Con esta iniciativa se instaura un procedimiento dentro del ámbito judicial en el que las partes aceptan la intervención neutral de un mediador que facilitará que encuentren un acuerdo duradero y mutuamente aceptable.
La mediación familiar será así un nuevo mecanismo de derivación dentro de los juzgados, que se podrá iniciar en cualquier fase del litigio, incluso en la ejecución de la sentencia, con el fin de optimizar y facilitar el entramado de las relaciones e intereses personales y económicos y evitar incumplimientos.
Para el decano del Ilustre Colegio de Abogados de Cantabria, Andrés de Diego, este proyecto es “una forma de visualizar esa realidad, para que la sociedad vea que hay otros métodos donde resolver los conflictos. No debemos olvidar que en estos casos los temas familiares y afectivos se mezclan con los patrimoniales, y en los que muchos casos se encuentran menores de edad por medio”.
Garantías para la mediación
En el acuerdo del convenio firmado el paso 12 de mayo han participado el consejero de Presidencia y Justicia, Rafael de la Sierra, el decano del Colegio de Abogados de Cantabria, Andrés de Diego, la decana del Colegio de Procuradores de Cantabria, Ana María Álvarez, la presidenta de AMECAN, Carmen de Albert y el presidente de la Asociación de Derecho Colaborativo de Cantabria, José Antonio Trugeda. En este acto también ha intervenido el vocal del Consejo General del Poder Judicial, Álvaro Cuesta.
El Colegio de Abogados de Cantabria ha destinado a este proyecto a 10 abogados del Colegio con conocimientos y formación específica para resolver este tipo de conflictos. “Son grandes profesionales que están sobradamente preparados para llevar a cabo de forma efectiva este proyecto. En definitiva, contamos con mediadores y con una estructura colegial que nos permite afrontar con garantías la mediación”, explicó Andrés de Diego.
Guía de actuación
La mediación intrajudicial se llevará conforme a unas recomendaciones de actuación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), así como de una guía de actuación elaborada por el Gobierno de Cantabria, en colaboración con los órganos judiciales, en la que se fijan los pasos para que un conflicto que pueden ser objeto de mediación.
Entre otras acciones, esta guía establece que la evaluación y selección de los casos de derivación a mediación la realizará inicialmente el juez que conoce del asunto litigioso, que podrá invitar a las partes a que intenten un acuerdo que ponga fin al proceso judicial, instándoles a que asistan a una primera sesión informativa.
Implicaciones de la mediación
El órgano judicial puede en cualquier momento del proceso proponer la derivación del conflicto a mediación o bien si alguna de las partes lo solicita, comunicándolo al Servicio de Mediación del Gobierno de Cantabria y emplazando a las partes a la sesión informativa, a la que podrán asistir también con sus abogados.
La derivación a mediación no implicará necesaria la suspensión del proceso judicial, evitando dilaciones indebidas y que la mediación constituya mecanismo para retrasar la tramitación de los procedimientos judiciales, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de las partes de solicitar, a través de sus representantes, la suspensión del proceso.
El plazo máximo para realizar la sesión informativa presencial será de siete días hábiles desde la notificación de la resolución. Esta primera sesión tendrá lugar en sede judicial, tras lo cual el mediador remitirá la ficha correspondiente con el resultado de lo acontecido al Servicio de Mediación autonómico y este, a su vez, al órgano judicial.
El procedimiento de mediación podrá concluir en acuerdo sobre una parte o la totalidad de las materias sometidas a mediación, o finalizar sin alcanzar un acuerdo. En el caso de haber alcanzado un acuerdo, este se incorporaá al proceso judicial por medio de los abogados y procuradores, con sus correspondientes consecuencias procesales. Si no es así, se continuarán con los trámites judiciales.
El Gobierno de Cantabria pondrá en marcha un registro estadísitco y los mecanismos necesarios para facilitar el intercambio de información entre los órganos judiciales y el Servicio de Mediación autonómico, con el fin de conocer los avances y el progreso del proyecto, así como la posibilidad de ampliarlo a más órganos judiciales de la Comunidad Autónoma.