
La cuestión objeto de controversia es si, en un procedimiento de regularización en el que se aprecia la existencia de simulación y se imputan al contribuyente, persona física, como rendimientos del trabajo, los ingresos de una sociedad interpuesta de la que es socio mayoritario y administrador solidario, puede deducirse unas retenciones que no han sido practicadas por las sociedades pagadoras.
Los hechos que llevan a esta casación son los siguientes:
- La Inspección imputa al contribuyente, apreciando simulación, rendimientos del trabajo derivados de una sociedad interpuesta de la que es socio mayoritario y administrador.
- El contribuyente considera que deben deducirse las retenciones correspondientes a dichos rendimientos del trabajo, aunque no hayan sido practicadas por las entidades pagadoras.
El Tribunal Supremo considera que en los casos en los que el contribuyente declara en su autoliquidación del IRPF ingresos que no han sido objeto de retención, o lo han sido por importe inferior al debido, sí son deducibles las retenciones correspondientes (TS 25-03-21 EDJ 521006).
Por el contrario, en el caso analizado, el Alto Tribunal estima que el fin perseguido mediante la facturación a través de la sociedad interpuesta no es otro que evitar la tributación de los rendimientos de actividades profesionales en sede del socio, a los tipos marginales de la escala de IRPF, lo que, a su vez, lleva implícito y determina que no surja la obligación de practicar e ingresar las correspondientes retenciones por las entidades pagadoras de los servicios, en cuanto que lo hacen a otra sociedad.
Por ello, en estas circunstancias en que se regulariza la renta como consecuencia de la simulación declarada, no puede admitirse al obligado principal deducir unas retenciones que surgen de una renta que había sido ocultada mediante el mecanismo de la simulación, en los que la falta de retención se debe a la forma en que ha sido articulada la operación y al asentimiento o conformidad tanto del retenedor como del perceptor, como lo demuestra el hecho de que la renta que permanecía oculta solo sale a la luz con la actuación inspectora.
TS 27-10-23, EDJ 729280
Más información en el Memento IRPF 2023

Memento Fiscal 2025
- Una obra esencial que contiene el análisis de toda la información fiscal en un solo volumen.
- Incluye ejemplos y soluciones prácticas completadas por más de 24.700 citas a la legislación, jurisprudencia y doctrina administrativa más reciente.
- Primera referencia de consulta para asesores fiscales, directores financieros y para el resto de profesionales relacionados con la fiscalidad.
- La suscripción al Memento Fiscal incluye: - El servicio “Extras Mementos” con el que puedes consultar en cualquier momento si un número marginal del Memento ha sido modificado. - Un servicio de alerta vía e-mail con las novedades que se vayan produciendo cada semana.
- El Memento Fiscal lo tienes disponible también en el siguiente Pack con un precio especial para que domines todas las modificaciones que afectan al conjunto de nuestro sistema fiscal: Pack Memento Fiscal + Memento Express Novedades Tributarias

Curso Facturación. Cuestiones avanzadas 2025 (2 sesiones webinar)
Estudiamos los aspectos más complejos de la emisión de facturas y del SII, lo que incluye elementos tales como la calificación de las operaciones y su descripción, la facturación en las operaciones internacionales, el devengo del impuesto y los plazos para la emisión de factura y el suministro de la información, el contenido de las facturas, en sus diferentes modalidades, o la expedición de ciertas facturas, en especial, las rectificativas.