
Esta instrucción responde a que, con la derogación del decreto 'ómnibus' tras la votación de ayer en el Congreso, el SMI deja de ser de 1.134 euros al mes por catorce pagas y vuelve a la cifra de 2023, que era de 1.080 euros mensuales.
En concreto, la Dirección General de Trabajo ha emitido un criterio interpretativo sobre las consecuencias de la derogación de la vigencia del SMI de 2024 atendiendo a su función de "interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas de su competencia", señala Trabajo.
Así, en virtud de esta instrucción, hasta que se fije un nuevo valor para el SMI de 2025, se establece que la desaparición "abrupta" de la prórroga no afecta a los salarios vigentes, por entender que se trata de un salario ya contractualizado.
Asimismo, determina que las nuevas contrataciones no deben tomar como referencia un salario mínimo inferior al fijado en 2024 (1.134 euros al mes por catorce pagas).
El Ministerio de Yolanda Díaz avisa además de que la Inspección de Trabajo vigilará que los trabajadores reciban puntualmente la remuneración pactada "y verificará el cumplimiento estricto de esta obligación empresarial".

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