<?xml version="1.0"?>
<rss version="2.0"><channel><title>Elderecho.com - Lefebvre</title><link>https://elderecho.com/feed</link><language>es</language><item><id>486899</id><title>El TSJ de Murcia confirma el recargo del 30% a una constructora por un accidente causado por un hueco sin proteger en una escalera de obra</title><content>El accidente se produjo cuando el trabajador, al finalizar su jornada laboral y mientras descend&#xED;a una escalera de obra transportando un capazo de herramientas, perdi&#xF3; el equilibrio y cay&#xF3; por un hueco existente entre los pelda&#xF1;os y la tabiquer&#xED;a. La resoluci&#xF3;n declara probado que en ese punto de la escalera exist&#xED;a un vac&#xED;o de 52 cent&#xED;metros de altura &#x201C;sin que exista barandilla o elementos materiales entre la escalera y el hueco, ni se&#xF1;alizaci&#xF3;n espec&#xED;fica sobre riesgo de posible ca&#xED;da&#x201D;.&#xD;
&#xD;
La empresa sosten&#xED;a en el recurso que el accidente obedeci&#xF3; a un caso fortuito o a un mal apoyo del trabajador y defend&#xED;a que la obra dispon&#xED;a de medidas generales de protecci&#xF3;n. Sin embargo, la Sala rechaza revisar los hechos probados y concluye que las modificaciones solicitadas carecen de relevancia para alterar el sentido del fallo, ya que el riesgo se localizaba precisamente en el hueco existente en la escalera donde se produjo la ca&#xED;da.&#xD;
&#xD;
La sentencia destaca que la propuesta de recargo se fundament&#xF3; en la &#x201C;existencia de una zona insegura en la escalera, derivada de la diferencia de anchura entre escalones, sin proteger ni se&#xF1;alizar frente al riesgo de ca&#xED;da que hizo que cayera el trabajador&#x201D;, incumplimiento apreciado por la Inspecci&#xF3;n de Trabajo y posteriormente asumido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.&#xD;
&#xD;
La Sala recuerda que el derecho de las personas trabajadoras a una protecci&#xF3;n eficaz en materia de seguridad y salud lleva aparejada la obligaci&#xF3;n empresarial de adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizarla. Asimismo, cita la Ley de Prevenci&#xF3;n de Riesgos Laborales para subrayar que &#x201C;la efectividad de las medidas preventivas deber&#xE1; prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador&#x201D;.&#xD;
&#xD;
Frente a la alegaci&#xF3;n de que el trabajador conoc&#xED;a perfectamente la escalera porque hab&#xED;a participado en su construcci&#xF3;n, el tribunal comparte el razonamiento de la sentencia de instancia y afirma que &#x201C;el riesgo de ca&#xED;da por el hueco de la escalera es evidente, y la falta de toda medida de seguridad tambi&#xE9;n&#x201D;, a&#xF1;adiendo que la experiencia del trabajador &#x201C;no puede servir para neutralizar el riesgo evidente&#x201D;.&#xD;
&#xD;
La resoluci&#xF3;n concluye que &#x201C;existe nexo causal adecuado entre el siniestro del que trae causa el resultado lesivo para la integridad f&#xED;sica del trabajador accidentado y la conducta del empleador al omitir aquellas medidas de seguridad&#x201D;, por lo que confirma &#xED;ntegramente el recargo del 30 % sobre las prestaciones derivadas del accidente de trabajo e impone a la empresa las costas del recurso, fijadas en 800 euros por los honorarios de la representaci&#xF3;n letrada de la parte recurrida.&#xD;
&#xD;
TSJ de Murcia. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 358/2026 de 21 de abril de 2026.</content><description>La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Regi&#xF3;n de Murcia ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social 2 de Cartagena que mantuvo el recargo del 30% sobre las prestaciones de Seguridad Social que percibe un trabajador accidentado al apreciar que la empresa incumpli&#xF3; las medidas de seguridad exigibles en la obra.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2634145341-1-p486899-m1518617-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El TSJ de Murcia confirma el recargo del 30% a una constructora por un accidente causado por un hueco sin proteger en una escalera de obra</title><link>https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2634145341-1-p486899-m1518617-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</url><link>https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-tsj-de-murcia-confirma-el-recargo-del-30-a-una-constructora-por-un-accidente-causado-por-un-hueco-sin-proteger-en-una-escalera-de-obra</guid><date_added>2026-08-20 13:09:07</date_added><pubDate>2026-08-20 13:09:07</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>486901</id><title>La CE aprueba la joint venture de ACS, Telef&#xF3;nica, Santander y Gobierno para optar a la gigafactor&#xED;a europea</title><content>Bruselas ha concluido que la operaci&#xF3;n notificada no plantea problemas de competencia, dada la posici&#xF3;n limitada de las empresas implicadas en el mercado resultante de la transacci&#xF3;n. La operaci&#xF3;n se ha examinado bajo el procedimiento simplificado de control de concentraciones.&#xD;
&#xD;
