El objetivo es que el nuevo texto entre en vigor antes de que finalice el año 2023

Anteproyecto de modificación de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana

Noticia

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley por la que se modifica el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Planeamiento urbano y edificacion_img

De esta forma, se abrirá el trámite de audiencia e información pública, además del proceso de participación de las comunidades y ciudades autónomas, así como de la Administración local, a través de los informes correspondientes.

La reforma articula mecanismos para garantizar la operatividad real de la función pública a la hora de organizar y definir el uso del territorio y el suelo de acuerdo con el interés general. El objetivo es evitar la paralización durante años del planeamiento territorial de numerosos municipios por defectos menores que son fácilmente subsanables.

Y es que la consideración de estos planes como reglamentos ha ocasionado que cualquier defecto, ya fuera material o puramente formal, tuviera como consecuencia su nulidad de pleno derecho, sin posibilidad alguna de subsanación. Dicha decisión provocaba, a su vez, la nulidad en cascada de todo lo aprobado, ya fueran planes parciales y especiales, reparcelaciones o licencias, lo que ha generado una enorme inseguridad jurídica y enormes perjuicios sociales.

Con este anteproyecto se garantiza la seguridad jurídica, que los planes urbanísticos sean garantistas y escrupulosos, a la vez que se restringe la nulidad a casos realmente sustanciales que afectan a la globalidad de los Planes. Así se posibilita la subsanación de defecto formales de estas revisiones urbanísticas, trabajadas, en muchos casos, en periodos de hasta 10 años, facilitando a los ayuntamientos afrontar una modificación de un planeamiento al reducirse el riesgo de que se declare nulo por un defecto de forma subsanable.

Agilizar procesos de rehabilitación edificatoria y autorización de obras

La reforma ayuda también a agilizar los procedimientos para que, por ejemplo, las actuaciones de rehabilitación edificatoria y de construcción de vivienda social en alquiler sigan avanzando para regenerar las ciudades, facilitar el acceso a la vivienda o mejorar los entornos rurales, ayudando, así, a seguir cumpliendo los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por ello, se introducen modificaciones que conseguirán mayor simplificación burocrática y mejoras en la tramitación de las autorizaciones de obras de rehabilitación que tienen que impulsar las Comunidades y Ciudades Autónomas y los Ayuntamientos. De esta forma se eliminan trabas y cuellos de botella para ayudar a reducir los tiempos de espera para obtener dichas autorizaciones.

Además, se trata de una reforma perfectamente alineada con la Agenda Urbana Española, cuyo objetivo específico 10.1 contempla la mejora de la gobernanza y de los instrumentos de intervención para lograr un marco normativo y de planeamiento actualizado, riguroso y simplificado.