La inactividad, el aislamiento, la incertidumbre…. factores de alto riesgo para que se dispare la ciberdelincuencia.
La policía nacional y la guardia civil ya lo ha alertado en varias ocasiones desde que se decretó el estado de alarma: “Hay colectivos que no están acostumbrados a las redes y ahora las necesitan que están siendo atacados”, “la ciberdelincuencia se incrementa exponencialmente” y “aumentan las estafas online a costa de la crisis sanitaria”.
Además, una de nuestras grandes preocupaciones, es que el hecho de que las familias tengan a sus menores en casa (con la atención que suponen y la falta de fatiga por no tener su rutina habitual) hace que se les permita pasar más tiempo con dispositivos electrónicos, muchas veces sin control.
Y es que el #coronavirus se ha convertido en la excusa perfecta para los ciberdelincuentes,
se utiliza la pandemia y la psicosis que genera el estado en el que nos encontramos para engañar y estafar a personas, que sin darse cuenta, caen en las redes de estos ciberdelincuentes.
Es por ello, que debemos ser muy conscientes de lo que sucede para no caer en las trampas, creernos todo lo que nos dicen y saber que esas acciones tienen consecuencias.
En este artículo repasaremos los delitos online que más se están cometiendo y cuáles son sus consecuencias desde el punto de vista legal:
• ESTAFA ONLINE y PHISHING: Nos encontramos constantemente con mensajes de texto y correos electrónicos de fuentes de confianza (Autoridades sanitarias, cuerpos de seguridad del estado, establecimientos y comercios, bancos, compañías eléctricas, etc) que nos envían información sobre nuestras compras, situación o información adjuntando un link en el que tenemos que pinchar para rellenar datos, que son imprescindibles según el mensaje recibido. La mayor parte de estos mensajes son falsos y buscan conseguir datos personales o bancarios para así estafarnos o defraudarnos.
Sin olvidar, aquellos anuncios con bienes indispensables a día de hoy, a precios muy bajos, que nos hacen adquirir productos que nunca llegan.
• BULOS Y FAKE NEWS: Una de las técnicas de ingeniería social más utilizada por los ciber delincuentes es crear alertas sociales y así aprovechar el caos para realizar cualquier técnica de hackeo, robo de datos, incitación al odio, fraudes o estafas económicas. Durante la alerta de coronavirus estamos viendo a diario bulos y fake news, y casualmente enlaces en webs donde te dan la solución.
• MALWARE Y APPS MALICIONAS: con el Covid-19 proliferan con el fin de robar nuestros datos con fines comerciales. (Recordemos que los datos personales están el alza en el mercado de internet y son un bien muy preciado).
Las pymes en cuestión son las más desprotegidas ante esta situación, puesto que el teletrabajo es un arma de doble filo para los malos de la red.
En la medida de lo posible, los trabajadores deberían conectarse al ordenador de la empresa con una herramienta de acceso remoto segura. Es muy importante extremar las precauciones a la hora de abrir correos sospechosos, especialmente aquellos que contengan ficheros adjuntos.
• CIBERACOSO: no podía faltar, más horas en casa, conectados y redes sociales constantemente, se genera más contenido y eso lleva a que estemos viendo picos importantes de amenazas, insultos, campañas de odio e interminables hilos de discusión con faltas de respeto incluidas sobre temas de opinión donde existe en este momento discordia.
Por supuesto, estamos viendo como nuestros hijos pasan más horas jugando a la PlayStation, donde recordemos que existen chats online donde mayores de edad se hacen pasar por menores para entablar conversaciones, así como, adolescentes enviando de forma masiva fotografías y videos de contenido sexual a sus parejas porque el confinamiento no les deja verse.
Cabe destacar en este ámbito, aplicaciones como TikTok, Twitter o Instagram (altamente conocidas por todos y fuente principal de ciber delitos en nuestros más pequeños).
