este nombramiento se suma a los recientes de David Casas como director de Consultor&#xED;a, Guillermo P&#xE9;rez-Montero como director de Operaciones e Integraciones de Negocio o Rafael V&#xE1;zquez Romero como director general corporativo, entre otros.&#xD;
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Afianza cerr&#xF3; 2025 con una facturaci&#xF3;n de 83,2 millones de euros, un 53% m&#xE1;s que los 54,3 millones del a&#xF1;o anterior, y cuenta en la actualidad con casi 1.500 profesionales en los principales ejes de la geograf&#xED;a espa&#xF1;ola.</content><description>Afianza ha fichado a &#xC1;lvaro Mart&#xED;n como director de Asesor&#xED;a Jur&#xED;dica Corporativa, que asume la coordinaci&#xF3;n integral de todos los asuntos jur&#xED;dicos de la Firma, desde el gobierno corporativo y compliance hasta la protecci&#xF3;n de datos, la prevenci&#xF3;n del blanqueo de capitales y la gobernanza en Inteligencia Artificial, entre otros.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Alvaro-Martin_Afianza-p488301-m1523053-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</url><title>Afianza ficha a &#xC1;lvaro Mart&#xED;n como director de Asesor&#xED;a Jur&#xED;dica Corporativa</title><link>https://elderecho.com/afianza-ficha-a-alvaro-martin-como-director-de-asesoria-juridica-corporativa</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Alvaro-Martin_Afianza-p488301-m1523053-768x334_w100.jpeg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/afianza-ficha-a-alvaro-martin-como-director-de-asesoria-juridica-corporativa</url><link>https://elderecho.com/afianza-ficha-a-alvaro-martin-como-director-de-asesoria-juridica-corporativa</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/afianza-ficha-a-alvaro-martin-como-director-de-asesoria-juridica-corporativa</guid><date_added>2026-09-14 13:20:06</date_added><pubDate>2026-09-14 13:20:06</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>488302</id><title>Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola abre las candidaturas a sus XXVIII Premios de Derechos Humanos</title><content>Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola abre hoy el plazo para presentar candidaturas a la XXVIII edici&#xF3;n de los Premios de Derechos Humanos &#x201C;Carlos Canicer&#x201D;, que este a&#xF1;o ponen el foco en uno de los principios esenciales sobre los que se construye la protecci&#xF3;n de los derechos humanos: todas las personas tienen la misma dignidad y deben poder ejercer los mismos derechos, sin discriminaci&#xF3;n alguna.&#xD;
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Bajo el lema &#x201C;No hay derechos de primera, ni personas de segunda&#x201D;, esta edici&#xF3;n reconocer&#xE1; acciones, trayectorias e iniciativas que hayan contribuido de manera relevante a hacer efectiva la igualdad, combatir la discriminaci&#xF3;n y garantizar que los derechos humanos alcancen a todas las personas, especialmente a quienes se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad.&#xD;
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La elecci&#xF3;n de este eje parte de los art&#xED;culos 1 y 2 de la Declaraci&#xF3;n Universal de Derechos Humanos, dos principios que consagran la igualdad en dignidad y derechos y la universalidad de las libertades reconocidas en la Declaraci&#xF3;n. M&#xE1;s de siete d&#xE9;cadas despu&#xE9;s de su aprobaci&#xF3;n, el reto no reside &#xFA;nicamente en reconocer esos derechos, sino en garantizar que puedan ejercerse de manera efectiva por todas las personas.&#xD;
Candidaturas abiertas hasta el 16 de octubre&#xD;
El plazo de presentaci&#xF3;n permanecer&#xE1; abierto hasta el 16 de octubre de 2026. Podr&#xE1;n proponer candidaturas los Colegios de la Abogac&#xED;a, los Consejos Auton&#xF3;micos y los miembros del Consejo General de la Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola, as&#xED; como personas o instituciones vinculadas con el mundo del Derecho o la Abogac&#xED;a e instituciones y empresas p&#xFA;blicas y privadas.&#xD;
