El texto propone que corresponde al citado Fondo la reparación íntegra de los perjuicios tanto de la persona que haya obtenido el reconocimiento de una enfermedad profesional ocasionada por el amianto como de la que haya padecido un perjuicio resultante de una exposición a este material

El Congreso da luz verde a la tramitación de la Proposición de Ley de creación de un fondo de compensación para las víctimas del amianto

Noticia

El Pleno del Congreso ha aprobado, con 296 votos a favor, 1 voto en contra y 52 abstenciones, la toma en consideración de la Proposición de Ley de creación de un fondo de compensación para las víctimas del amianto, presentada por el Parlamento Vasco, que inicia así su tramitación parlamentaria.

Congreso de los Diputados

Esta proposición de ley pretende crear el Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto, "que será un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito al ministerio que tenga asumidas las competencias en materia de seguridad social, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, para el cumplimiento de sus fines".

Además, introduce que corresponde a este Fondo la reparación íntegra de los perjuicios tanto de toda aquella persona que haya obtenido el reconocimiento de una enfermedad profesional ocasionada por el amianto como de toda aquella que haya padecido un perjuicio resultante de una exposición a este material en el territorio español.

El texto, que inicia su tramitación al contar con el respaldo de la mayoría del Pleno, indica que el Fondo para la Indemnización de las Víctimas del Amianto dispondrá de los siguientes recursos económicos: las cotizaciones efectuadas por los empresarios, tanto públicos como privados, que empleen trabajadores por cuenta ajena; las aportaciones de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales; las cantidades obtenidas por subrogación; las consignaciones o transferencias que puedan fijarse en los Presupuestos Generales del Estado; y cualesquiera previstos en las leyes.

En cuanto a la estructura organizativa del mismo, la iniciativa establece que la dirección y gobierno corresponde al consejo rector y a la secretaría general. Asimismo, propone que para la instrucción de los expedientes y la realización de las actuaciones subrogatorias se constituirán unidades administrativas periféricas, integradas en las direcciones provinciales de la Seguridad Social.

La proposición de ley también establece que a la solicitud de indemnización al citado Fondo se acompañarán los documentos justificativos que se precisen, y en particular un certificado médico que demuestre la enfermedad y los documentos necesarios para probar la realidad de la exposición al amianto. No obstante, cuando el origen profesional de la enfermedad haya sido reconocido, la persona solicitante adjuntará a la petición solamente la resolución de la Seguridad Social. Además, el texto indica que cada solicitante "informará al Fondo de todas las acciones judiciales y extrajudiciales de indemnización que estén en curso en el momento de la petición".


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