Para el alquiler de una nave industrial, ¿qué documentos tiene que aportar el propietario de una nave industrial? ¿haría falta el certificado de eficiencia energética? Solución Lo correcto es que se aporte la escritura de propiedad, para determinar la titularidad, que asimismo está al corriente de IBI y de los gastos de comunidad, para evitar sorpresas. No obstante, el impago de impuestos o gastos de comunidad no influyen jurídicamente de forma directa en el propietario. La obligación de disponer del certificado de eficiencia energética nace en el momento en el que se quiere realizar una operación de compraventa de un inmueble. Es el propietario del edificio (o parte de éste, vivienda, local o oficina) quién tiene la obligación de solicitar el certificado energético y presentarlo ante el fedatario público (notario) para que éste proceda con redacción de la escritura pública de compraventa. Ahora bien, el art. 2.2 del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios -EDL 2013/37091-, excluye de su ámbito de aplicación los edificios industriales. Servicio de consultoría asociado a la obra El Derecho Propiedad Horizontal y Derechos Reales. Más información haciendo clic aquí.