De este modo, la 'joint venture' de estas empresas espa&#xF1;olas ha recibido el visto bueno de la Comisi&#xF3;n para optar a la Iniciativa de Gigafactor&#xED;as de IA del bloque comunitario, que se enmarca en la estrategia de soberan&#xED;a tecnol&#xF3;gica de la UE, orientada a reforzar y ampliar la infraestructura soberana de nube e inteligencia artificial en Europa.&#xD;
&#xD;
El Consejo de Ministros autoriz&#xF3; el pasado 16 de junio la inversi&#xF3;n de 719 millones de euros del Ministerio para la Transformaci&#xF3;n Digital y de la Funci&#xF3;n P&#xFA;blica, a trav&#xE9;s de la 'SEPI Digital', en el consorcio p&#xFA;blico-privado que desarrollar&#xE1; esta gigafactor&#xED;a avanzada de Inteligencia Artificial (IA).&#xD;
&#xD;
Con esta operaci&#xF3;n, el Gobierno activ&#xF3; una inversi&#xF3;n estrat&#xE9;gica para movilizar un proyecto industrial de gran escala y que Espa&#xF1;a participe en una de las principales infraestructuras europeas de IA.&#xD;
&#xD;
As&#xED;, la 'SEPI Digital' pas&#xF3; a formar parte del accionariado de la sociedad que tiene previsto presentar la candidatura espa&#xF1;ola a la convocatoria europea. El proyecto espa&#xF1;ol concurrir&#xE1; con una candidatura multisede que incluye las ubicaciones de M&#xF3;ra la Nova, en Tarragona, y San Fernando de Henares (Madrid), para alojar la gigafactor&#xED;a.&#xD;
&#xD;
Banco Santander, ACS y Telef&#xF3;nica, los tres inversores privados principales del proyecto, controlar&#xE1;n de forma conjunta el 47% del capital de dicha sociedad, con una participaci&#xF3;n individual del 15,67% cada uno.</content><description>La Comisi&#xF3;n Europea (CE) ha aprobado este jueves, en virtud del Reglamento de concentraciones de la UE, la creaci&#xF3;n de una empresa conjunta por parte ACS, Telef&#xF3;nica, Banco Santander y la Sociedad Espa&#xF1;ola para la Transformaci&#xF3;n Tecnol&#xF3;gica (SETT), conocida como la 'SEPI Digital', para optar a la gigafactor&#xED;a europea de IA que el Ejecutivo comunitario construir&#xE1; en alg&#xFA;n Estado miembro.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2578648931-1-p486901-m1518653-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La CE aprueba la joint venture de ACS, Telef&#xF3;nica, Santander y Gobierno para optar a la gigafactor&#xED;a europea</title><link>https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2578648931-1-p486901-m1518653-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</url><link>https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-ce-aprueba-la-joint-venture-de-acs-telefonica-santander-y-gobierno-para-optar-a-la-gigafactoria-europea</guid><date_added>2026-08-20 12:34:23</date_added><pubDate>2026-08-20 12:34:23</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486900</id><title>Suspenden a una docente por hablar en alto de forma despectiva y desvelar a familias datos personales de otros alumnos</title><content>El proceso se inici&#xF3; en marzo de 2024, cuando la madre de un alumno de 4&#xBA; de Primaria present&#xF3; una denuncia contra la docente, en la que afirmaba que hab&#xED;a cometido malos tratos verbales repetidos hacia su hijo y mala praxis. Posteriormente, se recibi&#xF3; otra denuncia.&#xD;
&#xD;
La apertura del expediente disciplinario resolvi&#xF3; la imposici&#xF3;n de las sanciones de suspensi&#xF3;n, de 8 meses, 1 mes, 15 d&#xED;as y 5 d&#xED;as, por tres infracciones graves y una leve. En la resoluci&#xF3;n se detalla que la profesora no mantiene el orden en el aula ni el clima de convivencia, que no eval&#xFA;a a los alumnos de forma objetiva, que no registra los seguimientos de los programas did&#xE1;cticos, que no aplica medidas de atenci&#xF3;n a la diversidad o que no sigue la programaci&#xF3;n did&#xE1;ctica.&#xD;
&#xD;
Igualmente, refleja que incurre en negligencia al expulsar a alumnos fuera del aula sin la supervisi&#xF3;n de un adulto, al hablar en alto de forma despectiva y haciendo valoraciones de cuestiones privadas, o al desvelar a familias de alumnos datos personales de otros estudiantes.&#xD;
&#xD;
La sanci&#xF3;n fue recurrida por la profesora, pero un juzgado de lo contencioso administrativo de Ferrol desestim&#xF3; sus pretensiones, por lo que recurri&#xF3; al TSXG. El alto tribunal gallego ha confirmado en una sentencia del pasado mes de junio las sanciones, aunque ha estimado parcialmente el recurso, &#xFA;nicamente en lo que respecta a las costas de primera instancia.</content><description>El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia en la que confirma las sanciones impuestas a una profesora de primaria (y que suman casi 10 meses de suspensi&#xF3;n), por varias infracciones graves y una leve, entre ellas, hacer valoraciones despectivas, falta de rendimiento, actuar con negligencia o divulgar cuestiones privadas.