
En un auto firmado el miércoles y consultado por Europa Press, la Sala da dos días a la Generalitat "para que informen lo que estimen conveniente sobre la suspensión interesada" en el recurso de Fecasarm.
En otro auto firmado también el miércoles, la Sala se declaró competente para estudiar el asunto, después de recibir un informe de Fiscalía en el mismo sentido, ya que la medida en cuestión no se ha adoptado al amparo del estado de alarma sino de la Ley de salud pública.
El recurso de Fecasarm afecta al cierre de casinos, hoteles, bares y restaurantes, y estos últimos solo pueden servir a domicilio o para llevar.
El 16 de octubre se publicaron en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc) nuevas medidas de contención del coronavirus, y el mismo viernes la patronal de la restauración recurrió las que afectaban a la restauración y los casinos, aunque el TSJC descartó suspenderlas de forma cautelarísima.

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