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Las propuestas deber&#xE1;n incluir una justificaci&#xF3;n de los motivos de la candidatura y el curr&#xED;culo de la persona candidata o el historial de la entidad o instituci&#xF3;n propuesta. Adem&#xE1;s, podr&#xE1;n incorporarse adhesiones y otros documentos que permitan acreditar y poner en valor su trayectoria o actuaci&#xF3;n.&#xD;
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Las candidaturas pueden presentarse desde hoy a trav&#xE9;s del formulario habilitado en la web de Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola.&#xD;
Reconocer a quienes convierten la igualdad en derechos efectivos&#xD;
Los Premios de Derechos Humanos fueron creados por el Consejo General de la Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola en 1998 para reconocer p&#xFA;blicamente a quienes se hayan distinguido por su lucha contra la injusticia y la defensa de los derechos humanos. La convocatoria contempla las categor&#xED;as de Persona, Instituci&#xF3;n y Comunicaci&#xF3;n, a las que se suma el Premio Especial Nacho de la Mata, creado en memoria del abogado y destinado a reconocer el trabajo en favor de los derechos de la infancia m&#xE1;s vulnerable.&#xD;
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En esta XXVIII edici&#xF3;n se valorar&#xE1;n especialmente las actuaciones desarrolladas por profesionales de la Abogac&#xED;a, despachos, colegios profesionales, organizaciones sociales, instituciones p&#xFA;blicas y privadas y organismos nacionales e internacionales que hayan contribuido a promover la igualdad efectiva, luchar contra la discriminaci&#xF3;n, proteger a colectivos en situaci&#xF3;n de vulnerabilidad y garantizar el acceso universal a los derechos humanos.&#xD;
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Tambi&#xE9;n podr&#xE1;n concurrir iniciativas relacionadas con los derechos de las personas migrantes, refugiadas o ap&#xE1;tridas; la igualdad de g&#xE9;nero; la protecci&#xF3;n de la diversidad; la lucha contra nuevas formas de discriminaci&#xF3;n estructural o tecnol&#xF3;gica; y el fortalecimiento de los mecanismos nacionales e internacionales de protecci&#xF3;n de los derechos humanos. Los premios est&#xE1;n abiertos a candidaturas tanto nacionales como internacionales.&#xD;
Una cita con los derechos humanos el 10 de diciembre&#xD;
El jurado de los Premios re&#xFA;ne a representantes de las principales instituciones jur&#xED;dicas y de defensa de los derechos humanos, junto a representantes de la Abogac&#xED;a y de la Fundaci&#xF3;n Abogac&#xED;a. La decisi&#xF3;n se adoptar&#xE1; mediante votaci&#xF3;n secreta y cada categor&#xED;a reconocer&#xE1;, con car&#xE1;cter general, a una &#xFA;nica persona, instituci&#xF3;n o agrupaci&#xF3;n.&#xD;
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Los galardones se entregar&#xE1;n el pr&#xF3;ximo 10 de diciembre, coincidiendo con el D&#xED;a Internacional de los Derechos Humanos, en el marco de la Conferencia Anual de la Abogac&#xED;a.&#xD;
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Esta XXVIII edici&#xF3;n parte as&#xED; de una convicci&#xF3;n que resume el compromiso de la Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola con los derechos humanos: la dignidad humana no admite excepciones. Los derechos humanos, tampoco.&#xD;
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Consulta las bases completas de la convocatoria de los XXVIII Premios de Derechos Humanos &#x201C;Carlos Carnicer&#x201D; de la Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola.</content><description>Bajo el lema &#x201C;No hay derechos de primera ni personas de segunda&#x201D;, la XXVIII edici&#xF3;n reconocer&#xE1; a personas, instituciones y profesionales de la comunicaci&#xF3;n que trabajen por una igualdad real y efectiva.