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2663966251-1-p486900-m1518635-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Suspenden a una docente por hablar en alto de forma despectiva y desvelar a familias datos personales de otros alumnos</title><link>https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2663966251-1-p486900-m1518635-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</url><link>https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/suspenden-a-una-docente-por-hablar-en-alto-de-forma-despectiva-y-desvelar-a-familias-datos-personales-de-otros-alumnos</guid><date_added>2026-08-20 12:00:23</date_added><pubDate>2026-08-20 12:00:23</pubDate><categories><category><id>administrativo</id><name>Administrativo</name><idPro>1</idPro></category></categories><allCategories>Administrativo</allCategories></item><item><id>486864</id><title>Prisi&#xF3;n para una pareja por estafar m&#xE1;s de 70.000 euros a un octogenario</title><content>La Audiencia alavesa consider&#xF3; a los dos acusados autores de un delito de estafa y adem&#xE1;s de la pena de prisi&#xF3;n les impuso una multa de 1.900 euros y la obligaci&#xF3;n de indemnizar conjunta y solidariamente a la v&#xED;ctima con 72.215 euros.&#xD;
&#xD;
En los hechos declarados probados se indica que el hombre conoci&#xF3; a la acusada en 2021 cuando esta le pidi&#xF3; dos euros para comer, y que desde entonces y hasta 2023 se entabl&#xF3; entre ambos una &#x201C;cierta relaci&#xF3;n de amistad&#x201D; durante la cual el octogenario fue atendiendo las sucesivas peticiones de dinero que ella le hac&#xED;a, confiando en su promesa de que se lo devolver&#xED;a.&#xD;
&#xD;
La resoluci&#xF3;n de la Audiencia de &#xC1;lava tambi&#xE9;n declar&#xF3; probado que el hombre cedi&#xF3; su tarjeta a la acusada y que esta realiz&#xF3; compras y extracciones de manera conjunta y coordinada con su pareja.&#xD;
&#xD;
Tras la sentencia ambos recurrieron ante el TSJPV alegando, entre otras cuestiones, vulneraci&#xF3;n del derecho a la presunci&#xF3;n de inocencia, manteniendo que no hubo enga&#xF1;o, algo que el Superior vasco rechaza sobre la base de lo probado en la sentencia de la Audiencia.&#xD;
Recurso del Ministerio Fiscal&#xD;
La Fiscal&#xED;a tambi&#xE9;n recurri&#xF3; la sentencia y solicit&#xF3; que la pena se elevara a seis a&#xF1;os de prisi&#xF3;n, al estimar que concurr&#xED;an las agravantes de especial gravedad de los hechos, por haber dejado a la v&#xED;ctima en una situaci&#xF3;n econ&#xF3;mica especialmente precaria; y de abuso de confianza, dada la edad del perjudicado y la relaci&#xF3;n de confianza generada entre ambos.&#xD;
&#xD;
El TSJPV recuerda que, en el marco del recurso planteado, no procede modificar los hechos declarados probados por la Audiencia de &#xC1;lava y a&#xF1;ade que, si la Fiscal&#xED;a pretend&#xED;a una modificaci&#xF3;n de estos debi&#xF3; instar la nulidad de la sentencia.&#xD;
&#xD;
Esta resoluci&#xF3;n no es firme y puede ser recurrida en casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.</content><description>La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del Pa&#xED;s Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena de dos a&#xF1;os y medio de prisi&#xF3;n impuesta por la Audiencia de &#xC1;lava a una pareja por estafar m&#xE1;s de 70.000 euros a un octogenario.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2746941081-1-p486864-m1518508-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Prisi&#xF3;n para una pareja por estafar m&#xE1;s de 70.000 euros a un octogenario</title><link>https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2746941081-1-p486864-m1518508-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</url><link>https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/prision-para-una-pareja-por-estafar-mas-de-70-000-euros-a-un-octogenario</guid><date_added>2026-08-19 10:40:43</date_added><pubDate>2026-08-19 10:40:43</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486863</id><title>Juicio a Meta sobre redes sociales y menores</title><content>Meta, matriz de Facebook e Instagram, afronta en un tribunal federal de Oakland (California) la demanda conjunta de 29 estados, un proceso que la Fiscal&#xED;a General de California pudo sacar adelante despu&#xE9;s de que el tribunal rechazara el &#xFA;ltimo recurso de la compa&#xF1;&#xED;a para frenarlo.&#xD;
&#xD;
La propia Meta calcula que su exposici&#xF3;n alcanzar&#xED;a los 1,4 billones de d&#xF3;lares, aunque los estados no han revelado cu&#xE1;nto reclamar&#xE1;n. La compa&#xF1;&#xED;a califica esta cifra, que casi alcanza su valor de mercado total, de "descabellada" y sin precedentes.&#xD;
&#xD;
Esa cifra resulta de acumular las sanciones legales previstas por las infracciones de protecci&#xF3;n al consumidor y privacidad, un m&#xE9;todo que, seg&#xFA;n Meta, cuenta a los mismos adolescentes muchas veces.&#xD;
&#xD;
Se espera que el juicio tenga una duraci&#xF3;n aproximada de siete semanas. El fallo de la jueza Yvonne Gonzalez Rogers (la misma que lleva el caso de Elon Musk contra OpenAI) ser&#xE1; probablemente en octubre.&#xD;
&#xD;
La demanda acusa a Meta de dise&#xF1;ar a sabiendas funciones para mantener a los usuarios j&#xF3;venes haciendo 'scrolling' (desplaz&#xE1;ndose por la pantalla) de una forma infinita, ya sea a trav&#xE9;s de publicaciones o notificaciones.&#xD;
&#xD;