DELITOS QUE SE COMENTEN POR LA PRÁCTICA DE LAS ACCIONES DESCRITAS
1- Incitación al odio
Muchos bulos en las redes sociales sobre el coronavirus no solo se están utilizando para dañar la imagen de alguien, sino que van más allá, ya que fomentan, promueven o incitan al odio, hostilidad, discriminación o violencia, ya sea contra una persona o incluso contra todo un colectivo.
Todo ello, puede llegar a constituir un delito de incitación al odio, recogido en el artículo 510 de nuestro Código Penal, y que se castiga con pena de prisión de uno a cuatro años, además de multa.
2- Injurias y Calumnias
Calumnias: Se recogen dentro del capítulo de los delitos contra el honor y constituyen expresiones que tienen como fin perjudicar la honorabilidad de instituciones, grupos o individuos.
La calumnia es la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o con un temerario desprecio de la verdad, es decir, afirmar que se ha cometido un delito apuntando a alguien en concreto sabiendo que no es así, con el fin de desprestigiar o provocar un daño mayor. Este sin duda es el caso de muchos bulos que a diario corren por las redes.
La calumnia puede suponer una pena de prisión de hasta dos años si se hace con publicidad (es decir, con difusión en prensa, internet o redes sociales).
Por otro lado, las injurias, se consideran expresiones ejecutadas en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona, atentando contra su reputación o contra su propia estima.
Si la injuria se considera grave y, como en el caso de la calumnia, es hecha con publicidad, se sancionará con multas de hasta 14 meses.
La víctima o víctimas de un delito de incitación al odio o de injurias o calumnias, además, reclamar una indemnización en base a la responsabilidad civil derivada del tipo.
3- Delito de desórdenes públicos
Difundir un bulo alentando a una rebelión o a cualquier tipo de altercado que altere la paz pública es otro delito que se puede cometer al crear historias falsas en la red, y que se puede castigar con penas de seis meses a tres años de prisión. Este podría ser el caso de quien difundiendo información falsa, intente alterar la paz pública e incite a una manifestación masiva en contra de determinadas personas, autoridades o instituciones.
4- Falsas alertas de seguridad
Este delito de fingir una situación de peligro para generar temor y alarma social en el que se moviliza a los servicios de emergencia o a la policía está recogido asimismo en el Código Penal, y se castiga con una pena de hasta un año de prisión y una multa, según dispone el art. 561 del Código Penal.
El pasado 21 de marzo, Fiscalía anunciaba perseguir “uno a uno” los bulos que corren por internet, y es que, cuando hablamos de delitos, no debemos olvidar que no sólo implican a aquellos que los cometen, sino también a quienes difunden y comparten y por supuesto a las víctimas, tanto las que se ven desinformadas y quizás confundidas o aturdidas por las noticias que reciben, como aquellas que sufren una vulneración de su intimidad o un robo de sus datos por haber pulsado ahí dónde no debían.
5.- Ciberacoso, Grooming, Sexting y Sextorsión.
Ciberacoso: es el uso de redes sociales para molestar o acosar a una persona o grupo de personas, mediante ataques personales, divulgación de información confidencial o falsa entre otros medios. Se recoge en el art 172 ter del Código penal.
Grooming: conductas y acciones emprendidas por un adulto, a través de Internet, con el objetivo deliberado de ganarse la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo, con el fin de abusar sexualmente de él. Se recoge en el artículo 183 bis del Código penal.
Sexting: implica la recepción o transmisión de imágenes o videos de contenido sexual a través de las redes sociales, ya sea con o sin autorización de quien lo envía primero. Se recoge en el artículo 197.7 del Código Penal.
Sextorsión: no está recogida como tal en el Código Penal español, y de momento tampoco en los de otros países. Consiste en la realización de chantaje sexual por Internet y puede implicar diversos ilícitos, entre los que se encuentran la extorsión, amenazas, corrupción de menores, pornografía, chantaje, daños al honor, chantaje y revelación de secretos.
