ADMINISTRATIVO

Alcance de la "reformatio in peius" tras la retroacción de actuaciones por vía de recurso

Foro Coordinador: Diego Córdoba Castroverde

Planteamiento

Estimada parcialmente un recurso contencioso-administrativo (por ej.; una acción de responsabilidad patrimonial) el recurrente disconforme con la estimación parcial interpone recurso de casación que se basa, junto con motivos de fondo, en la indefensión sufrida en la instancia, por la falta de admisión de determinados medios de prueba que se consideran pertinentes. El TS estima el recurso de casación al considerar que existió una infracción en la admisión de los medios de prueba, anula la sentencia y ordena retrotraer las actuaciones al periodo probatorio.

El Tribunal de instancia, tras la práctica de las pruebas correspondientes, se enfrenta de nuevo al enjuiciamiento de fondo de la misma pretensión que por anterior sentencia había estimado parcialmente, pero en este momento aprecia la posible concurrencia de la prescripción de la acción que determinaría la desestimación total de su pretensión frente a la estimación parcial que había acordado en su primer pronunciamiento posteriormente anulado por motivos formales en casación.

En el caso que de que el tribunal desestimase totalmente el recurso ¿Se podría considerar que esta nueva sentencia ha incurrido en una u0022reformatio in peiusu0022?.

Este foro ha sido publicado en la u0022Revista de Jurisprudenciau0022, número 3, el 17 de marzo de 2011.

Puntos de vista

Inés Huerta Garicano

La prohibición de la u0022reformatio in peiusu0022 es un antiguo principio negat...

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Fátima de la Cruz Mera

La u0022reformatio in peiusu0022 es una locución latina que, si bien aparece ref...

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Jesús Cudero Blas

La prohibición de la u0022reformatio in peiusu0022 constituye un consolidado pri...

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Resultado


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