LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Balance del canon AEDE en vísperas de su primer aniversario

Tribuna
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El próximo 1 de enero se cumple un año de la entrada en vigor de la última reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual que, entre otras modificaciones, introdujo el denominado “canon AEDE”. Se trata de un canon irrenunciable y de gestión colectiva obligatoria impuesto a los prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos por la puesta a disposición de fragmentos no significativos o snippets de noticias.

Transcurridos más de 10 meses desde su entrada en vigor, es posible ya hacer balance de la reforma. El único informe técnico elaborado hasta el momento sobre el impacto económico del canon es muy crítico. Elaborado por NERA Economic Consulting a petición de la Asociación Española de Editoriales de Publicaciones Periódicas (AEEPP), el informe concluye que la reforma no era necesaria y que ha resultado perjudicial para los intereses de todos los agentes implicados: los editores de noticias, los consumidores o lectores de noticias en línea, los anunciantes y los propios agregadores de noticias.

Según el informe de NERA, no existía justificación económica para la introducción del canon, y sus consecuencias para la innovación y la competencia habrían sido negativas, algo que ya había anticipado la CNMC en otro informe contrario el proyecto legislativo. El informe de NERA subraya también que la agregación de noticias había sido siempre una práctica tolerada e incluso promovida por los propios editores de noticias porque les era beneficiosa. Según NERA, el canon AEDE impide el natural funcionamiento del mercado, cerrando la puerta a que los medios y agregadores de noticias puedan negociar las condiciones de su relación, en el marco de su libertad de empresa. En el informe se concluye que la reforma únicamente puede obedecer “a los intereses de un grupo particular de editores que, ante el deterioro de su negocio, han buscado obtener una fuente adicional de ingresos por parte de uno de los gigantes de Internet, aun en detrimento del resto de editores, del desarrollo del mercado de consumo de agregación y producción de noticias y, en última instancia, de los consumidores, incluyendo los anunciantes, y del bienestar social”. En efecto, las primeras reacciones a la aprobación del canon ya pusieron de manifiesto la existencia de diferencias entre los grandes grupos de comunicación agrupados en AEDE y el resto de los medios digitales.

A fecha de hoy la reforma no se ha empezado siquiera a aplicar. Ninguna entidad de gestión (CEDRO u otra de nueva creación) ha aprobado unas tarifas aplicables ni ha empezado recaudar el canon. Tampoco ningún agregador de noticias del mercado (Menéame, Yahoo! Noticias, Feedly o Flipboard, si es que alguno puede ser considerado sujeto pasivo del canon) ha sido compelido, por el momento, a su pago.

A pesar de ello, la aprobación del canon AEDE provocó el cierre de algunos agregadores, el más notable el de Google News en España. Es llamativo que la reacción de AEDE fuese instar la intervención de las autoridades para evitar el cierre de Google News y “proteger de manera eficaz los derechos de los ciudadanos y de las empresas”, cuando AEDE había promovido activamente la aprobación del canon como un mecanismo para evitar las supuestas consecuencias negativas de ese servicio, que calificaba de perjudicial y parasitario. Esa reacción pone de manifiesto la contradicción inherente a los motivos invocados para justificar la reforma.

Es más, con el paso del tiempo, gran parte de los supuestos beneficiarios de la reforma –los editores de noticias– se ha manifestado en contra del canon AEDE. Así, a la AEEPP, que cuenta con el mayor número de editores de prensa de España, se le han unido significativas voces como la de PRISA, que anunció que renunciaría al cobro del canon AEDE. Resulta, sin embargo, que semejante renuncia es técnicamente imposible porque el legislador optó por configurar el canon como una compensación irrenunciable, que debe ser recaudada necesaria e imperativamente a través de entidades de gestión, incluso en nombre de aquellos medios que hubieran decidido renunciar a su cobro.

Desde su aprobación, el canon AEPD ha sido abiertamente criticado por reconocidos expertos en materia de propiedad intelectual. Rodrigo Bercovitz, en su artículo “Tasa Google o canon AEDE: una reforma desacertada” expone, entre otras cuestiones, que el canon es contrario al Convenio de Berna y a la Directiva 2001/29/CE, y vulnera la libertad de información y el principio de proporcionalidad. Es más, el profesor Bercovitz descarta que los “fragmentos no significativos” de noticias puedan, por su propia naturaleza, ser considerados obras que merezcan ser protegidos por el derecho de autor.