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Premios-DDHH-p488302-m1523074-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Abogac&#xED;a Espa&#xF1;ola abre las candidaturas a sus XXVIII Premios de Derechos Humanos</title><link>https://elderecho.com/abogacia-espanola-abre-las-candidaturas-a-sus-xxviii-premios-de-derechos-humanos</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Premios-DDHH-p488302-m1523074-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/abogacia-espanola-abre-las-candidaturas-a-sus-xxviii-premios-de-derechos-humanos</url><link>https://elderecho.com/abogacia-espanola-abre-las-candidaturas-a-sus-xxviii-premios-de-derechos-humanos</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/abogacia-espanola-abre-las-candidaturas-a-sus-xxviii-premios-de-derechos-humanos</guid><date_added>2026-09-14 13:15:19</date_added><pubDate>2026-09-14 13:15:19</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>488303</id><title>ESKARIAM refuerza su equipo de litigaci&#xF3;n con Mar&#xED;a Cecilia P&#xE1;ez Montero</title><content>La llegada de Mar&#xED;a Cecilia es el tercer fichaje senior de la firma en las &#xFA;ltimas semanas, tras las incorporaciones de Covadonga Garralda (socia) y Mar&#xED;a Varela (counsel). Estos movimientos responden al objetivo de concentrar en ESKARIAM a los especialistas con mayor trayectoria del mercado en reclamaciones de da&#xF1;os, en un momento en que la sofisticaci&#xF3;n t&#xE9;cnica de los equipos se ha convertido en un factor diferencial para este tipo de litigios.&#xD;
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Mar&#xED;a Cecilia P&#xE1;ez Montero, que se incorpora como asociada s&#xE9;nior de ESKARIAM, est&#xE1; especializada en litigaci&#xF3;n civil y mercantil, con m&#xE1;s de quince a&#xF1;os de experiencia en la gesti&#xF3;n de procedimientos complejos nacionales e internacionales. A lo largo de su trayectoria ha asesorado a empresas en disputas contractuales, reclamaciones de da&#xF1;os, responsabilidad civil y litigios derivados de infracciones del derecho de la competencia.&#xD;
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Inici&#xF3; su carrera profesional en Argentina y, tras su incorporaci&#xF3;n a Cuatrecasas en 2010, particip&#xF3; en algunos de los principales asuntos de antiturst private enforcement en distintas jurisdicciones europeas. Posteriormente, lider&#xF3; el &#xE1;rea de responsabilidad civil en Rauda, firma integrada en el grupo Cuatrecasas, coordinando equipos multidisciplinares y la gesti&#xF3;n de litigios de gran volumen y complejidad. Colegiada en Espa&#xF1;a, adem&#xE1;s de su actividad profesional, imparte docencia en el ISDE y cuenta con un LLM en International Business Law.&#xD;
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&#x201C;ESKARIAM entiende el private enforcement como lo que es: una de las disciplinas m&#xE1;s complejas de la litigaci&#xF3;n, y la afronta con equipos verdaderamente especializados. Por eso me ilusiona especialmente incorporarme a este proyecto junto a compa&#xF1;eros con los que comparto la misma visi&#xF3;n&#x201D;, asegura Mar&#xED;a Cecilia P&#xE1;ez Montero.&#xD;
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Para David Fern&#xE1;ndez, CEO de ESKARIAM, el talento es la pieza central del plan de crecimiento de la firma. "La experiencia de Mar&#xED;a Cecilia, con m&#xE1;s de una d&#xE9;cada dedicada a litigios de competencia de alto valor estrat&#xE9;gico, encaja exactamente con nuestra ambici&#xF3;n de reunir al mejor equipo posible en reclamaci&#xF3;n de da&#xF1;os. Nuestro objetivo es seguir incorporando a los mejores abogados y especialistas".&#xD;
