Entrevista

"Las cuentas anuales de los partidos políticos deberían estar siempre auditadas"

Entrevista
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-¿Puede explicarnos de forma breve en qué consiste una auditoría de cuentas y su diferencia de los controles internos de control de calidad? ¿Qué aspectos contiene un informe de auditoría?

La auditoría de cuentas es una actividad que tiene por objeto la emisión de un informe que contenga una opinión técnica responsable sobre si las cuentas anuales objeto de examen expresan la "imagen fiel" del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad auditada. Este informe ha de ser emitido por un auditor de cuentas o sociedad de auditoría habilitado legalmente para ello.

Las entidades auditadas cuentan con un sistema de control interno, ya sea formal o informal, que tiene por objeto evitar que la información financiera contenida en las cuentas anuales contenga errores o irregularidades significativos. Entre los objetivos del auditor, se encuentra el estudio y evaluación de los sistemas de control interno de la entidad auditada con objeto de poder determinar el grado de fiabilidad que puede otorgar al mismo, y, por tanto, el alcance, la naturaleza y los procedimientos de auditoría a realizar para poder emitir una opinión.

El informe de auditoría de cuentas anuales debe contener información relativa al alcance del trabajo que realiza el auditor, a la responsabilidad que asume el auditor y la que asumen los administradores de la entidad auditada al formular las cuentas anuales objeto de examen, el marco normativo de información financiera que ha sido empleado en su formulación y los procedimientos de auditoría que el auditor ha aplicado para realizar su trabajo. También contendrá una opinión sobre si las cuentas anuales reflejan la imagen fiel, y, en su caso, una referencia al informe de gestión.

El informe de auditoría será firmado por el auditor que asume la responsabilidad y la fecha de su emisión, con objeto de delimitar claramente la responsabilidad del auditor.

-El papel de los auditores es vital en la medida en que incide directamente en hacer más fiable y transparente la información financiera de la propia empresa. Esto se hace extensible también a las administraciones públicas mediante el proyecto de ley de Transparencia, ¿qué le parece esta norma?

A finales de los año 80 se llevó a cabo una profunda reforma de la legislación mercantil española que entre otros aspectos, contemplaba la obligación para todas las entidades mercantiles de depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil para su libre acceso público a cualquier persona física o jurídica interesada.

Además, se reguló el contenido mínimo de la información financiera a incluir en la memoria integrante de las cuentas anuales y la obligación de que determinadas entidades, por razón de tamaño, sometan anualmente a auditoría sus cuentas anuales. Todo ello ha contribuido de forma decisiva a la apertura que ha experimentado la economía española en los últimos años y a la internacionalización de sus empresas en los últimos años, así como a consolidar la confianza de los inversores y de los agentes económicos en el tejido empresarial español.

En este sentido, la ley de Transparencia resulta esencial para que los ciudadanos recuperen la confianza perdida en las administraciones públicas y, sobre todo, en sus gestores, en la medida en que la información de las mismas sea de libre acceso público y se establezca la obligación de someter a auditoría pública y/o privada su información financiera.

-Una economía global requiere también unas normas de auditoría globales. Las nuevas Directivas sobre Contabilidad y Auditoría en proceso en la Unión Europea van encaminadas a la obligación de auditar a pymes. ¿Esto es un reflejo de la importancia del entramado empresarial pyme también en el ámbito europeo? ¿Las pymes están obligadas a tener auditorías?

La pequeña y mediana empresa juega un papel decisivo en España y en todos los países integrantes de la UE y las instituciones europeas no son insensibles a esta realidad. La legislación mercantil española exime de la obligación de auditar a las pequeñas y medianas empresas que no sobrepasen en el ejercicio de constitución o durante dos ejercicios consecutivos, dos de los siguientes límites: 2.850 mil euros de activo, 5.700 mil euros de cifra de negocio y o 1000 trabajadores.

-¿Es ahora más importante que nunca la necesidad de una auditoría interna independiente en partidos políticos? ¿Qué mecanismos garantizarían esa independencia en los informes?

Los partidos políticos no pueden ser ajenos a un sistema de supervisión de su información financiera y de su gestión, y, por tanto, sus cuentas anuales deberían someterse a una auditoría externa independiente pública y/o privada, tal y como lo hacen tantas entidades mercantiles, asociaciones y fundaciones. Para garantizar la independencia del auditor que efectuase este tipo de trabajo bastaría con aplicar los mismos requisitos de supervisión pública y rotación que se establecen para los auditores que realizan trabajados calificados como de interés público.

-Como autor de Memento Experto Informe de Auditoría, ¿puede indicarnos la estructura la obra y qué valor añadido ofrece al profesional auditor en cuanto a su contenido?

La obra sigue la misma estructura que las Normas Técnicas de Auditoría sobre informes e información comparativa, que son las que regulan la estructura y el contenido del informe de auditoría. Cada elemento del informe de auditoría cuenta con un capítulo propio con objeto de facilitar al profesional su consulta para resolver las dudas que le puedan surgir en su práctica profesional.

Contiene numerosos gráficos, aclaraciones, ejemplos, referencias a las consultas publicadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), y comparaciones con la Norma Técnica de Auditoría sobre informes a la que sustituyeron las citadas normas y a las normas internacionales de Auditoría que entraran en vigor para cuentas anuales de ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2014, de tal forma que e profesional puede hacer un seguimiento de la evolución que ha experimentado la emisión del informe de auditoría a través de las distintas normas que la han regulado y prepara al profesional en su transición a las Normas internacionales.

-La obra plantea también numerosos ejemplos reales. ¿Por qué este enfoque práctico?

Porque este Memento nace con la vocación de servir de ayuda al auditor en la resolución de de los problemas que se le planteen en su práctica profesional de la auditoría. A través de esta obra pongo a disposición del lector toda la experiencia profesional que he adquirido gracias a mi actividad docente, como revisor de control de calidad y como miembro de comisiones y grupos de trabajo del ICAC.

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Eladio Acevedo Heranz es socio director de Eudita Persevia Auditores de Cuentas, S.L. Titulado Mercantil, economista, abogado y auditor de cuentas.

Presidente del Ilustre Colegio Central de Titulados Mercantiles de Madrid y secretario general del Registro General de Auditores (REGA) del Consejo Superior de Titulados Mercantiles.

Es profesor universitario, participa en Comisiones y Grupos de Trabajo del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

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