La condena, de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, desestima el recurso del agente implicado y ratifica una resolución previa, dictada hace casi un año por el Tribunal Militar Central.
Según la sentencia del Supremo, consultada por Europa Press, los hechos ocurrieron cuando el entonces coronel jefe de la Guardia Civil de Cantabria se dirigía con indumentaria informal a la zona de contenedores de basura y se encontró con el sargento, con destino en el destacamento de seguridad del Puerto.
El agente estaba conversando con otro guardia, acompañados ambos por sus perros y también vestidos de paisano, el primero de servicio y el segundo de baja médica.
De acuerdo con la resolución judicial, el suboficial llevaba su pastor alemán suelto y sin medidas de contención, por lo que el coronel le dijo que hiciera el favor de atarlo, medida contemplada por otra parte en el Libro de Normas de Régimen Interior del cuartel.
El sargento sujetó a su perro al tiempo que dirigió "una mirada con mueca sonriente, en actitud sardónica", al coronel, que le indicó: "No me sonría", a lo que el implicado le replicó: "Usted no me puede prohibir que sonría". Seguidamente, reconvino a su superior por llamarle la atención ante otro guardia civil.
Entonces, el coronel pidió al otro agente que se marchara y cuando se alejó y se quedaron a solas, requirió que adoptara una actitud "más respetuosa" al sargento, que "con un tono de voz alto y en modo retador respondió: tendré con usted el mismo respeto que ha tenido conmigo".
Y añadió: "Habrase visto, llamarme la atención por tener el perro suelto". El coronel le reiteró que "guardase las formas" y su subordinado, "crecientemente agitado", respondió: "Usted a mí no tiene que decirme nada".
Ante el cariz que tomaban los hechos, el coronel jefe decidió dar por terminada la conversación e informó al suboficial de que adoptaría las correspondientes medidas disciplinarias y siguió su camino.
Pero el sargento le siguió "a una distancia de entre uno y dos metros diciéndole: Yo también voy a dar cuenta de usted. Usted me ha faltado el respeto. ¿Quién se cree que es? Llamarme la atención mientras va a tirar la basura ¡Menudo ejemplo de mando que es usted!. ¡Vaya oficial que está hecho!".
Y aunque el coronel le indicó que el asunto había finalizado ese día y ya tendría "continuación en otro momento", el sargento repuso "en tono descomedido y beligerante: Ya tendrá noticias mías. Esto no va a quedar así. ¿Quién se ha creído que es? Se va a enterar".
Para poner "punto y final" a la "persistente" actitud del sargento, el coronel optó por "darle la espalda" y el oficial se fue.
Disciplina, jerarquía y respeto
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo "no alberga dudas sobre" la certeza de los hechos sino que tiene "firme convicción" de los mismos por la versión "coherente y razonable" del coronel. Además, no aprecia "animadversión" u otra razón para actuar de forma "torticera". Mientras, el expedientado prefirió no prestar declaración ante el juez instructor.
La sentencia alude a la "disciplina, jerarquía y respeto que igualmente rigen entre superior y subordinado en el perímetro de un acuartelamiento, aun cuando se esté paseando al perro, se vista de paisano o se esté tirando la basura".
Finalmente, en cuanto a la sanción de suspensión de un mes de empleo por la "falta grave" de alta de subordinación -prevista en la ley de régimen disciplinario de la Guardia Civil- considera que es "proporcionada", toda vez que supone el límite mínimo contemplado en la normativa para este tipo de hechos, que abarca hasta los tres meses.