PLUSVALÍAS

El Congreso da el primer paso para modificar la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

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El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado iniciar la reforma del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y otras normas tributarias para, entre otras medidas, que no estén sujetas al pago de la plusvalía municipal las ventas en las que no habido un incremento del valor del terreno respecto al momento de la adquisición.

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La proposición de Ley, que continúa con su tramitación en Comisión donde podrán incorporarse enmiendas, tiene como objetivo modificar el anterior texto después de que el Tribunal Constitucional declarara inconstitucionales los artículos 107.1, 107.2a) y 110.4, por someter a tributación situaciones en las que no se producían incrementos de valor.

Se ha propuesto, por tanto, la introducción de un nuevo supuesto en el que se determina que no están sujetos al impuesto las transmisiones de terrenos en los casos en el que el sujeto pasivo acredite que no ha obtenido un incremento de valor.

Además, se sustituyen los porcentajes anuales aplicables sobre el valor del terreno para la determinación de la base imponible del impuesto por unos coeficientes máximos establecidos en función del número de años transcurridos desde la adquisición del terreno y teniendo en cuenta la evolución del mercado inmobiliario. Los ayuntamientos podrán efectuar las correspondientes comprobaciones.

Exenciones en las ayudas por el accidente de Germanwings

Por otro lado, esta reforma legal plantea que se declaren exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) las cantidades por responsabilidad civil y otras ayudas que han recibido las víctimas del accidente de vuelo de Germanwings (GWI9525) ocurrido en 2015.

Por lo que respecta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, se solicita la inclusión de las Comunidades Autónomas de Cantabria y Madrid en el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio.

Por último, se modifica la Ley 49/2002 sobre el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo con el objetivo de adaptar la normativa al ordenamiento comunitario. Para ello, se va a introducir una disposición transitoria para la adaptación de las ordenanzas fiscales y cuatro disposiciones finales, en las que se introducen el resto de modificaciones y se regula su entrada en vigor.