¿Y qué hacemos con todo esto? Sentido común y una lista de consejos fundamentales:
Esta es una lista de recomendaciones para cada problemática:
ESTAFAS:
1.- Asegúrate de que en la web aparece identificado el responsable de la tienda online y su ubicación.
2.- Comprueba que la tienda es segura y te proporciona la información que necesitas sobre consumo y tratamiento de datos personales.
3.- Si te es posible, utiliza una tarjeta de uso exclusivo para realizar pagos online.
4.- Desconfía de las ofertas demasiado atractivas, ya que podrías estar ante una web fraudulenta.
5.- No olvides comprobar que tus dispositivos están configurados correctamente y la conexión a Internet es segura antes de proporcionar tus datos personales o tus datos de pago.
6.- Nunca envíes dinero en efectivo para completar una compra, elige con cuidado el método de pago.
7.- Recuerda que los comercios con sellos de confianza ofrecen mayores garantías.
8.- Sospechar si solicitan dinero por adelantado, sin ofrecer ninguna garantía de que se va a recibir el artículo.
BULOS Y FAKE NEWS:
1.- Identificar las fuentes de las que proviene la información.
2.- Ojo con los titulares demasiado llamativos o poco creíbles.
3.- Cotejar la información con páginas oficiales.
TELETRABAJO (EVITAR MALWARE Y RANSOMWARE):
1.- Mantén siempre el ordenador y el móvil de trabajo en un lugar seguro.
2.- En las videoconferencias, comprueba quiénes son los participantes de la llamada y asegúrate de que sólo están las personas autorizadas y necesarias. Si ves algún número desconocido, no dudes en preguntar a los demás asistentes.
3.- Ten especial cuidado al manejar información confidencial (haz copias de seguridad y guarda los archivos en lugares seguros).
4.- Los cibercriminales pueden utilizar temas de actualidad general para que descarguemos archivos adjuntos, hagamos clic en enlaces o respondamos con información confidencial. Antes de realizar alguna acción piensa: ¿esperabas ese correo?, ¿conoces o identificas al remitente?, ¿te pide que realices una acción?
5.- Permanece atento a e-mails, mensajes de texto (SMS), llamadas, enlaces de llamadas web e invitaciones de calendario de personas que no conoces.
6.- Utiliza siempre contraseñas de tres o más palabras. Recuerda que una contraseña es fuerte por su longitud y no por su complejidad. Para guardar tus claves utiliza un gestor de contraseñas, así evitarás escribirlas en papeles o tener archivos con esa información.
7.- Navega sólo por sitios web que comiencen con HTTPS (no HTTP). Suelen ser más seguros y la información más protegida. Busca siempre el candadito verde a la izquierda de la URL.
MENORES Y REDES SOCIALES
Recordad, la edad mínima para abrirse una cuenta es:
Facebook: 14 años.
Instagram: 14 años.
Twitter: 13 años.
LinkedIn: 16 años.
YouTube: para los servicios de Google, la edad mínima es de 16 años, pero en el caso de los vídeos, existen algunos que no pueden ser vistos por menores de 18 años, aunque tengas cuenta.
1.- Si tu hijo es menor de 14 años, no le permitas abrirse redes sociales y controla el contenido que observa en internet. (Siempre supervisado).
2.- Si es mayor de 14 años, controla las horas de conexión y comunícate con él sobre el contenido que sube, recordándole siempre que una foto que llega a internet pierde el control.
3.- No hay que prohibir, pero sí acompañar, sobre todo al principio.
4.- Configura bien la privacidad y seguridad de los dispositivos de casa.
5.- Es altamente recomendable que en los tiempos de estar en familia, como por ejemplo desayunos, comidas o cenas) no se utilicen los dispositivos por ningún miembro de la misma, (móviles, tablets, etc), para fomentar el diálogo y la comunicación.
6.- Comunica los riesgos que existen sin asustarle (internet, bien utilizado, es necesario).
7.- Controla las aplicaciones que se descarga el menor.
#YOMEQUEDOENCASA
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