La evaluación de las políticas públicas está consolidada como una herramienta de mejora y de aprendizaje de las acciones de gobierno, para favorecer la toma de decisiones y proponer eventuales correcciones.
La norma constituye parte del Componente 11 del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, relativo al refuerzo del sistema de evaluación de las políticas públicas.
Además, dicha ley ahonda en las recomendaciones efectuadas tanto por la Unión Europea como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), quienes han señalado la necesidad de fortalecer la institucionalización y la cultura de la evaluación de las políticas públicas.
Esta ley, que el Ejecutivo pretende tramitar por la vía de urgencia, tiene como objetivo implantar y fortalecer una organización básica para poder llevar a cabo ese análisis en el ámbito de la Administración General del Estado.
Novedades de la ley
Los principales elementos que contempla la nueva norma son el establecimiento de un mecanismo de planificación estable de evaluación para toda la Administración General del Estado, para lo cual se diseñará un sistema de indicadores comunes. Además, se pretende reforzar la evaluación 'ex ante', previo a la aprobación de las políticas públicas, y se quiere emplear los resultados de las evaluaciones para mejorar esas políticas.
Se pretende fomentar, asimismo, una cultura evaluadora en el conjunto de la Administración, propiciando un cambio en los paradigmas al integrar la evaluación de políticas públicas como herramienta de mejora, rendición de cuentas y transparencia.
Además, la nueva ley contempla la creación de un organismo, la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, para coordinar y supervisar el sistema público de evaluación.
Enfoque transversal
Con esta medida, España aborda de manera transversal la evaluación de las políticas públicas, con el fin de analizar el impacto de estas políticas en cuestiones como la igualdad de género, el medio ambiente y la transición energética, la despoblación y el reto demográfico, el crecimiento económico, la redistribución de la riqueza, la adecuación a la normativa y las directrices europeas o la adecuada alineación de las distintas intervenciones públicas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.
La norma, que ahora inicia el trámite de consultas, aprobará los conceptos y características generales en evaluabilidad y evaluación de políticas públicas, ya sea 'ex ante', intermedia o 'ex post'. En concreto, se introduce un enfoque transversal, integral y participativo en las evaluaciones de políticas públicas y refuerza las evaluaciones 'ex ante' a través de dos elementos:
-La incorporación del análisis de evaluabilidad previo a la aprobación de las políticas públicas, con el fin de mejorar la calidad de su formulación y la existencia de los elementos necesarios para abordar con efectividad una posterior evaluación.
-El establecimiento de obligaciones de planificación de evaluación para determinadas políticas públicas por razón de su relevancia o duración.
La evaluación de políticas públicas tendrá como objetivos finales:
-Optimizar el proceso de toma de decisiones públicas, sugiriendo recomendaciones a su diseño e implementación, y mejorar la planificación y los instrumentos de la acción pública.
-Impulsar la innovación en la actuación del sector público, facilitando el contraste de ideas, promoviendo la creatividad y el máximo provecho de los recursos para colaborar en una gestión pública moderna, participativa, abierta y útil para solucionar o mejorar los problemas y retos sociales.
-Colaborar para que el sector público estatal sea eficaz en la asignación y utilización de los recursos, así como en el uso de los principios de buena gestión económico-financiera y sostenibilidad presupuestaria de las finanzas.
-Permitir, con sistemas de recogida, valoración y difusión de la información, el control de responsabilidades y la rendición de cuentas a la sociedad.
-Contribuir a mejorar la situación de los retos de la sociedad, tales como la lucha contra la despoblación y la cohesión territorial, la igualdad de género, la sostenibilidad medioambiental, entre otros.
Indicadores comunes
Para lograr esos objetivos, la ley contempla la creación de un sistema de indicadores comunes para acometer dichos procesos de seguimiento de las políticas, aplicable a la Administración General del Estado y que sirva de referencia para cualquier organismo o administración pública.
Asimismo, la norma permitirá diseñar una estructura organizativa para la gobernanza de la práctica evaluadora, así como definir los procesos, sistema de recogida de datos e indicadores y la planificación básica en materia evaluadora en la Administración General del Estado. En ese sentido, con carácter general, la evaluación de políticas públicas se realizará por un equipo externo al órgano responsable de la política pública a evaluar. Además, la ley contempla el diseño de planes específicos de formación en evaluación de políticas públicas para los empleados públicos.
Tipos de evaluación
Esta norma también establece cómo se llevará a cabo la evaluación de las políticas públicas a nivel estatal. De esta forma, se establecen dos instrumentos:
-El Plan de evaluaciones estratégicas del Gobierno, de carácter cuatrienal y que será aprobado por parte del Consejo de Ministros tras su elaboración por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas. Mediante este plan cuatrienal se evaluarán las políticas públicas que se consideran relevantes y estratégicas desde el punto de vista social y económico.
-El Plan de Evaluación departamental, elaborado por cada ministerio. Este tendrá una periodicidad bienal y contempla tanto la obligación de evaluación 'ex ante' y 'ex post' de las políticas de relevancia para cada departamento; y la obligación de efectuar una evaluación intermedia en las políticas que duren cuatro años o más. Este plan departamental será aprobado por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, tras su presentación a la Comisión Superior de Evaluación.
Creación de una Agencia Estatal
Una de las medidas principales que contempla esta norma es la creación de la citada Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, organismo público, que se encargará de supervisar, coordinar e impulsar el sistema público de evaluación y de acompañamiento, apoyo y tutela a los departamentos ministeriales.
Esta agencia se encargará de diseñar dos herramientas clave para avanzar en los procesos digitales de planificación, seguimiento y evaluación de cualquier acción pública.
Esas dos herramientas serán:
-Un servicio web común para todos los departamentos, diseñado específicamente teniendo en cuenta las peculiaridades de la planificación pública, que permita realizar el seguimiento de los indicadores de los proyectos, así como en su caso, de los principales hitos y avances.
-El diseño de un portal temático sobre evaluación, en el que se incluirá el portal de comunicación institucional, y que se constituirá como nodo digital de la red de expertos, y de renovación y refuerzo de los procedimientos y sistemas tradicionales de coordinación e intercambio de datos, así como de transparencia.