Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia

El Pleno da luz verde a la tramitación de la Ley para la regulación de la eutanasia

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El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este martes la toma en consideración de la Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

Eutanasia-muerte digna

La propuesta, que ha sido respaldada con 243 votos a favor, 92 votos en contra y 2 abstenciones, inicia así su tramitación en la Cámara Baja. El siguiente paso será su debate en ponencia, Comisión y, de nuevo, en Pleno.

Al tratarse de una propuesta de reforma de Ley Orgánica, el Pleno tendrá que votar el dictamen de la Comisión y las enmiendas y votos particulares que mantengan los grupos, y se realizará una votación de conjunto en la que es necesario el voto favorable de la mayoría absoluta de la Cámara, al menos 176 diputados, para continuar su tramitación en el Senado, según fuentes parlamentarias.

"Una demanda sostenida de la sociedad"

Con esta iniciativa, el Grupo Parlamentario Socialista pretende dar una "respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista, a una demanda sostenida de la sociedad actual como es la eutanasia".

Para ello, el grupo proponente busca "legislar para respetar la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de enfermedad grave e incurable, o de una enfermedad grave, crónica e invalidante, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables". Con ese fin, continúa, "la presente ley regula y despenaliza la eutanasia en determinados supuestos, definidos claramente, y sujetos a garantías suficientes que salvaguarden la absoluta libertad de la decisión, descartando presión externa de cualquier índole".

Asimismo, el Grupo Socialista busca "dotar de una regulación sistemática y ordenada a los supuestos en los que la eutanasia no deba ser objeto de reproche penal". Así, la ley distingue entre dos conductas eutanásicas diferentes: la eutanasia activa y aquella en la que es el propio o la propia paciente la persona que termina con su vida.

En este último caso, el paciente "precisa de la colaboración de un profesional sanitario que, de forma intencionada y con conocimiento, facilita los medios necesarios, incluido el asesoramiento sobre la sustancia y dosis necesarias de medicamentos, su prescripción, o, incluso, su suministro con el fin de que el o la paciente se lo administre".

Por su parte, eutanasia activa es "la acción por la que un profesional sanitario pone fin a la vida de un o una paciente de manera deliberada y a petición de este o esta, cuando se produce dentro de un contexto eutanásico por causa de enfermedad grave e incurable o enfermedad grave, crónica e invalidante causantes de un sufrimiento intolerable".