La prueba, debido a las medidas de seguridad sanitaria implementadas en el marco de la pandemia, se celebrará vía 'online' y de manera síncrona a través de la plataforma AVEX de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
Los aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles para la presentación de las solicitudes de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, según ha recordado el Departamento dirigido por Pilar Llop en un comunicado.
La convocatoria no contiene limitación alguna en el número de aspirantes que pueden presentarse a la evaluación. Finalizado el plazo de subsanación de errores, y publicada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos --que podrá consultarse en la página web del Ministerio de Justicia-- se fijará la fecha y la hora para la realización de la prueba.
La prueba
La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico con respuestas múltiples. Incluye un primer bloque con preguntas sobre las materias comunes al ejercicio de la profesión de la abogacía que los aspirantes deberán contestar en el plazo máximo de dos horas.
La segunda parte versará sobre cuestiones sobre la especialidad elegida con un tiempo máximo de respuesta de una hora; además de las adaptaciones necesarias de tiempo y medios para aquellos aspirantes que acrediten algún tipo discapacidad.
La prueba podrá realizase de forma gratuita en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales autonómicas y será única e idéntica en todo el territorio nacional.
Su contenido se fijará por el Ministerio de Justicia y su finalidad es "medir los conocimientos teórico-prácticos de los participantes acerca del ejercicio de la profesión de la Abogacía, así como el conocimiento de las normas deontológicas y profesionales", según consta en la publicación del BOE.
Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán solicitar, en el momento de realizar su inscripción, las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios, a fin de asegurar su participación en la evaluación en condiciones de igualdad.
Desde la entrada en vigor de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, es de obligado cumplimiento la superación de esta prueba de aptitud como requisito previo para ejercer la profesión.