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Deducción de cupones cobrados en nulidad de contrato de inversión en participaciones preferentes

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Se quiere solicitar la nulidad de un contrato de inversión en participaciones preferentes y, subsidiariamente, de pedir indemnización de daños y perjuicios.(...)(más)

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Se quiere solicitar la nulidad de un contrato de inversión en participaciones preferentes y, subsidiariamente, de pedir indemnización de daños y perjuicios. El banco no informó debidamente al cliente, ni tuvo en cuenta su perfil inversor conservador. ¿Se debe deducir de la cantidad reclamada el importe de los cupones cobrados o se puede considerar que esos cupones han sido debidamente percibidos, ya que el banco ha tenido en su poder la cantidad invertida?

Respuesta:

Normalmente lo que suele solicitarse en este tipo de demandas es la resolución/nulidad del contrato con el resarcimiento de los daños y el abono de intereses que se concretan en la devolución de las sumas invertidas más los intereses legales de dichas sumas invertidas desde la fecha de cargo hasta su devolución efectiva, minoradas las rentas recibidas (o, en su caso los cupones cobrados) más el interés legal desde su recepción.

Puede verse la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona de 4 de abril de 2012 -EDJ 2012/69521-.

En el mismo sentido por ejemplo la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 24 de Barcelona de 30 de junio de 2010 -EDJ 2010/394126- declara que la entidad demandada debe devolver a la demandante el montante de los depósitos con deducción de los cupones ya cobrados.

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