De hecho, sostiene que Meta recopil&#xF3; datos de ni&#xF1;os menores de 13 a&#xF1;os, infringiendo la ley federal de privacidad, y asegur&#xF3; a los padres que sus aplicaciones eran seguras mientras investigaciones propias indicaban justamente lo contrario.&#xD;
&#xD;
La defensa de Meta se basa en que la "adicci&#xF3;n a las redes sociales" no es un diagn&#xF3;stico psiqui&#xE1;trico reconocido, lo que debilita la acusaci&#xF3;n seg&#xFA;n la tecnol&#xF3;gica. En el juicio se espera que declaren el CEO de Meta, Mark Zuckerberg, y el jefe de Instagram, Adam Mosseri.&#xD;
&#xD;
Adem&#xE1;s de la amenaza que supone la cifra de 1,4 billones de d&#xF3;lares, a Meta le resultar&#xED;a un varapalo, seg&#xFA;n el medio especializado The Next Web, que tenga que aplicar las medidas de redise&#xF1;o que piden los estados, como restricciones por edad, l&#xED;mites de tiempo estrictos para menores, fin del scroll infinito y las notificaciones constantes, entre otras modificaciones a la experiencia propia de sus aplicaciones.&#xD;
&#xD;
Este juicio parte de una acusaci&#xF3;n similar a la que Meta ya afront&#xF3; en Nuevo M&#xE9;xico, seg&#xFA;n la CNN, y que deriv&#xF3; en una orden de 567 millones de d&#xF3;lares, aunque la diferencia ahora es que se enfrenta a 29 estados a la vez.&#xD;
&#xD;
Justamente Instagram, propiedad de Meta, lanz&#xF3; el pasado abril las nuevas protecciones de contenido para cuentas de adolescentes. Cabe recordar que Meta compr&#xF3; Instagram en abril de 2012 por unos 1.000 millones de d&#xF3;lares.</content><description>Meta se enfrenta a un juicio contra una coalici&#xF3;n de 29 estados estadounidenses que la acusan de haber manipulado deliberadamente Facebook e Instagram para volver adictos a los ni&#xF1;os.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2518209177-1-p486863-m1518489-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Juicio a Meta sobre redes sociales y menores</title><link>https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2518209177-1-p486863-m1518489-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</url><link>https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/juicio-a-meta-sobre-redes-sociales-y-menores</guid><date_added>2026-08-19 10:20:31</date_added><pubDate>2026-08-19 10:20:31</pubDate><categories><category><id>derecho-tic</id><name>Derecho TIC</name><idPro/></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Derecho TIC,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486831</id><title>El cambio de sexo no tiene efecto retroactivo para anular una condena previa por violencia machista</title><content>En una sentencia recogida por Europa Press, los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo sientan jurisprudencia a partir de una resoluci&#xF3;n por un caso de violencia de g&#xE9;nero ocurrido en abril de 2022 en Castell&#xF3;n, que fue recurrida por la persona que fue condenada.&#xD;
&#xD;
La sentencia recurrida ante el Supremo, que fue dictada por un juzgado de lo penal de Castell&#xF3;n y posteriormente ratificada por la Audiencia Provincial, consider&#xF3; probado que el 20 de abril de 2022, el acusado acudi&#xF3; a las inmediaciones del domicilio de su expareja sentimental para ejercer el derecho de visitas con la hija de 8 a&#xF1;os que ambos ten&#xED;an en com&#xFA;n.&#xD;
&#xD;
El relato de hechos a&#xF1;ade que, en un ambiente tenso, el hombre cogi&#xF3; fuertemente del brazo a su hija con la intenci&#xF3;n de hacerle da&#xF1;o. Seguidamente, el var&#xF3;n le dio a la madre un pu&#xF1;etazo en la cintura, as&#xED; como varios golpes y ara&#xF1;azos en el cuello, cuando &#xE9;sta acudi&#xF3; en auxilio de la ni&#xF1;a.&#xD;
18 meses de prisi&#xF3;n por violencia machista y dom&#xE9;stica&#xD;
Por estos hechos, el hombre fue condenado a nueve meses de prisi&#xF3;n por un delito de violencia de g&#xE9;nero sobre su expareja, y a la misma pena por un delito de violencia dom&#xE9;stica sobre su hija.&#xD;
&#xD;
En su recurso ante el Supremo contra la sentencia, el acusado, que se hab&#xED;a cambiado de sexo en 2023, aleg&#xF3; que era una mujer y no un hombre, por lo que no pod&#xED;a ser condenado por el delito de violencia de g&#xE9;nero sobre su expareja.&#xD;
&#xD;
Ahora, los magistrados contestan que no puede aplicarse el cambio de sexo para neutralizar una condena por un delito de violencia de g&#xE9;nero cuando los hechos, como fue el caso, hayan ocurrido cuando el autor del delito era var&#xF3;n, ya que el cambio de sexo no tiene efectos retroactivos.&#xD;
&#xD;
El tribunal remarca que los hechos enjuiciados ocurrieron el 20 de abril de 2022, y el auto de cambio de sexo del Registro Civil de Castell&#xF3;n es del 1 de junio de 2023. En &#xE9;l se recoge que el expediente comienza con una comparecencia del interesado llevada a cabo el 24 de abril de 2023, seg&#xFA;n la resoluci&#xF3;n.&#xD;
Condenado como hombre&#xD;