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La firma, que actualmente est&#xE1; liderando en nuestro pa&#xED;s casos de alto impacto como son el c&#xE1;rtel de la leche o la reclamaci&#xF3;n de los hoteleros frente a Booking.com, se ha fijado como objetivo alcanzar los 3.500 millones de euros en reclamaciones bajo gesti&#xF3;n para 2030. La incorporaci&#xF3;n de abogados y profesionales con una alta especializaci&#xF3;n y experiencia es una de las prioridades de ESKARIAM.</content><description>ESKARIAM, firma espa&#xF1;ola especializada en litigios complejos y reclamaci&#xF3;n de da&#xF1;os, ha incorporado a Mar&#xED;a Cecilia P&#xE1;ez Montero, abogada experta en litigaci&#xF3;n transfronteriza y antitrust private enforcement.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Cecilia-Paez-Eskariam-scaled-p488303-m1523095-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>ESKARIAM refuerza su equipo de litigaci&#xF3;n con Mar&#xED;a Cecilia P&#xE1;ez Montero</title><link>https://elderecho.com/eskariam-refuerza-su-equipo-de-litigacion-con-maria-cecilia-paez-montero</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Cecilia-Paez-Eskariam-scaled-p488303-m1523095-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/eskariam-refuerza-su-equipo-de-litigacion-con-maria-cecilia-paez-montero</url><link>https://elderecho.com/eskariam-refuerza-su-equipo-de-litigacion-con-maria-cecilia-paez-montero</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/eskariam-refuerza-su-equipo-de-litigacion-con-maria-cecilia-paez-montero</guid><date_added>2026-09-14 12:45:35</date_added><pubDate>2026-09-14 12:45:35</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>488352</id><title>El ICAM acredita la autenticidad del documento original de Felipe II que dio origen al colegio en 1596</title><content>Un documento que constituye el nacimiento jur&#xED;dico e institucional del actual ICAM.&#xD;
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La confirmaci&#xF3;n culmina varios meses de investigaci&#xF3;n del Archivo Hist&#xF3;rico del Colegio, a partir del estudio de sus propios fondos y del contraste con documentaci&#xF3;n de finales del reinado de Felipe II conservada en instituciones como el Archivo General de Simancas y el Archivo Hist&#xF3;rico Nacional.&#xD;
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Para el decano del ICAM, Eugenio Rib&#xF3;n, el resultado de esta investigaci&#xF3;n supone un hallazgo de extraordinaria relevancia hist&#xF3;rica, jur&#xED;dica e institucional para: &#x201C;estamos ante el documento original que dio nacimiento jur&#xED;dico a nuestra corporaci&#xF3;n y que estableci&#xF3;, hace m&#xE1;s de cuatro siglos, la primera regulaci&#xF3;n de la abogac&#xED;a madrile&#xF1;a&#x201D;, destaca.&#xD;
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Denominado en la propia documentaci&#xF3;n colegial de los siglos XVI a XVIII como &#xAB;Constituciones fundacionales&#xBB;, este texto normativo representa la primera regulaci&#xF3;n corporativa de la abogac&#xED;a madrile&#xF1;a. A trav&#xE9;s de sus disposiciones, los abogados que ejerc&#xED;an en la Corte y que se reun&#xED;an entonces en el desaparecido Convento de San Felipe el Real se dotaron de una estructura corporativa y de personalidad jur&#xED;dica.&#xD;
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La investigaci&#xF3;n, liderada por el responsable del Archivo Hist&#xF3;rico del ICAM, Mart&#xED;n Palomero, ha permitido reconstruir con plena fiabilidad t&#xE9;cnica tanto el origen y la historia material del documento como su trayectoria de conservaci&#xF3;n, y aclarar las dudas que pod&#xED;an suscitar algunas de las caracter&#xED;sticas f&#xED;sicas que presenta actualmente la pieza.&#xD;
Una investigaci&#xF3;n hasta el soporte material&#xD;
Para completar el estudio, el Archivo Hist&#xF3;rico ha contado con el testimonio directo de Mariano Caballero Almonacid, titulado en restauraci&#xF3;n de papel por la Regi&#xF3;n Toscana, en Italia, y por la Escuela Superior de Conservaci&#xF3;n y Restauraci&#xF3;n de Bienes Culturales de Madrid, y responsable de la &#xFA;ltima intervenci&#xF3;n realizada sobre el documento.&#xD;
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Su conocimiento directo de la pieza ha permitido explicar particularidades como la rugosidad del soporte o el aspecto trasl&#xFA;cido que presentan algunas zonas. Lejos de afectar a su autenticidad, estas caracter&#xED;sticas responden a una intervenci&#xF3;n de urgencia realizada ante el grave estado de conservaci&#xF3;n en que se encontraba el original.&#xD;
