
A escasos días de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados (CADECA) desea manifestar públicamente su profunda preocupación ante la falta de fijación, por parte de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía, de los nuevos módulos que han de regular la compensación económica de los profesionales de la abogacía en los supuestos de actuación letrada en las actuaciones previas de procedibilidad contempladas en dicha norma.
La citada Ley Orgánica, en su disposición final décima, añade un apartado 11 al artículo 6 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, ampliando el contenido material del derecho a la justicia gratuita para incluir “La asistencia gratuita de profesional de la abogacía en cualquiera de los medios adecuados de solución de controversias permitidos por la ley que tenga por objeto dar cumplimiento al requisito de procedibilidad dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, cuando en el eventual proceso judicial la intervención de este profesional sea legalmente preceptiva o cuando, no siéndolo, la parte contraria actúe con él”.
Este cambio legislativo exige la aprobación urgente de nuevos módulos que reconozcan y compensen adecuadamente la intervención de los abogados y abogadas del turno de oficio en estas actuaciones previas al proceso judicial. Sin embargo, a fecha de hoy, la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía no ha aprobado ni publicado estos nuevos módulos, lo que genera una situación de incertidumbre que afecta negativamente al correcto funcionamiento del sistema de asistencia jurídica gratuita y al reconocimiento del trabajo desempeñado por los profesionales que lo sostienen.
Por ello, el CADECA insta a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública a efectos de que se adopten de forma inmediata las disposiciones necesarias para la inclusión de dichos módulos y que, en su caso, las cuantías correspondientes tengan efectos retroactivos desde la entrada en vigor de la LO 1/2025, prevista para el próximo 3 de abril de 2025.
Asimismo, la Abogacía andaluza solicita a la Consejería que facilite a los abogados y abogadas del turno de oficio los medios y recursos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1/2025, en lo relativo a los distintos Medios Alternativos de Solución de Conflictos (MASC).
El Consejo Andaluz de Colegios de Abogados reitera su compromiso con la defensa de los derechos de la ciudadanía a una tutela judicial efectiva y con la dignificación de la labor de los abogados y abogadas que garantizan el acceso universal a la Justicia en condiciones de igualdad y con todas las garantías.