En una sentencia con fecha del 29 de julio, el alto tribunal de Madrid señala que la circular de la Dirección General de la Policía del 3 de mayo de 2016 relativa a los permisos por cuidado de hijos afectados por cáncer u otra enfermedad grave contempla el derecho de "al menos" un 50% de la reducción de la jornada, "sin hacer referencia en ningún caso a un porcentaje máximo de reducción".
Por ello, considera que procede acordar la medida cautelar solicitada por el policía consistente en la reducción del 99% de su jornada con carácter retribuido por un periodo de seis meses prorrogables.
Al respecto, en un comunicado remitido a los medios, el Sindicato Unificado de Policía (SUP) celebra la decisión y lamenta la "nula sensibilidad" de la Dirección General de la Policía hacia un caso que, según señala, "exigía medidas que permitieran a este padre volcarse en el cuidado de su hija".
Destinado en Santiago de Compostela
El SUP recuerda que el agente, destinado en la Unidad Adscrita de Policía Nacional en Santiago de Compostela, recibía hace un año la noticia de que su hija, de entonces siete años, sufría un tumor, por el que tuvo que ser sometida a cirugía en septiembre de 2019.
Desde el momento en el que recibió el alta hospitalaria, según señala la organización sindical, la menor ha requerido cuidados permanente de, al menos, uno de los progenitores por lo que el agente solicitó la reducción de jornada al 99%. Pese a ello, la DGP tan solo le concedió el 50%.
Con todo, mientras no se producía el pronunciamiento del TSJM un representante del SUP le cedió sus jornadas de exención de servicio desde noviembre de 2019 hasta la actualidad, por lo que el agente pudo dedicarse de lleno al cuidado de la pequeña, y completar así el 99% de una reducción.
Finalmente, la organización sindical celebra que el TSJM ampare sus argumentos y conceda a este funcionario alas medidas cautelares solicitadas por el servicio jurídico del SUP mientras persista la situación.