El beneficiario inició un trámite de incapacidad permanente tras agotar su baja laboral de 545 días y la entidad gestora le concedió inicialmente una incapacidad total para ejercer su trabajo habitual de taxista. Ante su disconformidad presentó una reclamación previa que resultó desestimada, motivo por el que acudió al juzgado de instancia, que estimó sus pretensiones.
El estado de salud del afectado presenta un cuadro de problemas físicos, una lumboartrosis con afectación nerviosa y consumo de alcohol. Además, sufre de depresión mayor recurrente y ansiedad generalizada de carácter crónico, por lo que recibe tratamiento psiquiátrico continuado desde 2018 con dosis elevadas de fármacos, aunque su evolución ha empeorado. Como resultado, presenta episodios de agresividad, un nivel alto de ansiedad, estado de ánimo decaído, apatía, abandono de su cuidado personal, una perspectiva muy pesimista del futuro y lentitud psicomotriz. Ha tenido varios intentos de autolesión con medicamentos, requiriendo visitas a urgencias e ingresos psiquiátricos, lo cual afecta gravemente su día a día.
Los magistrados destacan que el reconocimiento judicial de la situación de incapacidad permanente absoluta se basa en un cuadro “cuya descripción en la sentencia no deja dudas de su gravedad”, que refleja la existencia de clínica intensa y la falta de mejoría. Una situación patológica descrita que, según la Sala, es incompatible con el desempeño de cualquier oficio.