La propiedad intelectual protege tanto la obra completa como las partes de una obra (art. 18 LPI), pero para que la reproducción de una parte de la misma quede protegida es preciso que la misma también tenga alguna originalidad.

[…] Esa necesidad de altura creativa tiene que aplicarse con mayor razón a la información y a las noticias, so pena de proteger lo que no es objeto del derecho de autor. El Convenio de Berna es muy claro al respecto: «La protección del presente Convenio no se aplicará a las noticias del día ni de los sucesos que tengan el carácter de simples informaciones de prensa»

Como también apunta en su artículo Bercovitz, el canon AEDE fue además aprobado infringiendo la Directiva 98/34/CE, que exigía al Gobierno español haber notificado a la Comisión europea el anteproyecto legislativo. Sobre esta cuestión deberá pronunciarse en los próximos meses la Comisión porque la Asociación de Usuarios de Internet, la Asociación de Internautas, la Internet Society Spain y la Asociación de Técnicos de Informática precisamente han denunciado a España por la defectuosa tramitación del proyecto legislativo.

Es llamativo que la experiencia española no haya sido imitada en otros países de nuestro entorno, y no parece que lo vaya a ser. Ningún estado se ha mostrado partidario de una reforma similar a la adoptada por el legislador español. Es más, el pasado verano el Parlamento europeo rechazó de plano una enmienda a un informe parlamentario que parecía abrir la puerta al estudio de instrumentos como el canon AEDE.

El canon AEDE no parece una solución adecuada a las necesidades de los medios digitales. Esa es también la percepción de los propios medios de comunicación, tal como lo han expresado AEEPP y otras organizaciones representativas en el sector, que se han sumado a programas como la Digital News Initiative, un acuerdo entre editores de medios de comunicación y Google para fomentar de forma conjunta “el periodismo de alta calidad a través de la tecnología y la innovación”. Este tipo de acuerdo pone relieve que medios de comunicación y prestadores de servicios de la sociedad están llamados a dialogar y a alcanzar acuerdos de colaboración que permitan promover la innovación en el periodismo digital, en interés de todos, incluidos los consumidores de noticias. El canon AEDE vigente en España debería ser revisado para evitar ser un obstáculo a ese entendimiento.


ElDerecho.com no comparte necesariamente ni se responsabiliza de las opiniones expresadas por los autores o colaboradores de esta publicación


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Balance del canon AEDE en vísperas de su primer aniversario

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El próximo 1 de enero se cumple un año de la entrada en vigor de la última reforma parcial de la Ley de Propiedad Intelectual que, entre otras modificaciones, introdujo el denominado “canon AEDE”. Se trata de un canon irrenunciable y de gestión colectiva obligatoria impuesto a los prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos por la puesta a disposición de fragmentos no significativos o snippets de noticias.

Transcurridos más de 10 meses desde su entrada en vigor, es posible ya hacer balance de la reforma. El único informe técnico elaborado hasta el momento sobre el impacto económico del canon es muy crítico. Elaborado por NERA Economic Consulting a petición de la Asociación Española de Editoriales de Publicaciones Periódicas (AEEPP), el informe concluye que la reforma no era necesaria y que ha resultado perjudicial para los intereses de todos los agentes implicados: los editores de noticias, los consumidores o lectores de noticias en línea, los anunciantes y los propios agregadores de noticias.

Según el informe de NERA, no existía justificación económica para la introducción del canon, y sus consecuencias para la innovación y la competencia habrían sido negativas, algo que ya había anticipado la CNMC en otro informe contrario el proyecto legislativo. El informe de NERA subraya también que la agregación de noticias había sido siempre una práctica tolerada e incluso promovida por los propios editores de noticias porque les era beneficiosa. Según NERA, el canon AEDE impide el natural funcionamiento del mercado, cerrando la puerta a que los medios y agregadores de noticias puedan negociar las condiciones de su relación, en el marco de su libertad de empresa. En el informe se concluye que la reforma únicamente puede obedecer “a los intereses de un grupo particular de editores que, ante el deterioro de su negocio, han buscado obtener una fuente adicional de ingresos por parte de uno de los gigantes de Internet, aun en detrimento del resto de editores, del desarrollo del mercado de consumo de agregación y producción de noticias y, en última instancia, de los consumidores, incluyendo los anunciantes, y del bienestar social”. En efecto, las primeras reacciones a la aprobación del canon ya pusieron de manifiesto la existencia de diferencias entre los grandes grupos de comunicación agrupados en AEDE y el resto de los medios digitales.

