Novedad Legislativa

Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Noticia

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

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Trascendencia y finalidad

La Ley 20/2014, de 29 de octubre delegó en el Gobierno la potestad de dictar un texto refundido en el que se integrasen, debidamente regularizadas, aclaradas y armonizadas, el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y todas las disposiciones legales relacionadas que se enumeran en dicha Ley, así como las normas con rango de ley que lo hayan modificado.

Ámbito material

Este texto refundido mantiene íntegramente la estructura y el número de artículos actuales, 92 y tiene como objetivos:

- Realizar una actualización del anterior texto refundido en la técnica normativa y en lo relativo al lenguaje, que se moderniza y se unifica.

- Aclarar y reordenar diversos artículos.

- Integrar las diversas normas legales que han ido modificando el Estatuto, así como otras disposiciones relacionadas, entre las que destacan:

a) La Reforma Laboral de 2012, que eliminó la autorización administrativa previa en los despidos colectivos, fijó la prioridad aplicativa de los convenios de empresa y limitó a 1 año la ultraactividad de los convenios colectivos.

b) El Real Decreto-Ley 11/2013, de 2 de agosto, que modificó la regulación de las comisiones negociadoras en representación de los trabajadores en los periodos de consulta en los despidos colectivos y en las medidas de flexibilidad interna.

c) El Real Decreto-Ley 16/2013, que reformó el contrato a tiempo parcial.

d) Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

e) Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social

Vigencia

La presente disposición entrará en vigor el 13 de noviembre de 2015.


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