La sede judicial (https://sedejudicial.justicia.es/) será un espacio dinámico en continua mejora, que antes de final de año incorporará nuevas funcionalidades para profesionales y usuarios (avisos SMS para notificaciones de señalamientos, solicitud de copias electrónicas de documentación de los procedimientos, etc.). Para garantizar la seguridad y confidencialidad de la información, el primer acceso a la sede deberá realizarse siempre mediante certificado electrónico.
Con la puesta en funcionamiento de la sede judicial electrónica, el Ministerio de Justicia cumple con el mandato de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, que estableció las bases para que los órganos judiciales dispusieran de los cauces de comunicación electrónica con los ciudadanos que son ya de uso generalizado tanto en otras Administraciones Públicas como en la sociedad civil.
Cada Administración competente en materia de Justicia debe desarrollar las sedes electrónicas de los órganos judiciales del ámbito de su competencia. Para el cumplimiento de este compromiso, el Ministerio de Justicia aprobó la Orden JUS/1126/2015, de 10 de junio, por la que se crea la sede judicial electrónica de su ámbito territorial, es decir, el correspondiente a los juzgados y tribunales de las comunidades autónomas de Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Islas Baleares y Región de Murcia, a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y a los órganos centrales de competencia estatal (Tribunal Supremo y Audiencia Nacional).
A medio plazo, todas las sedes judiciales electrónicas dependientes de otras Administraciones Públicas serán accesibles desde la sede del Ministerio de Justicia, a través del Punto de Acceso General de la Administración de Justicia.