La sentencia indica que el recurrente fue condenado como hombre y autor de un delito de violencia sobre la mujer, que era su expareja sentimental, por lo que el cambio de registro de sexo "no podr&#xED;a desplegar efectos retroactivos a hechos anteriores que fueron realizados, juzgados y sentenciados siendo el recurrente un hombre a todos los efectos jur&#xED;dicos y legales".&#xD;
&#xD;
Por otro lado, la sentencia indica que el cambio de registro de sexo realizado con car&#xE1;cter previo al delito no puede servir para neutralizar una condena por violencia de g&#xE9;nero si se prueba que se llev&#xF3; a efecto con la intencionalidad de defraudar la ley.&#xD;
&#xD;
El tribunal indica que el mero cambio registral no implica autom&#xE1;ticamente fraude, y que la prueba de que se ha hecho con intenci&#xF3;n de fraude de ley debe ser plena y sin lugar a duda alguna, determinaci&#xF3;n que corresponde a los tribunales y debe basarse en las circunstancias concretas del caso.&#xD;
&#xD;
El alto tribunal rechaza tambi&#xE9;n que la sentencia condenatoria vulnerara la presunci&#xF3;n de inocencia del acusado. Asimismo, tambi&#xE9;n desestima el recurso planteado por una mujer que le acompa&#xF1;aba en el momento de los hechos, que qued&#xF3; probado que tir&#xF3; del pelo de la expareja del acusado y que intent&#xF3; coger a la hija, y que fue condenada al pago de una multa por delito leve de lesiones.</content><description>El Tribunal Supremo ha dejado claro que el cambio de sexo no tiene efectos retroactivos que permitan anular una condena previa por violencia machista, en el supuesto de que los hechos hayan ocurrido cuando el autor del delito era hombre.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20110624_0010_1-p486831-m1518413-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El cambio de sexo no tiene efecto retroactivo para anular una condena previa por violencia machista</title><link>https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/Tribunal-Supremo_EDEIMA20110624_0010_1-p486831-m1518413-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</url><link>https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-supremo-fija-que-el-cambio-de-sexo-no-tiene-efecto-retroactivo-para-anular-una-condena-previa-por-violencia-machista</guid><date_added>2026-08-18 13:50:24</date_added><pubDate>2026-08-18 13:50:24</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486782</id><title>Jubilaci&#xF3;n anticipada para trabajadores con discapacidad igual o superior al 45%</title><content>El Consejo de Ministros aprob&#xF3; el 16 de mayo de 2023 un real decreto que&#xA0;mejora el acceso a la jubilaci&#xF3;n anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45%. Para este colectivo se reducen los a&#xF1;os de cotizaci&#xF3;n exigidos de 15 a 5 desde el diagn&#xF3;stico de la discapacidad.&#xD;
&#xD;
Otra novedad es que las personas que tengan m&#xE1;s de una patolog&#xED;a discapacitante podr&#xE1;n optar a la jubilaci&#xF3;n anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad.&#xD;
Beneficiarios de la medida&#xD;
Los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia incluidos en cualquiera de los reg&#xED;menes que integran el sistema de la Seguridad Social que acrediten:&#xD;
&#xD;
&#xD;
 	Estar de alta o en situaci&#xF3;n asimilada a la de alta.&#xD;
 	Que a lo largo de su vida laboral haya trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al per&#xED;odo m&#xED;nimo de cotizaci&#xF3;n que se exige para poder acceder a la pensi&#xF3;n de jubilaci&#xF3;n estando afectado por alguna de las patolog&#xED;as generadoras de discapacidad y, dentro de ese per&#xED;odo, durante al menos cinco a&#xF1;os, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.&#xD;
&#xD;
Acreditar la discapacidad&#xD;
&#xD;
 	Mediante un informe m&#xE9;dico que indique la fecha en que se ha iniciado o se ha manifestado la patolog&#xED;a, ya sea esta la fecha de nacimiento o una posterior.&#xD;
 	La acreditaci&#xF3;n de que la discapacidad ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco a&#xF1;os tiene que efectuarse mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o del &#xF3;rgano correspondiente de cada comunidad aut&#xF3;noma. Debe indicar la fecha en la que se ha iniciado o manifestado la discapacidad.&#xD;
&#xD;
Valoraci&#xF3;n del grado de discapacidad del 45%&#xD;
Mediante certificados que acrediten estas condiciones:&#xD;
&#xD;
&#xD;
 	Que de la suma de los porcentajes de discapacidad alcanzados en las diferentes dolencias que figuren en el certificado, as&#xED; como del porcentaje correspondiente a los "baremos complementarios", de ser el caso, resulte un porcentaje de discapacidad total igual o superior al 45%.&#xD;
 	.Que al menos una de las dolencias reflejadas en el certificado de discapacidad aparezca en el listado de patolog&#xED;as y suponga como m&#xED;nimo el 33% del total del grado de discapacidad acreditado.&#xD;
&#xD;
Listado de patolog&#xED;as generadoras de discapacidad&#xD;
El listado se actualiz&#xF3; mediante el&#xA0;Real Decreto que el Consejo de Ministros aprob&#xF3; el 28 de julio de 2026, con nuevas patolog&#xED;as que pueden dar lugar a la reducci&#xF3;n de la edad de jubilaci&#xF3;n de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45%.&#xD;