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Durante aquel proceso se aplic&#xF3; papel japon&#xE9;s exclusivamente sobre las &#xE1;reas da&#xF1;adas, con el objetivo de estabilizar el soporte y evitar nuevas p&#xE9;rdidas materiales. La investigaci&#xF3;n tambi&#xE9;n ha acreditado que la cubierta que actualmente protege la pieza no pertenece al documento original, sino que fue incorporada durante esa misma intervenci&#xF3;n, por indicaci&#xF3;n de la entonces Gerencia del ICAM, para reforzar su protecci&#xF3;n y garantizar su conservaci&#xF3;n.&#xD;
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El conjunto de las evidencias documentales y materiales permite concluir con plena fiabilidad que la pieza conservada por el Colegio es el original de las Constituciones fundacionales de 1596, uno de los testimonios documentales m&#xE1;s relevantes de los m&#xE1;s de cuatro siglos de historia del ICAM.&#xD;
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&#x201C;Esta pieza excepcional, adem&#xE1;s de ser el testimonio material de nuestros or&#xED;genes, representa la continuidad de una instituci&#xF3;n que, desde 1596, ha acompa&#xF1;ado la evoluci&#xF3;n de la Justicia, del Derecho y de la sociedad espa&#xF1;ola, manteniendo siempre su compromiso con la defensa de los derechos, las libertades y el Estado de Derecho&#x201D;, subraya Rib&#xF3;n.&#xD;
M&#xE1;s de cuatro siglos de historia en el Museo ICAM&#xD;
La Real Provisi&#xF3;n de Felipe II puede contemplarse actualmente en el Museo ICAM, el espacio dedicado a conservar y divulgar el patrimonio hist&#xF3;rico de la abogac&#xED;a madrile&#xF1;a y en el que se exhiben algunas de las piezas m&#xE1;s representativas de la trayectoria del Colegio y de la profesi&#xF3;n.&#xD;
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&#x201C;Este descubrimiento pone de relieve el valor extraordinario del Archivo Hist&#xF3;rico del ICAM, uno de los fondos documentales m&#xE1;s completos y singulares entre los colegios profesionales europeos. Sus m&#xE1;s de doscientos metros lineales de documentaci&#xF3;n, conservados pr&#xE1;cticamente de forma &#xED;ntegra desde 1596, constituyen una fuente indispensable para comprender la historia de la abogac&#xED;a y la evoluci&#xF3;n jur&#xED;dica de Espa&#xF1;a durante los &#xFA;ltimos cinco siglos&#x201D;, se&#xF1;ala Rib&#xF3;n.&#xD;
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Adem&#xE1;s de poder contemplarse f&#xED;sicamente en el Museo, la versi&#xF3;n digitalizada de la Real Provisi&#xF3;n de 1596 est&#xE1; disponible para consulta p&#xFA;blica en el repositorio del Patrimonio Documental del ICAM, junto con otros fondos destacados de su Archivo Hist&#xF3;rico.&#xD;
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La investigaci&#xF3;n permite as&#xED; al Colegio recuperar y poner en valor no solo el testimonio material de su propio nacimiento, sino tambi&#xE9;n una pieza esencial para comprender los or&#xED;genes de la organizaci&#xF3;n corporativa de la abogac&#xED;a madrile&#xF1;a y su evoluci&#xF3;n durante m&#xE1;s de cuatro siglos.</content><description>El Ilustre Colegio de la Abogac&#xED;a de Madrid ha confirmado la autenticidad de una de las piezas m&#xE1;s valiosas de su patrimonio hist&#xF3;rico: el documento original de la Real Provisi&#xF3;n otorgada por Felipe II el 15 de julio de 1596, por la que se aprobaron las ordenanzas e instituciones de la entonces Congregaci&#xF3;n de los Abogados de la Corte. </description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Real-Provision-otorgada-por-el-rey-Felipe-II-el-15-de-julio-de-1596-2-scaled-p488352-m1523185-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El ICAM acredita la autenticidad del documento original de Felipe II que dio origen al colegio en 