
La sala segunda del Tribunal Constitucional ha apreciado la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de varios trabajadores a los que no se les permitió cuestionar las causas justificativas de un despido colectivo.
En concreto, el Constitucional ha estimado el recurso de amparo que fue interpuesto por varios trabajadores contra una sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo que dijo que cuando se alcanza un acuerdo entre el empresario y los sindicatos en el ámbito de un expediente de regulación de empleo (ERE), en los procesos en los que los trabajadores afectados impugnen la decisión extintiva individualizada no cabe cuestionar la concurrencia y justificación de las causas que motivaron el despido colectivo.
Entre las causas recogidas en la sentencia del Supremo, se dice que no hay una regulación expresa que habilite estas impugnaciones y se considera que la falta de regulación determina la imposibilidad de discutir en los procesos individuales la concurrencia de las causas del despido cuando se haya alcanzado un acuerdo con los sindicatos.
Sin embargo, la Sala Segundo del Tribunal Constitucional sí que se resuelve que en supuestos de este tipo, en los que los representantes de los trabajadores no han impugnado la decisión empresarial a través del procedimiento colectivo previsto en la normativa procesal, el órgano judicial sí que puede resolver, en procedimientos individuales por despido, sobre la concurrencia de las causas invocadas para justificar la medida colectiva, aún habiendo acuerdo.
A diferencia de lo establecido respecto de otros aspectos de la vida laboral, como la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la suspensión de la relación laboral o el descuelgue de los convenios colectivos, supuestos en los que el acuerdo alcanzado con los sindicatos determina que se presuma la existencia de las causas justificativas de las medidas acordadas, cuando se trata del despido, el legislador no ha impedido expresamente la posibilidad de cuestionar esas causas en procesos individuales.
Así, el principio constitucional vinculado al derecho a la tutela judicial efectiva debe operar con mayor intensidad, ante la ausencia de un mandato legal que impida impugnar las causas justificativas del despido colectivo. De hecho, estima que lo resuelto por los órganos judiciales limita la efectividad de este derecho fundamental.

Memento Social 2025
- La obra mejor valorada en el ámbito jurídico, con toda la información laboral y de la Seguridad Social en un único volumen.
- Incluye el estudio de todas las novedades y reformas legislativas del último año, así como la jurisprudencia y doctrina más relevante con más de 37.500 citas.
- La suscripción al Memento Social incluye: . El servicio “Extras Mementos” con el que puedes consultar en cualquier momento si un número marginal del Memento ha sido modificado. . Un servicio de alerta vía e-mail con las novedades que se vayan produciendo cada semana.
- El Memento Social lo tienes disponible también en el siguiente Pack con un precio especial para que domines todas las modificaciones en materia Laboral y de Seguridad Social: Pack Memento Social + Memento Express Novedades Sociales

Curso Actualidad de la incapacidad temporal y permanente 2025 (2 sesiones webinar)
¿Estás realmente informados sobre la Incapacidad Temporal en todas sus facetas como situaciones protegidas, beneficiarios, prestaciones económicas, duración, etc.? ¿Sabes identificar las razones por las que se pueden perder o suspender la prestación? ¿Conoces las nuevas situaciones de Incapacidad Temporal? ¿Has adaptado tus procedimientos internos a los cambios en la gestión administrativa de las bajas por Incapacidad Temporal? ¿Reconocemos la situación de Incapacidad Permanente y las consecuencias de su reconocimiento?