Las autoliquidaciones no son actos administrativos presuntos susceptibles de revisión por nulidad de pleno derecho
Por: Gómez - Acebo & PomboEn una reciente Sentencia de 20 de marzo del 2026 (rec. 422/2024), la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a la potencial impugnación de las autoliquidaciones firmes mediante el procedimiento especial de nulidad de pleno derecho del artículo 217 de la Ley General Tribu...