El sistema actual permite a las pymes acogerse a un régimen simplificado que sólo está disponible para los operadores nacionales. Con esta reforma, también se podrán beneficiar de esta exención las pequeñas empresas de otros Estados miembros.
Así, cuando entre en vigor esta normativa el 1 de enero de 2025, las pymes podrán disfrutar de unas reglas simplificadas en el pago del IVA si sus ingresos anuales no superan un umbral determinado por cada Estado miembro, pero que no podrá superar en ningún caso los 85.000 euros.
Las pymes de otros países con actividades transfronterizas también podrán disfrutar del régimen simplificado si no superar el umbral nacional y sus ingresos en todo el bloque comunitario no exceden los 100.000 euros anuales.
De esta forma, las pequeñas y medianas empresas europeas no tendrán que pedir el acceso a este sistema simplificado en cada Estado en el que operan, puesto que bastará con hacerlo en el país en el que estén establecidas.
Según los cálculos del Parlamento Europeo, los gastos de contabilidad para pymes se reducirán un 18%, desde los 68.000 millones hasta los 56.100 millones en toda la UE, mientras que el comercio transfronterizo de estas compañías podría crecer un 13,5%.