Edad m&#xED;nima de jubilaci&#xF3;n de las personas con un 45% de discapacidad&#xD;
La edad m&#xED;nima de jubilaci&#xF3;n de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45%, por una discapacidad de las enumeradas en el listado ser&#xE1;, excepcionalmente, la de 56 a&#xF1;os. Si el trabajador tiene una discapacidad igual o superior al 65% podr&#xED;a jubilarse a partir de los 52 a&#xF1;os.&#xD;
&#xD;
&#xBF;Es posible jubilarse anticipadamente con un 33% de discapacidad?&#xD;
No. Los trabajadores que acrediten un grado de discapacidad por debajo del 45% acceder&#xE1;n a la jubilaci&#xF3;n en la edad ordinaria fijada para cada caso.</content><description>Los trabajadores que tengan una discapacidad igual o superior al 45% y hayan cotizado cinco a&#xF1;os con la discapacidad reconocida pueden optar a la jubilaci&#xF3;n anticipada.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2765641559-1-p486782-m1518243-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Jubilaci&#xF3;n anticipada para trabajadores con discapacidad igual o superior al 45%</title><link>https://elderecho.com/jubilacion-anticipada-para-trabajadores-con-discapacidad-igual-o-superior-al-45</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2765641559-1-p486782-m1518243-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/jubilacion-anticipada-para-trabajadores-con-discapacidad-igual-o-superior-al-45</url><link>https://elderecho.com/jubilacion-anticipada-para-trabajadores-con-discapacidad-igual-o-superior-al-45</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/jubilacion-anticipada-para-trabajadores-con-discapacidad-igual-o-superior-al-45</guid><date_added>2026-08-18 13:00:37</date_added><pubDate>2026-08-18 13:00:37</pubDate><categories><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Social</allCategories></item><item><id>486830</id><title>El CGPJ pide reforzar la Secci&#xF3;n Civil y de Instrucci&#xF3;n del Tribunal de Instancia de Ceuta para hacer frente a la crisis migratoria</title><content>En una nota tras la reuni&#xF3;n de la Comisi&#xF3;n Permanente del CGPJ, el &#xF3;rgano de gobierno de los jueces expresa la necesidad del mencionado refuerzo y traslada que lo ha puesto en conocimiento del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&#xED;a, Ceuta y Melilla y del presidente del Tribunal de Instancia de Ceuta para que formulen la solicitud.&#xD;
&#xD;
Asimismo, y teniendo en cuenta el contexto actual, la comisi&#xF3;n ha acordado aplazar el cese de un juez con expectativa de cambio de lugar que se encuentra destinado como apoyo en la plaza con competencia en materia de violencia sobre la mujer.&#xD;
&#xD;
El CGPJ ha tomado conocimiento de un informe que hab&#xED;a solicitado el pasado 5 de agosto sobre la situaci&#xF3;n actual de la secci&#xF3;n civil y de instrucci&#xF3;n del tribunal ceut&#xED; "a la vista de la crisis migratoria ocurrida".&#xD;
La Secci&#xF3;n Civil y de Instrucci&#xF3;n, afectadas&#xD;
"El informe advierte de que lo sucedido esos d&#xED;as ha afectado de manera extraordinaria al desarrollo del servicio p&#xFA;blico de justicia, especialmente a la secci&#xF3;n civil y de instrucci&#xF3;n del Tribunal de Instancia y, particularmente, a la prestaci&#xF3;n del servicio de guardia", se&#xF1;ala el CGPJ.&#xD;
&#xD;
Seg&#xFA;n datos del informe recogidos por el &#xF3;rgano de gobierno de los jueces, entre el 30 de julio y el 5 de agosto se han incoado 96 diligencias previas por fallecimiento, 23 diligencias previas derivadas de personas detenidas y puestas a disposici&#xF3;n judicial y 15 diligencias urgentes por hechos acontecidos durante esos d&#xED;as. En la semana del 5 al 11 de agosto se han recibido otros 72 atestados con detenidos o citados, a&#xF1;ade.&#xD;
&#xD;
El CGPJ indica que aunque el tribunal superior de justicia y otras autoridades ya adoptan "medidas efectivas para la continuidad del servicio", tales como la incorporaci&#xF3;n de magistrados al turno de guardia, el informe subraya que la prolongaci&#xF3;n de la crisis "requiere la adopci&#xF3;n de medidas de mayor duraci&#xF3;n y estabilidad", tales como comisiones de servicio "con o sin relevaci&#xF3;n de funciones", en el caso de magistrados o funcionarios.&#xD;
&#xD;
El informe destaca la situaci&#xF3;n del Tribunal de Instancia de Ceuta con competencia en materia de violencia sobre la mujer "debido al incremento de la carga de trabajo recibida como consecuencia de la crisis migratoria, especialmente de asuntos relativos a presuntas agresiones sexuales, y ante el pr&#xF3;ximo cese del juez en expectativa de destino que presta servicios de refuerzo", seg&#xFA;n la nota.&#xD;
M&#xE1;s personal experimentado&#xD;
El &#xF3;rgano de gobierno de los jueces tambi&#xE9;n traslada la "necesidad" de "incrementar" el "personal experimentado" en los juzgados de manera temporal, tanto de funcionarios como de un letrado de la administraci&#xF3;n de la justicia, "hasta la superaci&#xF3;n de la crisis". En concreto, el refuerzo ser&#xED;a de un gestor, dos tramitadores y un auxilio judicial.&#xD;
