¿Procede en este momento acometer un remozado o una reforma integral de nuestra Carta Magna?

No es tiempo de reforma constitucional

Tribuna Madrid
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Con unas elecciones a la vuelta de la esquina en las que el arco parlamentario reflejará, con sus mayorías surgidas de las urnas, las dos tensiones existentes en la España actual (el llamado centro-periferia o patria-nacionalismos; y la izquierda-derecha), no cabe duda de que la cuestión de la reforma constitucional se pondrá de nuevo sobre la mesa, en relación con tres aspectos fundamentalmente: la actualización del Título VIII, es decir, de la organización del poder en términos territoriales; la existencia de una monarquía parlamentaria; y por último, el salto de principios rectores de la política social a derechos individuales o incluso fundamentales (recordemos a estos efectos que la vivienda, regulada en el artículo 47 CE, se ubica como principio y no como derecho fundamental).

¿Procede en este momento acometer un remozado o una reforma integral de nuestra Carta Magna? Pues bien, la respuesta que hemos de anticipar, alejada de sentimentalismos de nuestros pasado reciente (ya sea el culto a la Transición Democrática o la admiración a los artífices del texto en sí, por muy justificados que ambos resulten), es que no es posible emprender una obra de esa magnitud dada la inexistencia de consenso para ello y la imposibilidad de alcanzarlo a corto o medio plazo.

En primer lugar y desde el punto de vista estrictamente jurídico, porque la Norma Suprema del ordenamiento que es nuestra Constitución ya exige para sí, en su Título X, que la reforma se adopte con mayorías cualificadas, es decir, con consenso (mayoría de tres quintos de Congreso y de Senado; si no hay acuerdo, creación de una comisión de composición paritaria de ambas Cámaras, que vuelva a presentar un texto para otra nueva votación de Congreso y Senado; de no lograrse tampoco la aprobación así, y siempre que el texto hubiera obtenido la mayoría absoluta del Senado, mayoría de dos tercios del Congreso para lograr aprobar la reforma) y sobre todo, con referéndum, es decir, con participación en votación directa del pueblo español. El procedimiento es incluso más exigente si el contenido de la reforma supone una revisión total de la Constitución, o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo Segundo, Sección Primera del Título I (derechos fundamentales), o al Título II (la monarquía), pues se exige aprobación por mayoría de dos tercios de cada Cámara, disolución de estas y ratificación de la reforma por las nuevas Cámaras, también con mayoría de dos tercios y finalmente, intervención del pueblo soberano por referéndum. A estos efectos y a la vista de las últimas veleidades secesionistas, conviene recordar que la soberanía no se puede dividir en partes alícuotas por regiones, como bien señala Tomás y Valiente.

Pluralidad de partidos

Pero las razones que desaconsejan proceder a una reforma constitucional en el presente son también de otro orden, más filosófico. En efecto, la Constitución es la Norma Suprema que contiene los valores superiores del ordenamiento jurídico y los principios rectores, las normas más esenciales del contrato social de los españoles consigo mismos, incluyendo la fórmula territorial descentralizada. Y en este punto de la historia de España que vivimos, si buscamos obtener enunciados normativos que se deduzcan de principios supremos para que informen la actuación política de reforma constitucional, al modo de grandes pensadores, como Rawls, estamos siendo excesivamente ambiciosos, pues el grado de exaltación de los actores de la arena política en su movimiento centrífugo para diferenciarse unos de otros es tal, que resulta imposible buscar un valor de neutralidad en el que confluyan las distintas concepciones del bien. La aparición de pluralidad de partidos en el gradiente izquierda-derecha del sistema y la convivencia con los representantes de periferia (nacionalismos), provoca que todos tengan que radicalizar sus signos distintivos y separarse unos de otros para ofrecer un producto que al votante le resulte significativo y digno de ser elegido por encima de las demás opciones políticas. Es decir, polariza las posiciones y dificulta extraordinariamente el consenso.

Prueba de ello es que los principios neutros y supremos de los que la sociedad española se había dotado a sí misma y que resultaban incontrovertidos y eran valiosos por su razonabilidad, fueron puestos en tela de juicio por el movimiento 15-M y su conformación partidista, Podemos, quienes repetían cantando: “lo llaman democracia y no lo es” en sus manifestaciones, es decir, negaban el pórtico de la Constitución que en su artículo 1 reza: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho”. Negar que España sea una democracia rompe el consenso más esencial del contrato social de los españoles.

La segunda ruptura de la esencia se produjo cuando los secesionistas proclamaron abiertamente su separación de la convivencia común, su divorcio. Cada vez que introducen en el discurso su concepción de la realidad catalana al margen de la española, niegan el consenso de que España es España porque tiene Cataluña, Castilla, Canarias, etc. dentro y rompen el Título VIII de la Constitución, además de su artículo 2, es decir, la patria común e indivisible de todos los españoles.

Está por ver si la incorporación en las próximas elecciones de VOX como nuevo partido a la derecha del hemiciclo, añade más quiebras al consenso por proponer una recentralización absoluta o pesa su carácter conservador y tradicional en las decisiones sobre la protección de la Constitución Española.

En definitiva, la pluralidad de partidos y las cesuras actuales de la sociedad española abocan a que estos antepongan sus concepciones del bien, agudizadas y extremadas por la necesidad de distinguirse en la lucha por el poder, al equilibrio y al consenso.

No es pues, como bien han dicho en las celebraciones del aniversario constitucional los padres de la propia Constitución, tiempo de reformas, sino de volver a reconocer los mínimos comunes denominadores que nos unen para poder volver a adoptar soluciones consensuadas dentro de la comunidad democrática liberal, que se reconoce a sí misma como valiosa por ser neutra y por permitir que dentro de la misma convivan cuantas concepciones del bien requieran los individuos que la conforman.

 


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