A fecha de hoy la reforma no se ha empezado siquiera a aplicar. Ninguna entidad de gestión (CEDRO u otra de nueva creación) ha aprobado unas tarifas aplicables ni ha empezado recaudar el canon. Tampoco ningún agregador de noticias del mercado (Menéame, Yahoo! Noticias, Feedly o Flipboard, si es que alguno puede ser considerado sujeto pasivo del canon) ha sido compelido, por el momento, a su pago.

A pesar de ello, la aprobación del canon AEDE provocó el cierre de algunos agregadores, el más notable el de Google News en España. Es llamativo que la reacción de AEDE fuese instar la intervención de las autoridades para evitar el cierre de Google News y “proteger de manera eficaz los derechos de los ciudadanos y de las empresas”, cuando AEDE había promovido activamente la aprobación del canon como un mecanismo para evitar las supuestas consecuencias negativas de ese servicio, que calificaba de perjudicial y parasitario. Esa reacción pone de manifiesto la contradicción inherente a los motivos invocados para justificar la reforma.

Es más, con el paso del tiempo, gran parte de los supuestos beneficiarios de la reforma –los editores de noticias– se ha manifestado en contra del canon AEDE. Así, a la AEEPP, que cuenta con el mayor número de editores de prensa de España, se le han unido significativas voces como la de PRISA, que anunció que renunciaría al cobro del canon AEDE. Resulta, sin embargo, que semejante renuncia es técnicamente imposible porque el legislador optó por configurar el canon como una compensación irrenunciable, que debe ser recaudada necesaria e imperativamente a través de entidades de gestión, incluso en nombre de aquellos medios que hubieran decidido renunciar a su cobro.

Desde su aprobación, el canon AEPD ha sido abiertamente criticado por reconocidos expertos en materia de propiedad intelectual. Rodrigo Bercovitz, en su artículo “Tasa Google o canon AEDE: una reforma desacertada” expone, entre otras cuestiones, que el canon es contrario al Convenio de Berna y a la Directiva 2001/29/CE, y vulnera la libertad de información y el principio de proporcionalidad. Es más, el profesor Bercovitz descarta que los “fragmentos no significativos” de noticias puedan, por su propia naturaleza, ser considerados obras que merezcan ser protegidos por el derecho de autor.

La propiedad intelectual protege tanto la obra completa como las partes de una obra (art. 18 LPI), pero para que la reproducción de una parte de la misma quede protegida es preciso que la misma también tenga alguna originalidad.

[…] Esa necesidad de altura creativa tiene que aplicarse con mayor razón a la información y a las noticias, so pena de proteger lo que no es objeto del derecho de autor. El Convenio de Berna es muy claro al respecto: «La protección del presente Convenio no se aplicará a las noticias del día ni de los sucesos que tengan el carácter de simples informaciones de prensa»

Como también apunta en su artículo Bercovitz, el canon AEDE fue además aprobado infringiendo la Directiva 98/34/CE, que exigía al Gobierno español haber notificado a la Comisión europea el anteproyecto legislativo. Sobre esta cuestión deberá pronunciarse en los próximos meses la Comisión porque la Asociación de Usuarios de Internet, la Asociación de Internautas, la Internet Society Spain y la Asociación de Técnicos de Informática precisamente han denunciado a España por la defectuosa tramitación del proyecto legislativo.

Es llamativo que la experiencia española no haya sido imitada en otros países de nuestro entorno, y no parece que lo vaya a ser. Ningún estado se ha mostrado partidario de una reforma similar a la adoptada por el legislador español. Es más, el pasado verano el Parlamento europeo rechazó de plano una enmienda a un informe parlamentario que parecía abrir la puerta al estudio de instrumentos como el canon AEDE.

El canon AEDE no parece una solución adecuada a las necesidades de los medios digitales. Esa es también la percepción de los propios medios de comunicación, tal como lo han expresado AEEPP y otras organizaciones representativas en el sector, que se han sumado a programas como la Digital News Initiative, un acuerdo entre editores de medios de comunicación y Google para fomentar de forma conjunta “el periodismo de alta calidad a través de la tecnología y la innovación”. Este tipo de acuerdo pone relieve que medios de comunicación y prestadores de servicios de la sociedad están llamados a dialogar y a alcanzar acuerdos de colaboración que permitan promover la innovación en el periodismo digital, en interés de todos, incluidos los consumidores de noticias. El canon AEDE vigente en España debería ser revisado para evitar ser un obstáculo a ese entendimiento.


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