&#xD;
El CGPJ indica que ha trasladado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes la necesidad de "incorporar dos int&#xE9;rpretes y un servicio urgente de tasaci&#xF3;n pericial para el servicio de guardia".&#xD;
&#xD;
Adem&#xE1;s, se&#xF1;ala que el vocal Jos&#xE9; Antonio Montero visitar&#xE1; los &#xF3;rganos judiciales ceut&#xED;es para analizar la situaci&#xF3;n sobre el terreno.</content><description>El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) considera "necesario" que se refuerce el turno de guardia en los juzgados de instrucci&#xF3;n de Ceuta y los juzgados de violencia sobre la mujer para la tramitaci&#xF3;n de casos por presuntos delitos sexuales, todo ello con el objetivo de "hacer frente a la crisis migratoria" que enfrenta la ciudad aut&#xF3;noma tras la entrada masiva de personas procedentes de Marruecos del pasado 30 y 31 de julio.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/CGPJ_EDEIMA20101222_0002_1-p486830-m1518378-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>El CGPJ pide reforzar la Secci&#xF3;n Civil y de Instrucci&#xF3;n del Tribunal de Instancia de Ceuta para hacer frente a la crisis migratoria</title><link>https://elderecho.com/el-cgpj-pide-reforzar-la-seccion-civil-y-de-instruccion-del-tribunal-de-instancia-de-ceuta-para-hacer-frente-a-la-crisis-migratoria</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2018/04/CGPJ_EDEIMA20101222_0002_1-p486830-m1518378-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/el-cgpj-pide-reforzar-la-seccion-civil-y-de-instruccion-del-tribunal-de-instancia-de-ceuta-para-hacer-frente-a-la-crisis-migratoria</url><link>https://elderecho.com/el-cgpj-pide-reforzar-la-seccion-civil-y-de-instruccion-del-tribunal-de-instancia-de-ceuta-para-hacer-frente-a-la-crisis-migratoria</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/el-cgpj-pide-reforzar-la-seccion-civil-y-de-instruccion-del-tribunal-de-instancia-de-ceuta-para-hacer-frente-a-la-crisis-migratoria</guid><date_added>2026-08-18 12:59:22</date_added><pubDate>2026-08-18 12:59:22</pubDate><categories><category><id>penal</id><name>Penal</name><idPro>9</idPro></category><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category></categories><allCategories>Penal,Sector jur&#xED;dico</allCategories></item><item><id>486783</id><title>Situaci&#xF3;n de gran invalidez a higienista dental por precisar de ayuda &#x201C;para los actos m&#xE1;s esenciales de la vida&#x201D;</title><content>La afectada sufre secuelas a ra&#xED;z de una operaci&#xF3;n, padeciendo disfagia persistente, desnutrici&#xF3;n severa, limitaci&#xF3;n de la movilidad cervical y de miembros superiores asociada a dolor, inestabilidad en la marcha y trastorno mixto ansioso-depresivo, precisando de supervisi&#xF3;n y ayuda para el ba&#xF1;o, vestido, uso del ba&#xF1;o y movilidad, as&#xED; como ayuda para ir de compras, cocinar, lavado de ropa, tareas del hogar y utilizaci&#xF3;n de medios de transporte.&#xD;
&#xD;
A pesar de que el 3 de noviembre de 2023 se le otorg&#xF3; la incapacidad permanente absoluta con una base reguladora de 3.401,23 euros, un juzgado de lo Social le reconoci&#xF3; el grado de gran invalidez por enfermedad com&#xFA;n, fijando su retribuci&#xF3;n con la misma base reguladora adem&#xE1;s de un complemento de 1.788,03 euros. El INSS y la Tesorer&#xED;a General de la Seguridad Social anunciaron recurso de suplicaci&#xF3;n.&#xD;
&#xD;
La Sala desestima el recurso y confirma la sentencia anterior porque, tal como establece la ley, la demandante se encuentra en situaci&#xF3;n de gran invalidez: necesita la asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida (como vestirse, desplazarse, asearse o comer) y ayuda externa para las tareas dom&#xE9;sticas y de movilidad. Adem&#xE1;s, explica que los argumentos sobre el informe forense no pueden tenerse en cuenta en esta instancia, ya que no se solicit&#xF3; la revisi&#xF3;n de los hechos probados establecidos por el juez mediante la valoraci&#xF3;n de todas las pruebas.&#xD;
&#xD;
La sentencia no es firme y cabe recurso de casaci&#xF3;n ante el Tribunal Supremo.&#xD;
&#xD;
TSJ de Madrid. Sala de lo Social. Sentencia n&#xBA; 534/2026 de 18 de junio de 2026.</content><description>El TSJ de Madrid ha avalado mantener la situaci&#xF3;n de gran invalidez concedida a una higienista dental por sus graves secuelas f&#xED;sicas y psicol&#xF3;gicas tras una operaci&#xF3;n que le impiden realizar las actividades b&#xE1;sicas de la vida diaria y precisan de la ayuda de terceras personas.