1596</title><link>https://elderecho.com/el-icam-acredita-la-autenticidad-del-documento-original-de-felipe-ii-que-dio-origen-al-colegio-en-1596</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/09/Real-Provision-otorgada-por-el-rey-Felipe-II-el-15-de-julio-de-1596-2-scaled-p488352-m1523185-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-icam-acredita-la-autenticidad-del-documento-original-de-felipe-ii-que-dio-origen-al-colegio-en-1596</url><link>https://elderecho.com/el-icam-acredita-la-autenticidad-del-documento-original-de-felipe-ii-que-dio-origen-al-colegio-en-1596</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-icam-acredita-la-autenticidad-del-documento-original-de-felipe-ii-que-dio-origen-al-colegio-en-1596</guid><date_added>2026-09-14 12:30:43</date_added><pubDate>2026-09-14 12:30:43</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>488288</id><title>El TC desestima el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno Vasco contra la ley estatal de Vivienda</title><content>El Ejecutivo de Euskadi interpuso en febrero de 2024 un recurso ante el TC contra esta Ley estatal de Vivienda al considerar que vulneraba sus competencias. En concreto, recurri&#xF3; un total de siete art&#xED;culos, una disposici&#xF3;n transitoria, una disposici&#xF3;n adicional y dos disposiciones finales.&#xD;
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Seg&#xFA;n ha informado el Tribunal Constitucional este viernes, el recurso ha sido desestimado en una sentencia de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal, Inmaculada Montalb&#xE1;n Huertas, con el voto particular de cinco magistrados.&#xD;
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En ella, se aplica la doctrina establecida en diversas resoluciones sobre recursos de inconstitucionalidad planteados en relaci&#xF3;n con esta Ley por el derecho a la vivienda.&#xD;
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En un comunicado, el tribunal ha explicado que el recurso vasco formulaba "impugnaciones espec&#xED;ficas novedosas" contra diversos preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, que han sido desestimadas.&#xD;
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En su resoluci&#xF3;n, el TC declara que el art&#xED;culo 3 contiene "unas definiciones operativas para la propia ley y no produce efectos de norma supletoria" para las comunidades aut&#xF3;nomas.&#xD;
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En su opini&#xF3;n, el art&#xED;culo 10.2 "orienta" la actuaci&#xF3;n de todas las administraciones competentes, en una materia "tan poli&#xE9;drica" como la vivienda, con el objeto de "velar por el pleno ejercicio de los derechos derivados de la propiedad y favorecer el acceso a ella".&#xD;
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Asimismo, declara que lo dispuesto en el apartado seis de la disposici&#xF3;n final primera no implica que el &#xED;ndice de precios estatal vaya a prevalecer sobre el auton&#xF3;mico ya que, precisa, no impide que las comunidades aut&#xF3;nomas puedan definir su propio &#xED;ndice de referencia para el ejercicio de sus competencias.&#xD;
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La sentencia aprecia "la p&#xE9;rdida sobrevenida de objeto de la impugnaci&#xF3;n" dirigida al art&#xED;culo 16 de la Ley al haber sido previamente declarado inconstitucional y nulo en anteriores resoluciones.&#xD;
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El resto de las alegaciones formuladas en el recurso contra los art&#xED;culos 15.1 d), 15.1 e), 16, 17 y 18, la disposici&#xF3;n adicional tercera, la disposici&#xF3;n transitoria segunda, apartado uno, la disposici&#xF3;n final primera, apartados uno y tres, y la disposici&#xF3;n final cuarta son desestimadas con remisi&#xF3;n a la doctrina establecida en cinco sentencias anteriores de 2024, 2025 y 2026.