
La iniciativa ha sido registrada este martes por el decano Eugenio Ribón en la sede parlamentaria y, además, ha sido remitida a los distintos grupos del Congreso con la solicitud de que la hagan suya y procedan a su tramitación.
La propuesta parte de una preocupación creciente por la persistencia de fondos que permanecen bloqueados en las cuentas de consignación judicial pese a existir una sentencia firme. Según los últimos datos disponibles, más de 4.800 millones de euros se encuentran actualmente inmovilizados en dichas cuentas, impidiendo a particulares y empresas disponer de indemnizaciones, pensiones alimenticias, costas procesales u otras compensaciones reconocidas judicialmente. Esta situación, alerta el ICAM, afecta gravemente al principio de tutela judicial efectiva y genera un perjuicio directo a los derechos patrimoniales de los ciudadanos.
“La justicia no puede considerarse plenamente garantizada si, tras una sentencia firme, los ciudadanos deben esperar meses o años para ver satisfecho lo que legalmente les corresponde”, reza en su exposición de motivos la propuesta planteada por el ICAM.
En la carta dirigida a los portavoces parlamentarios, el decano subraya que “los fondos destinados al cumplimiento de resoluciones judiciales permanecen retenidos o paralizados en las cuentas de consignación judicial sin causa justificada. Esta situación no solo vulnera los derechos de los afectados, sino que además erosiona la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia”. En este contexto, Ribón defiende la necesidad de avanzar hacia una regulación específica que refuerce las garantías en la fase de ejecución y devuelva al ciudadano el control efectivo sobre los derechos que le han sido reconocidos judicialmente.
Intereses compensatorios
La proposición plantea una regulación específica para el funcionamiento de estas cuentas, con el objetivo de garantizar que los fondos estén disponibles para su ejecución en un plazo razonable. Además, reclama el reconocimiento del derecho de los beneficiarios a percibir intereses compensatorios en caso de demora no imputable a ellos, sin necesidad de interponer un nuevo procedimiento judicial. “No se puede permitir que los fondos destinados a cumplir con resoluciones firmes estén paralizados sin consecuencias ni compensación para sus legítimos beneficiarios”, indica la propuesta, recordando que este tipo de compensación ya existe en otros ámbitos como el tributario o el mercantil.
A juicio del ICAM, la reforma debe contemplar un sistema de cálculo automático de estos intereses y una supervisión efectiva de la ejecución, especialmente cuando el obligado al pago es una administración pública o una entidad financiada con recursos públicos. En última instancia, concluye el decano, el objetivo es contribuir a “fortalecer las garantías del Estado de derecho y a proteger los derechos de quienes han acudido a la justicia en busca de reparación”.
Con ese propósito, el Colegio ha mostrado su disposición a colaborar en la tramitación parlamentaria de la iniciativa y a aportar el soporte técnico-jurídico necesario.

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