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2476888627-1-p486783-m1518261-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>Situaci&#xF3;n de gran invalidez a higienista dental por precisar de ayuda &#x201C;para los actos m&#xE1;s esenciales de la vida&#x201D;</title><link>https://elderecho.com/situacion-de-gran-invalidez-a-higienista-dental-por-precisar-de-ayuda-para-los-actos-mas-esenciales-de-la-vida</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2476888627-1-p486783-m1518261-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/situacion-de-gran-invalidez-a-higienista-dental-por-precisar-de-ayuda-para-los-actos-mas-esenciales-de-la-vida</url><link>https://elderecho.com/situacion-de-gran-invalidez-a-higienista-dental-por-precisar-de-ayuda-para-los-actos-mas-esenciales-de-la-vida</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/situacion-de-gran-invalidez-a-higienista-dental-por-precisar-de-ayuda-para-los-actos-mas-esenciales-de-la-vida</guid><date_added>2026-08-18 10:58:52</date_added><pubDate>2026-08-18 10:58:52</pubDate><categories><category><id>sector-juridico</id><name>Sector jur&#xED;dico</name><idPro/></category><category><id>social</id><name>Social</name><idPro>13</idPro></category></categories><allCategories>Sector jur&#xED;dico,Social</allCategories></item><item><id>486781</id><title>La creaci&#xF3;n de empresas en la UE retrocedi&#xF3; en el segundo trimestre, mientras que aumentaron las quiebras</title><content>Entre los 21 pa&#xED;ses del euro, las quiebras de empresas aumentaron entre abril y junio un 6,9% respecto del primer trimestre, cuando hab&#xED;an bajado un 2,3%. En el caso de las empresas registradas, se observ&#xF3; una ca&#xED;da trimestral del 0,1%, despu&#xE9;s del -1,3% de los tres primeros meses de 2026.&#xD;
&#xD;
Seg&#xFA;n la oficina estad&#xED;stica comunitaria, entre abril y junio, las inscripciones de empresas disminuyeron en 5 de los 8 sectores de la econom&#xED;a. En concreto, la industria registr&#xF3; la mayor ca&#xED;da (-3,6%), seguida de los servicios de alojamiento y alimentaci&#xF3;n (-3,4%) y los servicios sociales y educativos (-3,2%).&#xD;
&#xD;
De su lado, el registro de empresas aument&#xF3; notablemente en el sector de la informaci&#xF3;n y las comunicaciones (+8,8%) y tambi&#xE9;n se registr&#xF3; un incremento en el sector de la construcci&#xF3;n (+1%), mientras que los servicios financieros se mantuvieron estables.&#xD;
&#xD;
En cuando a las quiebras, estas aumentaron en 5 de los 8 sectores. Los mayores incrementos correspondieron a educaci&#xF3;n y actividades sociales (+21,1%), transporte (+11,4%) y servicios financieros (+6,8%), mientras que se observaron descensos en alojamiento y servicios de alimentaci&#xF3;n (-2,6%), construcci&#xF3;n (-1,7%) y comercio (-1,2%).&#xD;
&#xD;
Entre los Veintisiete, Malta (-50%), Chipre (-41,7%) y Eslovaquia (-33,5%) registraron las mayores ca&#xED;das en las quiebras de empresas, mientras que los aumentos m&#xE1;s significativos se observaron en Estonia (+31,8%), Grecia (+31,6%) y Croacia (+20,5%).&#xD;
&#xD;
En el caso de la creaci&#xF3;n de empresas, Irlanda (+20,4%) lider&#xF3; el registro de sociedades, por delante de B&#xE9;lgica (+8,2%) y Suecia (+7,6%). En el extremo opuesto, Luxemburgo sufri&#xF3; la mayor ca&#xED;da del registro de empresas en el segundo trimestre (-24,2%), as&#xED; como Lituania (-12,4%) y Dinamarca (-8,2%).&#xD;
&#xD;
En el caso de Espa&#xF1;a, el registro de empresas en el segundo trimestre retrocedi&#xF3; un 5,8%, tras caer un 6,5% en el primer trimestre de 2026. Asimismo, el n&#xFA;mero de quiebras de empresas aument&#xF3; un 2%, despu&#xE9;s de retroceder un 5,2% entre enero y marzo.</content><description>El n&#xFA;mero de empresas declaradas en quiebra en la Uni&#xF3;n Europea (UE) experiment&#xF3; en el segundo trimestre un incremento del 5,7% respecto de los tres meses anteriores, cuando hab&#xED;an ca&#xED;do un 2,4%, mientras que las empresas registradas disminuyeron un 0,5% trimestral, seg&#xFA;n los datos publicados por Eurostat.</description><image><url>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2745619155-1-p486781-m1518223-768x334_w100.jpg?no_webp=1</url><title>La creaci&#xF3;n de empresas en la UE retrocedi&#xF3; en el segundo trimestre, mientras que aumentaron las quiebras</title><link>https://elderecho.com/la-creacion-de-empresas-en-la-ue-retrocedio-en-el-segundo-trimestre-mientras-que-aumentaron-las-quiebras</link></image><urlImage>https://elderecho.com/wp-content/uploads/2026/08/shutterstock_2745619155-1-p486781-m1518223-768x334_w100.jpg?no_webp=1</urlImage><url>https://elderecho.com/la-creacion-de-empresas-en-la-ue-retrocedio-en-el-segundo-trimestre-mientras-que-aumentaron-las-quiebras</url><link>https://elderecho.com/la-creacion-de-empresas-en-la-ue-retrocedio-en-el-segundo-trimestre-mientras-que-aumentaron-las-quiebras</link><guid isPermaLink="true">https://elderecho.com/la-creacion-de-empresas-en-la-ue-retrocedio-en-el-segundo-trimestre-mientras-que-aumentaron-las-quiebras</guid><date_added>2026-08-18 10:40:26</date_added><pubDate>2026-08-18 10:40:26</pubDate><categories><category><id>mercantil</id><name>Mercantil</name><idPro>8</idPro></category></categories><allCategories>Mercantil</allCategories></item></channel></rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/?utm_source=w3tc&utm_medium=footer_comment&utm_campaign=free_plugin

Object Caching 86/86 objects using Redis
Page Caching using Redis (Page is feed) 

Served from: elderecho.com @ 2026-08-20 18:41:19 by W3 Total Cache
-->