La mujer fue atendida telefónicamente, sin exploración presencial, y sufrió una peritonitis con complicaciones

Condenan al Sergas a indemnizar con 78.000 euros a la familia de una mujer que falleció tras una atención incorrecta

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El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas y a su aseguradora a indemnizar en 78.000 euros al marido y a las hijas de una vecina de Ourense, de 65 años de edad, que falleció en 2012 tras una atención incorrecta en el sistema sanitario.

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Según se recoge en la sentencia, esta mujer acudió a Urgencias del Complejo Hospitalario Universitario de Ourense el 7 de agosto de 2012, por un fuerte dolor abdominal. Tras atenderla, los facultativos le diagnosticaron un posible cólico nefrítico, y le dieron una cita preferente para el 17 de agosto de ese año en el servicio de Urología.

Pocos días después de estar en el hospital, y dado que los dolores y molestias de la mujer habían empeorado, sus hijas contactaron con su centro de salud de referencia. Así, tanto el 10 de agosto como el 16 de agosto contactaron con un médico de Atención Primaria para advertir de que su madre había empeorado, presentaba vómitos, fiebre, hinchazón, etc.

En ambas ocasiones, la paciente fue atendida por teléfono, y no se desplazó a su domicilio ningún facultativo para explorarla, sino que se le prescribieron medicamentos y, en el caso de la llamada del 16 de agosto, se estimó que no era necesaria la exploración presencial dado que tenía una cita en Urología al día siguiente.

Así las cosas, cuando llegó el momento de acudir a esa cita, el 17 de agosto, el estado de la mujer ya era grave y, de hecho, en una primera exploración en ese servicio, fue inmediatamente derivada a Urgencias.

Peritonitis y complicaciones

La paciente fue intervenida por medio de una laparotomía, que permitió confirmar que padecía una peritonitis y abscesos intraabdominales. De hecho, las complicaciones derivadas de esa infección acabaron por ocasionar su fallecimiento.

El juzgado ha estimado que la atención prestada a esta vecina de Ourense los días 10 y 16 de agosto de 2012, sin una exploración presencial, fue "incorrecta" y los facultativos incurrieron en "mala praxis".

Por ello, ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la familia contra la resolución de Sanidade que rechazaba la reclamación patrimonial, y ha condenado al Sergas a indemnizar con 60.000 euros al marido de la fallecida, y con 6.000 euros a cada una de sus tres hijas.

El abogado, cuyo despacho ha defendido la posición de la familia recurrente, ha lamentado que esa mujer no hubiera sido atendida de forma presencial por un médico a pesar de la alarma trasladada por sus hijas.