
Se trata, por tanto, de una irregularidad, ya que todos estos modelos deben tener el correspondiente soporte legal a través de una norma, generalmente una Orden Ministerial que los apruebe, con su íntegra publicación en el BOE.
Esta obligación de publicar el modelo también debería extenderse a las instrucciones para cumplimentarlo, para, de esta manera, informar o instruir a quien está obligado a su cumplimentación y presentación. Así, la Asociación ha observado que las instrucciones de esos 42 modelos de la AEAT, de existir, no se aprobaron, ni publicaron, en la misma norma que aprobó el modelo.
Además, la Asociación también ha detectado dos modelos que ni siquiera han sido aprobados por la pertinente normativa y publicados en el respectivo boletín oficial. En concreto, el modelo H100 “Solicitud de pago de devolución a herederos” y el 952 “Comunicación de la modificación de la base imponible en supuestos de concurso y por crédito incobrable”.
Según fuentes de AEDAF, “el número de ‘modelos’ tributarios ha crecido exponencialmente. Cada novedad legislativa trae aparejada alguna nueva obligación formal que, a su vez, se materializa en la cumplimentación y presentación de un nuevo modelo o formulario, tanto para autoliquidaciones como para obligaciones formarles, lo cual supone un coste indirecto de cierta relevancia. Evidentemente, la incorrecta cumplimentación de dichos modelos puede llevar aparejadas en su caso sanciones. Por eso presentamos esta iniciativa: para que dicha irregularidad sea corregida por los órganos competentes de la Administración Tributaria: bien la Secretaría de Estado de Hacienda, la Dirección General de Tributos y la AEAT”.
La Asociación ha denunciado esta situación al Defensor del Pueblo, al Consejo para la Defensa del Contribuyente y al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, dando cuenta de ella ante el Pleno del Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales celebrado en el día de hoy.

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