La venta de un reproductor multimedia en el que se han preinstalado extensiones que contienen enlaces a páginas web de terceros donde se ponen a disposición del público obras audiovisuales protegidas sin la autorización de los titulares constituye un acto de comunicación al público no amparado por ningún límite. Sentencia del Tribunal de Justicia de 26 de abril de 2017, Filmspeler (C-527/15).
Patricia MariscalDerechos de Autor
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