</content><description>El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el Gobierno Vasco contra diversos preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Constitucional_EDEIMA20150623_0007_1-p488288-m1522995-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TC desestima el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno Vasco contra la ley estatal de Vivienda</title><link>https://elderecho.com/el-tc-desestima-el-recurso-de-inconstitucionalidad-del-gobierno-vasco-contra-la-ley-estatal-de-vivienda</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Constitucional_EDEIMA20150623_0007_1-p488288-m1522995-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tc-desestima-el-recurso-de-inconstitucionalidad-del-gobierno-vasco-contra-la-ley-estatal-de-vivienda</url><link>https://elderecho.com/el-tc-desestima-el-recurso-de-inconstitucionalidad-del-gobierno-vasco-contra-la-ley-estatal-de-vivienda</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tc-desestima-el-recurso-de-inconstitucionalidad-del-gobierno-vasco-contra-la-ley-estatal-de-vivienda</guid><date_added>2026-09-11 14:00:17</date_added><pubDate>2026-09-11 14:00:17</pubDate><categories><category><id>civil</id><name>Civil</name><idPro>2</idPro></category><category><id>inmobiliario</id><name>Inmobiliario</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Civil,Inmobiliario,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>488274</id><title>Relaci&#xF3;n de nombramientos en &#xE1;reas TIC y de Innovaci&#xF3;n de la Administraci&#xF3;n. Semana del 7 de septiembre de 2026</title><content>Recordemos que el nombramiento, jur&#xED;dicamente hablando, se corresponde con un acto unilateral de la Administraci&#xF3;n dotado de fuerza vinculante que produce la investidura del sujeto nombrado, esto es, sobre el que recae el nombramiento, desde el instante mismo de su publicaci&#xF3;n o notificaci&#xF3;n oficial.&#xD;
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Los nombramientos de los que nos hacemos eco hoy han sido:&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 27 de Agosto de 2026, del Ministerio de Inclusi&#xF3;n, Seguridad Social y Migraciones, por el que se nombra, Jefe de Unidad Provincial de Inform&#xE1;tica, de la Secretar&#xED;a de Estado de la Seguridad Social y Pensiones (B.O.E. n&#xFA;m. 223 de 9 de Septiembre de 2026).&#xD;
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- Resoluci&#xF3;n, de 8 de Septiembre de 2026, del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por la que se nombra, Directora en el Departamento de Tecnolog&#xED;as de la Informaci&#xF3;n y Comunicaciones de la Direcci&#xF3;n General de Coordinaci&#xF3;n e Investigaci&#xF3;n&#xA0; (B.O.E. n&#xFA;m. 225 de 11 de Septiembre de 2026).&#xD;
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La informaci&#xF3;n ha sido facilitada por Ficheros de Cargos Estirado, S.A. - FICESA (www.fac-ficesa.com).&#xD;
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[ledShortcodes shortcodeId="442941" label="Memento Social 2025 - 442941"]</content><description>Destacamos las principales incorporaciones en puestos de la Administraci&#xF3;n General del Estado y de las administraciones auton&#xF3;mica, local y europea que se han realizado y comunicado a trav&#xE9;s de los boletines oficiales durante estos &#xFA;ltimos d&#xED;as.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2024/11/nombramiento-entrada-en-la-administracion-p488274-m1522952-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Relaci&#xF3;n de nombramientos en &#xE1;reas TIC y de Innovaci&#xF3;n de la Administraci&#xF3;n. Semana del 7 de septiembre de 2026</title><link>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-7-de-septiembre-de-2-026</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2024/11/nombramiento-entrada-en-la-administracion-p488274-m1522952-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-7-de-septiembre-de-2-026</url><link>https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-7-de-septiembre-de-2-026</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/relacion-de-nombramientos-en-areas-tic-y-de-innovacion-de-la-administracion-semana-del-7-de-septiembre-de-2-026</guid><date_added>2026-09-11 13:55:28</date_added><pubDate>2026-09-11 13:55:28</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC</allCategories></item></channel></rss>

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