NOVEDAD LEGISLATIVA

Normas legales de cotización a la Seguridad Social

Noticia

Orden ESS/106/2014, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

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Trascendencia y finalidad

Mediante la presente Orden se desarrollan las previsiones legales en materia de cotizaciones sociales para el ejercicio 2014, conforme al art. 128 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. A través de ella no sólo se reproducen las bases y tipos de cotización reflejados en el texto legal citado, sino que, en desarrollo de las facultades atribuidas por el art. 110 LGSS, se adaptan las bases de cotización establecidas con carácter general a los supuestos de contratos a tiempo parcial.

Ámbito material

Entre otros aspectos, se incorporan, en relación con los trabajadores autónomos, las especialidades que en materia de cotización se establecen en el art. 28 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en los casos de pluriactividad con jornada laboral a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50 por ciento.

También se incluyen en el texto las recientes modificaciones que en materia de cotización de este colectivo se han llevado a efecto mediante el RDLey 1/2014, de 24 de enero, de reforma en materia de infraestructuras y transporte, y otras medidas económicas.

Asimismo se fijan los coeficientes aplicables para determinar la cotización a la Seguridad Social en supuestos específicos, como son los de convenio especial, colaboración en la gestión de la Seguridad Social o exclusión de alguna contingencia, incorporándose como novedad en la orden la fijación del coeficiente aplicable durante el año 2014 al convenio especial que suscriban las personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de inserción laboral, regulada por el RD 156/2013, de 1 de marzo.

Por último, mencionar que esta disposición establece los coeficientes para la determinación de las aportaciones a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social al sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social.

Vigencia

La presente Orden ha entrado en vigor el 2 de febrero de 2014, produciendo efectos desde 1 de enero del mismo año.