Con motivo del Día Internacional del Abogado, 3 de febrero, analizamos su situación y las últimas novedades

La abogacía y la conciliación en España

Noticia

La abogacía en España se enfrenta a ciertas dificultades a la hora de conciliar la vida profesional con la familiar debido a una gran carga de trabajo, plazos judiciales que han de cumplir y actos a los que han de asistir y a que no hay una regulación expresa de cuándo se pueden suspender.

Abogado y conciliación

Estos motivos les impide en muchos casos llevar una vida familiar equilibrada, que se ve afectada por el largo horario laboral y que, a menudo les impide disfrutar de la familia y de tiempo libre.

Cada vez hay más abogados que intentan conciliar su trabajo con la vida familiar, haciendo uso de herramientas como el teletrabajo, la automatización, lo que les permite más tiempo con la familia. No obstante, sigue habiendo problemas en el caso de que hay vistas señaladas.

Suspensión de juicios

Ha habido muchos casos en que los abogados tiene que comparecer a un juicio tan pronto tienen un bebé, sufren un accidente o están temporalmente incapacitadas. Estas circunstancias no están reguladas por la ley como motivo para suspender los plazos legales. Así que, depende de la decisión de los magistrados o Letrados de la Administración de Justicia de los juzgados a los que se les encomienda el caso.

La única alternativa que se suele dar es delegar en un compañero, lo que no siempre es sencillo y que el cliente no suele entender.

Navidades como período inhábil

Un gran avance en este sentido es que, desde las navidades de 2022, se ha modificado la legislación procesal para que los días entre el 24 de diciembre y el 6 de enero de cada año sean inhábiles a efectos procesales con la finalidad de compatibilizar, entre otros derechos, el derecho al descanso de los profesionales que se relacionan con la Administración de Justicia y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en dicho período.

Esta medida afecta al cómputo de los plazos procesales, que se verá interrumpido y se reanudará inmediatamente después del transcurso de ese periodo. No obstante, no supone la paralización de la actividad en los órganos y oficinas judiciales, que continuarán prestando el servicio público.

Esta era una reivindicación reiterada por parte de todo el colectivo de la Abogacía que finalmente ha sido atendida.