ADMINISTRATIVO

Aportación de documentos por vía de recurso

Foro Coordinador: Diego Córdoba Castroverde

Planteamiento

Aportación de documentos al tiempo de interponer recurso administrativo.

Cuando en sede administrativa es necesario aportar una serie de documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos o presupuestos necesarios para obtener lo solicitado. Si el interesado no aporta tales documentos en el plazo marcado en la convocatoria y al ser excluido recurre en reposición ¿puede subsanar por vía de reposición o alzada lo no presentado inicialmente?

El art.118.1 pár 2do in fine la Ley 39/2015 -EDL 2015/166690- que al tratar de los recursos administrativos afirma “Tampoco podrá solicitarse la práctica de pruebas cuando su falta de realización en el procedimiento en el que se dictó la resolución recurrida fuera imputable al interesado”. La Administración en estos casos le impide al recurrente aportar los documentos que acreditaban los requisitos formales o de fondo.

Cuando el recurrente acude a la jurisdicción contenciosa el interesado ya ha acreditado el cumplimiento de tales requisitos mediante la presentación de la documentación por vía de recurso, sin embargo, la Administración ha denegado el recurso y aduce que la jurisdicción contenciosa solo puede revisar si la decisión administrativa es conforme a derecho.

¿Cabe establecer una diferente solución en los supuestos de concurrencia competitiva o procesos selectivos respecto de los procedimientos en los que dicha concurrencia no existe?

 

Este foro ha sido publicado en la "Revista de Jurisprudencia", en febrero de 2025.

 

Puntos de vista

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María Jesús Vega Torres

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Resultado


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