SMI 2025

Trabajo y sindicatos firman el acuerdo de Sueldo Mínimo Interprofesional en 1.184 euros mensuales

Noticia

El acuerdo supone incrementar en 50 euros mensuales el Sueldo Mínimo Interprofesional 2024, con lo que se acumula una revalorización de cerca del 61% en este concepto desde 2018.

Foto SMI 2025_img

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha firmado junto con los secretarios generales de CC.OO., Unai Sordo; y de UGT, Pepe Álvarez; el Acuerdo para la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 2025. De esta manera, se fija el nuevo SMI en 16.576 euros brutos al año y 39,47 euros brutos al día, con carácter general.

Se arbitrarán campañas específicas para que los convenios colectivos no incluyan escalas salariales que no sean acordes al SMI, estableciendo medidas para garantizar que las personas trabajadoras dispongan de procedimientos ágiles y efectivos para garantizar el respeto al derecho a una remuneración equitativa y suficiente.

"Es el momento de convertir el crecimiento en progreso. Que las buenas cifras macro del PIB se noten en todos los hogares. Hoy damos un nuevo impulso para que una esperanza muy palpable llegue a todas las economías familiares", ha explicado la vicepresidenta segunda del Gobierno.

Más compromisos

Gobierno y organizaciones sindicales han acordado también abrir en el plazo máximo de dos meses una Mesa de Diálogo Social para la transposición de la Directiva (UE) 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea.

Esta mesa deberá abordar la Modernización y actualización de la normativa actual de Real Decreto de SMI, la compensación y absorción de determinados complementos en relación con el salario mínimo interprofesional y que se fije por ley el criterio de que el salario mínimo interprofesional sea como mínimo equivalente al 60 por ciento del salario medio.

También se estudiará que la nueva normativa legal incluya una disposición que establezca la obligación de actualizar automáticamente los salarios de los convenios colectivos que puedan verse afectados por el SMI y garantizar su retroactividad.

Además, se adecuarán las cuantías diarias por hora del SMI a la reducción de la jornada a 37,5 horas semanales en cómputo anual.

Por último, se acuerda que se estudiarán en el marco negociador medidas ágiles para garantizar que las personas trabajadoras cuenten con procedimientos efectivos para garantizar el respeto a una remuneración suficiente.


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