La suspensión se concreta en los siguientes puntos:
PRIMERO.- Todas las notificaciones y comunicaciones remitidas por los órganos judiciales durante los días 4 a 10 de noviembre, a través del servicio LEXNET, deberán entenderse notificadas con fecha del lunes 11 de noviembre.
SEGUNDO.- En cuanto al cómputo de los plazos procesales, quedarán excluidos los días 4 a 10 de noviembre, sin perjuicio de que si la fuerza mayor persiste más allá del día 10 de noviembre se adoptarán los acuerdos necesarios que exijan las concretas circunstancias.
TERCERO.- Aprobar la suspensión de la actividad judicial ordinaria, durante los días 4 a 10 de noviembre, en los partidos judiciales de Catarroja, por imposibilidad material de actuación física en el mismo -las funciones de guardia se realizarán en la Ciudad de la Justicia de Valencia-, Requena y Torrent, dada la situación calamitosa en que se encuentran estas poblaciones y las del partido judicial que impiden el normal desplazamiento y operatividad de la mayoría de los funcionarios y población afectada.
El acuerdo ha sido adoptado por razones de urgencia por la Comisión Permanente, que dará cuenta del mismo al Pleno del Consejo General del Poder Judicial para su posterior ratificación en la primera sesión que este celebre, según lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento 1/1986, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial.