Según ha informado CCOO Euskadi en un comunicado, la trabajadora ha permanecido de baja médica más de un año, entre septiembre de 2019 y noviembre de 2020.
La sentencia, según ha destacado el sindicato, toma en cuenta que la Inspección de Trabajo "pudo constatar en su día" la existencia del citado conflicto de trabajo.
La propia conclusión de la Inspección de Trabajo, los numerosos procesos judiciales que se han dado en relación a este caso y la necesidad de que haya habido que abrir un protocolo de acoso en el seno de la propia empresa a instancias de la trabajadora, son precedentes para que la sentencia establezca que "existe un proceso patológico derivado de una etiología profesional", al existir "una relación directa entre el anterior conflicto, el trabajo desempeñado por la demandante y por tal su proceso de incapacidad temporal", ha subrayado el sindicato.
El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha considerado necesario que las empresas "extremen las medidas preventivas frente a los riesgos psicosociales, en particular las relacionadas con la distribución equitativa de las cargas de trabajo, la planificación previa de las tareas y la comunicación efectiva en relación a todo ello". A juicio del sindicato, estos riesgos psicosociales se están viendo incrementados por efecto de la pandemia del covid-19.
CCOO también exige que haya "una mayor coordinación" entre empresas principales y subcontratas en prevención de riesgos psicosociales, puesto que en el presente caso Multiservicios Aeroportuarios SA es una subcontrata que opera en el ámbito aeroportuario y "todas las empresas vendrían afectadas por la responsabilidad de proteger la salud de las personas en los puestos de trabajo".